Deducciones personales 2025: errores comunes que pueden hacerte perder tu saldo a favor

Muchos contribuyentes en México realizan gastos deducibles durante el año, pero al presentar su Declaración Anual descubren que el SAT no los tomó en cuenta o que su saldo a favor es menor al esperado.

En la mayoría de los casos, el problema no es el gasto en sí, sino errores administrativos o fiscales que pudieron evitarse fácilmente.

En este artículo te explicamos los errores más comunes en deducciones personales, cómo identificarlos y qué hacer para no perder tu beneficio fiscal en la Declaración Anual 2025.


Error 1: CFDI con uso incorrecto

Este es el error más frecuente.

Aunque el gasto sea deducible, si el CFDI no tiene el uso correcto (D01 a D10), el SAT puede no considerarlo automáticamente.

Ejemplo común:

  • Pago de honorarios médicos facturado con uso “G03 – Gastos en general”
  • Resultado: el gasto puede no reflejarse como deducción personal

Solución:

  • Solicita la corrección del CFDI antes de presentar tu declaración
  • Verifica que el uso corresponda exactamente al tipo de deducción

Error 2: Pagar en efectivo

Muchos gastos deducibles dejan de serlo automáticamente si se pagan en efectivo.

Entre ellos:

  • Gastos médicos
  • Primas de seguros
  • Colegiaturas
  • Honorarios profesionales

Solución:

  • Utiliza siempre transferencia bancaria, tarjeta de crédito, tarjeta de débito o cheque
  • Conserva el comprobante del pago

Error 3: CFDI emitido a un RFC incorrecto

Si el CFDI no está emitido a tu RFC, el SAT no lo asociará contigo, aunque tú hayas pagado el gasto.

Esto ocurre con frecuencia en:

  • Gastos médicos de familiares
  • Colegiaturas
  • Seguros

Solución:

  • Verifica que el CFDI esté emitido a tu RFC
  • Asegúrate de que el gasto corresponda a ti o a tus dependientes económicos

Error 4: Confundir gastos personales con deducciones permitidas

No todos los gastos personales son deducibles, aunque parezcan relacionados con salud o educación.

Ejemplos no deducibles:

  • Medicamentos comprados en farmacia sin receta médica facturada
  • Suplementos alimenticios
  • Seguros de vida
  • Transporte escolar no obligatorio

Solución:

  • Revisa la lista oficial de deducciones permitidas
  • Confirma el uso de CFDI antes de pagar

Error 5: Exceder los límites máximos deducibles

Las deducciones personales tienen límites anuales, y no todo lo que se paga puede deducirse al 100 %.

En general, el límite es:

  • El menor entre el 15 % de los ingresos anuales o un monto máximo establecido por ley

Algunos conceptos, como colegiaturas, también tienen topes específicos por nivel educativo.

Solución:

  • No bases tus cálculos solo en lo pagado
  • Revisa los límites antes de presentar la declaración

Error 6: No revisar la información precargada del SAT

El SAT precarga automáticamente información de tus CFDI, pero no siempre está completa o correcta.

Errores comunes:

  • CFDI faltantes
  • Importes incorrectos
  • Usos de CFDI mal clasificados

Solución:

  • Revisa cada concepto precargado
  • Corrige inconsistencias antes de enviar la declaración

Error 7: Presentar la declaración sin corregir CFDI

Muchos contribuyentes presentan su Declaración Anual esperando que el SAT “lo ajuste después”.

Esto no ocurre.

Si el CFDI está mal emitido al momento de presentar la declaración, el SAT no lo considerará, y recuperar ese beneficio después suele ser complicado.

Solución:

  • Corrige todos los CFDI antes de presentar la declaración
  • No esperes a abril para revisar tus comprobantes

Checklist rápido antes de tu Declaración Anual 2025

Antes de enviar tu declaración, confirma lo siguiente:

  • Todos los CFDI tienen el uso correcto
  • Ningún gasto deducible fue pagado en efectivo
  • Los CFDI están emitidos a tu RFC
  • No excediste los límites máximos deducibles
  • Revisaste y validaste la información precargada del SAT

Conclusión

La mayoría de los problemas con las deducciones personales no se deben a malas prácticas, sino a detalles técnicos que pueden corregirse con anticipación.

Una revisión oportuna de tus CFDI puede marcar la diferencia entre perder deducciones o recibir un saldo a favor significativo en tu Declaración Anual 2025.

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Hasta la próxima.

Deducciones personales en la Declaración Anual 2025: guía práctica para pagar menos impuestos

Cada año, miles de contribuyentes en México pagan más impuestos de los necesarios por no conocer —o no aplicar correctamente— las deducciones personales permitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Si durante 2024 realizaste gastos médicos, pagaste colegiaturas, intereses hipotecarios o hiciste aportaciones para tu retiro, es muy probable que puedas recuperar parte de ese dinero en tu Declaración Anual 2025.

En este artículo te explicamos qué son las deducciones personales, cuáles aplican y por qué el uso correcto del CFDI es clave para que el SAT las reconozca.

¿Qué son las deducciones personales?

Las deducciones personales son gastos que la ley permite restar de tus ingresos acumulables, reduciendo la base sobre la cual se calcula el Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual.

En términos prácticos, mientras más deducciones personales válidas tengas, menor será el impuesto a pagar o mayor el saldo a favor que puedas obtener.

Sin embargo, no basta con haber realizado el gasto. Es indispensable que el comprobante fiscal digital (CFDI) esté emitido correctamente y con el uso de CFDI adecuado.


La importancia del uso correcto del CFDI

Uno de los errores más comunes es pagar un gasto deducible, pero recibir el CFDI con un uso incorrecto. Cuando esto ocurre, el SAT puede no considerar ese gasto dentro de la Declaración Anual, aun cuando sea totalmente válido.

Para evitarlo, el SAT ha definido usos específicos de CFDI para cada tipo de deducción personal. Estos usos van del D01 al D10 y deben coincidir exactamente con el tipo de gasto realizado.


Principales deducciones personales para la Declaración Anual 2025

A continuación, te explicamos las deducciones personales más comunes y el uso de CFDI correcto que debe aparecer en cada comprobante.


Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios

Uso de CFDI: D01

Incluye gastos como:

  • Consultas médicas
  • Consultas psicológicas
  • Consultas nutricionales
  • Análisis clínicos y estudios de laboratorio
  • Radiografías
  • Cirugías
  • Lentes graduados

Estos gastos deben pagarse mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito, o cheque. Los pagos en efectivo no son deducibles.


Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

Uso de CFDI: D02

Aplica para la compra o renta de aparatos de rehabilitación, prótesis y otros gastos relacionados directamente con una incapacidad o discapacidad.

En algunos casos, el SAT puede requerir documentación médica que respalde este tipo de deducción.


Gastos funerarios

Uso de CFDI: D03

Incluye los gastos funerarios pagados por el contribuyente para sí mismo o para sus dependientes económicos.

Este tipo de deducción cuenta con un límite máximo permitido por la ley.


Donativos

Uso de CFDI: D04

Corresponde a donativos realizados a instituciones autorizadas por la Federación. Es importante verificar que la institución receptora esté debidamente registrada ante el SAT, ya que no todos los donativos son deducibles.


Intereses reales por créditos hipotecarios

Uso de CFDI: D05

Aplica para los intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación.

Generalmente, las instituciones financieras emiten una constancia anual con esta información, pero el CFDI debe estar correctamente clasificado.


Aportaciones voluntarias al Sistema de Ahorro para el Retiro

Uso de CFDI: D06

Incluye las aportaciones voluntarias realizadas a la AFORE o a planes personales de retiro autorizados.

Este tipo de deducción no solo tiene beneficios fiscales, sino también un impacto positivo en la planeación financiera a largo plazo.


Primas por seguros de gastos médicos

Uso de CFDI: D07

Aplica para el pago de primas de seguros de gastos médicos mayores o complementarios, siempre que estén debidamente facturados.


Transporte escolar obligatorio

Uso de CFDI: D08

Es deducible únicamente cuando el transporte escolar sea obligatorio y esté claramente separado en el CFDI.


Depósitos para el ahorro y planes de pensiones

Uso de CFDI: D09

Incluye depósitos en cuentas personales de ahorro y el pago de primas de seguros que tengan como base planes de pensiones o retiro.

Estos esquemas suelen tener reglas específicas de permanencia para conservar el beneficio fiscal.


Pagos por servicios educativos (colegiaturas)

Uso de CFDI: D10

Aplica para el pago de colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato.

Cada nivel educativo tiene un tope anual deducible establecido por la ley.


Recomendaciones antes de presentar tu Declaración Anual 2025

Antes de presentar tu declaración, considera lo siguiente:

  • Revisa que todos tus CFDI tengan el uso correcto
  • Verifica que los comprobantes estén emitidos a tu RFC
  • Confirma que los pagos no se hayan realizado en efectivo
  • Revisa la información precargada en el portal del SAT
  • Corrige cualquier CFDI con errores antes de presentar la declaración

Conclusión

Las deducciones personales son una herramienta clave para reducir la carga fiscal y recuperar impuestos, pero solo funcionan si se aplican correctamente desde el momento en que solicitas tu CFDI.

Una revisión a tiempo puede marcar la diferencia entre pagar impuestos o recibir un saldo a favor en tu Declaración Anual 2025.

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Hasta la próxima.

Nuevas Funcionalidades en Descargar CFDI 2025

El ecosistema de facturación electrónica continúa evolucionando, y con ello las herramientas que utilizamos día a día para mantener nuestros procesos fiscales en orden. 

En esta actualización, nuestra solución estrella: Descargar CFDI integra una serie de mejoras que responden directamente a las diferentes necesidades expresadas por los usuarios. 

A continuación, te presentamos un resumen de las nuevas funcionalidades que ya están disponibles en la nueva versión (2025.11.19). 

Descarga de archivos del SAT con e.Firma
Una de las mejoras más relevantes es la descarga utilizando la e.Firma (FIEL). Esta funcionalidad permite obtener los XML directamente desde el SAT sin necesidad de ingresar la clave CIEC, aprovechando la robusta autenticación que ofrece el certificado y la clave privada. Con ello no solo se incrementa la seguridad del proceso, sino que también se mejora la estabilidad y disponibilidad del servicio, reduciendo errores comunes asociados al método tradicional de contraseña CIEC. 

Esta modalidad es especialmente útil para contribuyentes o despachos que no tienen acceso a la clave CIEC. 

Nuevo Módulo de Respaldos
Otra de las funcionalidades destacadas es el módulo de generación y recuperación de respaldos. Ahora podrás crear un respaldo completo de la configuración del programa y de todos los archivos (XML – PDF) descargados, todo esto con tan solo un clic. 

Este módulo fue diseñado pensando en: 

  • Quienes cambian de computadora
  • Necesitan reinstalar el programa
  • O simplemente buscan mantener un respaldo adicional para mayor seguridad 

El proceso de restauración también ha sido optimizado: podrás recuperar toda tu información en minutos, evitando configuraciones manuales o pérdida de datos. 

Control de errores Críticos
Sabemos lo importante que es garantizar estabilidad al trabajar con datos fiscales. Por ello, esta versión incorpora un sistema de control de errores críticos, capaz de detectar condiciones anormales dentro del programa y avisarte de manera clara, precisa y oportuna. Además, se agregó una sección de copia automática de detalles para facilitar al usuario el envío de información al equipo de soporte en caso de requerir asistencia técnica. 

Con este mecanismo, mejorar la continuidad operativa y reducir el tiempo de diagnóstico se convierte en una tarea mucho más sencilla. 

Resumen
Entre los beneficios principales de esta actualización destacan: 

  • Mayor seguridad al utilizar autenticación con e.Firma.
  • Procesos más estables para descargas masivas.
  • Mejor organización gracias al módulo de respaldos integrado.
  • Identificación temprana de errores críticos.
  • Interfaz clara y mensajes mejorados para orientar al usuario.
  • Mejor rendimiento general en operaciones de descarga y análisis de información. 

Consulta el Historial de Cambios
Si deseas conocer todos los detalles técnicos, ajustes menores, mejoras internas o correcciones adicionales, te recomendamos revisar el historial de cambios completo incluido dentro del programa. Ahí encontrarás información detallada sobre cada actualización, así como notas importantes que pueden ayudarte a aprovechar al máximo cada nueva función. 

¿Quieres aprovechar al máximo todas las novedades? Descarga la nueva versión del programa e instálala directamente sobre la que ya tienes para conservar tu configuración actual. Es un proceso rápido y seguro.  

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Hasta la próxima. 

¿Acuse de la solicitud vs acuse de la cancelación?

¿Cuál es la diferencia entre el acuse de la solicitud de cancelación y el acuse de la cancelación?
En el mundo fiscal mexicano, la cancelación de facturas electrónicas (CFDI) es un procedimiento que debe cumplir con requisitos específicos establecidos por el SAT.

Parte esencial de este proceso son los documentos conocidos como acuse de solicitud de cancelación y acuse de cancelación, cuya diferencia, aunque sutil, tiene implicaciones importantes para el cumplimiento y control contable de los contribuyentes.

¿En qué consisten?
El acuse de la solicitud de cancelación es un comprobante emitido por el SAT que confirma que se ha solicitado la cancelación de un CFDI. Es decir, indica que el emisor ha iniciado formalmente el proceso, ya sea porque el receptor debe aprobar la cancelación o que sea una cancelación directa, esto es, sin aceptación.

Por su parte, el acuse de la cancelación es el documento que acredita que el CFDI ha sido efectivamente cancelado en los registros del SAT. Este puede generarse de manera inmediata (si el receptor no requiere aprobación) o posterior a la aceptación expresa del receptor.

Características principales
Aunque los dos archivos están en formato PDF y de inicio parecen lo mismo, la realidad es que cada uno tiene sus propias características que lo diferente.

Acuse de la solicitud de cancelación:

  • Se genera al enviar la petición de cancelación.
  • Es temporal: no confirma que el CFDI ya esté cancelado.
  • Aplica en facturas que requieren aprobación del receptor o cuando el proceso aún está en trámite.

Acuse de la cancelación:

  • Se genera una vez que el CFDI ha sido efectivamente cancelado.
  • Tiene valor como comprobante final.
  • Es necesario conservarlo como soporte documental ante auditorías.

Diferencias clave

CaracterísticaAcuse de la solicitudAcuse de la cancelación
¿Cuándo se emite?Al solicitar la cancelaciónAl confirmarse la cancelación
¿Es definitivo?No
¿Requiere respuesta del receptor?Puede que síYa se ha recibido (si aplica)
¿Tiene efectos legales finales?No
¿Debe conservarse para efectos fiscales?Sí, pero como evidencia de trámiteSí, como evidencia de cancelación

Beneficios de identificar correctamente cada acuse

  • Evita errores contables al asumir una factura como cancelada cuando aún no lo está.
  • Permite un mejor control fiscal, especialmente en auditorías o revisiones electrónicas.
  • Facilita la gestión interna del CFDI, sobre todo al validar el estatus de cancelación de manera precisa.

Ventajas

  • Mejora la trazabilidad del proceso de cancelación.
  • Disminuye riesgos de sanciones por errores en la presentación de información.
  • Permite automatizar procesos contables, diferenciando claramente el estatus de cada CFDI.

Desventajas

  • Requiere seguimiento adicional cuando se trata de cancelaciones que necesitan aceptación del receptor.
  • Si se confunde uno con otro, puede haber errores de interpretación, lo que impacta en la contabilidad o el cumplimiento fiscal.
  • En algunos casos, puede haber demoras si no se obtiene respuesta del receptor en tiempo y forma o el rechazo de este.

Estos documentos se encuentran dentro de los archivos adicionales (liga a blog) que se pueden descargar y que forman parte adicional de un CFDI.

¿Cómo saber si un CFDI está cancelado?
Existen diferentes formas para saber si un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) se encuentra cancelado o está en proceso de:

Si deseas saber acerca de este y otros archivos adicionales al CFDI, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Archivos adicionales del CFDI

Conclusión
Entender la diferencia entre el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación es fundamental para llevar un control fiscal efectivo y evitar errores que podrían derivarse en observaciones por parte del SAT. Contar con ambos documentos, en su momento adecuado, fortalece la evidencia documental ante cualquier revisión fiscal y asegura que los procesos de cancelación estén correctamente aplicados y respaldados.

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RFC a cuenta de terceros: lo que debes saber

En el mundo contable y fiscal, el uso del RFC a cuenta de terceros es una figura poco conocida, pero sumamente útil para ciertos contribuyentes que gestionan operaciones por cuenta de otras personas físicas o morales.

Esta modalidad permite que un contribuyente emita facturas y realice operaciones fiscales utilizando el RFC de otro, siempre con consentimiento y bajo ciertas condiciones.

¿En qué consiste?
El RFC a cuenta de terceros permite que una persona (intermediario o gestor) actúe en nombre de otra en actos fiscales, tales como la emisión de facturas o la recepción de pagos. En otras palabras, se autoriza que un contribuyente utilice el RFC de un tercero para documentar operaciones que realiza en su representación.

Esta figura es especialmente común en sectores como:

  • Inmobiliario
  • Agencias de viajes
  • Comisionistas
  • Cooperativas
  • Administradores de inmuebles

Características principales
Dentro de las características principales tenemos las siguientes:

  • Solo puede utilizarse con autorización expresa del tercero
  • El uso del RFC se limita a operaciones que realmente corresponden al titular de este
  • Se debe identificar claramente en el CFDI que se actúa por cuenta de un tercero
  • El receptor de la factura también debe estar plenamente identificado
  • Las operaciones deben estar debidamente soportadas con contratos o convenios entre las partes

¿A quiénes aplica?
Este esquema aplica a contribuyentes que:

  • Actúan como intermediarios, comisionistas o gestores
  • Administran recursos o propiedades de otros
  • Venden productos o servicios a nombre de un tercero
  • Participan en consorcios o asociaciones que requieren centralizar operaciones

Beneficios

  • Facilita la operación de negocios que requieren representación de terceros
  • Brinda mayor control y transparencia en la facturación
  • Permite cumplir con obligaciones fiscales de manera ordenada y verificable
  • Evita la creación innecesaria de estructuras fiscales adicionales

Desventajas

  • El uso indebido puede generar sanciones fiscales importantes
  • Requiere de una relación contractual clara y documentada
  • La confusión en la representación puede dar pie a errores contables
  • No todos los sistemas contables permiten manejar adecuadamente esta modalidad

Sustento legal del SAT
El uso del RFC a cuenta de terceros está previsto y regulado por el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) en cuanto a la emisión y requisitos del CFDI y por la Guía de llenado del CFDI publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En particular, se establece que los comprobantes deben indicar de forma clara y precisa que se actúa a nombre de un tercero, detallando la información del representado en los campos correspondientes del CFDI mediante el uso del Complemento por Cuenta de Terceros.

El RFC a cuenta de terceros es una herramienta poderosa cuando se usa correctamente. Es clave contar con asesoría contable adecuada y mantener una documentación impecable para evitar riesgos fiscales. ¿Tu negocio actúa por cuenta de alguien más? Evalúa esta opción con tu contador.

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Hasta la próxima.

Descargar CFDI – Mostrar los conceptos y totales del CFDI

Hemos incorporado, dentro de algunos de los reportes del programa Descargar CFDI, la forma de poder visualizar los conceptos y totales contenidos en los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) ya sean emitidos o recibidos.

Reportes afectados

Dentro de los reportes en los que se incluirán el mostrar los conceptos y totales del CFDI tenemos los siguientes:

Detalle de los conceptos

Es importante mencionar, que dentro de los datos correspondientes al detalle de los conceptos se muestran los siguientes:

  • Consecutivo
  • Cantidad
  • Clave de la unidad del SAT
  • Unidad
  • Descripción de la unidad
  • Clave del producto
  • Descripción del concepto
  • Identificación del concepto
  • Precio unitario
  • Importe
  • Descuento
  • Objeto de impuestos
  • Predial
  • Pedimentos
  • Complemento

Adicional, se mostrarán los siguientes datos:

  • Total de los conceptos mostrados
  • Serie y folio
  • UUID (folio fiscal)

Totales del comprobante

En cuanto a los datos correspondientes a los totales del CFDI se muestran los siguientes:

  • Subtotal
  • Descuento
  • Impuestos trasladados
  • Impuestos retenidos
  • Total

Estos datos, tanto los del detalle de los conceptos como los de los totales del CFDI se muestran en la parte inferior del reporte como se puede observar en la siguiente imagen:

Cabe mencionar que el que se muestren o no estos datos podrá hacerse mediante la selección de la opción “Mostrar los conceptos del comprobante”, la cual se encuentra ubicada en la pestaña de configuración al momento de indicar los parámetros al generar el reporte, como se muestra en la siguiente imagen:

Aún cuando se active el que se muestren los datos y totales del comprobante dentro del reporte, el usuario tendrá una segunda opción que le permitirá ocultarlos y/o volverlos a mostrar, como se muestra en la siguiente imagen:

Sabemos que esta nueva funcionalidad será de gran utilidad para los usuarios, al mostrar el detalle de los conceptos y totales del comprobante, ya sea de forma permanente o en su caso el poderlos ocultar o volver a mostrar de acuerdo con las necesidades de cada usuario.

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Hasta la próxima.

Convierte a Excel los complementos de tus CFDI

En esta ocasión te traemos una excelente noticia, hemos incorporado al programa Descargar CFDI uno de los módulos más solicitado por algunos los usuarios: Complementos del CFDI; y es que mediante este se podrá extraer la información de estos y convertirla a Excel.

En este caso, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea, de analizar y determinar que complementos serían los que se estarían desarrollando, quedando de la siguiente manera:

Complementos desarrollados

Dentro de los complementos analizados y que finalmente fueron contemplados para ser implementados tenemos los siguientes:

  • Aerolíneas
  • Carta porte
  • Certificado de destrucción
  • Compra venta de divisas
  • Consumo de combustibles
  • Donatarias
  • Estado de cuenta bancario
  • Estado de cuenta de combustibles
  • Impuestos locales
  • INE
  • Leyendas fiscales
  • Obras de arte plásticas y antigüedades
  • Pago en especie
  • Persona física integrante de coordinado
  • Prestador de servicios de generación CFDI sistema productivo
  • Registro fiscal
  • Renovación y sustitución de vehículos
  • Servicio parcial de construcción
  • SPEI tercero
  • Turista pasajero extranjero
  • Vales de despensa
  • Vehículo usado

Complementos no incluidos

A continuación, encontrarás el listado de los complementos que no fueron desarrollados en esta versión:

  • Acreditamiento IEPS
  • Comercio exterior
  • Emisión por cuenta de terceros
  • Hidrocarburos
  • Instituciones educativas
  • Notario público
  • Venta de vehículos

Es importante mencionar que los anteriores no fueron incluidos por temas de tiempo, pero que se tiene planeado irlos agregando poco a poco en futuras versiones; por cierto, si requieres hacer uso de alguno de estos, puedes ponerte en contacto con nosotros y con gusto podemos agregarlo lo antes posible.

Nueva opción

Para efecto de poder implementar la obtención de información de los complementos desarrollados, se incorporó dentro del menú principal del programa una opción llamada “Complementos del CFDI” la cual se encuentra ubicada dentro de la sección de “Reportes del CFDI” como se muestra en la siguiente imagen:

Al dar clic en la opción, se desplegará la relación de los complementos que podrás elegir para la generación del reporte correspondiente.

Cabe mencionar que dentro de entre la lista completa de selección se encuentran tanto aquellos complementos desarrollados como los no desarrollados.

Características

La nueva opción para la generación del reporte de alguno de los complementos considera el mismo estándar o característica que se aplica para la definición de los parámetros y configuración de este, esto significa que deberás de indicar:

  • RFC de la empresa
  • Tipo de comprobante (Emitido / Recibido)
  • Efecto del comprobante (Ingreso / Egreso / Traslado) según corresponda con el complemento seleccionado
  • Fecha inicial
  • Fecha final
  • RFC (Cliente o Proveedor) dependerá del tipo de comprobante seleccionado
  • Directorio de ubicación de los XML
  • Mostrar los datos de los CFDI en cada fila (estará disponible dependiendo del complemento seleccionado)
  • Mostrar los conceptos (se mostrarán los conceptos con sus datos en la parte inferior y los totales del comprobante)

De igual forma, este reporte podrá ser exportado a Excel.

Carta Porte
Quisimos hacer una mención especial a este complemento, ya que tiene características especiales que queremos comentar:

  • Complejidad: Consideramos que es el complemento más complejo que ha publicado el SAT, contiene muchos campos nodos y atributos.
  • Cubre muchas áreas: Este complemento maneja mucha información y muchos datos son opcionales, lo que hace que el proceso de extraer toda la información y mostrar la pantalla sea bastante complejo.
  • Versiones: Hasta el momento el SAT ha liberado 4 versiones de este complemento y en algunos casos ha realizado cambios importantes.

Debido a lo anterior, al momento de ofrecer una solución para este complemento, nos enfrentamos a un gran reto que nos obligó a tomar algunas decisiones:

  1. Solo se va a extraer parte de la información contenida en el complemento, lo relacionado al nodo ubicación y mercancía.
  2. Solamente ofreceremos compatibilidad a la versión 3.1 del complemento.

Como punto final de este apartado, nos gustaría comentar, que si requieres algo de la Carta Porte que no esté contemplado en esta versión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para poder apoyarte.

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Hasta la próxima.

Deducciones personales: ahorra en tu declaración anual

¿Qué son las deducciones personales?
Las deducciones personales son aquellos gastos que los contribuyentes, en este caso, personas físicas, pueden restar de sus ingresos acumulables al momento de presentar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Estas deducciones están previstas en la Ley del ISR y tienen como objetivo aliviar la carga tributaria de las personas físicas, incentivando el cumplimiento fiscal mediante el reconocimiento de ciertos gastos indispensables.

Características principales

  • Aplican únicamente a personas físicas (no a empresas).
  • Son válidas exclusivamente en la declaración anual.
  • Los gastos deben estar debidamente comprobados con facturas electrónicas (CFDI).
  • Deben realizarse con medios electrónicos: transferencia, tarjeta o cheque.
  • Tienen un límite máximo deducible que no debe exceder el 15 % del ingreso anual del contribuyente o 5 UMA anuales, lo que resulte menor.

Requisitos para aplicar deducciones
Para que un gasto sea deducible, debe cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser estrictamente indispensable para la persona física.
  2. Estar respaldado con CFDI.
  3. Haber sido pagado mediante medios electrónicos (no en efectivo).
  4. Incluir todos los datos fiscales correctos del contribuyente.
  5. Estar dentro del catálogo de deducciones autorizadas por el SAT.

Beneficios fiscales

  • Reducción del ISR por pagar: Al restar los gastos deducibles, la base gravable disminuye.
  • Devoluciones de impuestos: Si las deducciones superan el ISR causado, puede haber saldo a favor.
  • Planeación fiscal legal: Permite organizar gastos de forma estratégica durante el año.

Desventajas y consecuencias

  • Límites en los montos deducibles: No todos los gastos son deducibles en su totalidad.
  • Riesgo de errores: Facturas mal emitidas o pagos en efectivo invalidan la deducción.
  • Auditorías del SAT: Deducciones indebidas o excesivas pueden detonar revisiones fiscales.
  • No aplica a personas físicas con actividad empresarial bajo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), salvo excepciones.

Lista de deducciones personales autorizadas y su fundamento legal

  1. Gastos médicos, dentales y hospitalarios: Ley del ISR Art. 151, fracción I, incluye consultas médicas, estudios, análisis, cirugías, prótesis, psicología y nutrición.
  2. Gastos funerarios: Ley del ISR Art. 151, fracción II, pagos efectuados por el contribuyente para su cónyuge, padres, hijos o abuelos.
  3. Donativos: Ley del ISR Art. 151, fracción III, donaciones a instituciones autorizadas por el SAT, con un límite del 7 % de los ingresos acumulables.
  4. Intereses reales por créditos hipotecarios: Ley del ISR Art. 151, fracción IV, intereses pagados por créditos destinados a la adquisición de casa habitación (vivienda).
  5. Aportaciones complementarias al retiro (afore o seguros): Ley del ISR Art. 151, fracción V, incentiva el ahorro voluntario para el retiro.
  6. Primas por seguros de gastos médicos: Ley del ISR Art. 151, fracción VI, las primas pagadas a seguros que cubren al contribuyente y a sus dependientes.
  7. Transporte escolar obligatorio: Ley del ISR Art. 151, fracción VII, sólo si es requisito del colegio y está detallado en la factura.
  8. Colegiaturas (deducción limitada): Decreto Presidencial, publicado el 26 de febrero de 2011, aplica en niveles preescolar a bachillerato, con topes según el nivel educativo.
  9. Gastos por discapacidad: Ley del ISR Art. 151, fracción I (cuando aplica), gastos médicos, rehabilitación o educación especial para personas con discapacidad.
  10. Honorarios a enfermeros(as): Ley del ISR Art. 151, fracción I, siempre que estén relacionados con la atención médica del contribuyente o sus dependientes.

Conocer y aplicar correctamente las deducciones personales no solo es un derecho, sino una herramienta clave para optimizar tu situación fiscal. La planeación y el cumplimiento adecuado pueden traducirse en ahorros importantes y en un mayor control sobre tus finanzas personales.

¿Ya estás listo para aprovecharlas en tu próxima declaración?

Material de apoyo
En un artículo anterior, comentamos acerca de videos y cursos, los cuales te pueden ser de gran ayuda para presentar tu declaración anual, por lo que te invitamos a revisarlo; recuerda que esto son totalmente gratuitos:

Material de apoyo gratuito

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Hasta la próxima.

Nuevo portal del SAT: orden y claridad para los contribuyentes

La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) ha renovado su portal web y esta actualización no ha pasado desapercibida, especialmente para quienes gestionan temas contables y fiscales de forma habitual. La nueva versión, más organizada y visualmente clara, promete simplificar la navegación y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de millones de contribuyentes.

¿En qué consiste el cambio?
El rediseño de la página del SAT no es solo un cambio estético. Se trata de una reestructuración profunda que busca mejorar la experiencia del usuario mediante una organización más lógica de los contenidos y un acceso más ágil a los servicios clave. Ahora, los trámites más comunes están mejor categorizados, la búsqueda es más intuitiva y se han eliminado redundancias que complicaban la navegación anterior.

Características principales
Entre los cambios más destacados, encontramos:

  • Menús desplegables, simplificados y organizados por tipo de contribuyente.
  • Acceso directo a servicios como facturación, declaraciones, RFC y citas.
  • Motor de búsqueda mejorado con resultados más precisos.
  • Secciones con lenguaje más claro y menos técnico.
  • Compatibilidad móvil optimizada para dispositivos de todo tipo.

Este rediseño fue pensado no solo para los expertos en contabilidad, sino también para pequeños contribuyentes, emprendedores y público en general que necesita claridad en sus trámites.

Beneficios para los contribuyentes
Uno de los principales beneficios es el “ahorro de tiempo”. Ahora es mucho más fácil ubicar información específica sin tener que recorrer múltiples secciones. Además, la segmentación por perfil de contribuyente permite encontrar rápidamente los servicios relevantes para cada caso, ya seas, persona física, moral, régimen simplificado, etc.

Otro punto fuerte es la “reducción de errores” en los trámites, gracias a instrucciones más claras y una presentación más lógica de las secciones. Esto también se traduce en menos visitas presenciales o llamadas para resolver dudas, fomentando una relación más eficiente entre contribuyentes y la autoridad (SAT).

Desventajas a considerar
Como en todo proceso de transición, la “curva de adaptación” puede ser un desafío, especialmente para usuarios que estaban ya familiarizados con la versión anterior.

Algunos enlaces han cambiado de ubicación y ciertos accesos directos han sido removidos, lo cual puede generar confusión en los primeros usos.

Además, no todas las funcionalidades fueron renovadas al mismo ritmo, por lo que puede haber inconsistencias entre secciones antiguas y nuevas, lo que podría afectar la experiencia de algunos usuarios.

No obstante, a largo plazo, esta reorganización contribuirá a una mejor trazabilidad de la información fiscal, facilitando auditorías internas, revisiones contables y la presentación oportuna de declaraciones.

En conclusión, la nueva página del SAT representa un paso firme hacia la modernización digital del sistema fiscal mexicano. Si bien requiere una fase de adaptación, los beneficios en orden, claridad y accesibilidad superan con creces las desventajas iniciales.

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Hasta la próxima.

SAT – PAC cuya autorización ha quedado sin efectos

En esta ocasión queremos compartir contigo, que de acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) cuya autorización ha quedado sin efectos, siendo este el siguiente:

PAC – AMECAFE
A continuación, te presentamos sus datos originales:

  • Denominación o razón social: Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C.
  • Nombre comercial: AMECAFE
  • Clave del RFC: AMC060516LY7
  • Domicilio fiscal: Calle Tenayuca, Núm. 107, Col. Vértiz Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03600.
  • Sitio en internet: http://www.amecafe.org.mx
  • Fecha de publicación de su autorización: 22/07/2016
  • Autorización SAT: 0227
  • CSD para timbrado: 00001000000504318063

La fecha hasta la cual estuvo vigente su autorización fue el 19 de enero de 2025.

Cabe mencionar que este PAC deberá:

“Abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes”

En esencia ya no podrán seguir ofreciendo sus servicios a nuevos clientes, esto de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., segundo párrafo quienes manifestaron optar por dejar sin efectos su autorización deberá de cumplir con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., apartado C. fracciones I y II de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

RECOMENACION
La recomendación en este caso es que si usabas los servicios de este o cualquier PAC que haya perdido su permiso como proveedor, es contratar el servicio de timbrado con otro proveedor o distribuidor; recuerda que en Facturando ofrecemos un servicio de timbrado Multi PAC, esto significa, que puedes timbrar tus comprobantes a través de cualquiera de los proveedores con los que tenemos alianza.

Servicio de timbrado multi PAC

El contar con un servicio Multi-PAC representan un gran beneficio para tu empresa, ya que, si por algún motivo uno de nuestros proveedores asociados deja de funcionar, puedes continuar timbrado con el otro, esto sin perder los timbres comprados.

ESTADISTICAS
Para finalizar, nos gustaría compartir contigo cómo están actualmente distribuidos los proveedores autorizados de certificación:

  • Número total de PAC – hoy en día existe un total de 51 proveedores de certificación
  • Proveedores a través del adquiriente lo integran 11 proveedores
  • Prestadores del servicio de facturas del sector primario autorizados tenemos solo 1
  • PAC Revocados – en cuanto a los revocados lo integran 17
  • PAC Sin autorización renovada son 19, es decir, que ya no están vigentes
  • Autorización sin efectos, para estos tenemos 5
  • En los que corresponden a los proveedores en liquidación tenemos solo 1

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Hasta la próxima.