Problemas con el Web Service del SAT: causas y soluciones efectivas

Desde que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó su web service de descarga, ha sido una herramienta útil para empresas y contribuyentes que buscan descargar sus comprobantes fiscales digitales (CFDI).

Sin embargo, los usuarios han experimentado problemas de conexión, lentitud o interrupciones durante el proceso.

Estas fallas no solo afectan la eficiencia operativa, sino también la continuidad de los procesos contables y fiscales.

¿En qué consisten los problemas de descarga?
Dentro de los errores más comunes al hacer uso del web service del SAT provocados por la sobresaturación del servicio, tenemos:

  • Incrementó en los tiempos de respuesta hasta por 7 días, cuando anteriormente eran de minutos
  • Solicitudes sin respuesta pendientes de procesar, las cuales afectan la disponibilidad del servicio para todos los contribuyentes

Esto sucede principalmente cuando se realizan múltiples peticiones simultáneas, tiempos de espera prolongados, algo frecuente en cierres mensuales.

Características principales del servicio
El web service del SAT fue diseñado para que los contribuyentes y sistemas autorizados pudieran consultar y descargar CFDI directamente desde los servidores oficiales.

Su uso requiere certificados vigentes y una conexión segura, además de la correcta implementación de los esquemas SOAP definidos por el SAT. Aunque ofrece un canal automatizado, su estructura técnica no siempre es tolerante a errores de red ni a altas cargas de trabajo, lo que lo vuelve sensible a caídas y demoras.

Recomendaciones para un uso más eficiente
Para reducir los problemas de conexión y mejorar la velocidad de descarga, es importante seguir ciertas prácticas:

  1. Solicitudes adecuadas, evitando el envío masivo o repetitivo de este tipo de solicitudes.
  2. Filtros de consulta, revisando los filtros de consulta antes del envío de cada solicitud.
  3. Tiempo de respuesta, esperar la respuesta al enviar solo una solicitud a la vez.
  4. Reenvío de solicitudes, evitar el reenvío de solicitudes cuando se encuentren en proceso.
  5. Informar a los usuarios finales, sobre la importancia de seguir estas prácticas.

Mejor recomendación: usar Descargar CFDI
Para quienes buscan una alternativa más confiable, se recomienda el uso del programa Descargar CFDI, que permite conectarse por medio de la clave CIEC.

Esta herramienta ofrece:

  • Una interfaz amigable
  • Descarga en línea (al momento) de los XML de tus comprobantes emitidos y/o recibidos, por lo que no tienes que esperar días por una respuesta.
  • Controles automáticos de errores
  • La posibilidad de descargar hasta 33,000 XML sin las limitaciones del portal del SAT.
  • Mayor trazabilidad en la gestión de los CFDI, lo cual facilita los procesos de conciliación y auditoría

Te invitamos a conocer y hacer uso de esta herramienta en su versión demo por el periodo de 30 días, dando clic en el siguiente enlace:

Descargar CFDI

En conclusión, los problemas del web service del SAT no desaparecerán del todo, pero con una correcta estrategia de conexión se pueden reducir la aparición de estos, nuestra recomendación es utilizar herramientas especializadas como Descargar CFDI, con la que puedes lograr un proceso de descarga más eficiente, seguro y continuo.

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Hasta la próxima.

Deducibilidad de colegiaturas y transporte escolar

En México, las personas físicas cuentan con el derecho a aplicar deducciones personales en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Entre las más relevantes destacan los pagos por colegiaturas y, en ciertos casos, por transporte escolar obligatorio.

Estos beneficios fiscales buscan apoyar a las familias en la educación de sus hijos, siempre que se cumpla con la normatividad establecida.

Sustento legal
La deducción de colegiaturas está prevista en el Artículo 151 de la Ley del ISR donde se permite a los contribuyentes deducir pagos realizados por servicios educativos en instituciones privadas con validez oficial.

En cuanto al transporte escolar, también es deducible siempre que el servicio sea obligatorio según el reglamento de la escuela.

¿A quién aplica?
Este beneficio aplica a personas físicas residentes en México que realicen pagos por la educación de familiares, ascendentes o descendentes en línea recta:

  • Hijos
  • El propio contribuyente

Los pagos deben hacerse a instituciones privadas con reconocimiento oficial y estar respaldados por un CFDI válido.

Límites de deducción
Los montos deducibles tienen un tope anual por alumno y dependen del nivel educativo:

  • Preescolar: hasta $14,200.
  • Primaria: hasta $12,900.
  • Secundaria: hasta $19,900.
  • Profesional técnico: hasta $17,100.
  • Bachillerato o equivalente: hasta $24,500.

El transporte escolar no tiene un límite específico en pesos, pero solo puede deducirse cuando el colegio lo exige como condición obligatoria para la inscripción o permanencia del alumno.

Requisitos para deducir

  1. Pago electrónico: tarjeta de débito, crédito, transferencia o cheque nominativo. No se aceptan pagos en efectivo.
  2. Comprobante fiscal (CFDI) a nombre del contribuyente que realiza la deducción.
  3. RFC válido de la institución educativa.
  4. En el caso del transporte escolar, el comprobante debe especificar que es un servicio obligatorio.
  5. Autorización: la institución educativa privada deberá contar con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

Exclusiones
Dentro de los conceptos que no son deducibles tenemos:

  • Inscripción
  • Reinscripción
  • Becas
  • Apoyos económicos (cuotas de mantenimiento)
  • Material educativo
  • Uniformes
  • Exámenes de cualquier índole
  • Entre otros

Asesoría
La autoridad (SAT) pone a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de comunicación para obtener asistencia:

  • MarcaSAT: al teléfono 55 627 22 728 de cualquier parte del país, y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728, dentro de un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles
  • Chat uno a uno: chat.sat.gob.mx
  • OrientaSAT: disponible en el Portal del SAT

Conclusiones
La deducción de colegiaturas y transporte escolar es un beneficio fiscal diseñado para reducir la carga económica de las familias que invierten en la educación de sus hijos. No obstante, su aplicación requiere cuidar los límites, cumplir con los requisitos formales y contar con los comprobantes fiscales correspondientes.

Planear y aprovechar correctamente estas deducciones puede representar un ahorro significativo en el pago del ISR al presentar la declaración anual.

Si deseas obtener el comunicado oficial publicado por la autoridad (SAT) te invitamos a dar clic al siguiente enlace:

SAT Comunicado 047

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Hasta la próxima.

¿Tu proveedor está en la mira del SAT? Valídalo con Facturando

¿Qué son las listas negras del SAT y por qué debes preocuparte?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica de forma periódica un listado de contribuyentes que simulan operaciones, conocidos como EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas), así como quienes deducen dichas operaciones, llamados EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas). Este listado es conocido comúnmente como las listas negras del SAT y tiene por objetivo combatir la evasión fiscal.

¿Para qué sirve esta lista?
La finalidad de estas listas es advertir al contribuyente sobre posibles irregularidades en sus operaciones comerciales. Si una empresa contrata a un proveedor incluido en las listas negras y deduces comprobantes fiscales emitidos por él, corres el riesgo de que dichas deducciones sean consideradas no válidas, lo que puede resultar en multas, recargos y sanciones fiscales.

Características principales de las listas negras del SAT

  • Se publican conforme a los artículos 69, 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación
  • Incluyen el RFC, nombre o razón social y estatus del contribuyente
  • Existen diferentes etapas: definitivo, desvirtuado, presunto o sentencia favorable
  • Están disponibles en el portal del SAT y en formatos descargables
  • Pueden consultarse manualmente o mediante programas automatizados como el de Facturando

¿Qué hacer si tu proveedor aparece en las listas negras?

  1. Revisa el estatus legal: Puede estar en fase presunta o definitiva
  2. Solicita aclaración: Si ya dedujiste facturas de este proveedor, deberás comprobar ante el SAT que efectivamente recibiste los bienes o servicios
  3. Sustituye al proveedor: Para evitar futuros riesgos fiscales, considera suspender la relación comercial
  4. Asesoría fiscal inmediata: Acude con tu contador o especialista para tomar decisiones estratégicas y proteger tu situación fiscal

¿Cómo puede ayudarte Facturando?
El software de Facturando cuenta con una función especializada para validar a tus proveedores contra las listas negras del SAT.
La validación la podrás realizar de tres distintas formas:

  • Por RFC – con solo ingresar el RFC, podrás conocer su estatus y saber si algún proveedor cae en irregularidades
  • Masivamente – mediante la importación de un archivo que contenga la lista de RFCs a validar
  • Por CFDI – indicando la carpeta de los archivos XML de tus comprobantes fiscales

Esta herramienta te permite cumplir con tus obligaciones fiscales y prevenir consecuencias graves para tu empresa.
Ventajas de usar Facturando para esta tarea:

  • Ahorro de tiempo, mediante una validación ágil y sencilla
  • Programa confiable y actualizado conforme a los datos oficiales más recientes del SAT

En la versión más reciente del programa de Facturando, y para reforzar aún más la validación, se incluyen ahora:

  • La validación contra pérdidas fiscales (art. 69-B Bis)
  • Validación contra la lista de Certificados de Sello Digital (CSD) sin efectos
  • Validación contra entes públicos y de gobierno omisos

Beneficios y desventajas
Beneficios:

  • Evita deducciones improcedentes
  • Minimiza el riesgo de sanciones
  • Mejora la transparencia financiera de tu empresa
  • Protege tu reputación ante el SAT

Desventajas si no verificas:

  • Pérdida de deducibilidad
  • Multas y recargos
  • Requerimientos por parte del SAT
  • Daño a tu historial fiscal

Por todo lo anterior, te invitamos a que descargues y pruebes, en su versión de demostración, nuestro programa de validación contra las listas negras del SAT, con tan solo dar clic en el siguiente enlace:

Facturando – Lista negra del SAT

Conclusión
Verificar a tus proveedores no es solo una buena práctica, es una necesidad. El uso de herramientas como Facturando te permite hacerlo de forma ágil y segura, protegiendo tu empresa de riesgos fiscales innecesarios.

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Hasta la próxima.

Inconsistencias en las Constancias de Situación Fiscal

Como recordarás, es requisito para la emisión del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en su versión 4.0 verificar y cumplir con los datos requeridos para el receptor de este, como son:

  • Nombre
  • Domicilio fiscal (código postal)
  • Régimen

La importancia de estos datos radica en que éstos deben ser capturados exactamente como están registrados en las bases de datos del SAT, sin importar si estos tienen inconsistencias o caracteres extraños, ya que, si no se hace, no se podrá emitir el CFDI.

Un ejemplo de lo comentado anteriormente es que, en el caso de algunas personas morales es necesario colocar acentos o comillas dobles en la razón social del receptor, por ejemplo:

«ARRASTRES AMBIENTALES»

Lo más común, es que los datos del receptor sean obtenidos de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) proporcionadas por los mismos (cliente, empleado. etc.).

En esta ocasión, queremos darte a conocer dos casos en los que hemos encontrado inconsistencias con respecto a la información contenida en las Constancias de Situación Fiscal, siendo estos los siguientes:

Caso 1: Letra minúscula en apellido

Para este primer caso, la inconsistencia se detectó en el segundo apellido, es decir, en el apellido materno, en el cual y de acuerdo con el archivo de la Constancia de Situación Fiscal, aparece como NIQO.

Por lo que se procedió a generar el comprobante fiscal, con los datos que aparecen en la constancia del receptor y que en teoría no tendría que haber problema alguno, ya que esta constancia es emitida por la autoridad (SAT), pero cual fue nuestra sorpresa, que, al enviar a timbrar el comprobante, se obtuvo el error de que el nombre no correspondía con el RFC asociado.

En primera instancia pensamos, que el nombre del receptor se había tomado de forma errónea, por lo que se volvió a verificar directo con su Constancia de Situación Fiscal, siendo este idéntico al indicado en el comprobante fiscal.

Haciendo uso de nuestro web service Validar RFC, procedimos a consultar y obtener los datos de este receptor, y nos encontramos con la sorpresa, de que, en los registros del SAT, el segundo apellido, aparecía como NIqO, es decir con la letra Q pero en minúscula; con esta información se procedió a realizar el cambio y enviar nuevamente a timbrar el comprobante fiscal, el cual se timbró sin problema alguno.

Caso 2: Estatus como suspendido

En lo que respecta a este segundo caso, la inconsistencia detectada corresponde a que, en el archivo de la Constancia de Situación Fiscal del receptor, no vienen especificados datos para las secciones correspondientes a las Actividades Económicas y los Regímenes del contribuyente.

En base a lo anterior, nos dimos nuevamente a la tarea de consultar los registros del SAT y nos encontramos con que el estatus de este contribuyente se encontraba como Suspendido, por lo que, bajo este estatus, no es posible generarle comprobante fiscal alguno.

Conclusión

Con lo expuesto anteriormente, podemos concluir que a pesar de obtener los datos de un receptor directamente de su Constancias de Situación Fiscal (CSF), existen casos en que ni con este documento oficial, se garantiza el poder emitir el comprobante fiscal digital correspondiente sin tener tropiezo alguno.

Web service de validar RFC

El uso de este servicio se está convirtiendo en una herramienta básica para la emisión de comprobantes.

Recuerda que, si eres cliente de Facturando, puedes hacer uso de éste sin ningún costo adicional; ponte en contacto con nosotros para que conozcas todas las condiciones de uso del mismo.

Si quieres probarlo, puedes descargar los demos (PHP, C#, VB.Net, etc.) de aquí

DEMO VALIDAR RFC

Hasta la próxima.

Prórroga a la emisión del CFDI 3.3

Derivado de la entrada en vigor en la emisión de la nueva versión 4.0 de los comprobantes ficales digitales y la dificultad que el cambio a esta versión a implicado, no solo para los usuarios finales sino también para los desarrolladores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido ampliar el tiempo de convivencia entre las versiones existentes.

Periodo de transición
Como sabrás, el SAT marco un periodo de transición para continuar emitiendo el CFDI 3.3, siendo este:

El comprendido del 1 de enero al 30 de abril del 2022.

Nuevo periodo de transición
Ahora, el SAT dio a conocer mediante la publicación el pasado 18 de febrero de la versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su anexo 1-A, donde se destaca:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

De acuerdo con lo anterior se amplía el plazo en dos meses más, para seguir emitiendo el CFDI 3.3 hasta el 30 de junio de 2022.

En consecuencia, se asume que la entrada en vigor del uso obligatorio en la emisión del CFDI 4.0 se estaría moviendo en la misma proporción, es decir, dos meses después, de no ser así, no tendría razón de ser el cambio publicado por el SAT.

Si deseas obtener el documento emitido por el SAT, lo podrás obtener dando clic en la siguiente liga;

2aRMRMF2022-primera_versión_anticipada

Hasta la próxima.

PACs cuya autorización no fue renovada

En esta ocasión queremos darte a conocer que dos proveedores de certificación (PACs) lo han dejado de ser, por lo que a partir del 31 de diciembre del 2020 dejaron de prestar sus servicios de certificación, esto de acuerdo con la publicación realizada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en su página Proveedores de Certificación de Factura cuya autorización no fue renovada, siendo estos los siguientes:

PAC – FEL.mx ®

A continuación, te presentamos sus datos:

  • Denominación o razón social: Facturar En Línea, S.de R.L. de C.V.
  • Nombre comercial: FEL.mx ®
  • Clave del RFC: FLI081010EK2
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 31/12/2020
  • Autorización SAT: 55029

PAC – Folios Digitales

A continuación, te presentamos sus datos:

  • Denominación o razón social: Folios Mexicanos Digitales, S.A. de C.V.
  • Nombre comercial: Folios Digitales
  • Clave del RFC: FMD100203JS7
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 31/12/2020
  • Autorización SAT: 55710

Esta publicación la realiza la autoridad con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo de la regla 2.7.2.4. en relación con el primer párrafo, fracción II de la regla 2.7.2.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el ejercicio de 2020 y TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

Donde se especifica que:

«Los datos de los proveedores que no hayan obtenido la renovación de su autorización serán publicados en el Portal del SAT dentro de los tres días siguientes a aquel en que haya concluido la vigencia de su autorización.»

En esencia ya no podrán seguir ofreciendo sus servicios a nuevos clientes.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.