Conoce los servicios digitales del SAT

En diciembre pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) impartió una serie de conferencias y talleres, los cuales fueron impartidos en las instalaciones del World Trade Center de la Ciudad de México y cuya finalidad era dar a conocer los diferentes servicios digitales que estará ofreciendo durante el transcurso de este año, es importante comentar que algunos de ellos ya han sido liberados y se encuentran disponibles para el público en general.

Estas sesiones fueron grabadas y puestas a disposición del público través del canal de YouTube del SAT; a continuación, te presentamos los enlaces con los que podrás acceder al video de algunos de los talleres más relevantes que se dieron durante este ciclo de conferencias.

Novedades portal SAT
Conoce las modificaciones que la autoridad hará en su portal y el nuevo buzón tributario, su nuevo diseño orientado a los contribuyentes, con información en un lenguaje simple y adaptable a dispositivos móviles, ver video aquí.

Factura electrónica y contabilidad electrónica
Generalidades en la emisión de una factura electrónica y de la contabilidad electrónica, ver el video aquí.

Cambios relevantes en CFDI 2016
Cambios importantes, el esquema actual y el nuevo esquema en el CFDI para este 2016, si deseas ver la conferencia puedes dar clic aquí.

Sabemos que este punto es de gran importancia para todos nuestros usuarios, es por esto, que hemos creado un artículo independiente, en donde damos a conocer, de forma detallada, cada uno de los cambios que trae el SAT a nivel de CFDI, como son:

La nueva figura para recepción de documentos
Novedades en el CFDI, el modelo de auto facturación y la nueva figura de recepción de documentos electrónicos, puedes ver el video relacionado a este tema aquí.

Peculiaridades del CFDI en gasolineras y los XML volumétricos
Las aplicaciones digitales en las estaciones de servicios (gasolineras) y los controles volumétricos; para ver la conferencia puedes dar clic en la siguiente liga.

Si deseas ver más videos de los distintos talleres, impartidos dentro del Expo Feria Nuevos Servicios Digitales SAT, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

 

Más videos

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Hasta la próxima.

EDA: Addenda de 7-Eleven

En esta ocasión te traemos una magnífica noticia para que sigas disfrutando de toda la funcionalidad que Electronic Document Addendum (EDA) te ofrece en su nueva versión 2016.02.24.

Adenda 7-Eleven

Queremos compartir contigo la actualización en la emisión de la adenda corresponde a la cadena comercial 7-Eleven, donde se actualizó la emisión al esquema más reciente requerido por la cadena.

Recuerda que podrás generar esta adenda y otras 33 adendas más que EDA tiene disponibles para ti, con tan solo tres sencillos pasos:

  1. Selecciona el archivo XML de tu factura y la adenda deseada
  2. Captura los datos requeridos
  3. Guarda los cambios

Vigencia de EDA

Para beneficio de todos nuestros usuarios, hemos ampliado la vigencia del programa por un año más, la nueva vigencia será al 27 de febrero de 2017, por lo que deberás de llevar a cabo la actualización lo antes posible y lo mejor de todo continua sin costo alguno.

Descargar

Adicional a todo esto, te invitamos a que conozcas nuestro Validador de CFDI, con el cual podrás garantizar que las facturas que emites o recibes san 100% validas, da clic en la siguiente liga para que lo conozcas.

Validador CFDI

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Hasta la próxima.

Web service para descargar las facturas (XML) del SAT en PHP

Conoce como llevar a cabo la descarga de los archivos XML de las facturas que emites o recibes del SAT, haciendo uso del web service para PHP que Facturando pone a tu disposición.

A continuación, describiremos las características que el web service en Php, para la descarga de archivos XML, te ofrece:

Proceso de solicitud de descarga de comprobantes

1. Solicitud, la empresa o el usuario que requiera de descargar los archivos XML del servidor del SAT envía la petición al servicio web service, donde dicha petición contendrá un objeto JSON con todos los parámetros requeridos para llevar a cabo la ejecución del proceso.

2. Respuesta, el servicio recibe la petición y lleva a cabo las siguientes validaciones:

  • Que todos los parámetros de entrada, requeridos para el proceso de descarga, sean correctos.
  • Que el RFC no tenga registrada una petición de descarga activa, es decir, que no esté en proceso o pendiente, alguna solicitud de descarga.

Una vez realizadas las validaciones correspondientes, podrán generarse dos tipos de respuestas:

  • Cuando exista un error en el proceso de validación, se retornará un mensaje de error que contendrá número y descripción del mismo.
  • De ser todo correcto, se genera una respuesta de aceptación, donde se incluye un identificador de la petición.

3. Notificación, al finalizar el proceso de descarga, ya sea con o sin éxito, se notificará al solicitante, invocando la URL donde será enviado un objeto JSON con el resultado.

  • De existir un error, se enviará el número de error y descripción correspondientes.
  • En caso contrario, de finalizar el proceso de forma exitosa, se enviará el resumen del proceso (total de archivos descargados, no descargados, vigentes, cancelados, etc.,), así como la URL donde ese podrá descargar el archivo comprimido (zip) que contiene los archivos XML de los comprobantes.

Consulta del proceso de solicitud de descarga
La empresa o el usuario podrá realizar la consulta del estatus del proceso de descarga solicitado con anterioridad, mediante:

1. Solicitud, invocando el método de consulta del web service enviando como parámetro el objeto JSON con el identificador de la descarga asignado y el RFC de quien lo solicitó.

2. Respuesta, el servicio recibe la petición y lleva a cabo las siguientes validaciones:

  • Que todos los parámetros de entrada sean correctos.
  • Que la solicitud de descarga (identificador y RFC) se encuentren registrados en el sistema.

Realizadas las validaciones, se podrán generar dos tipos de respuestas:

  1. En caso de generarse un error en el proceso de validación, se retornará un mensaje de error que contendrá número y descripción del mismo.
  2. Cuando todo es correcto, se retorna el estado en que se encuentre el proceso de la descarga y para el caso de que esté totalmente finalizado, se incluirá el resumen del mismo y la URL de la descarga.

El proceso de implementación del web service en Php es muy práctico y sencillo, por lo que te invitamos a consultar toda la información relacionada con el mismo.

Ver más

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Hasta la próxima.

Resumen de los cambios a la emisión de CFDI en 2016

Es de suma importancia el estar bien informado de los cambios que vienen para el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para este 2016, por ello Facturando en su compromiso de mantenerte informado, queremos informarte acerca de estos cambios.

Cabe mencionar que estos cambios no son definitivos y podrían cambiar, hasta no ser publicados de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Complementos
Para el caso de los complementos, se adicional el complemento denominado “Complemento para Pago”, el cual servirá para dar claridad al tema de los pagos realizados en parcialidades, eliminando cualquier duda en cuanto a su generación y uso, trayendo como consecuencia el mejor control de los mismos.

CFDI de nómina 2016
Para el caso del CFDI de nómina, recordemos que actualmente se genera como un complemento en su versión 1.1 dentro del comprobante, pues este va a desaparecer y será sustituido por un nuevo CFDI, dejando a tras el uso del complemento para convertirse en un CFDI propio que ampara pagos por concepto de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio subordinado (nómina). Dentro de los puntos más importantes contemplados en este nuevo CFDI es la inclusión de información sobre pagos por separación, sean del orden de una jubilación o indemnización.

Constancia de retenciones e información de pagos
En lo que respecta a la emisión de comprobantes fiscales digitales a través de internet que amparan retenciones e información de pagos, se mejora la definición de campos existentes y la adición de algunos, los cuales están contenidos dentro del anexo 20.

Anexo 20
En lo que respecta al anexo 20, habrá cambios importantes que impactará en la generación de los comprobantes fiscales digitales, como son:

  • La incorporación de nuevos campos
  • El mejoramiento en la definición de los ya existentes
  • Eliminación de algunos campos
  • y cambios en la forma de validar la información contenida en el CFDI

Los cambios de este anexo requieren de un análisis más a detalle, por lo que te recomendamos leer esto.

Periodo de transición
Una vez que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) haga oficial estos cambios, podría haber un periodo de transición de varios meses, para dejar listas las diferentes soluciones encargadas de la emisión de CFDIs bajo el nuevo estándar, periodo en el cual estarían conviviendo las dos versiones, la versión de CFDI 3.2 que actualmente se usa y la nueva versión para el CFDI 3.3

Es importante mencionar que todos nuestros clientes podrán implementar todas estas actualizaciones de forma transparente y SIN NINGÚN COSTO, ya que al estar vigentes tendrán garantizado cualquier cambio o actualización que la autoridad realice.

Temas relacionados:

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Hasta la próxima.

Cambios al CFDI en 2016

Finalizando con los cambios que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estaría realizando a la emisión del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) bajo el nuevo estándar para este 2016, a continuación, comentaremos los cambios que contempla el nuevo CFDI en su versión 3.3:

Uno de los cambios de mayor importancia es en el algoritmo utilizado en la generación del sello digital del comprobante, actualmente se usa el SHA-1 que produce una salida de 160 bits (20bytes) para la versión 3.2, el cual cambiará a SHA-2, para esta nueva versión 3.3, que produce una salida compleja de 256 bits (32 bytes).

Incorporación de nuevos campos
En lo que respecta a los nuevos campos, sean atributos o nodos, tenemos:

  • Orden de compra, atributo para incorporar el identificador de la orden de compra que da origen al comprobante.
  • Cfdi relacionado, donde se deberá de registrar el UUID del CFDI relacionado con el comprobante. Este atributo aplica cuando haya una sustitución a una factura cancelada o cuando se trate de un pago en parcialidades, siendo el CFDI relacionado la factura original que se está pagando.
  • Curp, se adiciona el atributo dentro de los datos requeridos tanto para el emisor como el receptor del comprobante, el cual aplica para aquellos contribuyentes que sean personas físicas.
  • Régimen fiscal, atributo que se adiciona a nivel del receptor y que sirve para incorporar el régimen en que tributa el contribuyente.
  • País de residencia y número de registro de identidad fiscal del receptor, datos requeridos cuando el receptor sea residente en el extranjero.
  • Domicilio de recepción, se adiciona el nodo que contendrá los datos del domicilio donde el emisor hará entrega de los bienes o servicios.
  • Tipo y datos del tercero, estos datos son opcionales y es para identificar al tercero relacionado con el receptor del comprobante.
  • Impuestos, trasladados y retenidos, se adiciona una nueva sección, dentro del nodo correspondiente a los conceptos, para capturar los impuestos aplicables a cada concepto.
  • Tipo de factor, dentro de la definición de impuestos, se adiciona el atributo que sirve para señalar el tipo de factor que se aplica a la base del impuesto.

Mejoramiento en la definición de campos
En esta nueva versión de CFDI se realizan cambios a la definición de aquellos atributos de tipo string (cadena de caracteres) donde se les define una longitud máxima específica, cuando anteriormente no había límite o en su caso, el incremento de la misma, ejemplos de ello tenemos:

  • Folio, de 20 aumenta a 40 caracteres.
  • Condiciones de pago, descripción en los conceptos, descripción de la parte, se define una longitud máxima de 1,000 caracteres cuando anteriormente no había límite.
  • Nombre, tanto del emisor como del receptor, pasan de no tener una longitud máxima a una longitud de 300 caracteres, entre otros.

Eliminación de campos
Para el caso de los campos que en esta nueva versión de CFDI se eliminan tenemos los siguientes:

  • Número, serie, fecha y monto del folio fiscal original, estos atributos se eliminan y se utilizaban cuando el comprobante era emitido para reflejar el pago en parcialidades.
  • Régimen fiscal del emisor, se elimina como un nodo y pasa a ser solo un atributo.

Cambios en la forma de validar la información del CFDI
Dentro de los cambios en la forma de validar la información contenida en el CFDI podemos mencionar los siguientes:

  • Para el caso de que el RFC del receptor corresponda al RFC genérico de extranjero, se deberá de registrar los datos del domicilio de recepción o en su caso la residencia fiscal y el número de registro de identidad del receptor.
  • Clave del país, si el RFC del receptor es un RFC genérico extranjero, la clave deberá ser distinta de MEX.
  • El tipo de factor en la definición de impuestos, solo podrá tener dos posibles valores, Tasa o Cuota.
  • Entre otros.

Los cambios anteriormente mencionados, son solo algunos de los ejemplos más relevantes, hemos documentado más de 50 cambios, algunos muy básicos y otros mucho más complejos; cabe mencionar que estos cambios no son definitivos y podrían cambiar, mientras no sean publicados de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A todos nuestros clientes les estaremos enviando, a su cuenta de correo, un archivo con el detalle de todos estos cambios, con el fin de que los tengan presentes y puedan ir contemplando los cambios que deberán realizar a sus aplicaciones; cambios que en Facturando estaremos trabajando para poder ofrecerles nuestras distintas soluciones actualizadas y que estarán listas para soportarlos de acuerdo a los requisitos dictados por la autoridad, actualizaciones que, por ser nuestro cliente, ¡No tendrán costo alguno!

Temas relacionados:

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Nuevo CFDI de nómina en 2016

En esta ocasión comentaremos acerca de las características que el nuevo CFDI de nómina contempla para este 2016.

CFDI de nómina 2016
En este 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cambiará la forma en que se lleva a cabo la emisión de los recibos de nómina, recordemos que actualmente se emite como un complemento dentro del CFDI, el cual dejará de serlo, para convertirse en un CFDI propio, a continuación, mencionaremos los cambios más relevantes en la emisión de este nuevo CFDI siendo los siguientes:

  • La versión de este nuevo comprobante de nómina será 1.0.
  • El uso del UUID de un CFDI relacionado con el recibo de nómina, para el caso de sustituir a un CFDI que ya existía y fue cancelado.
  • Los datos generales del empleado, a quien se emite el recibo de nómina, se engloban ahora dentro de un nodo llamado Receptor.
  • Se adiciona un nodo “Compensacion Saldos A Favor”, para expresar la información referente a la compensación de saldos a favor de un trabajador contra las cantidades retenidas a otro trabajador.
  • Se adiciona el nodo “Jubilacion Pension Retiro”, para poder expresar la información detallada de pagos por jubilación, pensiones o haberes de retiro.
  • Se agrega un nodo “Separacion Indemnizacion”, el cual permitirá expresar la información detallada de otros pagos por separación.
  • También se adiciona un nodo llamado “Acciones O Titulos”, donde se podrán expresar ingresos por acciones o títulos valor que representan bienes. Este nodo en particular se vuelve requerido cuando existan ingresos por sueldos derivados de adquisición de acciones o títulos.

Recordemos que estos cambios aún no son oficiales ni definitivos, por lo que podrá haber cambios, hasta el momento en que la autoridad (SAT) los publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A todos nuestros clientes les estaremos enviando a su cuenta de correo un archivo con el detalle de todos estos cambios, con el fin de que los tengan presentes y puedan ir contemplando los cambios que deberán realizar a sus aplicaciones. Cambios que en Facturando estaremos trabajando para poder ofrecerles nuestras distintas soluciones actualizadas y que estarán listas para soportarlos de acuerdo a los requisitos dictados por la autoridad, actualizaciones que, por ser nuestro cliente, ¡No tendrán costo alguno!

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Hasta la próxima.

Nuevo CFDI para constancia de retenciones e información de pagos en 2016

En lo que respecta al CFDI para la emisión de constancias de retenciones e información de pagos para este 2016 tenemos los siguientes cambios:

  • La versión de este nuevo comprobante será 1.1.
  • Se amplía la longitud máxima a 40 caracteres del folio interno usado en el documento.
  • Se adiciona el atributo lugar de expedición del documento, en el cual se debe de registrar la clave del código postal del lugar.
  • El uso del UUID de un CFDI relacionado con el presente documento de retención e información de pagos, para el caso de sustituir a un CFDI previamente generado y que fue cancelado.
  • Se adiciona el atributo “Régimen fiscal”, para expresar el régimen en el que tributa él contribuyente, de acuerdo al catálogo que emita el SAT.
  • En lo que respecta a los datos del receptor se adicionan los atributos “Residencia fiscal” para indicar el país de residencia y el “Régimen fiscal” al que tributa el contribuyente.
  • Se vuelve requerido el atributo para expresar el número de registro de identificación fiscal del receptor del documento cuando se trate de un residente en el extranjero.

Recordemos que estos cambios aún no son oficiales ni definitivos, por lo que podrá haber cambios, hasta el momento en que la autoridad Servicio de administración tributaria, o mejor conocida por sus siglas SAT, los publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En nuestro siguiente blog hablaremos a detalle acerca de las nuevas características que tendrá el nuevo CFDI en su versión 3.3, las cuales están contenidas en el Anexo 20, por lo que te invitamos a que estés al pendiente de la publicación de nuestro siguiente blog.

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Hasta la próxima.

Cambios al CFDI en 2016: Complemento para Pagos

Continuando con los cambios que el Servicio de Administración Tributaria, o mas conocido por sus siglas S.A.T., estaría aplicando al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para este 2016, en esta ocasión hablaremos más a detalle a lo correspondiente al nuevo complemento.

Complemento para Pago
A continuación, daremos a conocer las características que el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para incorporar información sobre los pagos efectuados, contempla

  • No debe de existir el complemento Pagos, para aquellos CFDI que en su tipo de comprobante corresponda a traslado.
  • El pago deberá de realizarse con la misma moneda en que fue emitido el CFDI original.
  • El atributo Moneda es requerido para este complemento y deberá contener un valor de acuerdo al catálogo de monedas emitido por la autoridad.
  • Si el pago fue efectuado en una divisa distinta, en el tipo de cambio deberá de registrarse el número de pesos mexicanos equivalentes a la divisa de la factura, se debe de hacer la conversión a la moneda nacional, de acuerdo al tipo de cambio en el que se realizó la fecha de pago.
  • El número de parcialidad por la que se emite el CFDI será requerido, siempre y cuando el atributo metodoDePago contenga la palabra “parcialidades”.
  • La fecha de pago deberá ser menor o igual a la fecha del CFDI.
  • Tratándose de pagos en parcialidades, deberá de expresarse el saldo anterior de la factura origen o el monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior.
  • El número de operación será requerido para expresar el número de cheque, número de autorización, número de referencia, clave de rastreo o algún número de referencia análogo del pago realizado.

Recordemos que estos cambios aún no son oficiales ni definitivos, por lo que podrán haber modificaciones, hasta el momento en que la autoridad (SAT) los publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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