CFDI emitido por empresas dadas de baja en el REPSE

¿Qué implicaciones tiene?
En el contexto actual de fiscalización, uno de los temas que ha cobrado relevancia entre los contribuyentes que contratan servicios especializados o ejecución de obras es el uso de CFDI emitidos por empresas dadas de baja en el REPSE. Esta situación puede representar un riesgo fiscal importante, especialmente cuando se desconoce el estatus del proveedor ante este padrón.

¿En qué consiste?
El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es un requisito obligatorio para las empresas que brindan este tipo de servicios conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo tras la reforma en materia de subcontratación. La finalidad es garantizar que estas empresas cumplan con sus obligaciones fiscales y laborales.

Cuando una empresa está dada de baja del REPSE, ya sea por incumplimiento de obligaciones o por decisión de la STPS, sus comprobantes fiscales (CFDI) pierden validez para efectos de deducción de impuestos y acreditamiento del IVA por parte del contratante.

Características principales

  • El REPSE es un requisito legal para ciertos servicios especializados.
  • Las empresas dadas de baja no pueden emitir CFDI válidos para efectos fiscales.
  • El SAT puede rechazar deducciones y acreditamientos vinculados a estos comprobantes.
  • Los contribuyentes son responsables de verificar la vigencia del registro REPSE de sus proveedores.

Requisitos para deducir correctamente
Para poder deducir los pagos y acreditar el IVA correspondientes a servicios especializados, el contratante debe:

  1. Verificar que el proveedor esté vigente en el REPSE
  2. Contar con el contrato de servicios especializados conforme a la Ley.
  3. Asegurarse de que el CFDI cumpla con los requisitos fiscales y legales.
  4. Tener evidencia del cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social del proveedor.

Beneficios de la verificación

  • Evita sanciones y créditos fiscales por deducciones improcedentes.
  • Fortalece el cumplimiento de las obligaciones patronales.
  • Mejora el control de proveedores y mitiga riesgos ante auditorías del SAT o del IMSS.

Desventajas y consecuencias

  • Si el proveedor fue dado de baja, los CFDI emitidos ya no serán válidos para deducir ISR ni acreditar IVA.
  • El SAT puede requerir el pago de impuestos omitidos, recargos y multas.
  • Puede implicar sanciones adicionales si se considera evasión o simulación de operaciones.

Sustento legal
Este criterio se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas:

  • Artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación (CFF): establece que las operaciones con proveedores que no cumplen con sus obligaciones pueden considerarse no deducibles.
  • Artículo 27, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR): señala que para ser deducibles, los gastos deben cumplir con requisitos específicos, incluyendo la legalidad del proveedor.
  • Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA: condiciona el acreditamiento del impuesto al cumplimiento de requisitos por parte del proveedor.
  • Artículo 15, de la Ley Federal del Trabajo: que el contratista cuente con el registro correspondiente.

Conclusión:
Es crucial que, como contribuyente, verifiques periódicamente el estatus REPSE de tus proveedores. La emisión o recepción de un CFDI no garantiza automáticamente su validez fiscal si el emisor ha sido dado de baja del padrón. La prevención, la documentación adecuada y el cumplimiento de los requisitos legales son la mejor defensa ante revisiones del SAT.

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Hasta la próxima.

SAT pone lupa a las tandas: lo que debes saber

SAT pone lupa a las tandas: lo que debes saber

En México, las tandas han sido una forma popular de ahorro colectivo, utilizada por miles de personas como una alternativa al sistema financiero tradicional. Sin embargo, recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comenzado a observar con mayor detenimiento esta práctica, especialmente cuando los montos involucrados son altos o se perciben movimientos bancarios recurrentes. ¿Significa esto que participar en una tanda puede causarte problemas fiscales? Aquí te lo explicamos.

¿En qué consiste una tanda?
Una tanda es una forma de ahorro informal en la que un grupo de personas aporta una cantidad fija de dinero periódicamente (por ejemplo, semanal o mensual) y cada integrante recibe el monto total reunido en un turno preestablecido. Es común entre amigos, familiares o compañeros de trabajo, y se basa en la confianza mutua sin necesidad de contratos formales o intervención de instituciones financieras.

Características principales

  • Participación grupal: involucra a varias personas con un compromiso de pago periódico.
  • Turnos rotativos: cada miembro recibe el total del dinero en un periodo distinto.
  • Sin intereses: no se pagan ni se generan intereses como en los créditos bancarios.
  • Ahorro voluntario: generalmente no tiene regulación formal ni supervisión financiera.
  • Uso común: se utiliza para enfrentar gastos grandes como inscripciones escolares, deudas o emergencias.

Requisitos para formar parte
No existen requisitos formales, pero sí acuerdos previos entre los participantes, como:

  • Compromiso de pago puntual.
  • Selección del orden de turnos.
  • Definición clara de la aportación y la periodicidad.
  • Confianza entre los integrantes.

Beneficios

  • Acceso rápido a dinero: sin necesidad de créditos o historial bancario.
  • Disciplina de ahorro: fomenta el hábito de apartar una cantidad periódicamente.
  • Sin intereses ni comisiones: todo lo que aportas se devuelve en tu turno.
  • Solidaridad comunitaria: fortalece los lazos entre los participantes.

Límites del monto
Aunque no hay un tope legal para los montos en una tanda, el SAT puede intervenir si detecta depósitos frecuentes y elevados en cuentas bancarias que no coincidan con el perfil fiscal del contribuyente. En general, se recomienda evitar que los movimientos superen los $15,000 mensuales sin justificación documental, ya que esto puede activar alertas automáticas en el sistema bancario o fiscal.

Desventajas

  • Falta de respaldo legal: en caso de incumplimiento, no hay forma legal sencilla de recuperar el dinero.
  • Riesgo de fraude: si alguien se retira sin pagar, el grupo queda afectado.
  • No genera rendimientos: a diferencia de instrumentos financieros formales.
  • Vulnerabilidad ante el SAT: si no se declara, puede considerarse ingreso no reportado.

Consecuencias fiscales
El SAT ha reiterado que todos los ingresos deben declararse, incluyendo aquellos obtenidos por medios informales como las tandas. Si se identifican depósitos bancarios que no están respaldados por comprobantes fiscales o no están debidamente declarados, el contribuyente puede ser sujeto de auditoría, multas e incluso recargos por omisión de ingresos.

Sustento legal
La vigilancia se basa en el Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, que faculta al SAT para verificar que los depósitos y movimientos financieros coincidan con los ingresos reportados por los contribuyentes. Además, los bancos están obligados a reportar operaciones inusuales, conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

Conclusión
Aunque las tandas siguen siendo una práctica común y culturalmente aceptada, es importante conocer sus implicaciones fiscales. Si participas en una, lleva un control adecuado y considera declarar los ingresos obtenidos, especialmente si el monto es elevado. Ser transparente con el SAT puede evitarte futuros dolores de cabeza.

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Hasta la próxima.

Deducciones personales: ahorra en tu declaración anual

¿Qué son las deducciones personales?
Las deducciones personales son aquellos gastos que los contribuyentes, en este caso, personas físicas, pueden restar de sus ingresos acumulables al momento de presentar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Estas deducciones están previstas en la Ley del ISR y tienen como objetivo aliviar la carga tributaria de las personas físicas, incentivando el cumplimiento fiscal mediante el reconocimiento de ciertos gastos indispensables.

Características principales

  • Aplican únicamente a personas físicas (no a empresas).
  • Son válidas exclusivamente en la declaración anual.
  • Los gastos deben estar debidamente comprobados con facturas electrónicas (CFDI).
  • Deben realizarse con medios electrónicos: transferencia, tarjeta o cheque.
  • Tienen un límite máximo deducible que no debe exceder el 15 % del ingreso anual del contribuyente o 5 UMA anuales, lo que resulte menor.

Requisitos para aplicar deducciones
Para que un gasto sea deducible, debe cumplir con cada uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser estrictamente indispensable para la persona física.
  2. Estar respaldado con CFDI.
  3. Haber sido pagado mediante medios electrónicos (no en efectivo).
  4. Incluir todos los datos fiscales correctos del contribuyente.
  5. Estar dentro del catálogo de deducciones autorizadas por el SAT.

Beneficios fiscales

  • Reducción del ISR por pagar: Al restar los gastos deducibles, la base gravable disminuye.
  • Devoluciones de impuestos: Si las deducciones superan el ISR causado, puede haber saldo a favor.
  • Planeación fiscal legal: Permite organizar gastos de forma estratégica durante el año.

Desventajas y consecuencias

  • Límites en los montos deducibles: No todos los gastos son deducibles en su totalidad.
  • Riesgo de errores: Facturas mal emitidas o pagos en efectivo invalidan la deducción.
  • Auditorías del SAT: Deducciones indebidas o excesivas pueden detonar revisiones fiscales.
  • No aplica a personas físicas con actividad empresarial bajo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), salvo excepciones.

Lista de deducciones personales autorizadas y su fundamento legal

  1. Gastos médicos, dentales y hospitalarios: Ley del ISR Art. 151, fracción I, incluye consultas médicas, estudios, análisis, cirugías, prótesis, psicología y nutrición.
  2. Gastos funerarios: Ley del ISR Art. 151, fracción II, pagos efectuados por el contribuyente para su cónyuge, padres, hijos o abuelos.
  3. Donativos: Ley del ISR Art. 151, fracción III, donaciones a instituciones autorizadas por el SAT, con un límite del 7 % de los ingresos acumulables.
  4. Intereses reales por créditos hipotecarios: Ley del ISR Art. 151, fracción IV, intereses pagados por créditos destinados a la adquisición de casa habitación (vivienda).
  5. Aportaciones complementarias al retiro (afore o seguros): Ley del ISR Art. 151, fracción V, incentiva el ahorro voluntario para el retiro.
  6. Primas por seguros de gastos médicos: Ley del ISR Art. 151, fracción VI, las primas pagadas a seguros que cubren al contribuyente y a sus dependientes.
  7. Transporte escolar obligatorio: Ley del ISR Art. 151, fracción VII, sólo si es requisito del colegio y está detallado en la factura.
  8. Colegiaturas (deducción limitada): Decreto Presidencial, publicado el 26 de febrero de 2011, aplica en niveles preescolar a bachillerato, con topes según el nivel educativo.
  9. Gastos por discapacidad: Ley del ISR Art. 151, fracción I (cuando aplica), gastos médicos, rehabilitación o educación especial para personas con discapacidad.
  10. Honorarios a enfermeros(as): Ley del ISR Art. 151, fracción I, siempre que estén relacionados con la atención médica del contribuyente o sus dependientes.

Conocer y aplicar correctamente las deducciones personales no solo es un derecho, sino una herramienta clave para optimizar tu situación fiscal. La planeación y el cumplimiento adecuado pueden traducirse en ahorros importantes y en un mayor control sobre tus finanzas personales.

¿Ya estás listo para aprovecharlas en tu próxima declaración?

Material de apoyo
En un artículo anterior, comentamos acerca de videos y cursos, los cuales te pueden ser de gran ayuda para presentar tu declaración anual, por lo que te invitamos a revisarlo; recuerda que esto son totalmente gratuitos:

Material de apoyo gratuito

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Hasta la próxima.

Nuevo portal del SAT: orden y claridad para los contribuyentes

La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) ha renovado su portal web y esta actualización no ha pasado desapercibida, especialmente para quienes gestionan temas contables y fiscales de forma habitual. La nueva versión, más organizada y visualmente clara, promete simplificar la navegación y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de millones de contribuyentes.

¿En qué consiste el cambio?
El rediseño de la página del SAT no es solo un cambio estético. Se trata de una reestructuración profunda que busca mejorar la experiencia del usuario mediante una organización más lógica de los contenidos y un acceso más ágil a los servicios clave. Ahora, los trámites más comunes están mejor categorizados, la búsqueda es más intuitiva y se han eliminado redundancias que complicaban la navegación anterior.

Características principales
Entre los cambios más destacados, encontramos:

  • Menús desplegables, simplificados y organizados por tipo de contribuyente.
  • Acceso directo a servicios como facturación, declaraciones, RFC y citas.
  • Motor de búsqueda mejorado con resultados más precisos.
  • Secciones con lenguaje más claro y menos técnico.
  • Compatibilidad móvil optimizada para dispositivos de todo tipo.

Este rediseño fue pensado no solo para los expertos en contabilidad, sino también para pequeños contribuyentes, emprendedores y público en general que necesita claridad en sus trámites.

Beneficios para los contribuyentes
Uno de los principales beneficios es el “ahorro de tiempo”. Ahora es mucho más fácil ubicar información específica sin tener que recorrer múltiples secciones. Además, la segmentación por perfil de contribuyente permite encontrar rápidamente los servicios relevantes para cada caso, ya seas, persona física, moral, régimen simplificado, etc.

Otro punto fuerte es la “reducción de errores” en los trámites, gracias a instrucciones más claras y una presentación más lógica de las secciones. Esto también se traduce en menos visitas presenciales o llamadas para resolver dudas, fomentando una relación más eficiente entre contribuyentes y la autoridad (SAT).

Desventajas a considerar
Como en todo proceso de transición, la “curva de adaptación” puede ser un desafío, especialmente para usuarios que estaban ya familiarizados con la versión anterior.

Algunos enlaces han cambiado de ubicación y ciertos accesos directos han sido removidos, lo cual puede generar confusión en los primeros usos.

Además, no todas las funcionalidades fueron renovadas al mismo ritmo, por lo que puede haber inconsistencias entre secciones antiguas y nuevas, lo que podría afectar la experiencia de algunos usuarios.

No obstante, a largo plazo, esta reorganización contribuirá a una mejor trazabilidad de la información fiscal, facilitando auditorías internas, revisiones contables y la presentación oportuna de declaraciones.

En conclusión, la nueva página del SAT representa un paso firme hacia la modernización digital del sistema fiscal mexicano. Si bien requiere una fase de adaptación, los beneficios en orden, claridad y accesibilidad superan con creces las desventajas iniciales.

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Hasta la próxima.

SAT – PAC cuya autorización ha quedado sin efectos

En esta ocasión queremos compartir contigo, que de acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria (SAT), el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) cuya autorización ha quedado sin efectos, siendo este el siguiente:

PAC – AMECAFE
A continuación, te presentamos sus datos originales:

  • Denominación o razón social: Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C.
  • Nombre comercial: AMECAFE
  • Clave del RFC: AMC060516LY7
  • Domicilio fiscal: Calle Tenayuca, Núm. 107, Col. Vértiz Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03600.
  • Sitio en internet: http://www.amecafe.org.mx
  • Fecha de publicación de su autorización: 22/07/2016
  • Autorización SAT: 0227
  • CSD para timbrado: 00001000000504318063

La fecha hasta la cual estuvo vigente su autorización fue el 19 de enero de 2025.

Cabe mencionar que este PAC deberá:

“Abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes”

En esencia ya no podrán seguir ofreciendo sus servicios a nuevos clientes, esto de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., segundo párrafo quienes manifestaron optar por dejar sin efectos su autorización deberá de cumplir con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., apartado C. fracciones I y II de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

RECOMENACION
La recomendación en este caso es que si usabas los servicios de este o cualquier PAC que haya perdido su permiso como proveedor, es contratar el servicio de timbrado con otro proveedor o distribuidor; recuerda que en Facturando ofrecemos un servicio de timbrado Multi PAC, esto significa, que puedes timbrar tus comprobantes a través de cualquiera de los proveedores con los que tenemos alianza.

Servicio de timbrado multi PAC

El contar con un servicio Multi-PAC representan un gran beneficio para tu empresa, ya que, si por algún motivo uno de nuestros proveedores asociados deja de funcionar, puedes continuar timbrado con el otro, esto sin perder los timbres comprados.

ESTADISTICAS
Para finalizar, nos gustaría compartir contigo cómo están actualmente distribuidos los proveedores autorizados de certificación:

  • Número total de PAC – hoy en día existe un total de 51 proveedores de certificación
  • Proveedores a través del adquiriente lo integran 11 proveedores
  • Prestadores del servicio de facturas del sector primario autorizados tenemos solo 1
  • PAC Revocados – en cuanto a los revocados lo integran 17
  • PAC Sin autorización renovada son 19, es decir, que ya no están vigentes
  • Autorización sin efectos, para estos tenemos 5
  • En los que corresponden a los proveedores en liquidación tenemos solo 1

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Hasta la próxima.

Curso gratuito – Presenta tu declaración anual sin errores

¿Eres persona física y aún no sabes cómo presentar tu declaración anual de manera correcta? ¡No te preocupes! La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) te invita a un seminario en línea gratuito donde aprenderás, de forma clara y práctica, cómo cumplir con esta obligación fiscal sin complicaciones.

Este evento está diseñado especialmente para personas físicas que obtienen ingresos por salarios, arrendamiento, intereses u otras fuentes, y desean comprender el proceso de la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

A continuación, te contamos todos los detalles que necesitas para aprovechar esta valiosa oportunidad.

¿Quién imparte el seminario?
Este será impartido por la Lic. Samanta Cortez Zapata, funcionaria de la Dirección General de Orientación y Asesoría al Contribuyente de Atención Personalizada de la PRODECON, institución oficial del Gobierno de México especializada en la defensa de los derechos de los contribuyentes.
Importante: Este evento no está organizado ni impartido por Facturando directamente, sino por la PRODECON. Nosotros simplemente te facilitamos la información porque creemos que es un recurso muy útil para ti.

¿Qué aprenderás?
Durante esta sesión práctica conocerás:

  • Cómo ingresar al sistema del SAT para tu declaración anual.
  • Qué información debes tener lista antes de declarar.
  • Qué hacer si tienes ingresos por arrendamiento, intereses bancarios, o diferentes patrones.
  • Cómo revisar si tienes saldo a favor y cómo solicitar la devolución.
  • Los errores más comunes y cómo evitarlos.

Todo explicado paso a paso y con ejemplos reales.

¿Cuándo y dónde?

  • Fecha: 10 de abril de 2025
  • Hora: 17:00 hrs (Tiempo del Centro de México)
  • Modalidad: En línea (Zoom)
  • Costo: Totalmente gratuito

Accede aquí al seminario
Para participar, solo necesitas hacer clic en el siguiente enlace para registrarte y conectarte a través de Zoom el día del evento:

Registrate gratis

Tip: Guarda este enlace en tu calendario para que no se te pase.

¿Por qué asistir?
Porque este tipo de eventos te permite:

  • Cumplir con tus obligaciones fiscales sin estrés
  • Resolver dudas directamente con personal experto de la PRODECON
  • Estar al tanto de tus derechos como contribuyente
  • Obtener información confiable, clara y sin costo alguno
  • Prepararte para futuras declaraciones o devoluciones

Recuerda que hacer una declaración correcta te puede ahorrar tiempo, dinero y dolores de cabeza.

No dejes pasar esta oportunidad. Comparte esta información con quien creas que también puede beneficiarse. ¡Entre más personas informadas, mejor cumplimos todos!

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Material de apoyo gratuito para presentar tu Declaración Anual de personas físicas

Presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una obligación fiscal para millones de personas físicas en México. Para facilitar este proceso, el SAT y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) han publicado material de apoyo que busca orientar a los contribuyentes en la correcta presentación de tu declaración, optimizando tiempos y reduciendo errores.

El material incluye guías prácticas, tutoriales en video, preguntas frecuentes y simuladores que explican paso a paso cómo capturar ingresos, aplicar deducciones personales y verificar que la información precargada sea correcta. Todo este contenido está disponible en los portales oficiales del SAT y de la PRODECON, y se actualiza constantemente para adaptarse a los cambios fiscales más recientes.

¿En qué consiste este material de apoyo?
Se trata de una serie de recursos gratuitos que explican el procedimiento para presentar la declaración anual de las personas físicas. Estos materiales abarcan desde conceptos básicos de impuestos hasta casos específicos, como ingresos por sueldos, honorarios, arrendamiento y actividades empresariales. Además, proporcionan asesoría para identificar errores comunes y cómo corregirlos.

Características principales:

  • Disponibilidad gratuita en línea
  • Lenguaje accesible y ejemplos reales
  • Material multimedia: guías en PDF, videos y simuladores
  • Orientación para distintos regímenes fiscales
  • Actualizaciones conforme a las reformas fiscales

Beneficios del uso del material de apoyo:

  • Mayor claridad sobre los pasos a seguir
  • Reducción de errores que podrían generar multas
  • Ahorro de tiempo al evitar acudir a oficinas físicas
  • Posibilidad de obtener una devolución más rápida y efectiva
  • Asesoría personalizada a través de PRODECON

Desventajas o limitaciones:

  • Requiere familiaridad básica con el uso de plataformas digitales
  • Puede no cubrir casos fiscales muy complejos o atípicos
  • Depende del acceso a Internet y dispositivos electrónicos
  • Algunos términos técnicos podrían requerir interpretación adicional

Material de apoyo del SAT
En lo que respecta al material de apoyo por parte de la autoridad (SAT), tenemos los siguientes tutoriales (videos) en los cuales se explica cómo presentar tu declaración anual 2024 del Impuesto Sobre la Renta (ISR):

Material de apoyo de la PRODECON
Para el caso de la PRODECON, esta institución ha publicado como material de apoyo una guía para presentar tu Declaración Anual 2024; podrás obtener este documento dando clic en la siguiente liga:

Abril 2025 Declara fácil y a tiempo, Declaración Anual – Personas Físicas 2024

Herramienta de apoyo de Facturando
En lo que respecta a Facturando, te ofrece una herramienta con la que podrás apoyarte en obtener información necesaria previa a la presentación de tu declaración anual.

Con Descargar CFDI podrás:

Te invitamos a que hagas uso de nuestra aplicación, la cual podrás descargar y probar por el periodo de 30 días sin costo alguno:

Descargar CFDI gratis por 30 días

En conclusión, el material publicado por el SAT, PRODECON y Facturando representa una herramienta valiosa para los contribuyentes que desean cumplir con sus obligaciones fiscales de forma correcta y oportuna. Aprovechar estos recursos puede marcar la diferencia entre una experiencia sencilla y un proceso complicado.

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Hasta la próxima.

¡Declara a Tiempo! Inicia la Declaración Anual 2024 de Personas Físicas

Con el inicio de abril, comienza oficialmente el periodo para presentar la Declaración Anual 2024 de personas físicas ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria). Esta obligación fiscal permite a los contribuyentes revisar, confirmar y, en su caso, corregir los ingresos y deducciones acumulados durante el ejercicio fiscal 2024. Además de ser un deber legal, es también una oportunidad para obtener saldos a favor si se realizaron deducciones correctamente.

¿En qué consiste la declaración anual?
La declaración anual es un informe que deben presentar las personas físicas ante el SAT para reportar los ingresos obtenidos y deducciones realizadas durante el año fiscal. Esto permite calcular correctamente el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente. El SAT pone a disposición un sistema en línea que facilita el llenado, precargando información como facturas, recibos de nómina y pagos provisionales.

Regímenes fiscales de personas físicas
Dependiendo del tipo de actividad o ingreso, las personas físicas pueden tributar bajo distintos regímenes fiscales. Estos son los principales:

  • Sueldos y Salarios: Para quienes trabajan bajo relación laboral. El patrón retiene el ISR, pero deben declarar si tuvieron ingresos adicionales o si desean deducir gastos personales.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): Dirigido a personas con actividad empresarial o profesional con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos. Se caracteriza por tasas bajas de ISR y facilidad administrativa. Más información del RESICO
  • Actividad Empresarial y Profesional: Para quienes ejercen actividades comerciales, industriales o prestan servicios profesionales de forma independiente. Requiere llevar contabilidad, emitir CFDI y hacer pagos provisionales.
  • Arrendamiento: Aplica a quienes obtienen ingresos por renta de bienes inmuebles. Se pueden deducir gastos relacionados con el mantenimiento y operación del inmueble.
  • Intereses y Dividendos: Para quienes reciben ingresos por inversiones. Aunque los intermediarios financieros retienen impuestos, en algunos casos se debe presentar declaración anual.
  • Enajenación de Bienes y Adquisición de Bienes: Aplica cuando se venden bienes muebles o inmuebles, o se reciben como herencia o donación.

Características principales

  • El portal del SAT precarga automáticamente los CFDI emitidos y recibidos.
  • El uso de e.firma o contraseña es indispensable para ingresar.
  • Se pueden aplicar deducciones personales, como gastos médicos, funerarios, colegiaturas, transporte escolar, entre otros.
  • El sistema permite realizar correcciones antes de enviar la declaración.

Beneficios de presentar tu declaración

  • Posibilidad de obtener una devolución de impuestos si tienes saldo a favor.
  • Te mantiene al día con el SAT, evitando sanciones.
  • Facilita trámites financieros como créditos hipotecarios o automotrices.
  • Puedes corregir errores del año fiscal de forma voluntaria.

Desventajas o riesgos de no presentarla

  • Multas desde $1,810 hasta $38,700 por omisión o errores.
  • Recargos y actualizaciones si se genera un impuesto a pagar y no se presenta en tiempo.
  • Podrías ser sujeto a auditorías o quedar incluido en listas negras del SAT.
  • Pierdes el derecho a recuperar tu saldo a favor.

Consecuencias de una declaración incorrecta
Una declaración incompleta, inexacta o con deducciones indebidas puede derivar en revisiones fiscales, requerimientos, e incluso sanciones. Además, puede afectar tu historial como contribuyente, bloqueando beneficios como devoluciones automáticas o facilidad de trámites ante autoridades.

¿Hasta cuándo puedo presentarla?
La fecha límite para presentar la Declaración Anual 2024 es el 30 de abril de 2025. Se recomienda no esperar al último día, ya que el portal del SAT suele saturarse en los últimos días del mes.

Sustento legal
El marco legal que regula la obligación de presentar la declaración anual incluye:

Prepata tu declaración
En facturando contamos con una solución que te será de gran ayuda a la hora de generar tus papales de trabajo para la declaración provisional o anual; este programa te permite:

Si aún no lo tienes, puedes descargarlo y probarlo por 30 días dando clic en el siguiente enlace:

Descargar CFDI

Conclusión:
La Declaración Anual 2024 es más que un trámite: es tu oportunidad de mantener tus finanzas en regla, aprovechar devoluciones y fortalecer tu historial fiscal. ¡Hazlo con tiempo y gana tranquilidad!

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Hasta la próxima.

SAT amplía horarios para la declaración anual 2024 de personas morales

La temporada fiscal de 2024 está en marcha, y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado una medida clave para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales: la ampliación del horario de atención en sus oficinas físicas para la presentación de la declaración anual de las personas morales. Esta decisión busca atender la alta demanda y brindar mayor apoyo a los contribuyentes en este periodo crucial.

¿En qué consiste la ampliación del horario?
El SAT informó que, del 26 al 28 y el 31 de marzo de 2025, sus oficinas atenderán en un horario extendido de 8:30 a.m. a 6:00 p.m. Esta medida aplica en las 161 oficinas del país y busca reducir tiempos de espera y brindar asesoría personalizada a los contribuyentes.

Características principales

  • Periodo de atención ampliado: del 26 al 28 y el 31 de marzo.
  • Horario: de 8:30 a.m. a 6:00 p.m.
  • Atención presencial con cita previa (se puede agendar en citas.sat.gob.mx).
  • Soporte especializado para personas morales en temas relacionados con declaraciones anuales, deducciones y obligaciones fiscales.

Beneficios para los contribuyentes
Esta medida representa varias ventajas para las personas morales:

  • Mayor accesibilidad y flexibilidad para presentar la declaración en tiempo y forma.
  • Reducción de aglomeraciones y esperas prolongadas.
  • Asesoría directa y personalizada con funcionarios del SAT.
  • Mayor certidumbre fiscal al evitar errores u omisiones en el proceso.
  • Evita multas o sanciones por presentaciones fuera de plazo.

Posibles desventajas
Aunque la medida es positiva, existen algunas limitaciones:

  • Dependencia de citas: la atención sigue sujeta a disponibilidad de agenda.
  • Altos niveles de demanda: es probable que, aun con la ampliación, haya saturación en fechas cercanas al cierre del periodo.

Consecuencias del incumplimiento
No presentar la declaración anual en el plazo establecido puede acarrear consecuencias fiscales importantes:

  • Multas por incumplimiento, que pueden ir desde los $1,560 hasta los $31,740 MXN, dependiendo del caso.
  • Suspensión del sello digital, impidiendo la emisión de facturas.
  • Auditorías y revisiones fiscales por parte del SAT.
  • Riesgo reputacional y posibles afectaciones legales para las empresas.

Fecha límite para presentar la declaración anual
De acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas morales deben presentar su declaración anual a más tardar el 31 de marzo de 2025.

Sustento legal
El fundamento para esta obligación y sus plazos se encuentra en:

Esta ampliación del horario es una excelente oportunidad para cumplir con las obligaciones fiscales sin contratiempos. Si aún no has iniciado tu proceso, te recomendamos agendar tu cita lo antes posible y reunir la documentación necesaria. La prevención y el cumplimiento puntual siguen siendo la mejor estrategia ante el SAT.

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Hasta la próxima.

SAT – Nueva UMA 2025: Impacto Fiscal para Empresas Mexicanas

Cada año, la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) representa un cambio importante en la economía y las finanzas de las empresas mexicanas. La UMA es un referente clave para calcular multas, impuestos, contribuciones y otros conceptos fiscales. Para 2025, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) ha publicado el nuevo valor de la UMA, lo que impactará directamente en la carga fiscal de los negocios.

¿Qué es la UMA y para qué se utiliza?
La UMA es una referencia económica en pesos establecida para determinar el monto de pagos, obligaciones fiscales y sanciones. Desde su creación en 2016, sustituyó al salario mínimo como base de cálculo para fines tributarios y legales, evitando distorsiones en la economía laboral. Las empresas utilizan la UMA principalmente para calcular:

  • Multas administrativas.
  • Impuestos y derechos federales.
  • Cuotas obrero-patronales.
  • Trámites ante autoridades fiscales.

Características principales de la UMA 2025
El valor de la UMA se ajusta anualmente conforme a la inflación y otras variables macroeconómicas.
Para 2025, el INEGI ha establecido los siguientes valores para la UMA, vigentes a partir del 1 de febrero de 2025:

  • Valor diario: $113.14 MXN
  • Valor mensual: $3,439.46 MXN
  • Valor anual: $41,273.52 MXN

Estos valores estarán vigentes hasta el 31 de enero de 2026.

Beneficios de la UMA para las empresas

  • Previsibilidad fiscal: Al estar sujeta a un ajuste anual, permite a las empresas anticipar sus presupuestos y obligaciones fiscales.
  • Estabilidad jurídica: Sustituye al salario mínimo para evitar aumentos abruptos en cargas fiscales.
  • Homogeneidad: Brinda un marco uniforme para diversos cálculos legales y tributarios.

Desventajas para las empresas

  • Incremento en costos fiscales: Con cada actualización, las contribuciones y multas también aumentan, afectando la liquidez.
  • Ajustes administrativos: Las empresas deben actualizar sistemas contables y administrativos cada año para reflejar el nuevo valor.
  • Impacto en contratos: Algunos contratos deben revisarse si contemplan cláusulas relacionadas con la UMA.

Consecuencias del ajuste de la UMA 2025
El incremento de la UMA 2025 provocará un ajuste automático en diversas obligaciones fiscales y administrativas. Por ejemplo, las multas impuestas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o los pagos de derechos ante instancias gubernamentales serán más altos. Además, las cuotas al IMSS y las aportaciones al Infonavit también se verán impactadas.
No aplicar correctamente la nueva UMA puede derivar en sanciones, recargos y problemas de cumplimiento fiscal. Por ello, las empresas deben realizar ajustes a tiempo y revisar con su contador o departamento fiscal el impacto de este cambio.

Fechas clave para las empresas

  • Publicación oficial: 9 de enero 2025 (en el Diario Oficial de la Federación).
  • Entrada en vigor: 1 de febrero de 2025.
  • Vigencia: Hasta el 31 de enero de 2026.

Sustento legal
El cálculo y aplicación de la UMA están regulados por el INEGI y diversas disposiciones fiscales. Además, el SAT es la entidad encargada de vigilar su correcto uso para efectos tributarios.

Consulta del valor de la UMA en el INEGI

Adaptarse a tiempo a la nueva UMA 2025 es clave para garantizar el cumplimiento fiscal y evitar costos adicionales para las empresas.

Es fundamental que las empresas se mantengan informadas y actualicen sus procesos internos para reflejar los cambios en la UMA, asegurando así el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y evitando posibles sanciones.

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Hasta la próxima.