SAT: Cambios en la cancelación de un CFDI

Derivado de la publicación de la Cuarta Versión Anticipada a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1 y 1-A, se contempla un cambio importante al proceso de cancelación de un CFDI, el cual consiste en lo siguiente:

Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Los cambios realizados a la regla 2.7.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, son:

  • Se disminuye el monto total que ampara un CFDI de hasta $ 1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) para poder realizar su cancelación sin aceptación del receptor.
  • De igual forma, en cuanto al tiempo para poder realizar la cancelación, éste se disminuye y deberá de realizarse dentro del día hábil siguiente a su expedición.

Esto significa, que si el emisor de una factura quiere realizar la cancelación de una factura sin aceptación del receptor, no deberá de rebasar el monto de $ 1,000.00 pesos, de lo contrario tendrá que ser aprobada por el receptor, quien podrá rechazar o aceptar dicha solicitud como más le convenga.

¿Cuándo entran en vigor los cambios?
Dichos cambios entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Cancelación actual
Cabe mencionar, que la cancelación actual de un CFDI sin aceptación del receptor puede realizarse siempre y cuando no se exceda de $ 5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) y se tiene un plazo de tres días siguientes a su expedición para llevar a cabo su cancelación.

Si deseas conocer el documento en el cual se especifican los cambios anteriormente descritos, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

3ª RMRMF 2021, 4ª versión anticipada

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Hasta la próxima.