Ya no será posible firmar un CFDI con la FIEL

En nuestro compromiso de mantenerte informando, queremos comunicarte que el día de hoy, 3 de marzo de 2015, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, en donde se modifica la facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con FIEL, quedando de la siguiente manera:

2.2.7. Para los efectos del artículo 29, fracción II del CFF, las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado Código, únicamente para la emisión del CFDI a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”.

De acuerdo a lo anterior, aquellas personas físicas que actualmente emiten Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) con FIEL, que no sea mediante el uso directamente de la herramienta del SAT, deberán de tramitar a la brevedad posible su Certificado de Sello Digital (CSD) para ser sustituido y comenzar a generar CFDI’s con éste certificado, toda vez que la modificación a la regla 2.2.7. entrará en vigor (04/Marzo/2015) al día siguiente de su publicación, de tal forma que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) dejarán de timbrar los CFDI’s de las personas físicas emitidos con FIEL.

Si deseas ver la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, la podrás descargar dando clic en la siguiente liga:

1_RMF2015_03032015

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

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