¿Qué es la lista negra 69 B – Bis del SAT?

En esta ocasión queremos compartir contigo en que consiste la lista negra del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su artículo 69-B Bis, así como el resolver cualquier duda acerca de esta lista.

Pero empecemos por saber:

¿Qué es?

En resumen, es una lista donde aparecen aquellos contribuyentes que dedujeron perdidas fiscales que no les correspondían. Hemos publicado un artículo donde hablamos a detalle de este tema, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Artículo 69-B Bis

¿Esta lista reemplaza a las otras?

No, en nuestro punto de vista, consideramos que esta lista es complementaria y la recomendación es llevar a cabo la validación de tus clientes o proveedores para saber si se encuentran en alguna de las tres listas negras del SAT:

  • Incumplidos (artículo 69)
  • Operaciones inexistentes (artículo 69-B)
  • Y ahora, pérdidas fiscales (artículo 69-B Bis)

¿Cuándo se usa esta lista?

La verificación en esta lista se usa para determinar si la relación que se tiene con algún cliente o proveedor es la correcta y que este se encuentre libre del supuesto de que le haya sido transmitido el derecho a disminuir pérdidas fiscales.

¿De dónde la puedo descargar?

Si deseas obtener la versión más reciente de esta lista, podrás hacerlo dando clic en el siguiente enlace para descargarla:

Descargar la lista Artículo 69-B Bis del CFF

¿Cuándo fue la última vez que se actualizó?

A la publicación de este artículo, la versión más reciente es la del 5 de julio de 2024. Es importante mencionar que es el SAT la entidad encargada de actualizar y publicar dicha lista.

¿Es obligatorio el uso de esta la lista del 69-B Bis?

El uso de esta lista es similar a las otras dos duplicadas por el SAT (art. 69 y 69-B), no existe una obligatoriedad con respecto a las mismas, pero recomendamos a todos los usuarios consultar el estatus de sus proveedores en las mismas.

Facturando

Derivado de lo anterior, nos dimos a la tarea de llevar a cabo un análisis detallado para determinar cuáles de nuestras soluciones, programas y librerías, se verán afectadas, a continuación, encontrarás el listado de estas:

  • Listas negras del SAT – Programa para validar si un RFC se encuentra en estas listas.
  • Validador CFDI – Programa para la validación de los archivos XML emitidos o recibos.
  • Electronic Document Validator (EDV) – Librería para implementar en tus aplicaciones la validación de los comprobantes emitidos o recibidos.
  • Web service Validar RFC – web service para verificar si un RFC está registrado en el SAT, si los datos del receptor son correctos y corresponden al RFC.

En lo que respecta a estas soluciones, se irán liberando las actualizaciones correspondientes que integren esta lista a su funcionalidad.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

SAT – Lista negra para pérdidas fiscales

Sabías que existe una lista negra donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) controla a aquellos contribuyentes a los cuales les fue transmitido el derecho a disminuir pérdidas fiscales.

Artículo 69-B Bis

De acuerdo con la autoridad (SAT) es en el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 69-B Bis fracciones I a VI donde se define el procedimiento con el cual se podrá detectar y presumir la transmisión indebida de pérdidas fiscales, así como el de inhibir la práctica consistente en llevar a cabo:

  • Reestructuras
  • Escisiones
  • Fusiones de sociedades
  • Cambio de accionistas

cuyo único fin sea generar pérdidas fiscales para luego transmitirlas y así disminuir la carga fiscal.

En base con lo anterior, la autoridad podrá presumir la transmisión indebida de la pérdida fiscal cuando el contribuyente que tenga el derecho a disminuir la pérdida haya sido parte de alguno de los supuestos mencionados con anterioridad y deje de formar parte del grupo empresarial al que perteneció.

Presunción

La presunción de transmisión indebida tendrá lugar cuando el contribuyente, ya sea persona física o moral:

  • Obtenga pérdidas fiscales en alguno de los tres años siguientes al de su constitución, con un monto mayor al de sus activos y que más de la mitad de sus deducciones derivaron de operaciones realizadas con partes relacionadas.
  • Obtenga pérdidas fiscales posteriores a los tres ejercicios fiscales declarados siguientes al de su constitución, derivadas de que más de la mitad de sus deducciones sean resultado de operaciones entre partes relacionadas y se hubieren incrementado en más de un 50% respecto de las incurridas en el año inmediato anterior.
  • Cuando para poder llevar a cabo su actividad preponderante, se disminuya en más del 50% su capacidad material, considerados en los ejercicios posteriores a aquel en que fue declarada la perdida fiscal.
  • Obtenga pérdidas fiscales y se advierta la existencia en la enajenación de bienes en la que se involucre la segregación de los derechos sobre su propiedad, sin considerarla al determinar el costo comprobado de adquisición.
  • Obtenga pérdidas fiscales y que se advierta la modificación en el tratamiento de la deducción de inversiones previstas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) antes de que se hubiesen realizado por lo menos al 50% de la deducción.
  • Para el caso en que se obtengan pérdidas fiscales y se adviertan deducciones cuya contraprestación se encuentre amparada con la suscripción de títulos de crédito y la obligación adquirida se extinga mediante una forma de pago que sea distinta de las previstas para las deducciones en la LISR.

Bajo este contexto, el artículo 69-B Bis del CFF:

  • Prevé únicamente un candado con respecto a las pérdidas, refiriéndose a que solo quien las genere podrá disminuirlas.
  • Establece que quien deberá de corregir su situación fiscal será el contribuyente que disminuyó las pérdidas transmitidas indebidamente.

Notificación

La autoridad (SAT), al detectar este supuesto, se encargará de notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación a través de su buzón tributario, esto con el fin de que puedan manifestar lo que a su derecho convenga y aporten la documentación e información que consideren pertinente para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlo.

Plazo

Una vez notificado el contribuyente, este contará con un plazo de veinte días hábiles para aportar la documentación e información correspondiente para desvirtuar los hechos.

Prórroga

A través del buzón tributario y por única ocasión, los contribuyentes podrán solicitar una prórroga de diez días, siempre y cuando la solicitud de prórroga se realice dentro del plazo inicial de los veinte días.

Valoración de información

Una vez presentada la información y documentación para desvirtuar la presunción, la autoridad fiscal (SAT) valorará las pruebas y en su caso podrá requerir información adicional.

Esta valoración deberá de hacerse en un plazo que no exceda de seis meses para notificar la resolución mediante la cual se señalará si se desvirtúa o no la presunción.

Publicación

Para el caso de que el contribuyente, no haya desvirtuado dicha presunción, el SAT se encargará de publicar en su página de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el listado de los contribuyentes que se ubican de forma definitiva en el supuesto que señala el primer párrafo del artículo 69-B Bis del CFF.

Acciones

El contribuyente que haya transmitido indebidamente pérdidas fiscales contará con un plazo de 30 días para corregir su situación fiscal a partir de su publicación en la página del SAT.

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Hasta la próxima.

Cómo usar el programa para consultar las listas negras del SAT

Actualmente es de suma importancia que las empresas verifiquen que sus proveedores o prospectos no aparezcan registrados en las listas negras del SAT, ya sea como contribuyentes con operaciones inexistentes (EFOS), de acuerdo con lo indicado por la autoridad en su artículo 69-B, o como incumplido (artículo 69), ya que al realizar esta validación, podrían evitarse serios problemas, como pueden ser:

  • La corrección de sus deducciones aplicadas en el cálculo de los impuestos
  • El pago de multas y recargos, siendo estos lo más leve
  • La cancelación de sus certificados para la generación de facturas
  • Y en el peor de los casos hasta cárcel

La validación de tus proveedores la puedes realizar descargando los listados del SAT, esta opción es viable cuando menos de 10 proveedores, pero es poco practica y desgastante cuando el volumen de proveedores a verificar es considerable, además de las desventajas al hacerlo de esta forma:

  • Solo podrás hacer la búsqueda de contribuyentes de uno en uno
  • No obtienes reporte de RFCs localizados

Para evitar estas desventajas Facturando pone a tu disposición la mejor solución para consultar en las listas negras del SAT, de la forma más rápida, sencilla y confiable, ofreciéndote tres formas distintas de hacerlo, según lo requieras:

Uno a uno
En este modo de consulta podrás indicar el RFC o razón social de tu proveedor, el sistema de forma automática buscará en las dos listas, incumplidos y operaciones inexistentes, y en caso de estar te mostrará toda la información al respecto.

Es importante mencionar que el programa soporta búsquedas parciales, esto quiere decir que no es necesario capturar todo el RFC o razón social, solo deberás capturar dos o más letras y el sistema localizará todos los contribuyentes que contengan esas letras.

Este tipo de búsqueda es de utilidad cuando quieres realizar una consulta rápida.

A continuación, encontrarás un video donde se muestra cómo funciona este tipo de consulta:

Consulta uno a uno de las listas negras del SAT

Consulta Masiva
Con esta podrás consultar todos tus proveedores, con tan solo un clic, para esto solo es necesario que tengas la información de estos en un archivo de Excel (Texto, CVS, XLS, XLSX, etc.)

En este caso no importa la cantidad de proveedores, pueden ser 5,000 o 1,000,000 el sistema realizará la verificación de cada uno y al final te mostrará cual de ellos se encuentra en las listas.

A continuación, te dejamos un video para que puedas ver cómo funciona:

Consulta masiva de proveedores en las listas negras

CFDI emitidos por EFOS
Esta es la consulta más importante del sistema, ya que no solo te informa si tu proveedor es un EFOS, sino que también te dice:

  • Que comprobantes te ha emitido
  • Los datos de estos CFDIs, como son: Total, impuestos, etc.
  • Estado del comprobante: Vigente o Cancelado

Este es el verdadero poder de la solución que ofrecemos, ya que no solo puedes saber quién es EFOS, sino que también puede saber que te han emitido cada uno de ellos y el estatus de los comprobantes.

Si quieres ver como funciona esta consulta da clic aquí:

Comprobantes emitidos por un EFOS

Actualizaciones
Como ya sabrás la autoridad actualiza continuamente estas listas, pero no debes preocuparte por eso, ya que el sistema se actualiza automáticamente para que siempre tengas la última información.

Como punto final queremos invitarte a descargar y usar la versión gratuita del sistema dando clic en el siguiente enlace:

Software para consultar las Listas negras del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT – Actualización a las listas negras

Con respecto a nuestra aplicación de validación de tus proveedores en las listas negras del SAT, queremos comentar que el pasado 28 de febrero de 2021, el SAT publicó en su sitio web una actualización al listado de aquellas empresas identificadas con operaciones inexistentes, por lo que hemos liberado una nueva versión 2021.03.01 de nuestra aplicación.

Dentro de los cambios detectados en la lista negra con operaciones inexistentes tenemos:

La cantidad de contribuyentes que aparecen registrados paso de 12,011 a 12,112 registros.

Cabe mencionar, que el archivo de las listas aunque su fecha de actualización tiene marcada el 23 de febrero, no fue sino hasta el día 28 de febrero cuando apareció publicada en la página del SAT, teniendo un desface de 5 días.

Si aún no conoces nuestra aplicación, con la cual podrás verificar a tus proveedores de forma masiva y sin límite en la cantidad de empresas y proveedores a verificar; a continuación, te compartimos dos videos que muestran la forma de cómo lo puedes hacer:

Te invitamos a descargar nuestro sistema, con el que podrás hacer uso de su versión gratuita, por lo que solo bastará con dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

EFOS: Actualización de la lista de empresas con operaciones inexistentes

El día de ayer, 8 de octubre de 2020, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio web una nueva versión del listado de empresas con operaciones inexistentes o simuladas.

Con este cambio, el listado de empresas paso de 11,769 contribuyentes a 11,855, esto significa un incremento de 86 empresas.

Con respecto a como se compone este nuevo listado encontramos:

  • 9,861 contribuyentes como definitivos
  • 291 contribuyentes como desvirtuados
  • 1,015 como definitivos
  • 688 con sentencia favorable

Como podrás observar, el grueso de los contribuyentes registrados en este listado aparece como definitivos y muy pocos han podido desvirtuar las operaciones.

Si quieres tener acceso a este listado y al de incumplidos, te invitamos a descargar este programa gratuito, con el que podrás:

DESCARGAR PROGRAMA PARA CONSULTAR EFOS

Actualización
Como ya sabrás, siempre que el SAT realiza este tipo de cambios o liberaciones, internamente nos encargamos de actualizar nuestros servidores, para que, de esta forma, los productos (programas, Dlls, Web service) que hacen uso de estos datos siempre cuenten con la información más recientes.

En este caso, los productos que se ven beneficiados de este proceso son:

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Listas negras del SAT: Actualización de las empresas incumplidas

Con respecto a las listas negras del SAT queremos comentarles que el pasado 1 de octubre de 2020, el SAT publicó en su sitio web una actualización al listado de aquellas empresas identificadas como incumplidas, esto de acuerdo con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF) último párrafo, por lo que, en nuestro compromiso de tener al día las listas contra las que se verifican los proveedores
de una empresa en nuestra solución especializada en validar en las listas negras del SAT motivo por el cual hemos liberado una nueva versión de nuestra aplicación.

Dentro de los cambios detectados en la lista negra de incumplidos tenemos:

  1. La cantidad de empresas que aparecen registradas paso de 478,582 a 491,560 registros.
  2. Se identificó que dentro del archivo correspondiente a las empresas identificadas en el supuesto como “Firmes”, tiene un RFC inválido ya que este trae en la parte de la homo clave una letra O en vez de un 0 (cero) – NECA771226TK0

Si aún no conoces nuestra aplicación, con la cual podrás verificar a tus proveedores de forma masiva y sin límite en la cantidad de empresas y proveedores a verificar; a continuación, te compartimos dos videos que muestran la forma de cómo lo puedes hacer:

Como verificar tus proveedores masivamente en las listas negras
Consulta de proveedores usando los CFDIs

Te invitamos a descargar nuestro sistema, con el que podrás hacer uso de su versión gratuita, por lo que solo bastará con dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT – Cambios a la reforma fiscal para 2021

Como sabrás, el pasado 8 de septiembre de 2020, fue presentado el paquete económico para el ejercicio fiscal 2021, en el cual se incluyó la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación” además, de la “Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2021”.

Dentro de los cambios propuestos en relación con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) para el próximo ejercicio de 2021, con respecto a aquellos contribuyentes que aparezcan en las listas negras del SAT tenemos:

Donativos
Será causal de revocación de la autorización, para aquellas asociaciones que reciben donativos deducibles, si estas aparecen en la lista del artículo 69-B del CFF, dando con ello inicio al proceso de revocación.

CSD sin efecto
En lo que respecta a los Certificados de Sello Digital (CSD) que emite el SAT a los contribuyentes, éstos quedarán sin efecto, cuando se detecte que el emisor de comprobantes fiscales no haya desvirtuado la presunción de operaciones inexistentes y como consecuencia aparezcan definitivamente en dicha situación. Actualmente, la autoridad aplica la restricción temporal de los certificados para su uso en la expedición de CFDIs.

Cese de operaciones o fusión
Para el caso de que los contribuyentes presenten el aviso de cancelación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante la autoridad (SAT), ya sea por una liquidación total de activo, por cese total de operaciones o por fusión de sociedades, esta no procederá, ya que deberán de cumplir con los requisitos establecidos, siendo uno de estos: “El no encontrarse incluidos en la lista de negra del SAT (artículos 69, 69-B y 69-B Bis del CFF).

Debido a que el SAT será aún más estricto con la fiscalización de los contribuyentes para 2021, la verificación de tus proveedores en las listas negras del SAT, toma un mayor grado de importancia, por lo que podrás hacerlo de forma directa en la página del SAT o por medio de nuestra aplicación especializada en la validación de contribuyentes en la listas negras, de la cual podrás hacer uso de su versión gratuita, dando clic en la siguiente liga:

Programa para validación en listas negras del SAT

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Listas negras del SAT: Actualización de las operaciones inexistentes

El pasado 17 de agosto de 2020, el SAT publicó en su sitio web una actualización al listado de empresas con operaciones inexistentes (art. 69 B), por lo que nos vimos en la necesidad de liberar una nueva versión de nuestro programa para validar los proveedores de una empresa en las listas negras del SAT.

En esta ocasión el SAT, ha modificado el listado, incrementando las empresas declaradas como EFOS, pasado de 11,502 contribuyentes a 11,639 empresas, como podrás observar se agregaron 137 contribuyentes.

Para dar soporte a este cambio realizado por el SAT, hemos liberado una nueva versión del programa, de tal forma, que cuando verifiques a tus proveedores, lo hagas usando la última versión de las listas; recuerda que esta verificación la puedes hacer de forma masiva y no existe límite en la cantidad de empresas y proveedores a verificar; a continuación, te compartimos dos videos de cómo lo puedes hacer:

Como verificar tus proveedores masivamente en las listas negras
Consulta de proveedores usando los CFDIs

Si ya eres usurario de nuestro sistema, lo único que tienes que hacer, para tener acceso a esta actualización, es abrir el sistema, con esto el programa va a detectar que existe una nueva versión de este y se va a actualizar automáticamente sin que tengas que hacer nada más.

Si aún no tienes el programa, te invitamos a descargarlo y usar la versión gratuita del mismo, con este vas a poder detectar cual de tus proveedores es un EFOS.

DESCARGAR

Por cierto, si aún no tienes claro que son las listas negras del SAT, como consultarlas, que significa EFOS, etc.; te invitamos a leer estos artículos que te ayudarán a resolver esta y otras dudas relacionadas con el tema:

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Actualización de las listas negras del SAT

Hoy hemos liberado una nueva versión de nuestro programa Lista Negra del SAT – EFOS, el cual, como ya sabes, te permite verificar si alguno de tus proveedores se encuentra en la lista negra y que operaciones has realizado con este.

Esta es una liberación de mantenimiento, esto es, no trae grandes cambios, sino que trae pequeños cambios y da soporte a las nuevas listas.

Actualización a las listas
El día 1° de julio, el SAT ha liberado una nueva versión de la lista de incumplidos y este es el principal motivo por el cual hemos liberado esta nueva versión del programa, ofrecer soporte a esta.

La última versión de las listas ha quedado de la siguiente forma:

  • Incumplidos: 01 de julio de 2020
  • Operaciones inexistentes: 18 de junio de 2020

¿Operaciones inexistentes o incumplidos?
A partir de esta nueva versión es posible definir que lista se usará para realizar la consulta, de esta forma puede decir si deseas buscar en incumplidos, operaciones inexistentes o las dos.

De esta forma sino deseas buscar en incumplidos, solo deberás desactivar esta opción en la ventana de parámetros.

Consulta por CFDI
La característica mas importante que tiene el sistema no es solo consultar los proveedores, sino que te muestre los comprobantes (CFDI) que te han emitido dichos proveedores; lo que hemos hecho en esta versión es mejorar esta consulta; ahora podrás indicar el efecto (ingreso, egreso, pago, traslado y nomina) que quieres que se incluya en el reporte.

Por defecto, el sistema no selecciona los recibos de nómina, la idea con esta opción es mejorar los tiempos de consulta y que se incluyan los comprobantes que realmente te interesan.

Otros cambios
Como siempre, hemos aprovechado esta liberación para realizar mejoras o cambios menores cuyo objetivo principal es mejorar la usabilidad y estabilidad del sistema, a continuación, nombramos los mismos:

  • Se mejoró todo el sistema incluido en el sistema.
  • Se mejoró el manejo de la licencia del sistema, ahora, en caso de existir un problema con la misma te muestra información mucho más detallada.
  • Se rehízo el módulo que permite consultar los RFCs en el SAT

Hemos nombrado solo los cambios más importantes, si deseas conocer todos los cambios realizados en esta nueva versión te invitamos a ver el historial de cambios.

Aunque los cambios realizados en esta liberación son pocos, sugerimos a todos los clientes actualizarse a la brevedad posible a esta nueva versión, esto porque trae la última versión de las listas liberadas por el SAT

PROGRAMA DE LISTAS NEGRAS

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DLL para consultar las listas negras

Hoy, hemos liberado una nueva versión (2020.05.20) de nuestro producto CFDI Data, que como recordarás, esta DLL sirve para consultar y validar el RFC, la CURP, las listas negras negras del SAT y obtener la razón social de una empresa usando su RFC.

En esta ocasión hemos realizado cambios y mejoras importantes que van a impactar la implementación que hayas realizado, a continuación, describiremos los cambios más importantes.

Consulta de listas negras del SAT
Como recordarás, las versiones anteriores de la DLL contaban con esta funcionalidad, lo que hemos hecho en esta versión es hacer una nueva implementación de esta, con el objetivo de:

Reducir los tiempos de consulta
Proveer más información: ahora se muestra la fecha en que el SAT publicó cada lista y que es la que esta usando la librería para retornar la respuesta.
Falsos positivos: Eliminar los casos en donde un RFC si existía en alguna de las listas, pero la librería reportaba que no existía.

Recomendamos a todos nuestros usuarios:

  • Actualizarse a la brevedad a esta última versión, esto por los puntos anteriormente comentados, además de que el servidor que es usado por la librería será apagado el día 01/07/2020
  • Usando esta nueva versión, consultar todos sus proveedores con la finalidad de verificar si alguno de ellos existe en las listas negras del SAT
  • Revisar el ejemplo que trae la DLL para ver cómo puedes implementar esta funcionalidad.

Obtener la razón social usando su RFC
En la versión anterior, liberamos una nueva funcionalidad y es la capacidad de obtener el nombre completo o la razón social de un contribuyente usando su RFC; como ya habrás notado en algunos casos no es posible obtener dicho dato.

Lo que hemos hecho en esta versión es mejorar considerablemente el algoritmo que extrae este dato.

Otros cambios
También hemos aprovechado esta liberación de la DLL para realizar algunos cambios menores que a continuación describiremos:

  • En la consulta de la LCO, hemos renombrado dos propiedades de la respuesta.
  • Se ha actualizado el archivo de errores (Códigos de error – EXTENDED.pdf) ya que hemos agregados dos tipos de errores.

Como comentamos líneas arriba, estos son los cambios más importantes, si deseas conocer a detalle todos los cambios, te invitamos a leer el historial de cambios.

Para descargar la nueva versión puedes dar clic aquí:

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.