¿Qué es el acuse de solicitud de cancelación CFDI y qué implica?

El “acuse de solicitud de cancelación” es un documento electrónico (PDF) que se genera cuando el emisor de un CFDI solicita la cancelación de este ante el SAT. Este acuse sirve como constancia oficial de que se ha iniciado el proceso de cancelación de una factura electrónica.

¿Cuál es su utilidad?
Este documento tiene un valor probatorio importante, ya que demuestra que el emisor ha solicitado formalmente la cancelación de un CFDI. En operaciones, sobre todo en facturas que requieren autorización del receptor para ser canceladas, este acuse es la primera evidencia del trámite y puede ser solicitado por la autoridad fiscal en una revisión.

Características principales

  • Se genera automáticamente cuando el emisor del CFDI solicita la cancelación de este; esta solicitud la puede hacer directamente en el portal del SAT o a través de un proveedor de certificación autorizado (PAC).
  • Incluye datos clave como folio fiscal, fecha de solicitud, RFC del emisor, estatus del proceso de cancelación, motivo de cancelación, en su caso, CFDI reemplaza y el sello digital del SAT.
  • Aplica principalmente a CFDI emitidos con errores o duplicados, o cuando la operación no se concretó.
  • Puede ser aceptada o rechazada por el receptor, dependiendo del tipo de factura, monto y el plazo establecido.

¿Qué procesos detona este acuse?
El acuse no implica la cancelación inmediata del CFDI, sino que inicia el proceso. Al generarse:

  • Se notifica al receptor de la factura sobre la intención de cancelarla.
  • Comienza el conteo del plazo de 3 días hábiles o 72 horas, para que el receptor acepte o rechace la solicitud.
  • Si el receptor acepta o no responde dentro del plazo, el SAT emite el acuse de cancelación definitivo.
  • En caso de rechazo, el CFDI permanece vigente.
  • El SAT registra todo el historial del proceso como evidencia para futuras auditorías.

Beneficios del acuse de solicitud de cancelación

  • Brinda certeza jurídica al emisor y al receptor.
  • Evita errores fiscales por duplicidad de ingresos o facturación indebida.
  • Permite corregir facturas sin eliminar de inmediato la evidencia del CFDI.
  • Es útil como respaldo en caso de controversias comerciales o fiscales.

Ventajas

  • Facilita el seguimiento del proceso de cancelación.
  • Garantiza la trazabilidad de las facturas canceladas.
  • Alinea al contribuyente con los requisitos del SAT.

Desventajas

  • No garantiza la cancelación automática: depende de la respuesta del receptor.
  • Si el receptor rechaza la solicitud, el CFDI se mantiene vigente, aunque haya errores.
  • Requiere monitoreo y control adicional para verificar que el proceso concluya correctamente.

Recomendaciones
En Facturando siempre recomendamos, a todos nuestros clientes, descargar y guardar este documento, ya que les sirve para tener evidencia del proceso realizado.

Si deseas descargar este documento, existen dos formas de hacerlo:

  • Manual del sitio del SAT
  • Usando el programa Descargar CFDI, al momento de descargar los XML, se puede descargar el acuse de la solicitud de cancelación (PDF).

Es importante saber acerca de la diferencia que existe entre el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Acuse de solicitud de cancelación vs Acuse de cancelación

Conclusión
El acuse de solicitud de cancelación es mucho más que un simple trámite: es un documento indispensable dentro del ciclo de vida del CFDI. Comprender su función y los procesos que desencadena ayuda a los contribuyentes a cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales y evitar problemas ante el SAT. Llevar un control adecuado de estas solicitudes es clave para una contabilidad electrónica sana y alineada con la normatividad vigente.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

DLL para generar el CFDI 4.0

El SAT esta a punto de liberar una serie de cambios que afectan la generación de los comprobantes fiscales digitales, si aún no los conoces te invitamos a dar clic en cada uno de ellos para que los conozcas a detalle:

En Facturando siempre nos hemos distinguido por dar soporte a los últimos cambios realizados por la autoridad, es por eso, por lo que, hoy traemos una nueva versión de nuestra librería (DLL) para la generación y lectura del CFDI.

A continuación, describiremos los cambios más importantes de esta nueva versión (2021.11.24) y al final haremos algunos comentarios importantes para el uso de las nuevas versiones.

Generación del CFDI 4.0
Esta nueva versión soporta la generación de un CFDI 4.0, esto significa que con esta DLL ya puedes generar el XML cumpliendo con el estándar el SAT.

Para este caso, hemos agregado un ejemplo llamado “CFDI 4.0” donde mostramos como llenar cada uno de las propiedades y clases que se pueden llegar a usar en el nuevo estándar, es importante aclarar que este ejemplo tiene como finalidad mostrar el uso de la librería en su totalidad, esto quiere decir que el XML generado es válido, pero no puede ser timbrado porque no cumple con la matriz de errores del SAT.

Recibo de pago 2.0
También hemos agregado soporte al recibo de pago 2.0, esto es, con esta versión de la librería vas a poder generar un recibo de pago que cumpla con el nuevo estándar definido por la autoridad.

También hemos agregado un ejemplo cuyo objetivo es mostrar el uso de todas las propiedades y clases que intervienen en la generación del recibo de pago 2.0

Sabemos que este es un cambio transcendental y son muchas las dudas que existen al respecto y hemos querido adelantarnos respondiendo a algunas de ellas:

¿Dónde está publicado la especificación técnica de estos cambios?
El SAT aún no ha hecho pública la especificación técnica de estos cambios.

¿Ya se pueden timbrar CFDI 40 y recibos de pago 2.0?
Con respecto al timbrado, en este momento no es posible timbrar el XML, ya que esto depende del PAC y ninguno de nuestros PACs asociados tiene activa esta parte, ellos se encuentran trabajando sobre el tema, esto es, se encuentran conociendo y asimilando todas las implicaciones de estos cambios.

Si aún no existe la especificación técnica, ¿para que liberar una nueva versión de la librería?

Lo hemos hecho por varios motivos:

  1. Queremos que nuestro clientes y usuarios puedan conocer los cambios que viene y las implicaciones que tendrán dentro de sus procesos.
  2. Los clientes ya podrían empezar a hacer de las pruebas con el nuevo estándar y comenzar a adecuar sus programas.
  3. Nuestro compromiso es siempre ofrecer y cumplir todo lo que el SAT proponga con respecto al CFDI.

¿Cuándo entra en vigor esta nueva versión del CFDI 4.0?
Esta nueva versión entrará en vigor a partir del 01 de enero de 2022.

¿Pueden existir más cambios para el CFDI 4.0?
Existe la posibilidad de que la autoridad realice cambios al estándar antes de hacerlo público, aunque si esto pasará, creemos que sería cambios menores.

Nosotros estaremos al pendiente del tema y en caso de que esto suceda, estaremos liberando una nueva versión de la librería que soporte los cambios.

¿Dónde puedo encontrar información sobre este tema?
Te invitamos a suscribirte a este seminario web, donde hablaremos a detalle de cada tema:

Suscríbete al curso de CFDI 4.0

¿Se va a poder leer un CFDI 4.0 y un recibo de pago 2.0 con esta nueva versión?
Sí, no solo podrás generar, sino que, también podrás leer un CFD 4.0 y RP 2.0 y podrás extraer toda la información contenidos en los mismo, de forma rápida y sencilla.

Si quieres ver como lo puedes hacer, te invitamos a revisar el ejemplo llamado “Validacion

¿Esta liberación a que tipos de la librería soporta?
Por el momento solo está disponible para Dot Net (C# y VB.Net) pero en próximos días estaremos liberando el soporte para DLL, Delphi y PHP.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.