El control de asistencia cobra nueva importancia con la reforma de la jornada laboral. Si tu empresa utiliza hojas de Excel, listas en papel o relojes checadores, seguramente te preguntas si podrás seguir utilizándolos en 2027 o tendrás que invertir en un sistema diferente.
La respuesta requiere distinguir dos cosas: lo que ya establece la ley y los detalles operativos que todavía debe definir la autoridad. Cambiar de herramienta sin conocer esa diferencia puede generar gastos innecesarios.
¿Qué exige la reforma sobre el control de asistencia?
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026 incorporó a la Ley Federal del Trabajo la obligación de registrar electrónicamente el inicio y el final de la jornada de cada trabajador y entregar esa información a la autoridad cuando la solicite.
La reforma también reduce gradualmente la jornada semanal: el límite es de 48 horas en 2026, bajará a 46 en 2027 y llegará a 40 en 2030. No significa que las empresas deban operar ya con jornadas de 40 horas.
El decreto prevé que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita disposiciones generales sobre el ámbito de aplicación y las excepciones del registro electrónico, con entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2027. Al 13 de octubre de 2026, no encontramos publicadas esas disposiciones específicas.
¿Seguirán sirviendo Excel, el papel y los relojes checadores?
Una lista en papel no constituye por sí misma un registro electrónico. Excel permite guardar información digital, pero eso no garantiza que cumpla con las condiciones que establezca la STPS. En el caso de los relojes checadores, habrá que revisar qué información generan, cómo la conservan y si cumplen las reglas aplicables. Digitalizar el control de asistencia no equivale automáticamente a cumplir.
Esto no significa que los controles manuales pierdan automáticamente su valor como evidencia. El artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo contempla conservar y exhibir controles de asistencia cuando se llevan en el centro de trabajo. Su posible valor probatorio y el cumplimiento de la obligación de registro electrónico son asuntos distintos.
Además, la reforma señala que el contenido del registro electrónico hará prueba plena cuando se acredite que fue acordado entre trabajador y empleador. Comprar un programa, por sí solo, no satisface necesariamente esa condición.
¿Cómo preparar tus registros antes de 2027?
Mientras se publican las disposiciones, la empresa puede revisar sus procedimientos actuales sin comprometerse todavía con una tecnología específica:
- Identifica si cada registro permite conocer quién trabajó y a qué hora comenzó y terminó su jornada.
- Comprueba si puedes recuperar el historial y explicar correcciones, ausencias o incidencias.
- Compara las horas registradas con turnos, autorizaciones de tiempo extra y pagos de nómina.
- Documenta quién administra la información, cómo se resguarda y cómo se comunica el procedimiento al personal.
Estas son recomendaciones de organización; no son una lista de requisitos técnicos emitidos por la STPS. Para revisar también los ajustes de horarios y turnos, te recomendamos nuestro artículo sobre la jornada laboral de 40 horas.
Antes de invertir en un sistema nuevo
El objetivo no es comprar el software más costoso, sino tener un control de asistencia confiable y poder consultar los registros cuando hagan falta. Revisa primero las debilidades del proceso actual y después contrasta las herramientas disponibles con las disposiciones oficiales que publique la STPS.
Así podrás decidir si basta con mejorar tu control de asistencia o si necesitas cambiar de sistema. Y para mantenerte informado sobre novedades laborales, de nómina y cumplimiento empresarial, te invitamos a suscribirte a nuestro canal de YouTube.