Pago en Parcialidades de una factura electrónica

En esta ocasión hablaremos de la regulación que hace el Sistema de Administración Tributaria (SAT) para el pago en parcialidades con la factura electrónica.

Comencemos por el sustento legal

En el Código Fiscal de la Federación (CFF), específicamente en el Artículo 29 A, fracción VII, inciso b, se menciona que cuando las empresas establezcan o decidan el pago en parcialidades de un bien, se emitirá un comprobante fiscal (Factura Electrónica) por el valor total de la operación de que se trate en el que se indicará expresamente tal situación y se expedirá un comprobante por cada parcialidad.

Dentro de los comprobantes que se expidan por cada parcialidad, deberá señalarse el número y fecha del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, el importe total de la operación, el monto de la parcialidad que ampara y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente.

De manera más desglosada, en la Resolución Miscelánea Fiscal, Regla I.2.7.1.6, se destaca que para los efectos del Artículo 29-A, fracción VII, inciso b del CFF, “se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal, cuando se señale el folio fiscal asignado por el SAT para CFDI, del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación”.

Para cumplir con los requisitos de señalar el monto y número de parcialidad, estos datos también deberán consignarse en el campo de la descripción del bien, del servicio o del uso o goce.

La facilidad de uso de esta regla, se aplica a los comprobantes emitidos a partir del 1ro de enero de 2012.

Especificación Técnica

A continuación, te mostramos técnicamente, los atributos que son requeridos, tratándose exclusivamente para los comprobantes para el pago en parcialidades:

  • FolioFiscalOrig – Atributo para señalar el número de folio fiscal del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante.
  • SerieFolioFiscalOrig – Atributo para señalar la serie del folio del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante.
  • FechaFolioFiscalOrig – Atributo para señalar la fecha de expedición del comprobante que se hubiese emitido por el valor total del comprobante. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601.
  • MontoFolioFiscalOrig – Atributo para señalar el total del comprobante que se hubiese expedido por el valor total de la operación.

En facturando nuestras soluciones poseen esta funcionalidad que permiten generar, sin problema alguno, este tipo de facturas.

En conclusión, deberá de generarse una factura por el monto total, indicando que se trata de un comprobante que será pagado en parcialidades; y las facturas que se generen para realizar los pagos parciales, deberán de hacer referencia a la factura origen, mediante el uso de las referencias del Folio Fiscal, Serie y Folio, la fecha y monto de la factura que dio origen al pago de las parcialidades.

Si tienen alguna duda al respecto, contáctanos a través del chat que se encuentra en nuestro sitio web www.facturando.mx y con gusto uno de nuestros asesores te estará apoyando.

Hasta la próxima.

Guía para la elaboración del recibo de nómina

En esta ocasión queremos comentarte que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha publicado una guía para elaborar un recibo de nómina como CFDI.
Esta guía tiene como finalidad dar claridad y repuesta a varias preguntas relacionadas a la generación de recibos de nómina electrónicos; a continuación encontraras una relación detallada de cada uno de los puntos mencionados en dicha guía:

1. Datos del Emisor.

  • Información del contribuyente emisor del recibo de nómina como CFDI (Patrón).

2. Datos del Receptor.

  • Información del contribuyente receptor del recibo de nómina como CFDI (trabajador )

3. Datos del Recibo.

  • Fecha emisión: Fecha de elaboración del recibo.
  • Subtotal: Sumatoria de los importes de los conceptos.
  • Descuento: Será el Total de las deducciones (suma del total gravado y total exento, sin considerar el ISR retenido.)
  • Motivo de descuento: Utilizar “Deducciones nómina”
  • Total: Pago realizado al trabajador. Será igual al Subtotal menos los Descuentos, menos las Retenciones efectuadas.
  • Tipo de comprobante: Egreso
  • Lugar de expedición: Señalar el lugar de la plaza en donde labore el empleado

4. Conceptos.

  • Cantidad: Aplica el valor “1”
  • Unidad: Se utilizará la expresión “Servicio”
  • Descripción: Se podrán incluir las siguientes denominaciones: Pago de nómina, Aguinaldo, Prima vacacional, fondo de ahorro, liquidación, finiquito, etc.
  • Valor unitario: Total de percepciones del trabajador (es la sumatoria del total de percepciones gravadas y exentas).

5. Impuestos.

  • Total de impuestos retenidos: El ISR retenido (se obtiene del nodo de deducciones del complemento nómina).

Retenciones.

  • Impuesto: Tipo de impuesto que fue retenido (ISR).
  • Importe: Monto del impuesto retenido. Se obtiene del nodo de deducciones del complemento nómina.

Si deseas ver el documento liberado por la autoridad, puedes dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

Es importante aclarar que todas nuestras soluciones contemplan los datos mencionados en la guía publicada por el SAT, por lo que con ellas podrás cumplir con el requisito de emisión de tus recibos de nómina para tus trabajadores a partir del 1 de enero de 2014.

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Electrónic Document Server (2013.12.16): Actualización

Facturando quiere compartir contigo la nueva liberación de Electronic Docuemnt Server (EDS) en la cual quedo actualizada la funcionalidad para la emisión de Recibos de Nómina Electrónicos en su versión 1.1, de acuerdo con los últimos cambios realizados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Cambios a los recibos de nómina electrónicos

Con la aplicación de estos cambios, estarás listo para cumplir con la emisión de los recibos de nómina electrónicos, que entran en vigor a partir del 01 de enero de 2014.

Para un mayor detalle de los cambios, puedes revisar el historial de cambios.

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Catálogos para recibos de nómina electrónicos

En Facturando te informamos de la tan esperada publicación, por parte del SAT, de los catálogos de datos requeridos para el complemento de nómina, que muchos clientes y usuarios del chat nos habían preguntando; para ello queremos apoyarte mostrándote las características de los datos que deberás de tener en cuenta al momento de llevar a cabo la emisión de tus recibos de nómina para que éstos sean certificados por el SAT sin problema alguno.

Comenzaremos hablando del catálogo del Régimen de Contratación del Trabajador, el cual es un campo requerido de un entero numérico con una equivalencia de:

1 = Asimilados a salarios
2 = Sueldos y salarios
3 = Jubilados
4 = Pensionados

Clave que expresa el régimen por el cual se tiene contratado al trabajador.

La descripción más larga es de 21 caracteres.

En lo que corresponde al Catálogo de Bancos, este es un campo opcional de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, que sirve para expresar la clave del banco donde se realiza el depósito de nómina del trabajador, éste catálogo está integrado por 92 bancos, adicional, contiene un nombre corto y una razón social, con una longitud máxima de 35 y 116 caracteres respectivamente. Ejemplo:

021 = HSBC

Con respecto al Catálogo de Riesgo, éste debe ser un campo opcional de tipo entero de una posición, que expresa la clave conforme a la clase en que se encuentra inscrito el patrón de acuerdo a las actividades que desempeñan sus trabajadores, según lo previsto en el artículo 196 del Reglamento en Materia de Afiliación Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Los posibles valores para éste campo son:

1 = Clase I
2 = Clase II
3 = Clase III
4 = Clase IV
5 = Clase V

En cuanto al Catálogo del Tipo de la Percepción, se trata de un campo requerido de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, clave que agrupa y clasifica la percepción de acuerdo al catálogo del SAT, las descripción más larga corresponde a “Contribuciones a Cargo del Trabajador Pagadas por el Patrón” teniendo una longitud de 59 caracteres. Ejemplo:

001 = Sueldos, Salarios Rayas y Jornadas

En lo que respecta al Catálogo de Tipo de Deducción, es un campo requerido de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, clave que agrupa y clasifica las deducciones de acuerdo al catálogo del SAT, la descripción más larga es de 85 caracteres. Ejemplo:

001 = Seguridad social

Finalmente, el Catálogo de Tipo de Incapacidad, es un campo requerido de tipo entero de una posición, que identifica la razón de la incapacidad, donde se pueden tener los siguientes valores:

1 = Riesgo de trabajo
2 = Enfermedad en general
3 = Maternidad

En esta liga podrás consultar a detalle los datos que integran a cada uno de los catálogos.

En esta liga podrás consultar a detalle los datos que integran a cada uno de los catálogos.

ARCHIVOS DE CATÁLOGOS

Esperamos que esta publicación sea de tu utilidad y te recordamos que si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima

Cambios a los recibos de nómina electrónicos

En Facturando en nuestra responsabilidad de mantenerte informado, queremos informarte que el día de ayer el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha realizado nuevamente cambios al complemento de nómina y por fin ha liberado el catálogo de claves requeridas para el mismo.

Cabe mencionar que la versión del complemento sigue siendo la misma (1.1).
Dentro de los cambios tenemos:

1. Los campos que se vuelven opcionales y que anteriormente eran requeridos son:

  • Registro Patronal
  • Número de Seguridad Social del Trabajador
  • Fecha de inicio de la relación laboral
  • Antigüedad
  • Puesto
  • Tipo de Contrato
  • Tipo de Jornada
  • Salario Base de Cotización
  • Clave de Riesgo
  • Salario Diario Integrado

2. Las incapacidades, a nivel técnico, se mueven dentro de un nodo adicional quedando:

  • Incapacidades/Incapacidad

3. Las horas extras, , a nivel técnico, se mueven dentro de un nodo adicional quedando:

  • HorasExtras/HorasExtra

Si deseas obtener la especificación técnica con los últimos cambios realizado por el SAT, te invitamos a visitar este post que publicamos en días pasados y el cual ya tiene ligas actualizada.

Especificación técnica

En este momento nuestra área de desarrollo esta incorporando estos cambios dentro de cada una de nuestras soluciones, para poder liberarlas a la brevedad, una vez que esto suceda estaremos enviando un comunicado para que puedan descargar las nuevas versiones.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima

Electrónic Document Server (2013.12.05) : Recibos de nómina desde tu ERP

Facturando quiere compartir contigo la nueva liberación de Electronic Docuemnt Server (EDS) en la cual quedo implementada la funcionalidad para la emisión de Recibos de Nómina Electrónicos en su más reciente versión 1.1, de acuerdo a los cambios realizados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), así como, la posibilidad de poder timbrar con múltiples Proveedores de Certificación Autorizados (PAC) o los hoy llamados Auxiliares de Comprobación Autorizados (ACA), de entre otras funcionalidades que a continuación detallaremos.

Recibos de Nómina Electrónicos

La implementación de esta funcionalidad quedo de acuerdo con el estándar del Complemento al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para el manejo de Recibos de Nómina en su versión 1.1, en seguida se enlistan los campos que la conforman:

1. Versión del complemento.
2. Registro Patronal.
3. Número de Empleado.
4. CURP del trabajador.
5. Tipo de Régimen.
6. Número de seguridad social aplicable al trabajador.
7. Fecha efectiva de erogación del gasto.
8. Fecha inicial y final del pago.
9. Número de días pagados.
10. Departamento o área a la que pertenece el trabajador (opcional).
11. CLABE (opcional).
12. Banco (opcional).
13. Fecha de inicio de la relación laboral.
14. Antigüedad, número de semanas de la relación laboral.
15. Puesto o activad del empleado.
16. Tipo de contrato (Base, Eventual, Confianza, Sindicalizado, etc.).
17. Tipo de jornada del trabajador (mixta, por hora, reducida, etc.).
18. Periodicidad del pago (semanal, quincenal, catorcenal, mensual, etc.)
19. Salario base de cotización. 20. Clave de riesgo.
21. Salario diario integrado.
22. Total de percepciones gravadas y exentas.
23. Desglose de percepciones:

  • Tipo de percepción conforme al catálogo publicado por el SAT.
  • Clave de la percepción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
  • Descripción del concepto de percepción.
  • Importe gravado del concepto de percepción.
  • Importe exento del concepto de percepción.

24. Total de deducciones gravadas y exentas. 25. Desglose de las deducciones:

  • Tipo de deducción conforme al catálogo publicado por el SAT.
  • Clave de deducción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
  • Descripción del concepto de deducción.
  • Importe gravado del concepto de deducción.
  • Importe exento del concepto de deducción.

26. Datos de las incapacidades:

  • Número de días de incapacidad.
  • Tipo de la incapacidad.
  • Monto del descuento de la incapacidad.

27. Datos de las horas extras:

  • Número de días en que realizó las horas extras.
  • Tipo de pago de las horas extras (dobles o triples).
  • Número de horas extras trabajadas.
  • Importe pagado por las horas extras.

Timbrar con múltiples PAC’s Mediante esta nueva funcionalidad podrás seleccionar, al momento de timbrar tus comprobantes, con cual de nuestros proveedores de servicio de certificación quieres realizar el proceso de generación de tus facturas, para ello podrás realizarlo mediante:

Timbrado con multiples PACs
Multiples PACs

1. Configuración Manual – Para configurar al proveedor de certificación que por defecto será utilizado para llevar a cabo la certificación de tus facturas, deberás:
Entrar  a la sección de parámetros de la aplicación.

2. En ella encontrarás una nueva opción denominada Proveedor Autorizado “Configuración de conexión con el proveedor”, donde deberás de indicar al proveedor de certificación que por defecto quedará como certificador de las facturas que sean generadas por la aplicación, estos pueden ser ECODEX o PAX FACTURACION.

  1. Definida por el usuario – Esta forma de generación consiste en que dentro del archivo TXT, que el usuario deposita en la carpeta de entrada para la generación de su factura,  deberá de indicarse el proveedor con el cual se llevará a cabo la certificación del comprobante, la línea de definición deberá estar conformada de la siguiente manera:PRV|#| donde, PRV – indica al sistema que se trata de la definición del proveedor autorizado # – indica el número del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que será utilizado para certificar la factura o recibo de nómina, 1 para ECODEX y 2 para PAX FACTURACIÓN.

Esta línea de definición del PAC deberá de ir como primera línea dentro del archivo TXT. Cancelación de Comprobantes Se incorporó la funcionalidad para llevar a cabo la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) generados por la aplicación. Para lograr la cancelación deberá de seguir los siguientes pasos:

¿Cómo cancelar un CFDI ?
¿Cómo cancelar un CFDI ?

1. Seleccionar el comprobante a cancelar, ubicándose sobre el.

2. Seleccionar alguna de las dos formas de llevar a cabo la cancelación:

  • Por medio del botón “Cancelar un documento
  • O mediante la selección de la acción Cancelar, que se habilita dando clic al botón derecho del ratón.

Una vez seleccionada la acción de cancelar un comprobante, deberá de confirmar la acción dando clic al botón “”, si no está seguro de llevar a cabo dicha acción de clic al botón “No”. Cancelacion_CFDI_24. Por último, se desplegará el mensaje confirmando el envío del comprobante para su cancelación: Cancelacion_CFDI_3

De clic al botón “Aceptar”.

El comprobante cancelado quedará identificado mediante el cambio de su estatus de “Activo” a “Cancelado”, así como, del cambio del color del registro a un gris tenue.

Fecha y Hora del PAC

Esta nueva funcionalidad permite obtener la fecha del PAC, que se encuentre configurado por defecto para la certificación de los comprobantes, con el fin de poder sincronizarla con la fecha de su máquina, para ello bastará con solo dar clic al botón “Fecha y hora del PAC” ubicado en el menú “Inicio”.

Obtener la fecha y hora del PAC
Obtener la fecha y hora del PAC

Después de dar clic al botón, se obtendrá la ventana con las fechas del PAC y de su máquina, además, de la diferencia que haya entre ellas. Fecha y hora del Ecodex   Si la fecha de su máquina es mayor a la fecha del PAC, se le pedirá si quiere actualizarla. Fecha y hora del PAC Cambio   Si da clic al botón “”, se actualizará la fecha de su máquina a la fecha obtenida del PAC, siempre y cuando tenga los privilegios para llevar tal acción.

 DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá. Hasta la próxima.

¿PAC o Auxiliar de Comprobación Autorizado?

Empecemos por recordar que un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), es aquella persona moral que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para certificar los CFDI o recibos de nómina electrónica generados por los contribuyentes.

De acuerdo al comunicado de prensa 067/2013 de fecha 18 de noviembre de 2013, el SAT ha determinado cambiarles el nombre a los mismos a:

Auxiliares de Comprobación Autorizados (ACA)

Esta designación no representan cambio alguno al proceso actual de la factura electrónica y recibos de nomina electrónicos, al parecer la autoridad ha querido dar claridad a la función que cumplen las empresas que realizan esta actividad.

En la actualidad no ha cambiando la lista de PACs o Auxiliares de Comprobación Autorizados por el SAT con respecto al último publicado el 1 de octubre de 2013, los cuales hasta el día de hoy siguen siendo 71.

En el comunicado anteriormente mencionado, destaca los requisitos para migrar al esquema de factura electrónica CFDI, los cuales son:

Si requieres generar tus documentos fiscales, recuerda que Facturando cuenta con un servicio de facturación integrado por una serie de soluciones que cumple con todos los requisitos dictados por la autoridad (SAT) y que te ayudarán a cumplir con tus obligaciones fiscales, en tiempo y forma, en cuanto a facturación electrónica y emisión de recibos de nómina se refiere.

Por lo que te invitamos a conocer nuestras soluciones:

  • Facturador CFDI – Te permite emitir facturas electrónicas y recibos de nómina de la forma más rápida y sencilla.
  • Electronic Document Library (EDL) – Biblioteca de clases para desarrolladores la cual te permite integrar la generacion de documentos (factura y recibos de nómina) en tu sistema.
  • Servicio de Timbrado – Si ya generas el archivo XML de tus facturas y recibos de nómina y solo requieres de hacerlas válidas.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Recibos de nómina electrónicos (CFDI)

A partir de la revolución electrónica iniciada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en materia de comprobación fiscal en el 2004, los cambios tecnológicos han modificado nuestra vida cotidiana y también la forma en que debemos cumplir con nuestras obligaciones fiscales y en este caso no es la excepción, por lo que en esta ocasión queremos comentar el tema de la emisión de recibos de nómina que los empleadores deberán de expedir a sus empleados como comprobantes fiscales a partir del 1ro de enero de 2014.

Recordemos que de acuerdo a lo aprobado en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Código Fiscal de la Federación (CFF), los empleadores deberán de timbrar con un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) cada uno de los recibos de nómina que entreguen a sus trabajadores, cumpliendo con los mismos requisitos que un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

La fracción tercera del artículo 99 de la nueva Ley de ISR señala la obligación de los patrones de expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral.

Esta nueva obligación, sustituirá a la entrega de Constancias de Sueldos y Salarios (al ser sustituidas por los comprobantes fiscales), así como la de presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año, la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios, toda vez que la autoridad, habría obtenido en tiempo real, la información por la que antes debía esperar al termino de cada ejercicio año.

En Facturando hemos implementado esta nueva disposición en todas nuestras soluciones,

Cumpliendo con el estándar del Complemento al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para el manejo de datos de Nómina.

El complemento contempla los siguientes datos:

  1. Versión del complemento.
  2. Registro Patronal.
  3. Número de Empleado.
  4. CURP del trabajador.
  5. Tipo de Régimen (“Asimilados a salarios” o “Sueldos y salarios”).
  6. Número de seguridad social aplicable al trabajador (opcional).
  7. Fecha efectiva de erogación del gasto.
  8. Fecha inicial y final del pago.
  9. Número de días pagados (opcional).
  10. Departamento o área a la que pertenece el trabajador (opcional).
  11. País.
  12. CLABE (opcional).
  13. Banco (opcional).
  14. Total de ingresos gravados y exentos.
  15. Desglose de ingresos:
    • Tipo de ingreso conforme al catálogo del DIMM.
    • Clave del ingreso de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
    • Descripción del concepto de ingreso.
    • Importe gravado del concepto de ingreso.
    • Importe exento del concepto de ingreso.
  1. Total de los descuentos.
  2. Desglose de los descuentos:
    • Tipo de descuento conforme al catálogo actual del DIMM.
    • Clave de descuento de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
    • Descripción del concepto de descuento.
    • Importe del concepto de descuento.

 

Recuerda que si tienes dudas acerca de este tema, puedes contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestro sitio web – www.facturando.mx – y con gusto uno de nuestros asesores te estará apoyando.

Hasta la próxima.

¿Se puede contratar dos o más proveedores de factura CFDI?

Sabias que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) te permite elegir los servicios de más de un Proveedor de Certificación, así es, podrás contratar los servicios de dos o más proveedores para generar tus facturas electrónicas.

A continuación te presentamos el fundamento legal marcado en la regla I.2.7.2.1. de la resolución miscelánea fiscal para el 2013 de fecha 28 de diciembre del 2012, la cual dice:

I.2.7.2.1.
Para los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo párrafo del CFF, los contribuyentes podrán utilizar uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados y utilizar de manera simultánea la prestación de varios proveedores autorizados por el SAT.

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a proporcionar por escrito al proveedor de certificación de CFDI autorizado, su manifestación de conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los comprobantes que les haya certificado.

Se podría pensar que esto es algo sin relevancia, pero todo lo contrario, es de suma gran importancia, ya que contratar los servicios de dos o más proveedores trae grandes beneficios:

  • Podrás tener disponible de forma simultánea los servicios de los proveedores contratados; así cuando uno de ellos deje de funcionar, podrás facturar con el otro.
  • Si los servicios de un proveedor no cumple con tus expectativas o no te convence, podrás dejarlo sin que esto traiga como consecuencia la interrupción de tu proceso de facturación.
  • Si generas un gran volumen de facturas, podrás distribuir la generación de las mismas entre los dos proveedores, haciendo un “balanceo” de generación.

Esta solución, que suena muy atractiva trae consigo dos problemas:

  1. La selección de un segundo proveedor y lo que esto conlleva.
  2. El costo de operación se incrementaría por la contratación de un segundo servicio y el mantener timbres en los dos proveedores.

En Facturando siempre estamos buscando ofrecerte las mejores opciones, es por eso que hemos creado una solución la cual te permite timbrar con varios Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) obteniendo todos los beneficios que esto representa y sin que tengas que gastar un solo peso.

Nuestra solución te ofrece:

  • La continuidad en tu proceso de facturación; nunca dejaras de facturar.
  • No tiene ningún costo adicional contar con esta solución.
  • Te evitamos el trámite administrativo de contratación con cada PAC
  • Tendrás un solo canal de soporte técnico de calidad.

Si deseas saber más acerca de esta solución, puedes contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestro sitio web – www.facturando.mx – y con gusto uno de nuestros asesores te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios en la factura electrónica para 2014

De acuerdo a lo publicado por el SAT, a partir de 2014, las personas físicas y morales que en sus ingresos excedan más de 250 mil pesos al año deberán de emitir comprobantes fiscales electrónicos.

La forma en que deberán de emitir sus facturas será a través del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), recuerde que la adopción de este esquema favorece el ahorro no solo de papel y consumibles de impresión, sino también, en servicios de mensajería y de tiempo invertido en la administración y almacenamiento de las facturas en papel.

Recuerde que por ley, no están obligadas si facturan menos de 250 mil pesos anuales, sin embargo, es recomendable hacer uso del CFDI, debido a que los comprobantes por internet tienen una serie de ventajas sobre el resto de los comprobantes, los cuales deberán de cubrir una serie de requisitos indispensables para ser validos ante el SAT.

Adicional, aquellos contribuyentes que actualmente generan facturas bajo el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán de migrar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

En Facturando nos ponemos a tus órdenes para que puedas integrar tu proceso de facturación de manera electrónica, de la forma más rápida y sencilla, ofreciéndote una serie de soluciones que sin lugar a dudas alguna se adaptará a tus necesidades.

A continuación, mencionamos una breve descripción de las mismas:

  • Facturador CFDI, que es un software muy fácil de usar y el cual te permite generar las facturas que requieras sin pagar por cada una de ellas.
  • Servicio de Timbrado, mediante este servicio las empresas podrán darle la validez a sus comprobantes fiscales y con el mejor precio del mercado.
  • Electronic Document Library (EDL), es la solución ideal para cualquier desarrollador de software (C#, Delphi, Visual Basic, etc.), con esta solución un programador podrá incluir la generación de facturas dentro de su sistema con tan solo unas líneas de código.

Por último, queremos recomendarte que realices tu mejor elección lo antes posible, con el fin de evitar aglomeraciones al momento de la contratación del servicio de facturación.

Hasta la próxima.