EDV: Mejoras al proceso de validación de XML

Hoy, hemos liberado una nueva versión (2021.06.11) de nuestra librería (DLL) para validación de comprobantes fiscales digitales CFDI – XML: Electronic Document Validator.

Esta es una liberación de mantenimiento, esto significa que no trae cambios importantes solo correcciones y mejoras menores, aun así, te invitamos a leer este articulo en su totalidad, ya que al final de éste comentamos un anuncio importante que haremos para la siguiente versión.

Soporte a nuevos certificados
Hemos agregado soporte a los nuevos certificados de los siguientes PACs:

  • Soluciones Digitales Avanzados, S.A. de C.V. (00001000000506207848)
  • Servicios Tecnológicos Avanzados, S.A. de C.V. (00001000000506204896)
  • Ekomercio Electrónico, S.A. de C.V. (00001000000506194045)
  • 4G FACTOR, S.A. DE C.V. (00001000000506442863)
  • CPA Control de Comprobantes, S. de R.L. de C.V. (00001000000506403528)
  • Dot Net Desarrollo de Sistemas, S.A. de C.V. (00001000000506884772)
  • Desarrollo Corporativo de Negocios, S.A. de C.V. (00001000000507135328)
  • Carvajal Tecnología y Servicios, S.A. de C.V. (00001000000506248998)
  • Freight Ideas, S.A. de C.V. (00001000000506236653)
  • Masteredi, S. A. de C.V. (00001000000506315610)
  • Certus Aplicaciones Digitales, S.A. de C.V. (00001000000507247013)
  • EDIFACTMX, S.A. de C.V. (00001000000506267356)
  • Servicio y Soporte en Tecnología, S.A. de C.V. (00001000000506202789)
  • SeguriData Privada, S.A. de C.V. (00001000000507469141)

Manejo de decimales
Como ya sabes, una de las verificaciones que hace la librería son los totales (impuestos, descuentos, subtotal, etc.) y para esto existen dos formas hacerlo:

  • Estricta: En donde no se toman en cuenta los decimales y 94.00 es diferente a 93.750
  • Decimales: En donde se toman en cuenta los decimales y se redondean los importes, por lo tanto, 94.00 es igual a 93.750

En versiones anteriores, la forma de comparar por defecto era Estricta, pero detectamos que la mayoría de nuestros usuarios la cambiaban a decimales, es por esto por lo que a partir de esta versión Decimales será la opción por defecto.

Si deseas cambiarlo y retornar a como estaba antes, deberás agregar esta línea de código:

report.Manage.CompareMethod = CompareMethodType.Strict;

Correcciones
Cuando se validaba un CFDI que en el atributo descuento tuviera más de dos decimales, algunas veces lo mostraba como un error cuando realmente no aplicaba el mismo.

Cambios al .Net Framework requerido
Aunque este no es un cambio como tal para esta versión, si queremos hacer del conocimiento de todos nuestros usuarios lo que se tiene planeado para la siguiente versión.

Actualmente para poder hacer uso de la librería se requiere .Net Framework 2.0; a partir de la siguiente liberación será necesario el uso de la versión 4.5.2 o superior.

Es importante mencionar que cuando liberemos la nueva versión no será necesario que te cambies a la misma, solo ten en cuenta que todas las mejoras se realizarán sobre la nueva versión y si quieres aprovechar dichas mejoras, será necesario que te actualices.

Si tienes algún inconveniente con el cambio que estamos planeando, por favor, ponte en contacto de forma telefónica para conocer tu caso a detalle.

Para finalizar te recomendamos leer el historial de cambios para conocer el detalle de los cambios realizados.

Si deseas actualizarte a la última versión puedes dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LA ÚLTIMA VERSIÓN

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: ¿Cómo generar su PDF?

En esta ocasión traemos una nueva versión (2021.06.09) de nuestra librería (DLL) para la generación de la representación impresa (PDF) de un comprobante fiscal digital (CFDI): Electronic Document Printer.

En esta liberación hemos realizado cambios importantes, por lo que te invitamos a leer con detenimiento la información que te presentamos a continuación:

Complemento Carta Porte
Como ya sabrás el SAT ha liberado un nuevo complemento llamado Carta Porte, el cual está dirigido a empresas que transportan mercancías, si quieres conocer todo al respecto da clic aquí.

A partir de esta versión podrás genera el PDF de un CFDI que contenga dicho complemento, es importante aclarar que no se van a mostrar datos de dicho complemento, si requieres que se muestren algunos o todos los datos de este complemento, por favor, ponte en contacto con nosotros.

Complemento Instituciones Educativas (IEDU)
En versiones anteriores ya se ofrecía soporte a dicho complemento, esto es, se podía generar el PDF de un CFDI que tuviera dicho complemento, solo que los datos de éste no aparecían en el PDF generado.

Ahora se muestran todos los datos de este, para esto hemos modificado el formato Cfdi33.repx

Complemento Impuestos Locales
Este caso es igual al complemento IEDU, se ofrecía soporte al mismo, pero no aparecían sus datos en el PDF.

De igual forma hemos actualizado el formato Cfdi33.repx y ahora se muestran los datos de dicho complemento.

Mejoras al formato
Hemos aprovechado esta liberación y también hemos optimizado el espacio requerido, esto significa que en una página se va a mostrar más información, esto es importante porque en algunos se requerían dos hojas para imprimir el CFDI y con este cambio solo se requiere 1.

.Net Framework 4.0
Aunque este no es un cambio como tal para esta versión, si queremos hacer del conocimiento de todos nuestros usuarios lo que se tiene planeado para la siguiente versión.

Actualmente para poder hacer uso de la librería se requiere .Net Framework 4.0; a partir de la siguiente liberación será necesario el uso de la versión 4.5.2 o superior.

Es importante mencionar que cuando liberemos la nueva versión no será necesario que te cambies a la misma, solo ten en cuenta que todas las mejoras se realizarán sobre la nueva versión y si quieres aprovechar dichas mejoras, será necesario que te actualices.

Si tienes algún inconveniente con el cambio que estamos planeando, por favor, ponte en contacto de forma telefónica para conocer tu caso a detalle.

Ya para finalizar te recomendamos leer el historial de cambios para conocer el detalle de los cambios realizado.

Si deseas actualizarte a la última versión puedes dar clic la siguiente liga:

DESCARGAR LA ÚLTIMA VERSIÓN

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Hasta la próxima.

DLL para generar el complemento Carta Porte

Hoy traemos una nueva versión (2021.06.04) de nuestra librería (DLL) para la generación de CFDI: Electronic Document Library.

En esta ocasión los cambios realizados son pocos, esto no quiere decir que sean de poca importancia, todo lo contrario, ya que se da soporte al complemento Carta Porte.

Complemento Carta Porte
Como ya sabrás, el pasado 5 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página, los lineamientos técnicos para llevar a cabo la emisión de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) que incluya el complemento carta porte.

En esta versión hemos agregado soporte al mismo, donde tu como desarrollador podrás:

  • Generar un CFDI con este complemento
  • Leer un CFDI que contenga este complemento y extraer toda su información.

Para esto, además de modificar la librería, hemos actualizados los ejemplos “Complemento” y “Validación” para mostrar como llevar las tareas anteriormente comentadas.

Es importante comentar:

  • Es uno de los complementos más complejos que ha liberado el SAT hasta la fecha, esto debido a la gran cantidad de información que solicita y a las reglas de llenado de este.
  • Contienen más de 100 atributos y más de 20 nodos.
  • La matriz de errores contiene más de 150 reglas que debe validar el PAC antes de timbrarlo.
  • Actualmente no es posible timbrar un CFDI con el complemento Carta Porte, ya que nuestros PACs asociados se encuentran trabajando para dar soporte a dicho complemento.

Por cierto, si quieres conocer todo acerca de este complemento y a quienes afecta te invitamos a leer estos artículos que hemos publicado en nuestro blog:

Complemento IEDU

En este caso hemos llevado a cabo una corrección a la generación de un CFDI con el complemento IEDU, exactamente en la validación de este contra el schema.

Si deseas conocer todos los cambios realizados, te invitamos a leer el historial de cambios.

Como siempre, recomendamos a todos los usuarios a actualizarse a esta última versión dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LA ÚLTIMA VERSION

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Hasta la próxima.

Preguntas frecuentes al padrón de servicios especializados

Con respecto a la liberación del Registro en el Padrón de Servicios Especializados publicado por la Secretaría del Trabajo, sabemos que existen dudas en cuanto a su aplicación, por lo que te presentamos las cuatro preguntas más frecuentes para llevar a cabo su aplicación y la respuesta dada sobre las mismas.

¿Quién tiene la obligación de registrase en el Padrón?
Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o realicen obras especializadas y que deseen proveer a un tercero (contratante) dichos servicios u obras especializadas y para ello pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Si soy un prestador de servicios especializados u obras especializadas y para dar mis servicios a un tercero no pongo a mis trabajadores a disposición del contratante, ¿Debo registrarme?
No, el registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas.

¿En los contratos mercantiles entre empresas donde se venden y compran mercancía deben los vendedores de mercancías o los fabricantes de la misma registrarse?
No, únicamente en la prestación de servicios u obras donde se ponga trabajadores propios al servicio del tercero para la realización de los servicios u obras especializadas.

¿Por qué causas me pueden denegar el registro?
Fundamentalmente por no acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social, porque los documentos cargados a la plataforma no sean legibles, porque las actividades para las que se solicita el registro no correspondan con las establecidas en el objeto social o en la constancia de situación fiscal de la persona física o moral o porque la información proporcionada en la plataforma no sea veraz, entre otros.

Como indicamos al inicio de este artículo, estas son solo las 4 más importantes, pero existen muchas otras, por lo que te invitamos a ver la totalidad de estas, dando clic en el siguiente enlace y a su vez, ya en la página deberás dar clic al botón “Preguntas Frecuentes”:

Preguntas REPSE

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Hasta la próxima.

Registro en el padrón de servicios especializados

Continuando con el tema de cambios a la subcontratación, en esta ocasión, queremos comentar contigo, que la semana pasada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puso en operación la plataforma para el registro de las empresas en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, específicamente el 26 de mayo pasado, día en que dio inicio el plazo de 90 días para poder realizar el registro.

Podrás acceder a la siguiente liga para dar inicio al proceso de registro, siendo este el siguiente:

REPSE

El ingreso a la aplicación es por medio de la e.firma (antes firma electrónica) que tengas dada de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), indicando el archivo de la llave privada (.key), el archivo del certificado (.cer) y la contraseña correspondiente, para enseguida dar clic al botón “INGRESAR”.

En seguida, deberán de aceptarse los términos y condiciones para dar inicio a la solicitud de registro.

Dentro de la información que se deberá de proporcionar esta el completar los datos generales de la empresa y del representante legal, así como datos de contacto.

La aplicación hará una verificación en línea para saber si la persona física o moral está al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el SAT y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

De existir un reporte negativo por parte du cualquiera de las instituciones verificadas, se dará por terminado el trámite de solicitud.

De ser positiva la verificación, se le solicitarán los datos del acta constitutiva y del notario o corredor público.

Se le pedirá la transcripción del objeto social, así como adjuntar las páginas escaneadas del acta constitutiva resaltando el objeto social y las actividades que se desean registrar.

Deberás capturar la o las actividades preponderantes que se desean registrar, así como seleccionar una actividad del catálogo que sea equivalente a cada una de las actividades solicitadas, respondiendo por cada actividad un pequeño cuestionario.

Se solicitarán el o los registros patronales asociados a la prestación de servicios u obras especializadas.

Señalar la clasificación de la empresa ante el IMSS, indicando el número de empleados y subir el archivo del registro patronal.

Corroborar la o las direcciones fiscales y su geolocalización.

Cargar la documentación solicitada (acta constitutiva, identificación oficial y comprobantes de domicilio.

Revisar que la información proporcionada sea correcta, de existir algún error, regresar y realizar la corrección correspondiente.

Una vez concluido el proceso de registro de solicitud, la secretaría procederá a su análisis y revisión dentro de los 20 días hábiles posteriores al registro realizado, para emitir el aviso de registro correspondiente, el cual incluirá un número de folio por cada actividad del objeto social registrada.

Deberás de tomar en cuenta que el último día para darse de alta será el 22 de agosto.

Si deseas conocer las preguntas frecuentes acerca de este tema, podrás consultarlas dando clic en el siguiente enlace.

Preguntas Frecuentes

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Hasta la próxima.