Reflexiones sobre el proceso de cancelación de un CFDI para 2017

Hoy publicamos un artículo acerca del proceso que se debe seguir para cancelar un CFDI a partir de este año, y hemos hecho una reflexión sobre el mismo que queremos compartir con nuestros usuarios:

En la practica
Nos surge en este momento, cuál es el funcionamiento en la práctica, ¿Continuaremos cancelando facturas como se está haciendo en este momento?, esto es, seguiremos enviando la petición al PAC y se procederá a ejecutar la cancelación o habrá un cambio en el proceso, esto es que tengamos que enviar más información o algo por el estilo.

¿Quién hará las validaciones?
El PAC o el SAT, posiblemente sea el SAT, aunque por lo que hemos visto últimamente el SAT les está delegando todo el trabajo a los PAC y es talvez ellos quienes terminen haciendo estas nuevas validaciones.

¿Cancelaciones múltiples?
Hoy en día se permite hacer la cancelación de hasta 500 comprobantes en una sola petición, esto es de gran utilidad cuando manejamos nómina, ¿se podrá continuar haciendo lo mismo?, tal vez, pero es mejor saberlo.

Nuevos tipos de error
Lo que si podemos observar que se tendrán que generar nuevos tipos (¿números?) de error, esto con la finalidad de conocer porque un CFDI no pudo ser cancelado.

Lentitud en el proceso
Por este nuevo esquema, el llevar a cabo la cancelación de un CFDI será un proceso muy lento, por varios motivos:

  • Debes hacer la solicitud de forma manual, no creemos que exista un web service que permita obtener de forma automática la solicitud.
  • El tiempo de espera para que el receptor no acepte la cancelación.
  • Verificar si fue aceptada y en su caso proceder a realizarla.

Acuse de cancelación
Este cambio le va a dar mayor relevancia al acuse de cancelación, ya será “obligatorio” poderlo obtener para estar seguros de que el CFDI fue realmente cancelado; destacamos este punto porque muchos usuarios no lo usan y asumen que se canceló el CFDI porque se envió; es necesario recordar que el proceso de cancelación sucede de forma asíncrona, esto es, que cuando mandamos a cancelar un CFDI, lo que realmente estamos haciendo es solicitar la cancelación del mismo, el PAC lo recibe y tiempo después manda a cancelar el CFDI al SAT, ya que es el único que puede cancelar un comprobante.

Nace una nueva necesidad
Con este nuevo proceso de cancelación podemos observar que nace una nueva necesidad para nosotros los contribuyentes, y está relacionado con el manejo de los acuses de cancelación:

  • Procesarlos: Poder leer la información contenida en los mismos, que, aunque es poca, la podemos obtener y usarla en procesos de validación.
  • Validarlos: Podría pensarse que no es requerido porque está firmado por el SAT, pero como siempre, recomendamos no confiarse y validar que realmente lo haya emitido la autoridad y que no haya sido modificado.
  • Almacenarlos: Tenerlos disponibles siempre.

Actualmente Electronic Document Library puede procesar los acuses de cancelación, y estamos planeando modificarla para que los valide al momento de leerlo.

De igual forma estaremos modificando el resto de productos para que soporte este documento:

Adicionalmente, modificaremos nuestra solución para generar PDF para que se pueda generar una impresión del mismo.

Estos son los puntos que hemos detectado hasta el momento, si llegamos a encontrar algo más estaremos actualizando este artículo.

Hasta la próxima