Deducibilidad de colegiaturas y transporte escolar

En México, las personas físicas cuentan con el derecho a aplicar deducciones personales en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Entre las más relevantes destacan los pagos por colegiaturas y, en ciertos casos, por transporte escolar obligatorio.

Estos beneficios fiscales buscan apoyar a las familias en la educación de sus hijos, siempre que se cumpla con la normatividad establecida.

Sustento legal
La deducción de colegiaturas está prevista en el Artículo 151 de la Ley del ISR donde se permite a los contribuyentes deducir pagos realizados por servicios educativos en instituciones privadas con validez oficial.

En cuanto al transporte escolar, también es deducible siempre que el servicio sea obligatorio según el reglamento de la escuela.

¿A quién aplica?
Este beneficio aplica a personas físicas residentes en México que realicen pagos por la educación de familiares, ascendentes o descendentes en línea recta:

  • Hijos
  • El propio contribuyente

Los pagos deben hacerse a instituciones privadas con reconocimiento oficial y estar respaldados por un CFDI válido.

Límites de deducción
Los montos deducibles tienen un tope anual por alumno y dependen del nivel educativo:

  • Preescolar: hasta $14,200.
  • Primaria: hasta $12,900.
  • Secundaria: hasta $19,900.
  • Profesional técnico: hasta $17,100.
  • Bachillerato o equivalente: hasta $24,500.

El transporte escolar no tiene un límite específico en pesos, pero solo puede deducirse cuando el colegio lo exige como condición obligatoria para la inscripción o permanencia del alumno.

Requisitos para deducir

  1. Pago electrónico: tarjeta de débito, crédito, transferencia o cheque nominativo. No se aceptan pagos en efectivo.
  2. Comprobante fiscal (CFDI) a nombre del contribuyente que realiza la deducción.
  3. RFC válido de la institución educativa.
  4. En el caso del transporte escolar, el comprobante debe especificar que es un servicio obligatorio.
  5. Autorización: la institución educativa privada deberá contar con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

Exclusiones
Dentro de los conceptos que no son deducibles tenemos:

  • Inscripción
  • Reinscripción
  • Becas
  • Apoyos económicos (cuotas de mantenimiento)
  • Material educativo
  • Uniformes
  • Exámenes de cualquier índole
  • Entre otros

Asesoría
La autoridad (SAT) pone a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de comunicación para obtener asistencia:

  • MarcaSAT: al teléfono 55 627 22 728 de cualquier parte del país, y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728, dentro de un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles
  • Chat uno a uno: chat.sat.gob.mx
  • OrientaSAT: disponible en el Portal del SAT

Conclusiones
La deducción de colegiaturas y transporte escolar es un beneficio fiscal diseñado para reducir la carga económica de las familias que invierten en la educación de sus hijos. No obstante, su aplicación requiere cuidar los límites, cumplir con los requisitos formales y contar con los comprobantes fiscales correspondientes.

Planear y aprovechar correctamente estas deducciones puede representar un ahorro significativo en el pago del ISR al presentar la declaración anual.

Si deseas obtener el comunicado oficial publicado por la autoridad (SAT) te invitamos a dar clic al siguiente enlace:

SAT Comunicado 047

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Deducciones personales: ahorra en tu declaración anual

¿Qué son las deducciones personales?
Las deducciones personales son aquellos gastos que los contribuyentes, en este caso, personas físicas, pueden restar de sus ingresos acumulables al momento de presentar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Estas deducciones están previstas en la Ley del ISR y tienen como objetivo aliviar la carga tributaria de las personas físicas, incentivando el cumplimiento fiscal mediante el reconocimiento de ciertos gastos indispensables.

Características principales

  • Aplican únicamente a personas físicas (no a empresas).
  • Son válidas exclusivamente en la declaración anual.
  • Los gastos deben estar debidamente comprobados con facturas electrónicas (CFDI).
  • Deben realizarse con medios electrónicos: transferencia, tarjeta o cheque.
  • Tienen un límite máximo deducible que no debe exceder el 15 % del ingreso anual del contribuyente o 5 UMA anuales, lo que resulte menor.

Requisitos para aplicar deducciones
Para que un gasto sea deducible, debe cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser estrictamente indispensable para la persona física.
  2. Estar respaldado con CFDI.
  3. Haber sido pagado mediante medios electrónicos (no en efectivo).
  4. Incluir todos los datos fiscales correctos del contribuyente.
  5. Estar dentro del catálogo de deducciones autorizadas por el SAT.

Beneficios fiscales

  • Reducción del ISR por pagar: Al restar los gastos deducibles, la base gravable disminuye.
  • Devoluciones de impuestos: Si las deducciones superan el ISR causado, puede haber saldo a favor.
  • Planeación fiscal legal: Permite organizar gastos de forma estratégica durante el año.

Desventajas y consecuencias

  • Límites en los montos deducibles: No todos los gastos son deducibles en su totalidad.
  • Riesgo de errores: Facturas mal emitidas o pagos en efectivo invalidan la deducción.
  • Auditorías del SAT: Deducciones indebidas o excesivas pueden detonar revisiones fiscales.
  • No aplica a personas físicas con actividad empresarial bajo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), salvo excepciones.

Lista de deducciones personales autorizadas y su fundamento legal

  1. Gastos médicos, dentales y hospitalarios: Ley del ISR Art. 151, fracción I, incluye consultas médicas, estudios, análisis, cirugías, prótesis, psicología y nutrición.
  2. Gastos funerarios: Ley del ISR Art. 151, fracción II, pagos efectuados por el contribuyente para su cónyuge, padres, hijos o abuelos.
  3. Donativos: Ley del ISR Art. 151, fracción III, donaciones a instituciones autorizadas por el SAT, con un límite del 7 % de los ingresos acumulables.
  4. Intereses reales por créditos hipotecarios: Ley del ISR Art. 151, fracción IV, intereses pagados por créditos destinados a la adquisición de casa habitación (vivienda).
  5. Aportaciones complementarias al retiro (afore o seguros): Ley del ISR Art. 151, fracción V, incentiva el ahorro voluntario para el retiro.
  6. Primas por seguros de gastos médicos: Ley del ISR Art. 151, fracción VI, las primas pagadas a seguros que cubren al contribuyente y a sus dependientes.
  7. Transporte escolar obligatorio: Ley del ISR Art. 151, fracción VII, sólo si es requisito del colegio y está detallado en la factura.
  8. Colegiaturas (deducción limitada): Decreto Presidencial, publicado el 26 de febrero de 2011, aplica en niveles preescolar a bachillerato, con topes según el nivel educativo.
  9. Gastos por discapacidad: Ley del ISR Art. 151, fracción I (cuando aplica), gastos médicos, rehabilitación o educación especial para personas con discapacidad.
  10. Honorarios a enfermeros(as): Ley del ISR Art. 151, fracción I, siempre que estén relacionados con la atención médica del contribuyente o sus dependientes.

Conocer y aplicar correctamente las deducciones personales no solo es un derecho, sino una herramienta clave para optimizar tu situación fiscal. La planeación y el cumplimiento adecuado pueden traducirse en ahorros importantes y en un mayor control sobre tus finanzas personales.

¿Ya estás listo para aprovecharlas en tu próxima declaración?

Material de apoyo
En un artículo anterior, comentamos acerca de videos y cursos, los cuales te pueden ser de gran ayuda para presentar tu declaración anual, por lo que te invitamos a revisarlo; recuerda que esto son totalmente gratuitos:

Material de apoyo gratuito

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

¡Declara a Tiempo! Inicia la Declaración Anual 2024 de Personas Físicas

Con el inicio de abril, comienza oficialmente el periodo para presentar la Declaración Anual 2024 de personas físicas ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria). Esta obligación fiscal permite a los contribuyentes revisar, confirmar y, en su caso, corregir los ingresos y deducciones acumulados durante el ejercicio fiscal 2024. Además de ser un deber legal, es también una oportunidad para obtener saldos a favor si se realizaron deducciones correctamente.

¿En qué consiste la declaración anual?
La declaración anual es un informe que deben presentar las personas físicas ante el SAT para reportar los ingresos obtenidos y deducciones realizadas durante el año fiscal. Esto permite calcular correctamente el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente. El SAT pone a disposición un sistema en línea que facilita el llenado, precargando información como facturas, recibos de nómina y pagos provisionales.

Regímenes fiscales de personas físicas
Dependiendo del tipo de actividad o ingreso, las personas físicas pueden tributar bajo distintos regímenes fiscales. Estos son los principales:

  • Sueldos y Salarios: Para quienes trabajan bajo relación laboral. El patrón retiene el ISR, pero deben declarar si tuvieron ingresos adicionales o si desean deducir gastos personales.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): Dirigido a personas con actividad empresarial o profesional con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos. Se caracteriza por tasas bajas de ISR y facilidad administrativa. Más información del RESICO
  • Actividad Empresarial y Profesional: Para quienes ejercen actividades comerciales, industriales o prestan servicios profesionales de forma independiente. Requiere llevar contabilidad, emitir CFDI y hacer pagos provisionales.
  • Arrendamiento: Aplica a quienes obtienen ingresos por renta de bienes inmuebles. Se pueden deducir gastos relacionados con el mantenimiento y operación del inmueble.
  • Intereses y Dividendos: Para quienes reciben ingresos por inversiones. Aunque los intermediarios financieros retienen impuestos, en algunos casos se debe presentar declaración anual.
  • Enajenación de Bienes y Adquisición de Bienes: Aplica cuando se venden bienes muebles o inmuebles, o se reciben como herencia o donación.

Características principales

  • El portal del SAT precarga automáticamente los CFDI emitidos y recibidos.
  • El uso de e.firma o contraseña es indispensable para ingresar.
  • Se pueden aplicar deducciones personales, como gastos médicos, funerarios, colegiaturas, transporte escolar, entre otros.
  • El sistema permite realizar correcciones antes de enviar la declaración.

Beneficios de presentar tu declaración

  • Posibilidad de obtener una devolución de impuestos si tienes saldo a favor.
  • Te mantiene al día con el SAT, evitando sanciones.
  • Facilita trámites financieros como créditos hipotecarios o automotrices.
  • Puedes corregir errores del año fiscal de forma voluntaria.

Desventajas o riesgos de no presentarla

  • Multas desde $1,810 hasta $38,700 por omisión o errores.
  • Recargos y actualizaciones si se genera un impuesto a pagar y no se presenta en tiempo.
  • Podrías ser sujeto a auditorías o quedar incluido en listas negras del SAT.
  • Pierdes el derecho a recuperar tu saldo a favor.

Consecuencias de una declaración incorrecta
Una declaración incompleta, inexacta o con deducciones indebidas puede derivar en revisiones fiscales, requerimientos, e incluso sanciones. Además, puede afectar tu historial como contribuyente, bloqueando beneficios como devoluciones automáticas o facilidad de trámites ante autoridades.

¿Hasta cuándo puedo presentarla?
La fecha límite para presentar la Declaración Anual 2024 es el 30 de abril de 2025. Se recomienda no esperar al último día, ya que el portal del SAT suele saturarse en los últimos días del mes.

Sustento legal
El marco legal que regula la obligación de presentar la declaración anual incluye:

Prepata tu declaración
En facturando contamos con una solución que te será de gran ayuda a la hora de generar tus papales de trabajo para la declaración provisional o anual; este programa te permite:

Si aún no lo tienes, puedes descargarlo y probarlo por 30 días dando clic en el siguiente enlace:

Descargar CFDI

Conclusión:
La Declaración Anual 2024 es más que un trámite: es tu oportunidad de mantener tus finanzas en regla, aprovechar devoluciones y fortalecer tu historial fiscal. ¡Hazlo con tiempo y gana tranquilidad!

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

SAT: Visor de deducciones personales

En esta ocasión queremos comentar acerca del visor de deducciones personales que pone a disposición de los contribuyentes el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el cual podrás:

  • Anticipar la revisión de tus facturas de gastos personales
  • Evitar inconsistencias al momento de presentar tu declaración anual

Esta revisión te permitirá verificar que las deducciones sean válidas y correspondan al ejercicio fiscal declarado, las cuales serán precargadas al momento de presentar la declaración anual.

A continuación, te decimos cómo ingresar al visor y ver a detalle la información que podrás encontrar:

Visor de deducciones

Para poder ingresar al visor de deducciones personales del SAT solo bastará con dar clic en el siguiente enlace:

Acceso a visor de deducciones

Podrás ingresar a la aplicación ya sea usando la clave CIEC o por medio de la e.firma, no existe diferencia alguna, la opción seleccionada dependerá de tus gustos.

Una vez que hayas ingresado, podrás indicar el ejercicio de las deducciones personales que deseas consultar.

La aplicación buscará la información correspondiente al ejercicio seleccionado, mostrando un resumen de las deducciones personales localizadas.

Dentro de la información que se muestra en el resumen de deducciones personales tenemos:

  • Ejercicio
  • Fecha de la información actualizada
  • RFC, CURP y nombre del contribuyente
  • Total de deducciones personales (total de facturas relacionadas y el total global de las mismas)
  • Total de gastos factibles de ser deducción personal (total de facturas relacionadas y el total global de las mismas)

Podrás ver el detalle total de las deducciones, donde se muestran los conceptos de las facturas de gastos localizadas; para esto deberás dar en el botón que se encuentra en la parte inferior de la página.

Dentro de los datos que se muestran tenemos los siguientes:

  • Consecutivo
  • Fecha de emisión
  • RFC y nombre del emisor
  • Descripción del concepto
  • Clave del producto o servicio
  • Total
  • Forma de pago
  • Tipo de deducción
  • Motivo de NO clasificación u observaciones
  • Tipo de aportación o depósito
  • Folio fiscal

Adicional, podrás descargar el archivo XML y/o la representación impresa (PDF) de las facturas enlistadas.

Y no solo eso, sino que también, la aplicación cuenta con la opción de poder exportar a un archivo de Excel el detalle de las facturas, lo cual te permitirá llevar a cabo la verificación detallada de la información presentada.

Un aspecto importante de este módulo es que, dentro de las observaciones o motivos que se muestran, podrás identificar aquellas deducciones que no son procedentes para su deducción; creemos que este es la parte más interesante, ya que nos indica el porqué no se incluyó dicha deducción y esto facilita mucho una revisión o una aclaración con la autoridad.

Conclusión

Es de suma importancia, que los contribuyentes realicen y tengan la facilidad de poder identificar aquellas facturas que presentan alguna inconsistencia, para con tiempo poder solicitar al emisor la oportuna corrección de estas.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

¿Qué deducciones personales se usan en la declaración anual?

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) los contribuyentes en cada ejercicio fiscal tienen el derecho de disminuir los gastos personales al presentar su declaración anual, para hacerlo efectivo deben de:

  • Contar con la factura de cada servicio adquirido y haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.

A continuación, te presentamos cuáles son las deducciones personales que se pueden hacer en la declaración anual, siendo estos gastos los siguientes:

Gastos médicos

Como gastos médicos se pueden incluir:

  • Honorarios médicos, dentista, psicología, nutrición, enfermería, tratamientos
  • Gastos por incapacidad o discapacidad
  • Gastos hospitalarios
  • Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (no comprobantes de farmacias)
  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
  • Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de 2 mil 500 pesos)

Gastos funerarios

Son deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual del ejercicio a declarar. El servicio puede ser para el contribuyente, su cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos.

Donativos

Incluye los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.

El límite es hasta 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4% para los otorgados a la Federación.

Colegiaturas

La cantidad pagada por cada uno de los hijos no debe exceder los siguientes límites anuales:

  • Preescolar, 14 mil 200 pesos
  • Primaria, 12 mil 900 pesos
  • Secundaria, 19 mil 900 pesos
  • Profesional técnico, 17 mil 100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos

Gastos de transporte escolar

Aplica cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura.

Aportaciones complementarias al retiro

Incluye las aportaciones complementarias o voluntarias realizadas directamente a la subcuenta.

Cuentas especiales y personales para el ahorro

Son los depósitos que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro, cuyo monto no exceda de 152 mil pesos en el año.

Primas de seguros de gastos médicos

Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos, cuyos beneficiarios sean:

  • Tanto el contribuyente como su cónyuge
  • Concubina(o)
  • Ascendientes o descendientes en línea recta

Créditos hipotecarios

De igual forma, son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.

El monto total de las deducciones personales

Excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas.

No puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15% del total de tus ingresos incluidos los exentos, lo que resulte menor.

NOTA IMPORTANTE:

Recuerden que los contribuyentes que tributaron en el Régimen Simplificado de Confianza durante el ejercicio 2023 no pueden aplicar deducciones personales.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.