¿Deben los patrones notificar accidentes y defunciones laborales?

¿En qué consiste esta obligación?
Cuando ocurre un accidente o defunción en el centro de trabajo, los patrones están legalmente obligados a notificarlo a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Esta notificación debe realizarse dentro de plazos establecidos, proporcionando información precisa y completa sobre el incidente. La finalidad es proteger los derechos de los trabajadores, garantizar la investigación de los hechos y fomentar la prevención de riesgos laborales.

Características principales

  • Obligatoriedad: La notificación no es opcional, es una obligación legal.
  • Plazo: Debe realizarse en un máximo de 72 horas posteriores al suceso.
  • Contenido: Debe incluir detalles como fecha, lugar, causas, consecuencias y datos del trabajador afectado.
  • Formato: Existen formatos oficiales que deben ser utilizados para reportar adecuadamente.
  • Vigilancia: La STPS supervisa y puede solicitar información complementaria.

Requisitos para la notificación

  • Formato oficial: Usar los medios electrónicos o físicos que determine la STPS.
  • Información precisa: Datos generales del trabajador, descripción del accidente o fallecimiento, testigos, y condiciones en las que ocurrió.
  • Firma responsable: Generalmente, por el representante legal de la empresa o responsable de seguridad e higiene.

Beneficios de cumplir con esta obligación

  • Evitar sanciones: El cumplimiento reduce el riesgo de multas administrativas.
  • Mejora de la seguridad: Permite la identificación de riesgos recurrentes y su corrección.
  • Protección legal: Brinda respaldo en caso de litigios o auditorías laborales.
  • Imagen empresarial: Refuerza el compromiso de la empresa con el bienestar de sus trabajadores.

Desventajas de no cumplir

  • Multas económicas: Las sanciones pueden ser cuantiosas dependiendo de la gravedad y reincidencia.
  • Riesgos legales: Se pueden iniciar procedimientos judiciales en contra de la empresa.
  • Daño reputacional: Una mala gestión de los accidentes afecta la imagen empresarial.
  • Cierre de operaciones: En casos graves, la autoridad puede ordenar la suspensión de actividades.

Consecuencias de la omisión
Omitir la notificación puede derivar en fuertes sanciones administrativas, demandas laborales por omisión de medidas de seguridad y responsabilidades penales si se determina negligencia grave. Además, puede generar inspecciones más frecuentes de la autoridad y la pérdida de certificaciones de cumplimiento en seguridad laboral.

Sustento legal
La obligación de notificar accidentes y defunciones laborales se encuentra establecida principalmente en:

  • Ley Federal del Trabajo (LFT): Artículo 504 – Obliga a los patrones a informar a la STPS sobre accidentes y enfermedades de trabajo.
  • Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011: Establece las obligaciones específicas de los patrones en materia de accidentes y enfermedades laborales.

El incumplimiento de esta obligación puede ser sancionado conforme a lo dispuesto en la propia Ley Federal del Trabajo y su reglamento.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.