Comentarios al estímulo fiscal para la franja fronteriza

Facturando se dio a la tarea de realizar un análisis en cuanto a la aplicación y validación del decreto de estímulos fiscales para la región fronteriza norte, en específico al beneficio que se otorga la reducción del impuesto trasladado (IVA), donde se aplica un crédito del 50% a aquellos contribuyentes que hayan optado por ser beneficiarios del estímulo fiscal.

Nuestro análisis está enfocado a las validaciones que debe realizar el PAC antes de timbrar el XML y los errores que se pueden generar por este estimulo.

La autoridad (SAT), determino que se deben realizar 3 validaciones al momento de timbrar el CFDI, el problema con estas validaciones es que no se crearon nuevos números de errores, sino que se hace uso de uno ya existen (CFDI33196), lo que cambia es el mensaje asociado:

  1. CFDI33196 – El RFC no se encuentra registrado para aplicar el Estímulo Franja Fronteriza.
  2. CFDI33196 – No aplica Estímulo Franja Fronteriza para la clave de producto o servicio.
  3. CFDI33196 – El código postal no corresponde a Franja Fronteriza.

Como se puede observar, y para nosotros, es un error garrafal, la forma en que se estarán reportando los errores de validación correspondientes al estímulo fiscal, ya que indistintamente del error en que se incurra, este será reportado como “CFDI33196”, cuando existe un número consecutivo de error, esto de acuerdo con la matriz de errores para el CFDI33, y en este caso el error “CFDI33196” estaba reservado para “Error no identificado”.

El SAT, y para el mejor control de los errores, debió de haber asignado un consecutivo de error distinto a cada una de las tres validaciones aplicadas al estímulo fiscal, sin mencionar que la segunda validación, involucra dos validaciones distintas:

  • Se valida la clave del producto o servicio, el cual deberá de estar identificada, dentro del catálogo correspondiente, para aplicar la tasa de IVA del 8%, de no ser así, no se podrá certificar el comprobante.
  • Y al hacer uso de la clave 01010101 “No existe en el catálogo” y que el RFC receptor corresponda a la clave genérica del RFC nacional (XAXX010101000), se permitirá el uso del beneficio fiscal.

El problema de todo esto es que finalmente el error “CFDI33196” tendría 4 significados.

No entendemos el motivo de esta situación, ya que no había necesidad de hacerlo de esta forma o al menos nosotros no la visualizamos.

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.