Reporte con el desglose de impuestos del recibo de pago

Como ya es de tu conocimiento, en Facturando contamos con una herramienta llamada Descargar CFDI, la cual te sirve, principalmente, para dos cosas:

  • Descargar, de forma masiva, los archivos XML del servidor del SAT.
  • Por medio de reportes, explotar la información contenida en los mismos.

En esta ocasión hemos agregado un reporte con el objetivo de que puedas conocer todos los impuestos que han sido afectados cuando se realizó el pago de un comprobante que fue emitido como PPD.

Con éste, vas a poder conocer, de forma detallada, cada uno de los impuestos afectados (trasladados y retenidos) por el pago realizado y no solo esto, sino tambien los documentos relacionados que fueron afectados.

Toda esta información puede ser exportada a MS Excel para que puedas usarla como base de tus declaraciones mensuales.

Características del reporte:

A continuación, se describen las caracterices más importes de este:

  • Muestra tanto impuestos trasladados como retenidos
  • No tiene ninguna limitante con respecto a la cantidad o el tipo de impuestos a mostrar.
  • Funciona tanto para recibos de pagos emitidos como recibidos.
  • El reporte puede ser usado tanto para persona física como personas morales.
  • No importa la cantidad de recibos de pago que manejes.
  • Funciona única y exclusivamente con los recibos de pago versión 2.0

Parámetros

Dentro de los parámetros que podrás indicar para la generación del reporte tenemos:

  • RFC – de la empresa
  • Tipo – Indicar el tipo de comprobante (Emitido, Recibido) que será considerado al momento de la generación del reporte
  • Fechas – Periodo de fechas (Inicial y Final) de los CFDIs a considerar
  • Desglosar – Podrás indicar los impuestos a desplegar como:
  • Impuestos de los pagos
  • Impuestos de los documentos relacionados
  • O ambos
  • RFC – Se podrá filtrar el reporte por algún RFC en específico (clientes / proveedores)
  • Directorio – Se deberá de indicar la ubicación física de los archivos XMLs a procesar

Reporte

Una vez concluido el proceso de generación, obtendrás el reporte del desglose de impuestos de los recibos de pago, donde podrás ver:

  • Recibo de pago (UUID, Serie, Folio)
  • Comprobante (Fechas de emisión y timbrado, Estatus)
  • En saso de Cancelación (Fecha, Estatus, Motivo y Proceso de cancelación, Folio de sustitución)
  • Si existen CFDIs relacionados (Tipo, Descripción, UUID)
  • Emisor del recibo de pago (RFC, Razón social)
  • Receptor del recibo de pago (RFC, Razón social)
  • Totales del pago:
  • Impuestos trasladados (Exento, IVA al 0, 8 y 16 %)
  • Impuestos retenidos (IVA, ISR, IEPS)
  • Monto total del pago
  • Datos del Pago (Fecha, Forma de pago, Moneda, Tipo de cambio, Tipo de cadena, Número de operación, Ordenante (RFC, Banco, Número de cuenta), Beneficiario (RFC y Número de cuenta))
  • Desglose de Impuestos del pago:
  • Trasladados (IVA (Exento, 0, 8 y 16%), IEPS (0, 3, 6, … %))
  • Retenidos (ISR, IVA, IEPS)
  • Datos del Documento (UUID, Serie, Folio, Moneda, Tipo de cambio, Parcialidad, Saldo anterior, Importe pagado, Saldo insoluto)
  • Desglose de Impuestos del documento:
  • Trasladados (IVA (Exento, 0, 8 y 16%), IEPS (0, 3, 6, … %))
  • Retenidos (ISR, IVA, IEPS)
  • Proveedor autorizado (RFC, Nombre comercial y Razón social)
  • Ubicación del Archivo XML (Directorio, Nombre de archivo)

Con esta información, podrás saber el detalle de todos los impuestos aplicados en un recibo de pago.

Si deseas tener este y otros reportes, te invitamos a descargar y probar el programa dando clic aquí.

DESCARGAR CFDI

Si tuvieras algún comentario con respecto al presente documento, te invitamos a ponerte en contacto con nosotros al chat que se encuentra disponible en la página de Facturando www.facturando.mx, donde con gusto un asesor te atenderá.

¿Qué es el Objeto de impuesto 05 PODEBI?

Como sabrás, recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una actualización a los catálogos requeridos para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales en su versión 4.0.

Dentro de los cambios realizados, encontramos la adición al catálogo de Objeto de Impuesto de la clave 05 – “Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI.” correspondiente a actividades en PODEBI.

PODEBI

Pero empecemos por saber ¿qué es PODEBI?

Es un decreto que establece estímulos fiscales a los contribuyentes que llevan a cabo actividades económicas productivas dentro de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec (PODEBI).

Beneficios

Dentro de los beneficios que ofrece este decreto tenemos:

  • Un estímulo fiscal en materia de IVA, consistente en un crédito fiscal equivalente al 100% del Impuesto al Valor Agregado que deba pagarse por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
  • El estímulo aplicará durante un periodo de 4 años a partir de la entrada en vigor del decreto
  • Impulsar la competitividad y favorecer la liquidez en la operación de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar.

Requisitos

Para los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar interesados en obtener los beneficios fiscales y facilidades administrativas previstos en el decreto, deberán de cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Contar con título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo para el Bienestar.
  • Presentar, en su caso, el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión a que se refiere la fracción anterior, y
  • Tener su domicilio fiscal en el Polo de Desarrollo para el Bienestar donde desarrollen sus actividades económicas productivas.

Constancia PODEBI

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe emitir la constancia que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos anteriormente, o bien, la resolución de incumplimiento de los mismos, previa opinión emitida por el director general del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec

Actividades económicas

Con respecto a las actividades económicas consideradas dentro de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec (PODEBI) tenemos las siguientes:

  • Eléctrica y electrónica.
  • Semiconductores.
  • Automotriz (electromovilidad).
  • Autopartes y equipo de transporte.
  • Dispositivos médicos.
  • Farmacéutica.
  • Agroindustria.
  • Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
  • Maquinaria y equipo.
  • Tecnologías de la información y la comunicación.
  • Metales y petroquímica.

Zonas PODEBI

Las zonas que comprenden a PODEBI tenemos:

  • Coatzacoalcos I
  • Coatzacoalcos II
  • Texistepec
  • San Juan Evangelista
  • Salina Cruz

Revocación de la constancia

El Decreto establece que los contribuyentes no podrán continuar aplicando los estímulos cuando la constancia quede sin efectos por cancelación o revocación, para lo cual se indica lo siguiente:

Tratándose de revocación, a partir de la fecha en que la SHCP notifique resolución al contribuyente, acerca del incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los lineamientos, sin que el contribuyente solvente dichos incumplimientos.

Cancelación de la constancia

En caso de cancelación, a partir de la fecha en que se dé alguno de los siguientes supuestos:

  • Por liquidación, extinción o quiebra del contribuyente.
  • Revocación de la concesión o esta caduque; cuando se deje de ser propietario de alguna superficie dentro de algún PODEBI.

Si deseas obtener la publicación del decreto PODEBI en el Diario Oficial de la Federación (DOF) te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Decreto PODEBI – DOF

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Hasta la próxima.

Actualización al catálogo para la generación del CFDI 4.0

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) vuelve a llevar a cabo una actualización a los catálogos con fecha 4 de abril de 2024, catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) en su versión 4.0.

Dentro de los cambios detectados, tenemos los siguientes:

Pedimentos

Nuevamente, se detectan cambios al catálogo para los números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, de acuerdo con la nueva actualización de este catálogo por parte de la autoridad (SAT) este pasa a la versión 57.0 con fecha de publicación del 4 de abril de 2024.

A continuación, se relacionan los seis pedimentos adicionados con su respectiva fecha de inicio de vigencia:

Aduana – Patente – Ejercicio – Cantidad – Fecha inicio de vigencia

19 3964 2024 999999 05/04/2024
27 1715 2024 999999 05/04/2024
37 1801 2024 999999 05/04/2024
40 1803 2024 999999 05/04/2024
85 1878 2024 999999 05/04/2024
85 3431 2024 999999 05/04/2024

Cabe mencionar que la publicación de la actualización del catálogo se realiza el día de ayer 4 de abril de 2024, mientras que la fecha de inicio de vigencias de los nuevos pedimentos es a partir del día de hoy 5 de abril de 2024.

Si deseas obtener la nueva actualización del catálogo solo bastará con dar clic a la liga que te compartimos a continuación:

Catálogo del SAT para el CFDI 4.0 v04042024

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Hasta la próxima.

Nueva herramienta para pagos definitivos del IVA

Es de suma importancia que los contribuyentes tengan las herramientas necesarias para poder cumplir con sus obligaciones fiscales en forma y tiempo, es por ello que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a partir del 1 de febrero de 2024, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten sus pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.

Nueva herramienta

En lo que respecta a esta nueva herramienta tenemos que incluye algunas mejoras que facilitarán a los contribuyentes el poder dar cumplimiento a esta obligación fiscal.

De acuerdo con la autoridad (SAT), dentro de las mejoras incluidas en esta nueva herramienta tenemos:

  • Se consolidan en una sola herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General.
  • Rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.
  • Facilita el cumplimiento mediante la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

Pagos definitivos

Pero para tener claro este tema es necesario saber, ¿Qué son los pagos definitivos de IVA?

Los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace mensualmente para informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este impuesto, y el plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Obligados a presentarla

Se recuerda que son sujetos del IVA aquellas personas morales que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios.

Podrás hacer uso de esta nueva herramienta, la cual se encuentra disponible en la siguiente liga:

Declaración de pagos provisionales

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Hasta la próxima.

En este 2024 finaliza el RIF

Como recordarás, el Régimen de Incorporación Fiscal, mejor conocido como RIF, surgió en el año 2014, el cual contemplaba una serie de beneficios y reglas para los contribuyentes; uno de estos beneficios es la permanencia en el mismo durante el periodo de 10 años.

Es por ello por lo que, las personas físicas que comenzaron a tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en el año 2014, debieron de haber cambiado al régimen fiscal que les corresponde a partir del 1 de enero del 2024, toda vez que podían tributar y permanecer en este régimen durante un máximo de diez ejercicios fiscales consecutivos.

El SAT en sus redes sociales señala:

“Si perteneces al Régimen de Incorporación Fiscal y en 2024 cumples 10 años de permanencia en el régimen, debes de presentar tu aviso de actualización de obligaciones desde el portal del SAT.”

Para ello se deberán de realizar los siguientes pasos:

  1. Ingresar a sat.gob.mx
  2. Opción Trámites del RFC
  3. Apartado Actualización en el RFC
  4. Elige Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones
  5. Finalmente selecciona Iniciar

Posteriormente, deberás:

  • Autentícate con tu RFC, Contraseña o e.firma
  • Selecciona tu nuevo régimen
  • Completa el formulario
  • Da clic en Finalizar

En cuanto al fundamento legal, tenemos:

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) vigente para 2021, artículo 111
  • Anexo 1-A – 7 / CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones

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Hasta la próxima.

Declaración anual de Personas Físicas 2023

Como sabrás, las personas físicas deberán de presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023 durante el mes de abril de 2024, esto no quiere decir que debes de esperar hasta el mes de abril para preparar y revisar la información, documentación y todo aquello que requieras para presentarla, sino que desde ya puedes hacerlo.

Con el objetivo de brindar una guía para la presentación de la declaración anual de personas físicas del 2023, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) ha publicado la “Guía Declaración 2023” donde se brindan los pasos a seguir antes, durante y después de presentar su declaración.

De entre los temas que trata la guía tenemos los siguientes:

  • ¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual?
  • ¿Qué información debes de tener para presentar la declaración anual?
  • Consulta de comprobantes fiscales, cuando percibes ingresos distintos a salarios
  • Simulador de declaración anual
  • Revisión de Información precargada
  • Datos informativos obligados que debes declarar
  • Tips fiscales
  • Presenta tu declaración anual 2023
  • En caso de obtener un saldo a favor, ¿Cómo obtener su devolución?

Adicional, se explican algunos conceptos para mayor comprensión como son:

  • ¿Qué es la contraseña?
  • ¿Qué es la e.firma?

Si deseas obtener la guía publicada por la PRODECON, te invitamos a dar clic en la siguiente liga para descargarla:

PRODECON Guía Declaración 2023

Información básica para tu declaración

Uno de los aspectos más importantes cuando estás preparando tu declaración anual, es contar con todos los comprobantes (XML) emitidos y recibidos durante 2023; para esto, en Facturando contamos con un programa (Descargar CFDI), con el cual podrás:

Todo lo anterior aplica para los comprobantes emitidos y recibidos.

El programa no solo se limita a manejar facturas, sino que, también tiene la capacidad de administrar recibos de nómina, donde podrás descargarlos y generar diversos reportes.

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Hasta la próxima.

Cambios a los catálogos para la generación del CFDI 4.0

El pasado 21 de marzo de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lleva a cabo una actualización a los catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) versión 4.0.

Nuestra área de sistemas se dio a la tarea de identificar cuáles fueron estos cambios, los cuales describiremos a continuación:

Pedimentos
En lo que respecta al catálogo para los números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización de este catálogo que pasa a la versión 56.0 con fecha de publicación del 21 de marzo de 2024.

Durante lo de que va del año, este catálogo a tenidos diversos cambios con la adición de las siguientes cantidades de pedimentos con su respectiva fecha de inicio de vigencia, como se muestra a continuación:

Cantidad de pedimentos – Fecha inicio de vigencia
3,588 – 01/01/2024
6 – 26/01/2024
7 – 09/02/2024
8 – 23/02/2024
11 – 08/03/2024
5 – 22/03/2024

Patentes aduanales
Para el caso de este catálogo, la versión del catálogo cambio a la 14.0 con fecha de publicación de este del 07 de marzo de 2024, en donde se detectó la adición de 5 patentes, siendo estas las siguientes:

Patente
1722
1885
1886
6144
6155

Impuestos
Para el tema de los impuestos, se actualizó el catálogo de tasas o cuotas, donde se detectó que el cambio realizado fue en el valor máximo correspondiente al rango de la cuota de la retención de IEPS quedando su valor en 66.506200

Objeto de impuesto
Adicional cabe mencionar la adición de la clave 05 en el catálogo objeto de impuesto, la cual corresponde a:

Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI.

La cual se encuentra vigentes desde 06 de diciembre de 2023.

Catálogos
Si deseas obtener esta nueva actualización de los catálogos, existen dos formas de obtenerlo, la primera es descargándolo directamente del servido del SAT, o la más sencilla, lo puedes descargar usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para obtener el último catálogo:

Catálogo del SAT para CFDI 4.0 v20240321

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Hasta la próxima.

SAT quieres continuar en RESICO

Si eres persona física y durante el ejercicio anterior (2023) tributaste en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te invita a cumplir con tus obligaciones fiscales para que continúes disfrutando de los beneficios que este régimen brinda.

Beneficios

Dentro de los beneficios que ofrece este régimen tenemos:

  • Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
  • Cálculo automático de impuestos.
  • Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
  • Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
  • El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
  • Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

Requisito y obligaciones

Para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deberán de:

  • Estar activos en el RFC.
  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
  • No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
  • Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
  • Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Residentes en el extranjero

Para el caso de aquellas personas físicas que además de residir en el extranjero, tengan:

  • Uno o varios establecimientos permanentes en el país
  • Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
  • Perciban ingresos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR
  • Sean socios o accionistas de personas morales
  • Que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados

No podrán tributar en los términos de este régimen.

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Hasta la próxima.

SAT anuncia el uso de Inteligencia Artificial

Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, dentro de su Plan Maestro para 2024, los aspectos de optimización relacionados con la atención al contribuyente, la recaudación y la fiscalización al contribuyente.

Clasificación de contribuyentes
La autoridad pretende llevar a cabo esta optimización mediante la implementación de modelos de analítica de grafos y machine learning (aprendizaje automático) con el cual:

  • Se van a clasificar a los contribuyentes de riesgo
  • Identificar redes complejas de elusión y evasión fiscal
  • Detectar inconsistencias en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) asociadas con el contrabando y empresas fachada

Mayor fiscalización en más sectores
El uso de esta tecnología se enfocará principalmente en los siguientes sectores:

  • Automotriz
  • Bebidas alcohólicas y cigarros
  • Construcción
  • Farmacéutico
  • Hidrocarburos
  • Logística
  • Plataformas tecnológicas
  • Servicios inmobiliarios
  • Seguros y servicios financieros
  • Y transporte.

De igual forma, se va a fortalecer la fiscalización a:

  • Esquemas de fideicomisos
  • Empresas de intermediación crediticia
  • Revisión a plataformas tecnológicas, de comercio y cobros electrónicos
  • Operaciones de comercio exterior
  • Operativos de combate al contrabando y seguimiento al cumplimiento de obligaciones de controles volumétricos.

Mejoras
De acuerdo con la autoridad (SAT) El Plan Maestro 2024 también establece mejoras para una atención más eficiente en los más de 35 trámites que se realizan de manera presencial, por lo que las solicitudes de citas se atenderán dentro de los primeros 10 días hábiles.

Nuevas oficinas
El SAT abrirá nuevas oficinas de atención en los cinco estados con mayor demanda, con el fin de ampliar la cobertura de los servicios que proporciona, las cuales se sumarán a las 157 que actualmente hay en el país.

Oficinas móviles
De igual forma, se reforzará el programa de Oficina Móvil en las 32 entidades del país para acercar los servicios a lugares de difícil acceso, brindar atención prioritaria a:

  • Migrantes
  • Refugiados
  • Personas de la tercera edad
  • Pueblos originarios
  • Mujeres embarazadas y personas con discapacidad.

Con estas acciones, la autoridad (SAT) no solo mantiene su compromiso de mejorar la recaudación sin la necesidad de crear nuevos impuestos o incrementar los ya existentes, sino que da un paso a la modernización de la gestión tributaria en beneficio de las finanzas públicas.

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SAT mejoras para presentar declaración anual (Personas Morales)

Para aquellos contribuyentes (Personas Morales) que están obligados a presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una serie de facilidades para poder dar cumplimiento con esta obligación, mediante actualizaciones y mejoras realizadas, entre las que tenemos:

  1. Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
  2. Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
  3. Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  4. Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  5. Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023 y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  6. Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  7. Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la Declaración Anual.

Envío de la declaración

De acuerdo con la autoridad (SAT) para poder realizar el envío de la declaración es necesario:

  • Contar con la firma electrónica (e.firma)
  • Estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Cuenta bancaria

Para el caso de obtener un saldo a cargo, es necesario que los contribuyentes personas morales cuenten con un servicio de banca electrónica, con el cual deberá de pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

Finalmente, la autoridad (SAT) reitera su compromiso de mejorar las herramientas para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, y de esta manera, continuar con el objetivo de incrementar la recaudación a niveles históricos, fortaleciendo así la economía mexicana y el bienestar de la población.

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