SAT: Listas negras en números

Como recordarás existen las listas negras del SAT y en esta ocasión describiremos en números como se componen, no sin antes empezar por:

Actualización de las listas negras
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lleva a cabo la actualización de las listas negras, tanto la correspondiente al artículo 69 (incumplidos) como la del artículo 69-B (operaciones inexistentes), cada tres meses.

Listas negras en números
Es de interés el saber cómo están integradas las listas negras del SAT, por lo que fueron analizadas detalladamente, obteniéndose la siguiente información:

Contribuyentes incumplidos
En lo que respecta a la lista más reciente de contribuyentes incumplidos, publicada por el SAT el día 7 de noviembre de 2019, está integrada por 427,313 registros.
Del total de registros, 248,202 corresponden a personas físicas y 125,246 a personas morales, encontrándonos con 51,734 RFCs duplicados.
Con respecto al contribuyente más antiguo este fue publicado el 1 de enero de 2014, mientras que el más reciente el 16 de marzo del presente año.
A continuación, describiremos como están integradas tomando en cuenta el supuesto en el que se encuentra cada contribuyente:

  • Exigibles 10,768
  • Firmes 259,086
  • Sentencias 397
  • Condonados 11,405
  • No localizados 59,150
  • Cancelados 86,392
  • Retorno de inversión 73

Actualmente esta lista tiene un tamaño de 30,372 KB.

Contribuyentes con operaciones inexistentes
En el listado correspondiente a la lista negra del SAT de operaciones inexistentes, sustentado por el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), tenemos que esta integrada por 2,318 registros que corresponde a personas físicas, mientras que 8,401 registros pertenecen a personas morales, llegando a un total de 10,744 registros.
En cuanto al número de registros duplicados se localizaron 50 registros, mientras que 25 corresponden a RFCs duplicados.
No encontramos con que el contribuyente publicado más antiguo fue 10 de enero de 2014 y el más reciente el 1 de septiembre de 2019.
De igual forma, desglosaremos el total de registros dependiendo de la situación en que se encuentra cada contribuyente:

  • 1,177 presuntos
  • 263 que desvirtuaron los hechos que se les imputan
  • 8,961 definitivos que son considerados como simuladores de operaciones
  • 341 sentencias favorables

El tamaño que ocupa actualmente este archivo es de 2,233 KB.

Finalmente, es de suma importancia saber que los delitos por defraudación fiscal, como lo es la simulación de operaciones, se sancionan con tres meses a nueve años de prisión, dependiendo del monto defraudado, mientras que el adquirir un comprobante fiscal falso se sanciona con tres meses a siete años de prisión.

Te invitamos a descargar la versión básica, la cual no tiene costo, dando clic en el siguiente enlace:

SOFTWARE PARA CONSULTA
DE LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Qué es la lista negra del SAT? Guía de los artículos 69, 69-B, 69-B Bis y 49 Bis

Escuchar que un cliente o proveedor apareció en la lista negra del SAT puede generar preocupación inmediata. El problema es que esa expresión se utiliza para hablar de varias publicaciones diferentes y no todas significan lo mismo.

Un RFC puede aparecer por su situación fiscal, por operaciones presuntamente inexistentes, por transmisión indebida de pérdidas fiscales o porque el SAT determinó que ciertos CFDI son falsos.

Por eso, antes de cancelar una relación comercial, rechazar facturas o corregir declaraciones, conviene responder primero una pregunta:

¿En qué lista aparece el contribuyente y bajo qué artículo?

En esta guía te mostramos el mapa completo y te llevamos al artículo especializado de cada caso.

¿Qué es la lista negra del SAT?

“Lista negra del SAT” no es el nombre legal de una sola base de datos. Es una expresión de uso común para referirse a distintas publicaciones realizadas por la autoridad con fundamento en el Código Fiscal de la Federación.

Cada artículo tiene motivos, procedimientos y consecuencias diferentes.

Para entenderlas de forma sencilla, podemos agruparlas en cuatro publicaciones principales:

  • Artículo 69: contribuyentes publicados por diversos supuestos relacionados con su situación fiscal.
  • Artículo 69-B: operaciones presuntamente inexistentes.
  • Artículo 69-B Bis: transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales.
  • Artículo 49 Bis: CFDI determinados como falsos.

El portal de Datos Abiertos del SAT concentra actualmente archivos correspondientes a los artículos 69, 69-B y 69-B Bis.

Artículo 69: contribuyentes incumplidos

El artículo 69 permite publicar el nombre o razón social y RFC de contribuyentes ubicados en alguno de los supuestos establecidos por el Código.

Aquí pueden aparecer, entre otros, contribuyentes con créditos fiscales firmes o exigibles, no localizados y otros casos específicos.

La idea importante es:

Aparecer en el artículo 69 no significa automáticamente emitir facturas falsas.

Si encuentras a un proveedor en esta publicación, primero debes identificar el motivo exacto.

En nuestro artículo especializado explicamos los diferentes supuestos y qué revisar antes de tomar decisiones. Lista de contribuyentes incumplidos del SAT: qué significa el artículo 69

Artículo 69-B: operaciones inexistentes

El artículo 69-B es el que tradicionalmente se relaciona con EFOS y operaciones inexistentes.

El SAT puede presumir la inexistencia de operaciones cuando detecta que un emisor no cuenta con activos, personal, infraestructura o capacidad material —directa o indirecta— para realizar lo facturado, o cuando se encuentra no localizado.

Aquí el estatus resulta fundamental. Un contribuyente puede aparecer como:

  • presunto;
  • desvirtuado;
  • definitivo;
  • o contar posteriormente con sentencia favorable.

Por eso:

presunto no significa definitivo.

Nuestra guía del artículo 69-B explica el procedimiento, los plazos y qué ocurre cuando un proveedor queda definitivo. Lista de operaciones inexistentes del SAT: qué significa el artículo 69-B

También contamos con un artículo específico para entender la diferencia entre quien emite y quien utiliza comprobantes relacionados con operaciones simuladas. EFOS y EDOS: qué son, diferencias y riesgos para tu empresa

Artículo 69-B Bis: pérdidas fiscales

El artículo 69-B Bis tiene un propósito completamente distinto.

Se relaciona con casos en los que el SAT presume una transmisión indebida del derecho a disminuir pérdidas fiscales dentro de determinadas reestructuraciones, fusiones, escisiones o cambios de accionistas y bajo alguno de los supuestos establecidos por el propio Código.

Tener pérdidas fiscales no es irregular por sí mismo.

Tampoco una reestructura empresarial activa automáticamente este procedimiento.

En nuestro artículo especializado explicamos los seis supuestos, los plazos para desvirtuar la presunción y qué ocurre cuando el contribuyente termina publicado definitivamente. Lista negra del SAT por pérdidas fiscales: cómo funciona el artículo 69-B Bis

Artículo 49 Bis: CFDI falsos

Desde 2026 debemos agregar otra publicación al mapa.

El artículo 49 Bis creó una visita domiciliaria especial para revisar si determinados CFDI amparan operaciones existentes y verdaderas o actos jurídicos reales.

Si el emisor no logra desvirtuar la presunción, la autoridad puede determinar que esos comprobantes son falsos con efectos generales y posteriormente publicar el nombre y RFC del contribuyente.

Para el receptor existe una consecuencia especialmente importante: si dio efectos fiscales a esos comprobantes, debe revertirlos mediante una declaración complementaria dentro del plazo previsto por el Código.

El artículo 49 Bis no es lo mismo que el 69-B.

En nuestra guía explicamos sus diferencias y lo que debe revisar quien encuentre publicado a uno de sus proveedores. Artículo 49 Bis: nueva lista negra del SAT por CFDI falsos

¿Cómo consultar las listas negras del SAT?

Para revisar uno o pocos RFC, puedes consultar directamente la información publicada por el SAT.

Su portal de Datos Abiertos permite descargar archivos correspondientes a los artículos 69, 69-B y 69-B Bis. Consulta los Datos Abiertos del SAT

Para el artículo 49 Bis, Facturando mantiene por separado un archivo consolidado que facilita la consulta de las publicaciones realizadas hasta el momento. Descarga gratis la lista consolidada del artículo 49 Bis.

La dificultad aparece cuando necesitas revisar cientos o miles de proveedores y repetir el proceso periódicamente.

Revisa proveedores con Lista Negra (EFOS) de Facturando

Con Lista Negra (EFOS) de Facturando puedes automatizar la revisión de clientes y proveedores contra las publicaciones de los artículos 69, 69-B y 69-B Bis. Conoce Lista Negra (EFOS) de Facturando

El programa permite:

  • buscar por RFC o razón social;
  • importar RFC desde Excel para realizar consultas masivas;
  • revisar archivos XML relacionados;
  • identificar contribuyentes encontrados;
  • exportar los resultados a Excel.

Estas funciones coinciden con la información vigente publicada para el programa.

Para el artículo 49 Bis contamos actualmente con el Excel consolidado gratuito como recurso independiente.

El objetivo de estas herramientas no es considerar automáticamente riesgoso a cualquier contribuyente publicado. Su función es detectar coincidencias para que puedas investigar qué ocurrió y concentrarte en los casos que realmente requieren atención.

Lista Negra (EFOS) cuenta actualmente con una Demo de 15 días.

¿Qué hacer si encuentras un RFC?

Antes de tomar una decisión:

  1. Confirma el RFC para evitar errores por contribuyentes con nombres similares.
  2. Identifica el artículo en el que aparece.
  3. Revisa el motivo o estatus, cuando corresponda.
  4. Localiza las operaciones y CFDI relacionados.
  5. Conserva evidencia de la consulta y de la fecha en que fue realizada.
  6. Analiza las consecuencias concretas con el responsable fiscal o asesor de la empresa.

Encontrar un RFC en la lista negra del SAT debe entenderse como una alerta para investigar, no como una conclusión automática.

Conclusión

Hablar de la lista negra del SAT como si fuera una sola lista puede llevar a decisiones equivocadas.

El artículo 69 contempla distintos supuestos relacionados con la situación fiscal del contribuyente. El 69-B aborda operaciones presuntamente inexistentes. El 69-B Bis se relaciona con la transmisión indebida de pérdidas fiscales. Y el 49 Bis incorpora un procedimiento específico para CFDI falsos.

Por eso, el primer paso no es preguntar solamente:

“¿Está en la lista negra?”

La pregunta correcta es:

“¿En cuál lista aparece y qué significa esa publicación?”

Cuando el volumen de proveedores crece, automatizar la consulta permite dedicar menos tiempo a buscar RFC y más a analizar las coincidencias que realmente necesitan atención.

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Temas relacionados

  1. ¿Qué es la lista negra del SAT? — Estás aquí.
  2. Lista de contribuyentes incumplidos del SAT: qué significa el artículo 69
  3. Lista de operaciones inexistentes del SAT: qué significa el artículo 69-B
  4. EFOS y EDOS: qué son, diferencias y riesgos para tu empresa
  5. Lista negra del SAT por pérdidas fiscales: cómo funciona el artículo 69-B Bis
  6. Artículo 49 Bis: nueva lista negra del SAT por CFDI falsos
  7. Artículo 49-Bis del CFF: auditoría exprés, plazos y riesgos

FACTURANDO: Soporte a clientes en diciembre de 2019

Estimado Usuario:

Con motivo de movimientos internos dentro de Facturando queremos informarte acerca de como se estará prestando el servicio de atención a clientes para el periodo comprendido del 26 de diciembre de 2019 al 6 de enero de 2020, correspondiente al periodo vacacional de invierno, quedando de la siguiente manera:

Fecha: 26-Dic-2019 a 30-Dic-2019

Descripción del servicio:
Se dará servicio de atención al cliente, de soporte técnico básico, solo por el Chat

Fecha: 31-Dic-2019 al 5-Ene-2020

Descripción del servicio:
No habrá servicio

En lo que respecta a:

  • Asignación de timbres
  • Generación de licencias
  • Y otras …

Éstas tomarán más tiempo de lo normal, por lo que te pedimos tomar en cuenta dicha situación.

El servicio se reanudará de forma normal el día 6 de enero de 2020, en un horario de lunes a viernes de 9 a.m. a 2 p.m. y de 3 p.m. a 6 p.m.

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Hasta la próxima.

SAT: Inconsistencias en la cancelación de un CFDI

En esta ocasión queremos compartir contigo algunas de las inconsistencias detectadas en la nueva forma de cancelación de Comprobantes Digitales a través de Internet (CFDI) por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Como recordarás esta nueva forma de cancelación tiene la finalidad de proteger a los contribuyentes receptores contra la cancelación indebida o con dolo de facturas que amparan operaciones que realmente se realizaron e incluso que fueron pagadas.

Respuesta de cancelación
Cuando realizas la cancelación de un comprobante, se siguen los siguientes pasos en forma general:

  • Se envía la solicitud de la cancelación al PAC.
  • El PAC recibe la solicitud, generar un archivo XML y se lo envía al SAT.
  • El SAT recibe dicho archivo, lo procesa y retorna al PAC otro archivo XML llamado el acuse de solicitud de cancelación.

El acuse de cancelación
Este archivo es de gran importancia, porque nos indica si la solicitud fue recibida o en su caso si existió un error.

Si deseas conocer un poco más acerca del mismo te invitamos a leer este artículo.

Este archivo contiene, entre otras cosas, un estatus, el cual nos indica que sucedió con la petición de cancelación que realizamos; a continuación, enlistamos los posibles valores que puede tener el estatus y su significado:

  • 201 – Fue recibida la petición para cancelar el UUID
  • 202 – El UUID fue previamente cancelado
  • 203 – El UUID no corresponde con emisor el emisor de este
  • 204 – El UUID no aplica para ser cancelado
  • 205 – El UUID no existe

La lógica nos dice que sólo se puede tener certeza de que un CFDI fue cancelado cuando el estatus contenido en el acuse es 201 o 202, pero esto en la práctica no es verdad.

Inconsistencia
Para demostrar las inconsistencias en la cancelación de un CFDI por parte del SAT, tenemos el siguiente caso real:

Se tiene un recibo de nómina emitido en el mes de agosto del presente año, como recordarás un recibo de nómina por su naturaleza tiene como estatus de cancelación “Cancelable sin aceptación”, es decir, que no se requiere de la aceptación por parte del receptor, por lo que la cancelación del mismo debería de ser inmediata, para ello se llevó a cabo la solicitud de cancelación en el mes de octubre, obteniéndose dentro del acuse de cancelación como estatus del UUID el código 201, el cual corresponde a un CFDI cancelado con éxito, pero cual es nuestra sorpresa que al día de hoy, encontrándonos en el mes de diciembre, el recibo de nómina se encuentra con estado del CFDI como Vigente.

Pasos por seguir
Tomando como base, el caso real que te presentamos en el apartado anterior, te sugerimos las siguientes acciones:

  • Puedes volver a enviar a cancelar el CFDI, en algunos casos, después de un segundo o tercer intento el comprobante finalmente aparece como cancelado en el SAT.
  • En caso de no funcionar el punto anterior, te sugerimos levantar una aclaración directamente ante el SAT, para obtener respuesta a la cancelación del CFDI en cuestión.

Recomendaciones
Para la cancelación de cualquier tipo de comprobante te recomendamos:

  1. Antes de iniciar el proceso, verificar el estatus de cancelación del UUID, esto con la finalidad de comprobar si es posible cancelarlo.
  2. Una vez realiza la solicitud de cancelación, verificar el estatus contenido dentro del acuse de cancelación, para que puedas saber si se generó algún problema en el proceso de cancelación.
  3. Verificar en el SAT el estatus del CFDI, con el objetivo de corroborar que realmente haya sido cancelado el comprobante.

En caso de que no tengas acceso al acuse de cancelación, puedes descargar éste directamente del sitio del SAT, lo vas a encontrar como “Acuse de status final”.

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Hasta la próxima.

Actualización a los catálogos de nómina

El pasado 5 de diciembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó una actualización a los catálogos utilizados en la emisión de los comprobantes correspondientes a los recibos de nómina que le emites a tus empleados.
A continuación, describiremos los cambios realizados por la autoridad, siendo éstos los siguientes:

Catálogo régimen fiscal
En lo que respecta al catálogo de régimen fiscal, las claves que se adicionaron fueron las siguientes:

Persona moral

  • 628 – Hidrocarburos

Persona física

  • 629 – De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales
  • 630 – Enajenación de acciones en bolsa de valores

Catálogo tipo de deducción
Para el catálogo de tipo de deducción solo se adicionó una clave:

  • 107 – Ajuste al Subsidio Causado

Catálogo tipo de incapacidad
Para este catálogo se creó un nuevo tipo de incapacidad que aplicará para aquellos padres que soliciten licencia por tener hijos diagnosticados con cancer:

  • 04 – Licencia por cuidados médicos de hijos diagnosticados con cáncer.

La intención de este nuevo tipo de incapacidad es la de igualar (homologar) con los tipos de incapacidades que maneja el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Catálogo otro tipo de pago
En este catálogo se adicionaron tres nuevos tipos de pago:

  • 006 – Alimentos en bienes (Servicios de comedor y comida) Art 94 último párrafo LISR
  • 007 – ISR ajustado por subsidio
  • 008 – Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica sólo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)

Para todas estas claves que se adicionaron a los diferentes catálogos la fecha de inicio de vigencia aplica a partir del 1 de enero de 2020, teniendo como fecha límite para su adopción un periodo de gracia de 3 meses posteriores a la vigencia de estas.

Cambios en Facturando
Estos cambios impactan a las diferentes soluciones de Facturando, por lo que se esta trabajando en ello, para poder liberar las nuevas versiones que soporten estos cambios, por lo que les pedimos estar atentos a nuestro Blog que es donde publicamos las liberaciones de nuestras distintas soluciones.
Dentro de las soluciones afectadas tenemos:

De igual forma, hemos consultado con nuestro PAC principal, E-Codex, y nos comenta que se encuentran realizando los cambios correspondientes para estar listo lo antes posible, estos cambios serán aplicados en sus 3 ambientes: Producción, Nómina y testing.

Si deseas obtener el catálogo actualizado que contiene estas nuevas claves te invitamos a dar clic en la siguiente liga:


Catálogo de nómina

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Hasta la próxima.

EDR – mejoras al renombrado y organización de los CFDI que emites y recibes

En esta ocasión queremos mostrarte las mejoras que hemos realizado a la librería Electronic Document Rename (EDR) en su versión 2019.12.09, con la cual podrás tener el control de los CFDI que emites y recibes al poderlos clasificar y renombrar de una forma más clara y precisa.

Palabras claves (tokens)
Como sabrás, dentro de la librería tienes disponible una serie de claves (tokens) que hacen referencia a los datos contenidos en el XML de tus comprobantes, los cuales los podrás usar, tanto para definir la ruta del directorio o carpeta, donde se guardarán los archivos, como el nombre que estos tendrán, a éstos se adicionaron otras claves que te serán de gran utilidad, estas nuevas se toman de aquellos archivos XML que contengan el complemento de nómina, siendo estos los siguientes:

  • [NUMERO_EMPLEADO]
  • [CURP_EMPLEADO]
  • [NUMERO_SEGURO_SOCIAL_EMPLEADO]

Como ejemplo de ello tenemos:

Definición del directorio
Para agrupar los comprobantes por rfc emisor, año y mes de emisión, y por número de empleado, lo podrás realizar mediante la siguiente definición:

[RFC_EMISOR][AÑO_DOCUMENTO][ MES_DOCUMENTO][NUMERO_EMPLEADO]

De acuerdo a la definición anterior, los posibles resultados serían:

LAN7008173R5\2019\01\1968
LAN7008173R5\2019\07\D001

Definición del archivo
Para el caso del nombre de archivo, se desea que el nombre de los comprobantes este integrado por el RFC emisor, RFC receptor, número de empleado, folio fiscal y con extension XML, como se indica a continuación:

[RFC_EMISOR][RFC_RECEPTOR][NUMERO_EMPLEADO]_[UUID].XML

El resultado de esta definición sería:

LAN7008173R5_AAA010101AAA_1968_CC74F946-2702-4B3B-8B3F-E4FD268C91B8.XML
LAN7008173R5_BBB010101BBB_D001_F7111011-6E71-4ACD-8BA9-82B800FB01CE.XML

Datos opcionales
Adicional a los tokens, tendrás la liberta de poder definir texto libre, por medio del separador pipe (), el cual tomará el valor tanto para el nombre del directorio o carpeta, como del nombre del archivo XML, cuando el token definido no exista o no venga dentro del XML.

Como ejemplo, tenemos la siguiente definición, donde en el caso de que el valor de la serie, folio y número de empleado no exista como dato dentro del XML, se tomarán como valor lo definido como dato opcional (Sin serie / Sin folio / Sin empleado):

[SERIE|Sin serie][FOLIO|Sin folio] [NUMERO_EMPLEADO|Sin empleado]_[UUID].XML

Resultado cuando existe:
AAA_001_1968_CC74F946-2702-4B3B-8B3F-E4FD268C91B8.XML

Cuando no existe:
Sin serie_Sin folio_Sin empleado_CC74F946-2702-4B3B-8B3F-E4FD268C91B8.XML

El uso de estos datos opcionales aplica para todos los tokens disponibles.

Te invitamos a que conozcas esta nueva funcionalidad de la librería, dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

¿Cómo descargar hasta 33,000 CFDI directo del SAT?

Actualizado al 16/Junio/2026

En esta ocasión queremos comentar acerca de las consideraciones que debes tener en cuenta al momento de realizar la descarga masiva de archivos XML del SAT, mediante el uso de nuestra aplicación Descargar CFDI o la librería EDD; soluciones con las que podrás descargar, de forma automática, los archivos XML emitidos o recibidos.

Descarga de hasta 33,000 CFDI

Con nuestras soluciones podrás descargar hasta 33,000 archivos XML de tus CFDI, ya sean emitidos o recibidos, y lo mejor de todo, saltando las restricciones impuestas por el SAT:

  • Solo 500 comprobantes al consultar
  • No más de 2,000 a descargar por contribuyente al día

Recomendaciones

Hemos creado una serie de sugerencias que debes tener en cuenta si quieres descargar grandes cantidades de archivos XML.

1. Descargas previas

Antes de iniciar la descarga, asegúrate de no haber descargado XML del SAT durante ese mismo día, ya sea con nuestro programa o con otro sistema.

Si ya descargaste XML durante el día, es posible que el SAT no permita recuperar todos los archivos. En ese caso, el programa descargará la mayor cantidad posible.

2. Tipo de conexión a Internet

Para realizar una descarga grande de XML, es recomendable contar con una conexión a internet estable y con buena velocidad de descarga.

De preferencia, utiliza una conexión por cable de red, ya que el Wi-Fi puede presentar interrupciones o variaciones de señal que podrían afectar el proceso.

Esto no significa que sea obligatorio conectarse por cable. La descarga también puede realizarse por Wi-Fi; sin embargo, cuando se trata de una gran cantidad de archivos XML, la conexión por cable puede ayudar a que el proceso sea más estable..

3. Horario

Para descargas grandes de XML, te sugerimos realizar el proceso durante la noche o la madrugada.

Normalmente, en esos horarios los servicios del SAT tienen menos actividad, lo que puede ayudar a que la descarga sea más estable.

También puedes descargar tus XML durante el día, pero si se trata de muchos archivos, hacerlo en horarios de menor actividad puede mejorar el resultado.

Estas recomendaciones se basan en pruebas que realizamos para identificar las mejores condiciones al descargar grandes cantidades de XML.

En una de esas pruebas llegamos a descargar 34,500 XML en un solo proceso. Sin embargo, fue un caso excepcional y no debe tomarse como una cantidad garantizada.

Ese resultado se obtuvo entre semana, alrededor de las 2:00 a. m., usando una conexión por cable de red.

¿Por qué la cantidad de XML descargados puede variar?

Aunque sigas todas las recomendaciones anteriores, la cantidad de XML que se puede descargar no siempre será la misma.

Esto se debe a que el proceso depende de factores externos que no están completamente bajo nuestro control, como la estabilidad de tu conexión a internet, la disponibilidad de los servicios del SAT, el horario en que se realiza la descarga y si previamente se hicieron otras descargas durante el mismo día.

Algunos usuarios que han aplicado estas recomendaciones nos han reportado una mejora importante en sus descargas, logrando obtener 10,000 o incluso hasta 15,000 hasta archivos XML en un solo día.

Sin embargo, estas cantidades pueden variar en cada caso y no deben considerarse como una garantía.

¿Qué puedo hacer si no se descargaron todos mis XML?

Si no se descargaron todos los XML en el primer intento, no te preocupes. Puedes continuar la descarga posteriormente para recuperar los archivos faltantes.

En estos casos, lo más recomendable es esperar a que cambie el día e intentar nuevamente. Si los XML te urgen, puedes hacer el nuevo intento durante la madrugada, por ejemplo, entre la 1:00 y 2:00 a. m., horario en el que normalmente los servicios del SAT tienen menos actividad.

Si usas el programa Descargar CFDI, solo debes realizar una nueva descarga tomando en cuenta lo siguiente:

  1. Selecciona el mismo RFC y el mismo periodo que descargaste anteriormente.
  2. Desactiva la opción “Descargar los XML previamente descargados”.

De esta forma, el programa intentará descargar únicamente los XML que no se pudieron obtener en la descarga anterior.

Esto es posible porque Descargar CFDI guarda el UUID de los comprobantes que ya fueron descargados, evitando repetir archivos y ayudándote a continuar con los XML pendientes.

Nota para desarrolladores

Si eres programador y utilizas nuestra librería Electronic Document Download (DLL), puedes implementar una lógica similar para controlar los UUID descargados y continuar posteriormente con los comprobantes faltantes.

Si necesitas ayuda con este proceso, podemos apoyarte mediante una sesión técnica.

Resumen de recomendaciones

Para aumentar las posibilidades de descargar una mayor cantidad de archivos XML, toma en cuenta lo siguiente:

  1. Evita realizar descargas previas del SAT durante el mismo día, ya sea con nuestro programa o con herramientas de terceros.
  2. Usa una conexión a internet estable. Para descargas grandes, de preferencia utiliza cable de red en lugar de Wi-Fi.
  3. Si vas a descargar muchos XML, intenta hacerlo durante la noche o madrugada, cuando los servicios del SAT suelen tener menos actividad.
  4. Ten en cuenta que la cantidad de XML descargados puede variar, ya que depende de factores externos como la disponibilidad del SAT, la conexión a internet y las descargas realizadas previamente.
  5. Si no se descargaron todos los XML en el primer intento, espera a que cambie el día y vuelve a realizar la descarga.
  6. Si usas Descargar CFDI, selecciona el mismo periodo y desactiva la opción “Descargar los XML previamente descargados” para que el programa intente recuperar únicamente los archivos faltantes.

Para finalizar, queremos invitarte a probar nuestro programa de descarga masiva; recuerda que no solo descarga los XML, también los convierte a Excel y genera varios reportes usando los XML.

Siguiendo estas recomendaciones, podrás mejorar las condiciones de descarga y continuar posteriormente con los XML que no se hayan obtenido en el primer intento.

Software para la Descarga masiva de XML

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx, donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.