SAT mejoras para presentar declaración anual (Personas Morales)

Para aquellos contribuyentes (Personas Morales) que están obligados a presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una serie de facilidades para poder dar cumplimiento con esta obligación, mediante actualizaciones y mejoras realizadas, entre las que tenemos:

  1. Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  2. Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  3. Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  4. Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  5. Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  6. Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  7. Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Envío de la declaración

De acuerdo con la autoridad (SAT) para poder realizar el envío de la declaración es necesario:

  • Contar con la firma electrónica (e.firma)
  • Estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Cuenta bancaria

Para el caso de obtener un saldo a cargo, es necesario que los contribuyentes personas morales cuenten con un servicio de banca electrónica, con el cual deberá de pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

Finalmente, la autoridad (SAT) reitera su compromiso de mejorar las herramientas para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, y de esta manera, continuar con el objetivo de incrementar la recaudación a niveles históricos, fortaleciendo así la economía mexicana y el bienestar de la población.

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Hasta la próxima.

Factura SAT Móvil ya emite complemento Carta Porte

Si eres usuario de la aplicación Factura SAT Móvil, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que liberó la versión 2.0 de esta aplicación, en la cual integra la opción para emitir facturas electrónicas con complemento Carta Porte su versión 3.0 a través de dispositivos móviles tratándose de servicios de autotransporte, el cual es requerido para el traslado de bienes o mercancías dentro del territorio nacional.

Con esta actualización, el SAT cumple el compromiso realizado con los pequeños transportistas de otorgarles una alternativa ágil y segura para que puedan cumplir con sus obligaciones.

Requisitos

Dentro de los requisitos para hacer uso de la aplicación Factura SAT Móvil tenemos:

  • Dispositivo móvil con acceso a internet.
  • Instalar o actualizar la aplicación. Disponible en sitios oficiales para dispositivos iOS y Android.
  • Contar con Contraseña activa.
  • Certificado de Sello Digital (CSD) vigente para la emisión de factura.

Soluciones

Si requieres de alguna aplicación para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) con complemento Carta Porte 3.0 en Facturando contamos con una serie de soluciones para ello, y no solo la generación, sino también para la validación de este:

Generación

Validación

  • Validador CFDI – aplicación de escritorio para la validación de tus archivos XMLs de tus comprobantes fiscales, incluyendo complemento Carta Porte 3.0
  • Electronic Docuemnt Validator (EDV) – librería para integrar la validación de CFDIs a tus desarrollos.

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Hasta la próxima.

SAT da prórroga al uso del complemento carta porte 3.0

Recordemos que, el complemento Carta Porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías, ya que contiene:

  • Toda la información relacionada con el transporte, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos.
  • Así como el medio por el que se mueven (aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte).

Antecedentes

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 28 de septiembre de 2023 la versión 3.0, la cual entró en vigor el 25 de noviembre de 2023.

Se informó que el periodo de convivencia de las versiones 2.0 y 3.0 del complemento carta porte sería hasta el 31 de diciembre de 2023.

Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones, que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte.

Prórroga

La autoridad (SAT) realizó modificaciones para los contribuyentes que emiten este tipo de comprobantes, con el objetivo de que estos puedan adaptarse a la nueva versión, los cuales podrán seguir emitiendo sus facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.

El SAT reafirma su compromiso con los contribuyentes y la seguridad de los prestadores de servicios de transporte, asimismo, busca proporcionar confianza y certeza jurídica a los transportistas, al tiempo que coadyuvan a combatir el contrabando y el uso ilegal de los medios de transporte para actividades ilícitas en territorio nacional.

Cabe mencionar que, este complemento es obligatorio desde el 1 de enero de 2022 y las personas físicas y morales pueden generar sus facturas electrónicas con complemento Carta Porte a través de los servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante nuestras soluciones especializadas en la generación de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) como son:

Contacto

Para más información relacionada con este complemento, la autoridad (SAT) pone a disposición de los contribuyentes las siguientes páginas:

Adicional, podrás resolver cualquier duda por los siguientes medios:

  • MarcaSAT 55 627 22 728, desde cualquier parte del país
  • Y el número telefónico (+52) 55 627 22 728, para el exterior del país.

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