¿Se puede emitir un CFDI versión 3.3 en abril del 2023?

Como ya sabrás, aquellos contribuyentes que por ley estén obligados a emitir Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en su versión 3.3 tenían hasta el día 31 de marzo para seguir emitiendo este tipo de comprobantes con esa versión, ya que a partir del 1 de abril deberían de hacerlo bajo la versión 4.0 para el CFDI, esto de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con los artículos décimo noveno y vigésimo quinto transitorio, estos han traído confusión, ya que únicamente se modificó la fecha del mismo al 30 de junio (prórroga del SAT para emitir recibos de nómina), el beneficio es para poder expedir el CFDI a través del aplicativo “Mis cuentas”.

Lo anterior nos sirve como fundamento para compartirles el siguiente caso que recibimos esta semana: Hace algunos días, atendimos el caso de un cliente que quería validar un XML versión 3.3 y cuya fecha de emisión era abril del 2023; esto nos sorprendió, ya que en teoría no se podía emitir esta versión del comprobante después del 31 de marzo del 2023.

Analizando el XML, que amablemente nos compartió el cliente, nos encontramos que éste fue certificado directamente por el SAT, lo cual supone que la emisión, fue, de igual forma, directamente por el uso del propio aplicativo de la autoridad (Mis cuentas).

Al ser un XML recibido, nuestra cliente no sabía cómo éste había sido emitido, pero investigando con el cliente de nuestro cliente, pudimos confirmar que efectivamente fue emitido en el portal del SAT, a través del aplicativo “Mis cuentas”.

Como ya sabrás, para expedir los CFDIs a través del SAT “Mis cuentas”, solo se requiere contar con la clave CIEC, ya que estos XML se sellan directamente con el sello digital del SAT, no se usa el sello del contribuyente emisor; es necesario aclarar, que esto no los hace inválidos, todo lo contrario, estos CFDIs son totalmente válidos para llevar a cabo la deducibilidad y acreditamiento correspondiente.

No sabemos hasta cuando los contribuyentes podrán seguir emitiendo CFDI 3.3 de ingresos dentro del aplicativo del SAT, ya que el SAT no ha emitido algún comunicado o comentario al respecto, esperamos que lo haga en algunos días o en otro caso, tendremos que esperar hasta el 1 de julio del presente año para ver que sucede.

Hemos querido exponer este caso para que no te pase lo que nos pasó a nosotros; no te sorprendas cuando recibas una comprobante versión 3.3; recuerda que aún pueden ser emitidos usando el portal del SAT.

Por cierto, ya hemos actualizado todas nuestras soluciones de validación de comprobantes para dar soporte a este caso:

Hasta la próxima.

Prórroga al recibo de nómina 1.2 con CFDI 3.3

Como ya sabrás, hasta el día 31 de marzo la autoridad, en este caso el SAT, había dado como fecha límite para poder emitir cualquier tipo de comprobante usando la versión anterior del CFDI, esto es, la versión 3.3

Lo anterior significaba que, a partir del 1 de abril del 2023, era necesario que todos usáramos la última versión del CFDI, que es la 4.0.

Pues bien, de último momento el Sistema de Administración Tributaria (SAT), saco un comunicado, exactamente el 011/ 2023, en donde se da una prórroga para la emisión de comprobantes usando la versión 3.3.

Sabemos que este comunicado genera varias dudas y queremos responder todas aquí:

¿Esta prórroga cuando fue publicada?
Fue realizada, hoy 31 de marzo de 2023.

¿Exactamente que dice el comunicado?
Entre otras cosas, dice que se pueden seguir emitiendo recibos de nómina electrónicos con la versión 3.3 del CFDI.

¿Sólo aplica para los recibos de nómina? o ¿También puede ser aplicada a otro tipo de documentos?
El comunicado solo se hace mención al recibo de nómina electrónico.

¿Y qué sucede con las facturas, recibos de pago, etc.?
Para esos documentos, deberás usar obligatoriamente la versión 4.0 con todas las implicaciones que esto tiene.

¿Si trato de timbrar una factura con la versión 3.3 que va a pasar?
El PAC va a rechazar el XML y no lo va a timbrar.

Con esta prórroga, ¿hasta cuándo se podrá continuar emitiendo los recibos de nómina 1.2 usando el CFDI 3.3?
El comunicado indica que esto será posible hasta el día 30 de junio del 2023.

¿De cuanto tiempo es la prórroga?
De acuerdo con lo publicado por el SAT, es de 3 meses, esto quiere decir que, con respecto a los recibos de nómina, podrás continuar emitiéndolos de la forma en que venias haciéndolo durante los sigueintes 3 meses que corresponden a abril, mayo y junio del 2023.

¿Y qué pasará después del 30 de junio del 2023?
Si el SAT no saca otra prórroga, deberás usar la nueva versión del CFDI para emitir tus recibos de nómina, esto es, usar la versión 4.0

¿Por qué el SAT hizo este cambio a último momento y no lo público antes?
Desconocemos el motivo exacto, pero creemos que fue para presionar a que más gente se cambie a la nueva versión del CFDI.

Durante este periodo de prórroga, ¿puedo emitir recibos de nómina con el CFDI 3.3 y 4.0 al mismo tiempo?
Si sin problema lo puedes hacer, es más, algunas empresas lo hacen durante un tiempo, esto porque hacen pruebas para ver que todo funciona correctamente, antes de pasarse definitivamente a la versión 4.0

¿Dónde puedo encontrar el comunicado que saco el SAT sobre este tema?
Lo puedes ver dando clic en el siguiente enlace o entrando directamente a la página del SAT

Comunicado 011/2023

¿Qué otra información contiene el comunicado?
Habla sobre las personas que están en el RESICO y la obligación que tienen estas:

  • Contar con eFirma
  • Contar con el buzón tributario
  • Tener sus datos actualizados

Esperamos que con estos hayan sido resultas tus dudas y como siempre, te invitamos a inscribirte en nuestras redes sociales donde estaremos publicando más información al respecto:

Hasta la próxima.

SAT cambios a los catálogos para el CFDI 3.3 y 4.0

Continuando con los cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la emisión de Comprobantes Fiscales Digital a través de Internet (CFDI) en su versión CFDI 4.0, queremos compartir lo siguiente:

Catálogos para el CFDI
El pasado 13 de enero de 2023, la autoridad realizó cambios al archivo correspondiente a los catálogos utilizados tanto para la generación de la versión 3.3 como la 4.0 del CFDI.

Después de realizar un análisis y comparativo de los catálogos actuales contra los nuevos, se determinaron los siguientes cambios:

CDFI 4.0
En lo que respecta a los catálogos para le emisión del CFDI 4.0 esto son los cambios:

Catálogo Aduana
Dentro de este catálogo se tienen definidas todas las aduanas existentes en el país, en este caso la actualización corresponde a la adición de una nueva la cual corresponde a:

  • Clave aduanal – esta nueva aduana tiene asignada la clave 85
  • Descripción – AEROPUERTO INTERNACIONAL FELIPE ÁNGELES, SANTA LUCÍA, ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO.
  • Fecha de inicio de vigencia – la fecha en que entra en vigor esta nueva aduana es a partir del 13 de enero de 2023.

Catálogo números de pedimentos
Como consecuencia de la nueva aduana, trae consigo la adición de un nuevo número de pedimento correspondiente a la aduana con clave 85, quedando éste como se describe a continuación:

  • Clave aduanal 85
  • Patente – en cuanto al número de patente que le corresponde es el 1813
  • Ejercicio – en lo que respecta al ejercicio le corresponde al año 2023
  • Cantidad – para la cantidad tiene asignado el 999999
  • Fecha inicio de vigencia – su fecha de entrada en vigor es a partir del 13 de enero de 2023

Cabe mencionar que este catálogo ha sufrido varias actualizaciones en sus claves, siendo estas las cifras de cambios realizados:

  • En noviembre de 2022 se agregaron 18 claves
  • Para el mes diciembre de 2022 la cantidad de claves actualizadas fueron 9
  • Mientras que, para esta última actualización, correspondiente al 01 de enero de 2023, las claves que sufrieron actualización fueron 3,488

En estas tres últimas actualizaciones los datos modificados corresponden al año del ejercicio y su fecha inicial de vigencia.

CDFI 3.3
Para el caso de los catálogos correspondientes a la emisión del CFDI 3.3 aplican los mismos cambios al catálogo de aduanas y de números de pedimentos.

Si deseas obtener la versión más reciente del archivo de los catálogos solo bastará con dar clic en cada una de las siguientes ligas:

Catálogos_CFDI_v40 2023.01.13

Catálogos_CFDI_v33 2023.01.13

Notas relacionadas

Hasta la próxima.

SAT: Nueva prórroga al CFDI 4.0

Como recordarás, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) viene dando una serie de prórrogas a la emisión del CFDI 4.0 y esta no sería la excepción.

En su comunicado publicado el pasado 28 de noviembre de 2022, vuelve a informar acerca de una nueva prórroga a la generación del CFDI 4.0.

Esta prórroga tiene la finalidad de que las personas contribuyentes, físicas y morales, puedan contar con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0.

Por lo que aquellos contribuyentes que estén obligados a generar este tipo de comprobantes podrán ajustarse a esta nueva prórroga, en la cual se extiende la facilidad para emitirlos en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.

Por la anterior, podemos concluir que el periodo de convivencia con la versión 3.3 del CFDI se amplía, el cual comprende del 01 de enero de 2022 al 31 de marzo de 2023, por lo que, a partir del 1 de abril del 2023 la única versión válida será la 4.0.

Adicional, y de igual forma, se extiende la entrada en vigor de la versión 2.0 del complemento de recepción de pagos, la cual es compatible con la versión 4.0 del CFDI, siendo obligatorio su uso a partir del 2 de abril del 2023.

Finalmente, tambien te invitamos a ver la prórroga dada por la autoridad a otros tipos de CFDIs, por lo que hemos publicado otro Blog al respecto.

Nueva prórroga a la Carta Porte

Hasta la próxima.

Prórroga a la cancelación de CFDIs de ejercicios anteriores

Cómo recordarás, la cancelación de CFDIs de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal del 2021 estaba sujeto a que solo podría efectuarse hasta el 30 de septiembre de 2022, esto de acuerdo con lo indicado en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 Anticipada.

Nuevo plazo para cancelación
Ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para llevar a cabo la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de años anteriores.

Plazo en el cual, los contribuyentes podrán corregir las facturas electrónicas o recibos de nómina emitidos en ejercicios anteriores con errores y así poder validarlos para efectos fiscales con los datos correctos.

Esto de acuerdo con lo publicado en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 Segunda versión anticipada:

Lo dispuesto en el primer párrafo del presente transitorio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.”

Adicional, se contempla la cancelación de facturas electrónicas de algún dato erróneo de periodos anteriores a 2022.

En resumen, de acuerdo con las disposiciones vigentes, los CFDIs solo podrían ser cancelados en el ejercicio en el cual fueron emitidos, pero mediante una regla transitoria previa, el SAT permitió la cancelación de facturas de ejercicios anteriores al 2021, y ahora con una nueva facilidad también permite la cancelación de ejercicios anteriores al 2022.

Hasta la próxima.

¿Cómo validar un recibo de pago 2.0 ?

Derivado de los cambios a la facturación electrónica para este 2022 en la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente al recibo de pago en su nueva versión 2.0 queremos comentar los cambios que esta versión implican y cómo llevar a cabo la validación de este, comencemos por saber:

¿Qué es?
El CFDI de un recibo de pago, es una factura que ampara el o los pagos en parcialidades o diferidos recibidos, de aquellas facturas que se hayan emitido y que tengan definida como clave de método de pago “PPD – Pago en parcialidades o diferido”.

Cambios
En cuanto a los cambios más relevantes realizados a la emisión de un recibo de pago en su versión 2.0 tenemos los siguientes:

  • Se incluyen nuevos campos para identificar sí los pagos de las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos.
  • Se incluye un nuevo apartado para el resumen de los importes totales de los pagos realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se trasladan.

Vigencia
La emisión de esta nueva versión del recibo de pago 2.0 está vigente desde el 1 de enero del 2022, volviéndose obligatoria su emisión a partir del 1 de julio del 2022.

¿Cómo validarlo?
La forma de garantizar que la emisión de un recibo de pago en su versión 2.0 fue correcta, es por medio del uso de un validador, por lo que tenemos el agrado de informarte que hemos liberado una nueva versión de nuestro Validador CFDI, en la cual se adiciona la funcionalidad para soportar la validación de la versión 2.0 del recibo de pago.

Por lo que recomendamos a todos nuestros usuarios se actualicen a brevedad a la nueva versión del Validador CFDI, dando clic en el siguiente enlace:

Descargar actualización

Hasta la próxima.

Prórroga al uso de la clave P01 – Por definir

Como sabrás, en este momento se encuentran en convivencia la generación de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) tanto en su versión 3.3 como 4.0, esto derivado de los cambios fiscales para 2022 realizados por la autoridad (SAT), donde se establece un periodo de transición.

En cuanto a la emisión de comprobantes fiscales digitales (facturas) para su versión 3.3, se establece que “se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante”, de entre ellas la clave “P01 – Por definir” esto cuando el receptor no tiene definido, en el momento de la emisión del comprobante, el uso que se le dará al mismo.

Recientemente, el pasado 14 de junio del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó la actualización a los catálogos del CFDI para su versión 3.3, donde el correspondiente a las claves de uso del CFDI ya se encuentra actualizada en su fecha de fin de vigencia lo correspondiente a la clave “P01 – Por definir” siendo esta para el 31 de diciembre del 2022, fecha que coincide también con la fecha final para emitir la versión del CFDI en su versión 3.3.

Inicialmente, la fecha de fin de vigencia para la clave “P01 – Por definir” de uso de CFDI era al 30 de abril, después se movió al 30 de junio del 2022 y ahora derivado de la prórroga dada por la autoridad a la emisión del CFDI 3.3, esta se amplió al 31 de diciembre del 2022.

En resumen
En la emisión del CFDI 3.3, podrás seguir utilizando como uso del CFDI la clave “P01 – Por definir”, esto hasta el 31 de diciembre de este año.

Es importante mencionar que este cambio solo afecta al CFDI 3.3, ya que el SAT eliminó la posibilidad de usar esta clave en el CFDI en su versión 4.0.

Si deseas tener la actualización más reciente a los catálogos correspondientes al CFDI 3.3, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Catálogos CFDI 3.3

Hasta la próxima.

Prórroga a la emisión del CFDI 3.3

Derivado de la entrada en vigor en la emisión de la nueva versión 4.0 de los comprobantes ficales digitales y la dificultad que el cambio a esta versión a implicado, no solo para los usuarios finales sino también para los desarrolladores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido ampliar el tiempo de convivencia entre las versiones existentes.

Periodo de transición
Como sabrás, el SAT marco un periodo de transición para continuar emitiendo el CFDI 3.3, siendo este:

El comprendido del 1 de enero al 30 de abril del 2022.

Nuevo periodo de transición
Ahora, el SAT dio a conocer mediante la publicación el pasado 18 de febrero de la versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su anexo 1-A, donde se destaca:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

De acuerdo con lo anterior se amplía el plazo en dos meses más, para seguir emitiendo el CFDI 3.3 hasta el 30 de junio de 2022.

En consecuencia, se asume que la entrada en vigor del uso obligatorio en la emisión del CFDI 4.0 se estaría moviendo en la misma proporción, es decir, dos meses después, de no ser así, no tendría razón de ser el cambio publicado por el SAT.

Si deseas obtener el documento emitido por el SAT, lo podrás obtener dando clic en la siguiente liga;

2aRMRMF2022-primera_versión_anticipada

Hasta la próxima.

Enero 2022: Problemas con la descarga de XML

2022-01-07 11:00 a.m. SOLUCIONADO

Hemos liberado una una actualización, que deberás realizar de forma manual de acuerdo con lo que se indica en el documento que podrán descargar dando clic en la siguiente liga:

Pasos para la actualización

Una vez realizado el procedimiento como se indica en el documento, podrás continuar descargando los XML como lo venias haciendo.

2022-01-07 09:00 a.m.

El servicio de consulta y/o descarga de XMLs del SAT continua respondiendo de forma inestable.

Verificando con algunos usuarios comentan:

  • Que han podido descargar, en una sola ocasión, hasta 2,000 XML, para posteriormente ya no poder realizar descarga alguna.
  • Que obtienen invariablemente los mensajes: “servicio no disponible” y el “error de conexión a internet”, este último significa que existe un error de respuesta por parte del servidor del SAT y no que se trate de un error del internet de la Pc del usuario.

2022-01-06 10:00 a.m.

Se continua monitoriando, por parte de nuestra área de desarrollo, el servicio de consulta y/o descarga de XMLs del SAT el cual continua respondiendo de forma inestable.

Algunos de los usuarios nos han comentado que han podido realizar alguna descargar de XML de forma aleatoria, es decir, después de varios intentos.

Derivado de este incidente, continuamos en espera de que el SAT restablezca el servicio correctamente, por lo que les estaremos informando cualquier cambio al respecto.

2022-01-04 09:00 a.m.

Esté articulo tiene como finalidad informarte todo acerca del problema que se está presentando al momento de descargar los archivos XML, por lo que te invitamos a leerlo en su totalidad, para poder conocer las causas y el estado actual de este tema.

¿Cambios en el SAT?
Como ya será de tu conocimiento, durante el fin e inicio de año, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) estuvo realizando cambios en sus servicios y servidores para dar soporte a:

  • CFDI 4.0
  • Recibo de pago 2.0
  • Proceso de cancelación
  • Constancia de retenciones 2.0

¿Cuándo sucedieron?
Para poder llevar a cabo este proceso de actualización, el SAT, detuvo todos sus servicios relacionados con la factura electrónica el día 31 de diciembre a las 10 pm y los volvió a activar el día 1 de enero a las 2 pm.

Afectaciones
Debido a los cambios realizados, todos nuestros productos no pueden llevar a cabo el proceso de descarga masiva:

  • Electronic Document Download
  • Descargar CFDI
  • Nómina Total

Es importante aclarar que los productos si funcionan, se pueden generar reportes, hacer conciliaciones, etc.; pero al momento que se intentan usar para descargar los XML del servidor del SAT, se genera un error de conexión, este mensaje se presenta cuando el programa ya está dentro del servidor del SAT.

Algunos usuarios nos comentan que no ha habido cambios en el SAT, y aunque visualmente, pareciera que no, la realidad es que si los hay y que esto está afectando el uso de los productos.

Solución
En este momento nuestro equipo de desarrollo se encuentra investigando todo el aspecto técnico del cambio realizado por el SAT, para con esto poder plantear una solución a todos nuestros usuarios.

Por lo anterior, invitamos a todos los usuarios a revisar de forma periódica este artículo, ya que por medio de éste estaremos publicando los avances de este caso hasta la solución final.

SAT: Complemento Carta Porte 2.0

Te damos a conocer, la publicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo en su portal, con respecto a la nueva versión del complemento Carta Porte, de donde se desprende la siguiente información:

Publicación del complemento
La publicación del complemento Carta Porte en su nueva versión 2.0 en el portal del SAT fue realizada el día 26 de octubre del 2021.

Vigencia
Esta nueva versión del dicho complemento comienza a ser vigente a partir del día 1 de diciembre del 2021.

Tendrá un periodo de aceptación comprendido entre el 1 al 31 de diciembre de 2021, periodo en el cual:

  • Deberán de emitirse los respectivos comprobantes
  • Se dará por cumplida dicha obligación, aunque estos contengan datos incorrectos con respecto a los requerimientos, ya sea por lo indicado en el estándar del complemento o por la guía de llenado correspondiente.

Documentación
Por lo anterior, te invitamos a que conozcas la nueva versión, dando clic en el siguiente enlace, donde podrás descargar, tanto los documentos técnicos (estándar, catálogos), como los diferentes instructivos de llenado y las preguntas frecuentes.

Documentación para el Complemento Carta Porte v2.0

Nota:
Cabe mencionar que no existe una actualización o versión nueva del archivo que contiene la Matriz de errores.

Versión 1.0
Todo parece indicar que, con esta publicación, la autoridad deja sin efecto la versión 1.0; aún no existe algún pronunciamiento por parte del SAT al respecto, pero creemos que sería el camino más lógico.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.