El SAT elimina la Declaración Informativa Anual de Clientes y Proveedores

Hoy traemos para ti una notifica importante, y aunque no tiene que ver directamente con el tema de la factura electrónica, consideramos que es de gran importancia para todos nuestros clientes, es por eso que hemos decidido publicarla en nuestro blog.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, mediante la publicación del comunicado de prensa 017/2016, de fecha 07 de febrero de 2016, la eliminación de la Declaración Informativa Anual de Clientes y Proveedores, conocida como Forma Oficial 42, a partir de este año, es decir a partir de la declaración correspondiente al ejercicio de 2015 en adelante.

Recordemos que la obligación de presentación de esta declaración anual aplicaba para personas físicas, con información de clientes y proveedores cuyo monto anual fuera igual o superior a $50,000.00. Tratándose de personas morales, estaban obligadas de presentarla en todos los casos.

La declaración se presentaba a más tardar el 15 de febrero de cada año.

La decisión de eliminar su presentación tiene como finalidad facilitar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Dicha facilidad es posible, debido a que toda la información contenida, tanto en las facturas, como en la contabilidad electrónica, presentada por los contribuyentes, es suficiente; evitando con ello, requerir a los mismos, de información o documentos que ya existen en sus bases de datos.

Al eliminar el envío de esta información los contribuyentes estarán agilizando sus tiempos y procesos, viéndose disminuido en su costo.

Cabe mencionar, que en el ejercicio 2015 se recibieron 117,390 declaraciones anuales de este tipo.

Si deseas ver el comunicado de presenta publicado por el SAT, te invitamos a dar clic en la liga que encontrarás a continuación:

Comunicado 017/2016

El SAT podrá seguir ofreciendo este tipo de medidas de simplificación, gracias al empleo de tecnología de vanguardia – como es el tema de los comprobantes fiscales digitales por internet CFDI – ,  todo esto con el fin de que los contribuyentes puedan llevar a cabo el cumplimiento de sus obligaciones de la forma más fácil y rápida.

Estará disponible para su consulta, dentro de la página del SAT (sat.gob.mx), la regla correspondiente a la miscelánea fiscal que exime a los contribuyentes de esta obligación.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Conoce los servicios digitales del SAT

En diciembre pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) impartió una serie de conferencias y talleres, los cuales fueron impartidos en las instalaciones del World Trade Center de la Ciudad de México y cuya finalidad era dar a conocer los diferentes servicios digitales que estará ofreciendo durante el transcurso de este año, es importante comentar que algunos de ellos ya han sido liberados y se encuentran disponibles para el público en general.

Estas sesiones fueron grabadas y puestas a disposición del público través del canal de YouTube del SAT; a continuación, te presentamos los enlaces con los que podrás acceder al video de algunos de los talleres más relevantes que se dieron durante este ciclo de conferencias.

Novedades portal SAT
Conoce las modificaciones que la autoridad hará en su portal y el nuevo buzón tributario, su nuevo diseño orientado a los contribuyentes, con información en un lenguaje simple y adaptable a dispositivos móviles, ver video aquí.

Factura electrónica y contabilidad electrónica
Generalidades en la emisión de una factura electrónica y de la contabilidad electrónica, ver el video aquí.

Cambios relevantes en CFDI 2016
Cambios importantes, el esquema actual y el nuevo esquema en el CFDI para este 2016, si deseas ver la conferencia puedes dar clic aquí.

Sabemos que este punto es de gran importancia para todos nuestros usuarios, es por esto, que hemos creado un artículo independiente, en donde damos a conocer, de forma detallada, cada uno de los cambios que trae el SAT a nivel de CFDI, como son:

La nueva figura para recepción de documentos
Novedades en el CFDI, el modelo de auto facturación y la nueva figura de recepción de documentos electrónicos, puedes ver el video relacionado a este tema aquí.

Peculiaridades del CFDI en gasolineras y los XML volumétricos
Las aplicaciones digitales en las estaciones de servicios (gasolineras) y los controles volumétricos; para ver la conferencia puedes dar clic en la siguiente liga.

Si deseas ver más videos de los distintos talleres, impartidos dentro del Expo Feria Nuevos Servicios Digitales SAT, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

 

Más videos

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Hasta la próxima.

Resumen de los cambios a la emisión de CFDI en 2016

Es de suma importancia el estar bien informado de los cambios que vienen para el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para este 2016, por ello Facturando en su compromiso de mantenerte informado, queremos informarte acerca de estos cambios.

Cabe mencionar que estos cambios no son definitivos y podrían cambiar, hasta no ser publicados de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Complementos
Para el caso de los complementos, se adicional el complemento denominado “Complemento para Pago”, el cual servirá para dar claridad al tema de los pagos realizados en parcialidades, eliminando cualquier duda en cuanto a su generación y uso, trayendo como consecuencia el mejor control de los mismos.

CFDI de nómina 2016
Para el caso del CFDI de nómina, recordemos que actualmente se genera como un complemento en su versión 1.1 dentro del comprobante, pues este va a desaparecer y será sustituido por un nuevo CFDI, dejando a tras el uso del complemento para convertirse en un CFDI propio que ampara pagos por concepto de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio subordinado (nómina). Dentro de los puntos más importantes contemplados en este nuevo CFDI es la inclusión de información sobre pagos por separación, sean del orden de una jubilación o indemnización.

Constancia de retenciones e información de pagos
En lo que respecta a la emisión de comprobantes fiscales digitales a través de internet que amparan retenciones e información de pagos, se mejora la definición de campos existentes y la adición de algunos, los cuales están contenidos dentro del anexo 20.

Anexo 20
En lo que respecta al anexo 20, habrá cambios importantes que impactará en la generación de los comprobantes fiscales digitales, como son:

  • La incorporación de nuevos campos
  • El mejoramiento en la definición de los ya existentes
  • Eliminación de algunos campos
  • y cambios en la forma de validar la información contenida en el CFDI

Los cambios de este anexo requieren de un análisis más a detalle, por lo que te recomendamos leer esto.

Periodo de transición
Una vez que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) haga oficial estos cambios, podría haber un periodo de transición de varios meses, para dejar listas las diferentes soluciones encargadas de la emisión de CFDIs bajo el nuevo estándar, periodo en el cual estarían conviviendo las dos versiones, la versión de CFDI 3.2 que actualmente se usa y la nueva versión para el CFDI 3.3

Es importante mencionar que todos nuestros clientes podrán implementar todas estas actualizaciones de forma transparente y SIN NINGÚN COSTO, ya que al estar vigentes tendrán garantizado cualquier cambio o actualización que la autoridad realice.

Temas relacionados:

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Hasta la próxima.

Envío de la Contabilidad Electrónica para personas físicas

En esta ocasión queremos comentarte que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó el tope de ingresos superiores que condiciona a las personas físicas para llevar a cabo el envío de la contabilidad electrónica a través del buzón tributario.

Anteriormente, la regla decía que las personas físicas con ingresos superiores a 4 millones de pesos anuales, estaban obligadas a enviar la contabilidad electrónica.

Ahora esta regla cambió, quedando que las personas físicas que obtengan ingresos superiores a 2 millones de pesos anuales estarán obligadas a hacer el envío de la contabilidad electrónica a partir de enero de 2016.

Te recomendamos consultar las excepciones que se señalan en la regla 2.8.1.4. referentes a la contabilidad en medios electrónicos.

Esto fue publicado el día de ayer, 29 de septiembre de 2015, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), regla contenida en la CUARTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7, 11, 14, 15, 23 y 26-Bis.

Si deseas ver la publicación en el DOF, la podrás consultar dando clic en la siguiente liga:

DOF 29/09/2015

Queremos aprovechar la oportunidad y recordarte, que contamos con un sistema que te permite validar los archivos de la contabilidad electrónica, con ello estarás garantizando, previo a su envío,  que tus archivos XML estén correctamente generados, evitando el rechazo de los mismos ante el SAT.

En la siguiente liga podrás descargar el validador y lo mejor de todo es que no tiene costo alguno.

Validador CFDI

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Hasta la próxima.

Complemento Certificado de Destrucción

En esta ocasión queremos compartir la publicación que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) hizo con respecto a un nuevo complemento que será utilizado para incorporar la información que integra el certificado de destrucción de vehículos destruidos en los centros de destrucción autorizados por el SAT.

Este complemento aplica para CFDI versión 3.2 y fue publicado el pasado 28 de mayo en la página del SAT.

A continuación mostramos la información que el complemento requiere:

  • Versión
  • Serie de acuerdo al catálogo
  • Número de folio para la destrucción del vehículo

Información del vehículo que se destruyó:

  • Marca
  • Tipo o clase de vehículo destruido
  • Año del modelo
  • Modelo
  • Número de identificación vehicular (NIV)
  • Número de serie de la carrocería
  • Número de placa metálica de identificación del servicio público federal
  • Número de motor
  • Número de folio de la tarjeta de circulación
  • Número de pedimento

Información aduanera cuando se trate de un vehículo importado destruido:

  • Número de documento aduanero
  • Fecha del documento aduanero
  • Aduana

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Factura electrónica en Windows 10

Como sabrás mañana miércoles 29 de julio de 2015 comenzará la distribución, de forma gratuita, de Windows 10, en Facturando cumpliendo con nuestro compromiso de ofrecerte las mejores soluciones en Factura Electrónica, queremos comentar contigo que hemos realizados pruebas con la versión beta de Windows 10 con cada una de nuestras aplicaciones, como son:

  • Validador CFDI – con el que podrás validar la autenticidad de tus facturas emitidas o recibidas.
  • Electronic Document Library (EDL) – librería para implementar generación de CFDI’s a tus desarrollos, sin importar el lenguaje de programación usado.
  • Electronic Document Download (EDD) – librería con la que podrás descargar, de forma masiva, todos los comprobantes emitidos o recibidos directamente de los servidores del SAT.
  • Facturador CFDI – generador de CFDI’s de captura directa

Obteniendo un resultado satisfactorio al funcionar sin problema alguno, con la versión mencionada.

De cualquier manera, estamos a tus órdenes para cualquier comentario que pudieras expresar en cuanto al funcionamiento de nuestras soluciones bajo esta nueva versión de sistema operativo.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento para Renovación y Sustitución de Vehículos

Cumpliendo con nuestro compromiso de tener informados a nuestros clientes, en esta ocasión queremos compartir la publicación que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) hizo con respecto a un nuevo complemento que será utilizado para incorporar la información correspondiente a los estímulos por la renovación del parque vehicular de autotransporte y por el que se otorgan medidas para la sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje y carga.

Este complemento aplica para CFDI versión 3.2 y fue publicado el pasado 28 de mayo en la página del SAT.

A continuación mostramos la información que el complemento requiere:

  • Versión
  • Tipo de decreto

Datos del decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte:

  • Vehículo enajenado (de acuerdo con el catálogo 2)

Datos del vehículo usado que enajena el permisionario a cuenta del precio del vehículo nuevo o seminuevo:

  • Precio del vehículo usado
  • Tipo de vehículo (de acuerdo con el catálogo 3)
  • Marca
  • Tipo o clase de vehículo usado
  • Año del modelo
  • Modelo
  • Número de identificación vehicular (NIV)
  • Número de serie de la carrocería
  • Número de placa metálica de identificación del servicio público federal
  • Número de motor
  • Número de folio de la tarjeta de circulación
  • Número de pedimento
  • Aduana
  • Fecha del pedimento
  • Número de folio fiscal del CFDI expedido por el centro de destrucción autorizado

Datos del vehículo nuevo o seminuevo que enajena el fabricante:

  • Año del modelo
  • Modelo
  • Número de placa metálica de identificación del servicio público federal
  • Clave del registro federal de contribuyente del arrendatario

Datos aplicables al estimulo por la aplicación del decreto por el que se otorgan medidas para la sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje y carga:

  • Vehículo enajenado (de acuerdo con el catálogo 2)

Datos del vehículo usado que enajena el permisionario:
Precio del vehículo usado

  • Tipo de vehículo (de acuerdo con el catálogo 4)
  • Marca
  • Tipo o clase de vehículo usado
  • Año del modelo
  • Modelo
  • Número de identificación vehicular (NIV)
  • Número de serie de la carrocería
  • Número de placa metálica de identificación del servicio público federal
  • Número de motor
  • Número de folio de la tarjeta de circulación
  • Número de folio del acuse de recibo del aviso de intención para acceder al programa de destrucción
  • Número de documento aduanero
  • Aduana
  • Fecha del pedimento
  • Número de folio fiscal del CFDI expedido por el centro de destrucción autorizado

Datos del vehículo nuevo o seminuevo que enajena el fabricante al permisionario:

  • Año del modelo
  • Modelo
  • Número de placa metálica de identificación del servicio público federal
  • Clave del registro federal de contribuyente del arrendatario

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Amplia el SAT la fecha de entrega de la contabilidad electrónica

El día de ayer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió el comunicado número 043, en el cual hace del conocimiento de los contribuyentes la ampliación a la fecha de entrega de la contabilidad electrónica correspondiente al catálogo de cuentas y la balanza de comprobación de los meses de enero y febrero, información que podrá ser enviada mediante el uso del buzón tributario a la autoridad a más tardar el 30 de abril de 2015, esto con la finalidad de brindar el tiempo suficiente para la generación de los archivos a enviar.

Si deseas conocer la publicación del comunicado, te invitamos a descargar el documento oficial.

Comunicado 2015_043

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Hasta la próxima.

Prórroga en el envío de la Contabilidad Electrónica

En esta ocasión queremos comentarte que el día de hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha extendido la fecha para llevar a cabo el envío del catálogo de cuentas y la balanza de comprobación a más tardar los días 3 y 7 del mes de abril, tanto para las personas morales como físicas respectivamente.

Adicional a ello, lo que respecta a los archivos de las pólizas y auxiliares de cuenta, éstos deberán generarse con información correspondiente a operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para ser entregadas cuando la autoridad lo requiera, con posterioridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, para personas morales o físicas, respectivamente.

Recuerde que la información de las pólizas solo serán enviadas cuando el SAT requiera de verificar información contable o la procedencia en el caso de devoluciones y compensaciones.

Si deseas ver el comunicado que el SAT emitió con respecto a ésta prórroga, lo podrás descargar dando clic en la siguiente liga:

Comunicado de prensa

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios al catálogo de percepciones en recibos de nómina

En nuestro compromiso de mantenerte informado, en esta ocasión hablaremos acerca de los nuevos tipos de percepciones adicionados por el Servicio de Administración Tributaria  (SAT) para la generación de recibos de nómina.

Dentro del catálogo de percepciones se adicionaron las claves:

  • 040 – Ingreso pagado por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades para estatales y paramunicipales con ingresos propios.
  • 041 – Ingreso por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales con ingresos federales.
  • 042 – Ingreso por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales con ingresos propios y federales.

Estas nuevas claves aplican para aquellas entidades federativas, organismos autónomos y entidades para estatales y paramunicipales, que realicen pagos al trabajador o asimilado a salarios ya sean con ingresos propios o federales, o la combinación de estos (mixtos).

Si deseas consultar el catálogo de claves actualizado para la generación de recibos de nómina te invitamos a descargarlo dando clic a la siguiente liga:

Descargar los catálogos de nómina

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Hasta la próxima.