Da el SAT prórroga en la emisión de un CFDI 3.3

Como parte de nuestro compromiso de mantenerte informado, en Facturando en esta ocasión queremos compartir contigo la prórroga que ha dado el SAT en cuanto a la emisión del CFDI 3.3.

El día de hoy el SAT, por medio del comunicado 2017_125, ha anunciado facilidades para la implementación de la nueva factura electrónica, es decir en la emisión del CFDI 3.3, en donde:

Emisión del CFDI 3.3
Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura (CFDI 3.3) hasta el 31 de diciembre de 2017, es decir se amplia el plazo un mes más, para ser obligatorio a partir del 1 de enero de 2018.

Complemento recepción de pagos
Para el caso de la emisión de comprobantes fiscales digitales con complemento para recepción de pagos, su emisión será opcional hasta el 31 de marzo de 2018, es decir entra en vigor su emisión como estaba estipulado el 1 de diciembre, quedando de forma opcional durante el periodo antes citado.

Cancelación de facturas
En cuanto al nuevo proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas éste entrará en vigor hasta el 1 de julio de 2018.

Errores en la emisión de un CFDI 3.3
En caso de existir posibles errores en la emisión de un CFDI 3.3, en cuanto al uso de las claves de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, está no será considerada como una infracción, esto hasta el 30 de junio de 2018, a partir de esa fecha el uso de las claves deberá de hacerse de forma correcta.

En conclusión
Derivado de la cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses en cuanto en la adopción integral de las mejoras en sus procesos de facturaión, el Servicio de Administración Tributaria informa lo siguiente:

  • A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
  • El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
  • Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.

En los próximos días, la autoridad, estará publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Esperamos que esta publicación te haya sido de utilidad, reiteramos nuestro compromiso de mantenerte informado.

Si deseas conocer el comunicado publicado por el SAT, solo bastará con dar clic en el siguiente enlace.

Comunicado Oficial

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.