SAT: CFDI 3.3 Recepción de pagos

En Facturando siempre queremos mantenerte informado, por lo que ponemos a tu disposición la siguiente publicación correspondiente a la factura de recepción de pagos o también conocido como “Recibo Electrónico de Pago” en donde se detalla todo lo relacionado en la emisión de este tipo de comprobante.

¿Qué es?
El recibo electrónico de pago es un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en el cual se incorpora información específica sobre los pagos recibidos, ya sea por la recepción de pagos en parcialidades o pago diferido.

¿Quién lo emite?
El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” es emitido por el contribuyente que reciba el pago de una contraprestación, esto es, el emisor del comprobante inicial.

Vigencia
La emisión del recibo electrónico de pago entró en vigor de forma opcional el pasado 1 de julio de 2017, para convertirse en obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2017.

Consideraciones
Para llevar a cabo la correcta emisión del recibo electrónico de pago, se deberán de tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

  • La emisión de este recibo solo podrá generarse con la versión 3.3 del CFDI.
  • El plazo máximo para su emisión es al décimo día natural del mes siguiente en el que fue recibido el pago.
  • No se podrá emitir un CFDI con complemento de recepción de pagos con una fecha de pago futuro.
  • Debe de expedirse solo para los siguientes casos:
    • Por la recepción de pagos en parcialidades.
    • En los casos en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero que ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura.
    • Cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión de la factura correspondiente
  • Se podrá emitir un solo recibo de pago por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes, siempre y cuando estos correspondan a un mismo receptor del comprobante
  • Si no existe indicación del pagador en cuanto a el o los CFDIs a los que se aplicará el pago, el receptor del pago lo aplicará al o los CFDIs pendientes de pago más antiguos.

Cancelaciones
Para el caso de cancelaciones, las consideraciones a tomar en cuenta son las siguientes:

  • Cuando exista un CFDI con complemento de recepción de pago que acredite que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI por el total de la operación no podrá ser cancelado.
  • Podrá cancelarse un recibo electrónico de pago con errores, siempre y cuando exista uno nuevo que lo sustituya.
  • Si existe un CFDI para recepción de pagos que no debió de haberse emitido por que la contraprestación ya se había pagado totalmente, al cancelarse el mismo deberá sustituirse por otro con un importe de un peso.

Llenado del comprobante

Deberá de ponerse extremada atención al llenado de este tipo de comprobantes debido a que tiene características muy específicas.

A continuación, se describen los únicos datos y su valor que deberán de existir en un CFDI con complemento de recepción de pagos, siendo estos los siguientes:

  • Version = 3.3
  • Serie = número de serie para control interno, conformado de 1 hasta 25 caracteres alfanuméricos
  • Folio = folio de control interno, acepta de 1 hasta 40 caracteres alfanuméricos
  • Fecha = fecha y hora de expedición del comprobante, expresado en el formato AAAA-MM-DDThh:mm:ss
  • Sello = sello digital del comprobante generado con el certificado de sello digital del contribuyente utilizado en la emisión del comprobante
  • NoCertificado = número que identifica al certificado de sello digital del emisor
  • Certificado = contiene el certificado de sello digital del emisor
  • SubTotal = deberá de registrarse el valor de cero “0”
  • Moneda = se registra como valor “XXX”
  • Total = se debe de registrar como valor cero “0”
  • TipoDeComprobante = deberá registrarse la clave “P” (Pago)
  • Lugar de expedición = registrar el código postal del lugar de expedición del comprobante, este debe de corresponder con alguna clave de código postal del catálogo del SAT
  • Confirmacion (opcional) = se deberá de registrar, cuando se requiera, la clave de confirmación cuando se expida el comprobante con importes o tipo de cambio fuera del rango permitido
  • CfdiRelacionados (opcional) / TipoRelación = registrar la clave “04” (Sustitución de los CFDIs previos), cuando se trate de la sustitución de un recibo electrónico de pagos por corrección de errores
  • CfdiRelacionado (opcional) / UUID = registrar el folio fiscal (UUID) del comprobante relacionado
  • Emisor / Rfc = registrar la clave en el registro federal de contribuyentes del emisor del comprobante (Longitud: persona física 13 posiciones, persona moral 12 posiciones)
  • Emisor / Nombre = registrar el nombre, denominación o razón social del emisor del comprobante fiscal
  • Emisor / RegimenFiscal = registrar la clave del régimen fiscal del contribuyente emisor bajo el cual se está emitiendo el comprobante (ver catálogo c_RegimenFiscal)
  • Receptor / Rfc = se debe registrar la clave en el registro federal de contribuyentes del receptor del comprobante (Longitud: persona física 13 posiciones, persona moral 12 posiciones)
  • Receptor / Nombre = registrar el nombre, denominación o razón social del receptor del comprobante fiscal
  • Emisor / ResidenciaFiscal (opcional) = cuando el receptor del comprobante sea un residente en el extranjero, se debe registrar la clave del país de residencia para efectos fiscales del receptor del comprobante
  • Emisor / NumRegIdTrib (opcional) = captura el número de registro de identidad fiscal del receptor del comprobante fiscal cuando éste sea residente en el extranjero
  • Emisor / UsoCFDI = se debe registrar la clave “P01” (Por definir)
  • Conceptos / Concepto / ClaveProdServ = se debe registrar el valor “84111506”
  • Conceptos / Concepto / Cantidad = registrar el valor “1”
  • Conceptos / Concepto / ClaveUnidad = se debe registrar el valor “ACT”
  • Conceptos / Concepto / Descripcion = registrar el valor “Pago”
  • Conceptos / Concepto / ValorUnitario = se debe registrar como valor “0”
  • Conceptos / Concepto / Importe = se debe registrar el valor “0”

Llenado del complemento recepción de pagos
Para el caso del llenado del complemento de recepción de pagos, deberán de existir y contener los siguientes valores:

  • Version = 1.0
  • FechaPago = Se debe registrar la fecha y hora en la que el beneficiario recibe el pago, bajo el formato AAAA-MM-DDThh:mm:ss
  • FormaDePAgoP = Se debe registrar la clave correspondiente a la forma en que se recibió el pago, de acuerdo con el catálogo c_FormaPago, la cual debe ser siempre distinta a la clave 99 (Por definir)
  • MonedaP = Se registra la clave correspondiente a la moneda con la que se recibió el pago, hasta con la cantidad de decimales que soporte, si el valor es diferente de la clave “MXN”, deberá de existir el campo TipoCambioP, su valor nunca podrá ser igual a “XXX”
  • TipoCAmbioP (condicional) = Se debe registrar el tipo de cambio de la moneda a la fecha en que se recibió el pago, cuando MonedaP sea diferente de “MXN”
  • Monto = Deberá de registrarse el importe del pago, este debe ser mayor a cero “0” y menor o igual al campo ImpPagado
  • NumOperacion (condicional) = Se puede registrar el número de cheque, número de autorización, número de referencia, clave de rastreo en caso de ser SPEI, línea de captura o algún número de referencia o identificación análogo que permita identificar la operación correspondiente al pago efectuado, podrá ser de 1 hasta 100 caracteres
  • RfcEmisorCtaOrd (condicional) = registrar la clave del RFC de la entidad emisora de la cuenta origen (operadora, banco o institución financiera, etc.), si se trata de un residente en el extranjero se deberá registrar la clave del RFC genérico XEXX010101000
  • NomBancoOrdExt (condicional) = se debe expresar el nombre del banco ordenante, es requerido en caso de ser extranjero
  • CtaOrdenante (condicional) = registrar el número de la cuenta con la que se realizó el pago, podrá ser de 10 hasta 50 caracteres
  • RfcEmisorCtaBen (condicional) = registrar la clave del RFC de la entidad emisora de la cuenta destino (operadora, banco o institución financiera, etc.)
  • CtaBeneficiario (condicional) = incorporar el número de cuenta en donde se recibió el pago
  • TipoCadPago (condicional) = Se puede registrar la clave del tipo de cadena de pago que genera la entidad receptora del pago. Por el momento la única calve permitida es 01 – SPEI, si existe este campo es obligatorio registrar los campos CertPago, CadPago y SelloPago
  • CertPago (condicional) = Es el certificado que corresponde al pago, como una cadena de texto en formato base 64
  • CadPago (condicional) = Es la cadena original del comprobante de pago generado por la entidad emisora de la cuenta beneficiaria
  • SelloPago (condicional) = Es el sello digital que se asocie al pago, debe ser expresado como una cadena de texto en formato base 64

Relación de documentos que ampara el pago
En cuanto a los documentos que amparan al recibo de pago tenemos:

  • IdDocumento = Se debe registrar el identificador del documento relacionado con el pago. Este dato debe ser un folio fiscal (UUID) de la Factura Electrónica
  • Serie (opcional) = Se puede registrar la serie del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres desde 1 hasta 25
  • Folio (opcional) = Se puede registrar el folio del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres desde 1 hasta 40
  • MonedaDR = Se debe registrar la clave de la moneda utilizada en los importes del documento relacionado, se deberá considerar lo siguiente:
    • Cuando se usa moneda nacional o el documento relacionado no especifica la moneda se registra MXN (Peso Mexicano)
    • Los importes registrados en los campos ImpSaldoAnt, ImpPagado e ImpSaldoInsoluto de esta sección, deben corresponder a esta moneda
    • Este campo no debe contener la clave “XXX”
    • Si este campo y el campo MonedaP son MXN, no debe existir TipoCambioDR
    • Si este campo es MXN y diferente de MonedaP, TipoCambioDR debe ser “1”
  • TipoCambioDR (condicional) = Es el tipo de cambio correspondiente a la moneda registrada en el documento relacionado
  • MetodoDePagoDR = Se debe registrar la clave PPD (Pago en parcialidades o diferido) que se registró en el campo MetodoPago del documento relacionado
  • NumParcialidad = Es el número de parcialidad que corresponde al pago. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene Pago en parcialidades o diferido). En el caso de que el pago sea diferido, se debe registrar el valor “1”
  • ImpSaldoAnt (condicional) = Es el monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene Pago en parcialidades o diferido). En el caso de que sea la primera parcialidad este campo debe contener el importe total del documento relacionado. En el caso de que se reciba el pago diferido, se debe registrar el monto total de la operación del documento relacionado. Este dato debe ser mayor a 0
  • ImPagado (condicional) = Es el importe pagado que corresponde al documento relacionado. Este dato es obligatorio cuando exista más de un documento relacionado o cuando existe un documento relacionado y el campo TipoCambioDR tiene un valor. El importe debe ser mayor a 0
  • ImpSaldoInsoluto (condicional) = Es la diferencia entre el importe del saldo anterior y el monto del pago. Debe ser mayor o igual a 0 y debe calcularse de los campos: ImpSaldoAnt menos el ImpPagado
  • Impuestos = Este nodo no debe existir

Beneficios
Dentro de los beneficios que trae consigo la emisión de la factura de recepción de pagos tenemos:

  • Evita la cancelación indebida de facturas
  • Evita la falsa duplicidad de ingresos en la facturación de parcialidades
  • Se podrá identificar si una factura ha sido o no pagada

Soluciones para el recibo de pago
Si deseas emitir un recibo electrónico de pago, queremos comentarte que ya todas nuestras soluciones ofrecen soporte al mismo:

  • EDL, librería (DLL) para generar los recibos.
  • EDS, software con el que, usando archivos de texto, podrás generar tus recibos electrónicos de pago.

Con respecto a la descarga de los mismos del SAT, queremos comentarte que nuestras soluciones ya están preparadas para este:

  • El Validador CFDI ya soporta la descarga de los recibos electrónicos del servidor del SAT
  • EDD, Librería que ofrece la posibilidad de descargar estos documentos del SAT.

Si estas interesado en la validación de los recibos electrónicos, actualmente nos encontramos trabajando para ofrecer soporte a los mismo en la librería de validación (EDV) y en el software para validar los XML (Validador CFDI).

Recursos adicionales
Hemos recopilado una serie de documentos y videos donde se ofrecer más información acerca de este tema y los cuales te recomendamos leer:

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.