Mitos y realidades de la Constancia de Situación Fiscal (CSF)

Conoce todo acerca de cómo obtener la Constancia de Situación Fiscal (CSF) y los mitos y realidades que giran alrededor de este documento.
Para iniciar empecemos por saber:

¿Qué es?
La Constancia de Situación Fiscal es el documento oficial que contiene todos los datos de un contribuyente.

¿Qué datos contiene?
Los datos que la Constancia de Situación fiscal contiene son los siguientes:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • CURP (Persona física)
  • Nombre o razón social
  • Fecha de inicio de operaciones
  • Estatus
  • Domicilio fiscal
  • Actividades económicas
  • Régimen(es) fiscal(es)
  • Obligaciones fiscales
  • Número telefónico de contacto
  • Correo electrónico

¿Por qué se pide la Constancia de Situación Fiscal?
Derivado del nuevo procedimiento de certificación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en su versión 4.0, se requieren para el llenado de los nuevos datos fiscales del receptor, ya sea para la emisión de un recibo de pago de nómina, como de una factura por la adquisición o prestación de un servicio o producto.

Mitos y realidades
Como consecuencia de este nuevo requerimiento, han surgido una serie de mitos y realidades, las cuales comentaremos a continuación:

¿Existe una fecha límite para obtener mi Constancia de Situación Fiscal?
No, la Constancia de Situación Fiscal se puede obtener todo el año, no hay fecha límite.

¿Debo proporcionar mi Constancia de Situación fiscal para que me emitan un CFDI 4.0 por alguna compra realizada?
No es necesario que la proporciones, si conoces tus datos fiscales tal y como aparecen registrados en la Constancia de Situación Fiscal, es suficiente con proporcionarlos:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Nombre completo
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen en el que tributas

¿Pueden retener mi pago de nómina si no entrego la CSF?
Es necesario que las empresas verifiquen la identidad de cada uno de sus trabajadores, corroborando que cuenten con su RFC y sus datos fiscales actualizado.
Bajo este contexto, la constancia es un requisito que el SAT pide a los empleadores, y no a los trabajadores, por lo que no debe ser limitante o pretexto para que los patrones no paguen a los empleados por no entregar este documento.
Es de suma importancia tomar en cuenta que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 106.- La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.

Artículo 107.- Está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto.

Quedando prohibida la imposición de multas a los trabajadores, por cualquier causa, como es este caso, tratándose de una situación administrativa que le corresponde a la empresa.

¿Qué sucede si tengo mis datos fiscales desactualizados?
Para el caso de que tus datos fiscales estén desactualizados, deberás de sacar cita para acudir de manera presencial a alguna de las oficinas del SAT.

Consecuencias
Dentro de las consecuencias que surgen al no contar con la información tenemos:

  • Que el emisor del comprobante fiscal, no podrá timbrarlo
  • No podrá hacerse deducible de impuestos
  • Al no deducirse, traería como consecuencia el mayor pago de impuestos

Alternativas
Alguna de las alternativas para verificar esta información fiscal es, por ejemplo, el uso del validador de datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
También podrás tramitar la Constancia de Situación Fiscal por medio de:

  • El chat uno a uno – opción “Cédula de Identificación Fiscal”
  • Desde SAT ID – opción “Constancia de Situación Fiscal con CIF”, con identificación vigente, el RFC, correo electrónico personal y número telefónico a 10 posiciones
  • Portal del SAT – por medio del RFC, contraseña o firma electrónica vigente
  • Desde SAT móvil – con tu RFC y contraseña
  • Llamando al 55 62 72 27 28 proporcionando el RFC, un correo electrónico y número telefónico

Lo triste realidad, es que, aun contando con varias alternativas para poderla tramitar, es casi imposible el poder obtenerla, por lo que te verías en la necesidad de hacerlo acudiendo a las oficinas del SAT.
Derivado de esta situación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se vio obligado a ampliar sus horarios de atención en sábados para que se pueda tramitar.
Esta acción contempla la ampliación de los horarios los primeros tres sábados de junio (4, 11 y 18) en un horario de 9 de la mañana a 4 de la tarde.
La autoridad enfatizó que el servicio no requiere de cita y sólo se deberá de presentar una identificación oficial vigente.

Alternativas Facturando
Dentro de las alternativas que Facturando tiene para apoyar a clientes y no usuarios, tenemos:

Archivo de Excel
Consiste en el envío de un correo a contacto@facturando.mx con la siguiente información:

  • Lista de RFCs a validar
  • Opcionalmente: Nombre, código postal y CURP

Como respuesta al correo enviado recibirás un reporte con el resultado del procesamiento de la información enviada.

Web service
El uso del web service que te permitirá implementar la funcionalidad de:

  • Validar si un RFC es válido y existe en el SAT
  • Obtener el nombre del contribuyente, mediante el RFC o la CURP (persona moral o física respectivamente)
  • Validar los datos de un contribuyente (RFC, nombre y código postal)
  • Verificación de un contribuyente en las listas negras del SAT, trátese de incumplidos (Art. 69) o con operaciones inexistentes (art. 69 B)

Si deseas conocer más acerca de este web service te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Web service: Validar RFC

Prórroga CFDI 4.0

Conoce la prórroga que la autoridad (SAT) dio a la generación del CFDI en su versión 4.0, para saber más al respecto te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

SAT: Prórroga al CFDI 4.0

Resumen
En resumen:

  • No es obligatorio contar con la Constancia de Situación Fiscal, si no contar con la información correcta relacionada al RFC.
  • La autoridad (SAT) da a conocer la prórroga a la emisión de factura electrónica en su versión 4.0, para saber al respecto da clic aquí
  • No se puede retener el pago de la nómina por no entregar la Constancia de Situación Fiscal.

Hasta la próxima.

Patrones que podrían estar en un esquema de simulación de personal

La reforma en materia de subcontratación laboral, comúnmente conocida como outsourcing se modificó de forma importante, lo que obligó a muchas empresas que trabajaban bajo este esquema a hacer cambios y modificaciones en su forma de trabajo.

Existe la probabilidad de que las empresas de outsourcing, al ya no poder seguir trabajando con personal subcontratado, han trasladado a sus empleados a otros regímenes como honorarios, asimilados a salarios, actividad empresarial, inclusive al RIF.

Lo que significa que en esta nueva forma de trabajo que han adoptado estas empresas de outsourcing, con todas las reformas, probablemente ahora estén haciendo uso de lo que se conoce como “sustitución patronal”.

Pero, ¿Qué es la sustitución patronal?
El artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo indica que:

“El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”.

Es decir, la Ley establece que la sustitución patronal es cuando un patrón le traslada a otro patrón sus trabajadores y a estos últimos se les deben conservar sus derechos laborales.

Sin embargo, las reformas trajeron como resultado, que los patrones, que tenían trabajadores que estaban subcontratados, los migraran del esquema de subcontratación, para que seguirán trabajando, pero ahora bajo otro régimen fiscal sin que les reconocieran sus derechos laborales e inclusive perdieran su trabajo.

Implicaciones de la simulación
Los expertos indican que aquellas empresas que les pidieron a sus empleados que se dieran de alta bajo otro régimen diferente al de sueldos y salarios para seguir trabajando, podrían estar incurriendo en la simulación.

Simular una relación laboral, significa evadir las obligaciones patronales, en materia laboral, de seguridad social y fiscales de un patrón. Estas obligaciones se refieren al pago de sueldos, vacaciones, aguinaldo, utilidades, prestaciones de seguridad social, pago de indemnizaciones, entre otras.

La simulación implica una infracción a las disposiciones laborales, representa un perjuicio económico para el IMSS y el SAT y además podría equipararse al delito de defraudación fiscal.

Por lo que, no sería difícil que estas empresas que antes estaban en el esquema de subcontratación, le “pidieran” a sus trabajadores cambiarse a otro esquema diferente al de sueldos y salarios y así incurrir en esta mala práctica y probablemente los empleados tuvieran que acceder al cambio de régimen para evitar perder su empleo.

Finalmente, los patrones deben evitar caer en la figura de simulación de actos para no hacer válida una relación laboral y no reconocer los derechos ganados de los trabajadores, porque podrán hacerse acreedores a sanciones legales.

Hasta la próxima.

El “concepto de pago” puede alertar a las autoridades fiscales

El uso de la tecnología hace más fáciles algunos procesos, por lo que también las autoridades utilizan estas herramientas para detectar posibles ilícitos.

Ahora con la tecnología Fintech y el uso de apps, es posible realizar operaciones bancarias de manera fácil y rápida desde celulares, ipads o tablets.

Las apps, en el momento que realizas una transferencia bancaria solicita la cuenta del beneficiario y un “concepto de pago”, entre otros datos y con esta información los bancos, comercios y particulares identifican el origen de la operación.

Estas operaciones se pueden realizar desde cualquier lugar en el que se encuentre el usuario.

¿Cuál es el objetivo del campo “concepto de pago” en una transferencia bancaria?
El fin principal de este campo, es el de proporcionar información y así el receptor de una transferencia pueda identificar la operación.

También les sirve a las instituciones bancarias y al Sistema de Administración Tributaria (SAT) para identificar el motivo de la transacción. Por lo que se deberán consignar conceptos específicos que describan la operación.

Acotar claramente una descripción en una operación de transferencia, parece relativamente fácil. Lo delicado del asunto es que el concepto que se indique en la transferencia podría causar un conflicto con el SAT.

¿Qué tipo de conceptos se pueden utilizar al realizar una transferencia?
Los usuarios a veces no son conscientes de las repercusiones que un concepto puede tener, no le dan la importancia que tiene. Creen que este campo es visible solo para el receptor y quien envía la transferencia.

Lo que es una realidad, es que ahora las autoridades tributarias a través de la información que les reportan las entidades bancarias, pueden detectar algún comportamiento atípico de un contribuyente cuando éstos consignan conceptos de pagos “raros” y que llaman la atención.

Por lo que, se deberán registrar conceptos de pago que describan con claridad el motivo de la transferencia y evitar palabras que lleven a la autoridad fiscal a sospechar que pueda tratarse de un acto delictivo.

Finalmente, los usuarios de los servicios financieros deberán usar conceptos claros en sus transferencias y operaciones bancarias, que permitan al beneficiario reconocer la operación y a quien envía los recursos tener el control de las operaciones que realiza. Así como, evitar el uso de palabras que se relacionen con algún delito para evitar problemas y malas interpretaciones con las autoridades fiscales.

Hasta la próxima.

Cómo usar el programa para consultar las listas negras del SAT

Actualmente es de suma importancia que las empresas verifiquen que sus proveedores o prospectos no aparezcan registrados en las listas negras del SAT, ya sea como contribuyentes con operaciones inexistentes (EFOS), de acuerdo con lo indicado por la autoridad en su artículo 69-B, o como incumplido (artículo 69), ya que al realizar esta validación, podrían evitarse serios problemas, como pueden ser:

  • La corrección de sus deducciones aplicadas en el cálculo de los impuestos
  • El pago de multas y recargos, siendo estos lo más leve
  • La cancelación de sus certificados para la generación de facturas
  • Y en el peor de los casos hasta cárcel

La validación de tus proveedores la puedes realizar descargando los listados del SAT, esta opción es viable cuando menos de 10 proveedores, pero es poco practica y desgastante cuando el volumen de proveedores a verificar es considerable, además de las desventajas al hacerlo de esta forma:

  • Solo podrás hacer la búsqueda de contribuyentes de uno en uno
  • No obtienes reporte de RFCs localizados

Para evitar estas desventajas Facturando pone a tu disposición la mejor solución para consultar en las listas negras del SAT, de la forma más rápida, sencilla y confiable, ofreciéndote tres formas distintas de hacerlo, según lo requieras:

Uno a uno
En este modo de consulta podrás indicar el RFC o razón social de tu proveedor, el sistema de forma automática buscará en las dos listas, incumplidos y operaciones inexistentes, y en caso de estar te mostrará toda la información al respecto.

Es importante mencionar que el programa soporta búsquedas parciales, esto quiere decir que no es necesario capturar todo el RFC o razón social, solo deberás capturar dos o más letras y el sistema localizará todos los contribuyentes que contengan esas letras.

Este tipo de búsqueda es de utilidad cuando quieres realizar una consulta rápida.

A continuación, encontrarás un video donde se muestra cómo funciona este tipo de consulta:

Consulta uno a uno de las listas negras del SAT

Consulta Masiva
Con esta podrás consultar todos tus proveedores, con tan solo un clic, para esto solo es necesario que tengas la información de estos en un archivo de Excel (Texto, CVS, XLS, XLSX, etc.)

En este caso no importa la cantidad de proveedores, pueden ser 5,000 o 1,000,000 el sistema realizará la verificación de cada uno y al final te mostrará cual de ellos se encuentra en las listas.

A continuación, te dejamos un video para que puedas ver cómo funciona:

Consulta masiva de proveedores en las listas negras

CFDI emitidos por EFOS
Esta es la consulta más importante del sistema, ya que no solo te informa si tu proveedor es un EFOS, sino que también te dice:

  • Que comprobantes te ha emitido
  • Los datos de estos CFDIs, como son: Total, impuestos, etc.
  • Estado del comprobante: Vigente o Cancelado

Este es el verdadero poder de la solución que ofrecemos, ya que no solo puedes saber quién es EFOS, sino que también puede saber que te han emitido cada uno de ellos y el estatus de los comprobantes.

Si quieres ver como funciona esta consulta da clic aquí:

Comprobantes emitidos por un EFOS

Actualizaciones
Como ya sabrás la autoridad actualiza continuamente estas listas, pero no debes preocuparte por eso, ya que el sistema se actualiza automáticamente para que siempre tengas la última información.

Como punto final queremos invitarte a descargar y usar la versión gratuita del sistema dando clic en el siguiente enlace:

Software para consultar las Listas negras del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Está mi proveedor en las listas negras del SAT?

Una de las mayores inquietudes que tienen las empresas y las personas físicas, es el no saber si tienen una relación comercial con un contribuyente identificado como incumplido o con operaciones inexistentes (EFOS), es decir, que este se encuentre registrado en las listas negras del SAT.

Para explicar esta situación y la solución que existe para ello, lo primero es saber en qué consisten las listas negras del SAT.

Listas negras del SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica en su sitio web los listados de aquellos contribuyentes identificados como:

EFOS
Son aquellos contribuyentes que llevan a cabo la emisión de comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados.

A los contribuyentes que se encuentre bajo esa situación se determinará la inexistencia de las operaciones amparadas en los comprobantes que hayan emitido.

A estos contribuyentes se les denomina o son conocidos como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).

Incumplidos
Los contribuyentes incumplidos son aquellos que por algún motivo tienen adeudos pendientes con la autoridad (SAT).

Consulta de listas
Para poder llevar a cabo la consultar de tus proveedores en las listas negras del SAT, lo primero que debes de hacer es realizar la descarga de los diferentes archivos que la integran directamente de la página del SAT:

  • 4 archivos para operaciones inexistentes.
  • Para incumplidos son 13 archivos.

Una vez descargados los diferentes listados, deberás de realizar la consulta para cada uno de los RFCs de tus proveedores en cada uno de los listados, esto sería práctico para alguien que tenga una cantidad pequeña de proveedores, tal vez 10, pero si manejas más proveedores se vuelve poco práctico y es algo que va a consumir mucho tiempo.

Consulta masiva de las listas negras del SAT
La solución más fácil y rápida de llevar a cabo la consulta de tus proveedores contra las listas negras del SAT es haciendo uso del programa desarrollado por Facturando, el cual se especializa en la verificación, de forma masiva, ya sea mediante el uso de los RFCs o por medio de los archivos XML que te hayan emitido, de los contribuyentes a consultar.

La verificación se realiza de forma automática en todos los listados publicados por el SAT, mostrando como resultado un reporte detallado de datos, de aquellos contribuyentes identificados como incumplidos o con operaciones inexistentes.

Todos los reportes emitidos por el programa podrán ser exportados a un archivo de Excel, con el fin de que el usuario le pueda dar seguimiento a la información contenida en los mismos.

Además, podrás validar el RFC de empleados, clientes y proveedores, y si estos se encuentran registrados en la base de datos del SAT.

Con el programa podrás verificar todas las empresas que desees, ya que es multi RFCs.

¿Y los comprobantes (XML)?
Con esta solución, no solo conocerás si tu proveedor se encuentra en dichas listas, sino que además podrás saber que comprobantes te he emitido y obtendrás los datos de estos como son:

  • El total, los impuestos retenidos y trasladados, etc.
  • Si estos se encuentras vigentes o cancelados
  • La fecha de cancelación.

Si quieres automatizar la consulta masiva de tus proveedores en las listas negras del SAT, te invitamos a descargar y usar la versión gratuita del sistema de aquí:

Programa Lista negra del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

EFOS – Actualización de operaciones inexistentes

Hoy, viernes 20 de noviembre del 2020 el SAT ha publicado una actualización de la lista de empresas con operaciones inexistentes (art 69 B), por tal motivo hemos liberado una nueva versión de nuestro sistema Listas Negras SAT – EFOS.

En esta oportunidad se ha incrementado el número de contribuyentes registrado en dicha lista, anteriormente existían 11,855 contribuyentes y ahora esta cantidad aumenta a 11,931, esto quiere decir que la lista se ha incrementado en 76 contribuyentes.

Si necesitas validar si tus proveedores se encuentran en cualquier de las dos listas (incumplidos y operaciones inexistentes) existen dos formas de hacerlo:

Consulta manual
Puedes descargar del sitio del SAT los diferentes listados publicados por la autoridad y consultar en estos cada uno de tus proveedores.

Esta opción es valida cuando tienes pocos proveedores, tal vez 5 o 10, pero si tienes más, te recomendamos hacerlo de la forma que te mostramos a continuación.

Consulta masiva
En Facturando ponemos a tu disposición un programa con el que puedes consultar todos tus proveedores con tan solo un clic, no importando la cantidad que sea, ya que el sistema puede trabajar con grandes volúmenes de información, si quieres ver cómo funciona te invitamos a ver estos videos.

Contamos con una versión gratuita, la cual puedes descargar e instalar en todas las computadoras de tu empresa.

DESCARGAR LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

EFOS: Actualización de la lista de empresas con operaciones inexistentes

El día de ayer, 8 de octubre de 2020, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio web una nueva versión del listado de empresas con operaciones inexistentes o simuladas.

Con este cambio, el listado de empresas paso de 11,769 contribuyentes a 11,855, esto significa un incremento de 86 empresas.

Con respecto a como se compone este nuevo listado encontramos:

  • 9,861 contribuyentes como definitivos
  • 291 contribuyentes como desvirtuados
  • 1,015 como definitivos
  • 688 con sentencia favorable

Como podrás observar, el grueso de los contribuyentes registrados en este listado aparece como definitivos y muy pocos han podido desvirtuar las operaciones.

Si quieres tener acceso a este listado y al de incumplidos, te invitamos a descargar este programa gratuito, con el que podrás:

DESCARGAR PROGRAMA PARA CONSULTAR EFOS

Actualización
Como ya sabrás, siempre que el SAT realiza este tipo de cambios o liberaciones, internamente nos encargamos de actualizar nuestros servidores, para que, de esta forma, los productos (programas, Dlls, Web service) que hacen uso de estos datos siempre cuenten con la información más recientes.

En este caso, los productos que se ven beneficiados de este proceso son:

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Listas negras del SAT: Actualización de las empresas incumplidas

Con respecto a las listas negras del SAT queremos comentarles que el pasado 1 de octubre de 2020, el SAT publicó en su sitio web una actualización al listado de aquellas empresas identificadas como incumplidas, esto de acuerdo con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) último párrafo, por lo que, en nuestro compromiso de tener al día las listas contra las que se verifican los proveedores
de una empresa en nuestra solución especializada en validar en las listas negras del SAT motivo por el cual hemos liberado una nueva versión de nuestra aplicación.

Dentro de los cambios detectados en la lista negra de incumplidos tenemos:

  1. La cantidad de empresas que aparecen registradas paso de 478,582 a 491,560 registros.
  2. Se identificó que dentro del archivo correspondiente a las empresas identificadas en el supuesto como “Firmes”, tiene un RFC inválido ya que este trae en la parte de la homo clave una letra O en vez de un 0 (cero) – NECA771226TK0

Si aún no conoces nuestra aplicación, con la cual podrás verificar a tus proveedores de forma masiva y sin límite en la cantidad de empresas y proveedores a verificar; a continuación, te compartimos dos videos que muestran la forma de cómo lo puedes hacer:

Como verificar tus proveedores masivamente en las listas negras
Consulta de proveedores usando los CFDIs

Te invitamos a descargar nuestro sistema, con el que podrás hacer uso de su versión gratuita, por lo que solo bastará con dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT – Cambios a la reforma fiscal para 2021

Como sabrás, el pasado 8 de septiembre de 2020, fue presentado el paquete económico para el ejercicio fiscal 2021, en el cual se incluyó la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación” además, de la “Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021”.

Dentro de los cambios propuestos en relación con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) para el próximo ejercicio de 2021, con respecto a aquellos contribuyentes que aparezcan en las listas negras del SAT tenemos:

Donativos
Será causal de revocación de la autorización, para aquellas asociaciones que reciben donativos deducibles, si estas aparecen en la lista del artículo 69-B del CFF, dando con ello inicio al proceso de revocación.

CSD sin efecto
En lo que respecta a los Certificados de Sello Digital (CSD) que emite el SAT a los contribuyentes, éstos quedarán sin efecto, cuando se detecte que el emisor de comprobantes fiscales no haya desvirtuado la presunción de operaciones inexistentes y como consecuencia aparezcan definitivamente en dicha situación. Actualmente, la autoridad aplica la restricción temporal de los certificados para su uso en la expedición de CFDIs.

Cese de operaciones o fusión
Para el caso de que los contribuyentes presenten el aviso de cancelación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante la autoridad (SAT), ya sea por una liquidación total de activo, por cese total de operaciones o por fusión de sociedades, esta no procederá, ya que deberán de cumplir con los requisitos establecidos, siendo uno de estos: “El no encontrarse incluidos en la lista de negra del SAT (artículos 69, 69-B y 69-B Bis del CFF).

Debido a que el SAT será aún más estricto con la fiscalización de los contribuyentes para 2021, la verificación de tus proveedores en las listas negras del SAT, toma un mayor grado de importancia, por lo que podrás hacerlo de forma directa en la página del SAT o por medio de nuestra aplicación especializada en la validación de contribuyentes en la listas negras, de la cual podrás hacer uso de su versión gratuita, dando clic en la siguiente liga:

Programa para validación en listas negras del SAT

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Hasta la próxima.

Listas negras del SAT: Actualización de las operaciones inexistentes

El pasado 17 de agosto de 2020, el SAT publicó en su sitio web una actualización al listado de empresas con operaciones inexistentes (art. 69 B), por lo que nos vimos en la necesidad de liberar una nueva versión de nuestro programa para validar los proveedores de una empresa en las listas negras del SAT.

En esta ocasión el SAT, ha modificado el listado, incrementando las empresas declaradas como EFOS, pasado de 11,502 contribuyentes a 11,639 empresas, como podrás observar se agregaron 137 contribuyentes.

Para dar soporte a este cambio realizado por el SAT, hemos liberado una nueva versión del programa, de tal forma, que cuando verifiques a tus proveedores, lo hagas usando la última versión de las listas; recuerda que esta verificación la puedes hacer de forma masiva y no existe límite en la cantidad de empresas y proveedores a verificar; a continuación, te compartimos dos videos de cómo lo puedes hacer:

Como verificar tus proveedores masivamente en las listas negras
Consulta de proveedores usando los CFDIs

Si ya eres usurario de nuestro sistema, lo único que tienes que hacer, para tener acceso a esta actualización, es abrir el sistema, con esto el programa va a detectar que existe una nueva versión de este y se va a actualizar automáticamente sin que tengas que hacer nada más.

Si aún no tienes el programa, te invitamos a descargarlo y usar la versión gratuita del mismo, con este vas a poder detectar cual de tus proveedores es un EFOS.

DESCARGAR

Por cierto, si aún no tienes claro que son las listas negras del SAT, como consultarlas, que significa EFOS, etc.; te invitamos a leer estos artículos que te ayudarán a resolver esta y otras dudas relacionadas con el tema:

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.