DLL para consultar si tienes solicitudes de cancelación 

Hoy, 27 de junio de 2025, hemos liberado una nueva versión (2025.06.27) de nuestra DLL para la descarga masiva de XML del servidor del SAT: Electronic Document Download (EDD). 

Esta liberación, a diferencia de las liberaciones realizadas anteriormente, es especial, ya que trae una de las características más solicitadas por nuestros usuarios. 

A continuación, describiremos los cambios más importantes realizados. 

Solicitudes de cancelación
En esta ocasión, se modificó la DLL para poder llevar a cabo la consulta de las solicitudes de cancelación. 

El funcionamiento de esta característica es muy similar a la consulta de los comprobantes, donde solo deberás indicar el RFC y la clave CIEC; con esto, la librería se conectará al servidor del SAT y buscará todas las solicitudes de cancelación correspondientes al contribuyente consultado. 

Es importante comentar que, en este caso, se mostrarán todas las solicitudes de cancelación recibidas sin restricción en cuanto a la fecha en que fueron emitidas. 

Pero no solo te muestras las solicitudes de cancelación recibidas con su fecha, sino que también nos dimos a la tarea de ir más allá, ya que calculamos, la fecha de inicio y su fecha límite para aceptar o rechazar la solicitud, así como el tiempo restante con base a la fecha actual en que se realiza la consulta realizada. 

Es importante mencionar que, para calcular los tiempos, hemos tomado en consideración, los días festivos y los días no laborables. 

A cuenta de terceros
Adicionalmente, se incorporó, en esta versión de la librería, la funcionalidad que permite identificar a un emisor a cuenta de terceros, donde podrás saber la relación de los RFC junto con su Nombre o Razón Social a los que en su nombre emite las facturas. 

Por cierto, y como anécdota, durante el desarrollo de esta funcionalidad, nos encontramos a un emisor a cuenta de terceros con 10 RFC. 

Otros cambios importantes 

  • Clases obsoletas: Algunas clases y propiedades fueron marcadas como obsoletas. 
  • Net 4.5.2: Para el correcto funcionamiento de la librería, ahora es necesario contar con la versión 4.5.2 de Net Framework. 
  • Newtonsoft.Json.dll: En cuanto a esta librería, se actualizó su versión de la 12 a la 13 

Para saber acerca de estas nuevas funcionalidades y la implicación que otros cambios involucran, te recomendamos revisar a detalle el historial de cambios que se anexa con esta liberación. 

Podrás obtener el instalador de esta liberación dando clic en el siguiente enlace: 

Electronic Document Download

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Hasta la próxima. 

¿Solicitaste cancelar un CFDI? Esto significa el acuse y qué debes revisar

¿Pediste cancelar una factura y recibiste un documento del SAT? Ese documento es el acuse de solicitud de cancelación. Confirma que se presentó una petición para cancelar el comprobante, pero no significa necesariamente que la factura ya esté cancelada.

Lo que ocurra después dependerá de si se necesita la aceptación del receptor, de su respuesta y del tipo de CFDI. Por eso, antes de dar de baja una factura en tu control administrativo, es importante verificar qué sucedió con la solicitud.

¿Qué es el acuse de solicitud de cancelación?

Es la constancia que obtienes al solicitar la cancelación de un CFDI mediante el portal del SAT o los servicios de un proveedor de certificación.

Su función es dejar evidencia de que se presentó una petición. Según el documento generado y el resultado del servicio, puede incluir datos como:

  • Folio fiscal (UUID) del comprobante.
  • RFC del emisor.
  • Fecha de la solicitud.
  • Motivo de cancelación.
  • UUID del comprobante sustituto, cuando corresponda.
  • Resultado o estado reportado para la petición.

El acuse de solicitud y el acuse definitivo de cancelación no son lo mismo. El primero documenta la petición; el segundo permite acreditar el resultado de una cancelación realizada.

¿Qué sucede después de recibir el acuse?

Existen tres situaciones principales:

Situación¿Qué sucede?
No requiere aceptaciónEl SAT puede realizar la cancelación sin esperar una respuesta del receptor.
Requiere aceptaciónEl receptor recibe una notificación y puede aceptar o rechazar la solicitud.
El receptor rechazaEl comprobante permanece vigente y será necesario revisar cómo proceder.

No todas las facturas requieren aceptación. La regla 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 contempla supuestos como determinados CFDI de nómina, egreso y comprobantes con importe de hasta $1,000.

Hay excepciones importantes: la facilidad de los $1,000 no se aplica a los CFDI con complemento para recepción de pagos, y existen reglas especiales para determinados comprobantes relacionados con hidrocarburos y combustibles.

Por ello, no conviene asumir que una factura se cancelará automáticamente solo por su monto o tipo.

¿Cuántos días tiene el receptor para responder?

Cuando se requiere su aceptación, el SAT señala un plazo de tres días hábiles para que el receptor acepte o rechace la solicitud.

No deben confundirse tres días hábiles con 72 horas: los fines de semana y días inhábiles pueden modificar el tiempo transcurrido.

También importa si ya existió una solicitud anterior:

  • Primera solicitud: cuando aplica la aceptación tácita y el receptor no responde dentro del plazo, el SAT puede considerar aceptada la cancelación.
  • Solicitudes posteriores tras un rechazo: el silencio del receptor ya no basta; se requiere su aceptación expresa, conforme a las indicaciones del SAT.
  • Supuestos especiales: ciertos CFDI relacionados con hidrocarburos y combustibles requieren aceptación expresa y no se benefician de la aceptación por falta de respuesta.

Estas diferencias explican por qué no debes considerar cancelada una factura únicamente porque transcurrieron tres días.

Puedes consultar el procedimiento en la guía oficial de cancelación del SAT.

¿Cómo saber si tu factura ya quedó cancelada?

La forma más segura de comprobar el resultado es consultar el estado del CFDI.

  1. Ingresa al verificador de CFDI del SAT.
  2. Captura el UUID de la factura, el RFC del emisor, el RFC del receptor y el código de seguridad.
  3. Ejecuta la consulta y revisa el Estado CFDI.
  4. Si aparece como Vigente, no debes tratarlo como cancelado, aunque tengas un acuse de solicitud.
  5. Si aparece como Cancelado, conserva la información de la consulta y recupera el acuse correspondiente.

Si la cancelación fue solicitada recientemente, puede ser necesario consultar nuevamente para confirmar que el estado ya se actualizó.

En el portal del SAT también puedes revisar las solicitudes que requieren aceptación y el resultado de los procedimientos iniciados.

¿Qué debes revisar en el acuse?

Antes de archivarlo, confirma que corresponda a la factura que intentaste cancelar.

Revisa especialmente el UUID, la fecha, el motivo y cualquier resultado o mensaje asociado a la petición.

Por ejemplo, si solicitaste cancelar una factura porque contenía errores y generaste otra que la sustituye, verifica que el motivo informado y el comprobante relacionado sean correctos.

Si el servicio devuelve un error o indica que la solicitud no pudo procesarse, no interpretes ese resultado como una cancelación exitosa.

La comprobación definitiva debe realizarse consultando el estado de la factura en el SAT.

¿Dónde puedes obtener y conservar los acuses?

Puedes consultar los documentos asociados a la cancelación desde las herramientas del SAT, utilizando los accesos correspondientes para tus comprobantes emitidos o recibidos.

Si administras muchas facturas, también puedes utilizar nuestro programa Descargar CFDI.

Con él puedes obtener archivos adicionales relacionados con tus comprobantes, entre ellos:

  • Acuse de solicitud de cancelación.
  • Acuse de cancelación.
  • Detalle del CFDI.
  • Documentos relacionados.

Nuestro programa también permite consultar el estado de los CFDI, lo que facilita identificar cuáles permanecen vigentes y cuáles ya fueron cancelados.

Esto resulta especialmente útil cuando necesitas revisar numerosos comprobantes y mantener organizados sus documentos.

¿Por qué es importante conservar el acuse?

El acuse permite demostrar que realizaste una solicitud en determinada fecha, pero no sustituye la evidencia de su resultado.

Por eso recomendamos conservar la petición, la respuesta definitiva y la información que explique el motivo de la cancelación.

Además, cuando se cancelan CFDI que amparan ingresos, el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación exige justificar y soportar documentalmente la razón de la cancelación.

Si necesitas profundizar en este punto, consulta nuestra guía sobre qué documentación conservar cuando cancelas un CFDI.

Conclusión

Recibir un acuse de solicitud de cancelación es solamente una parte del procedimiento. El siguiente paso es comprobar si el SAT canceló el CFDI, si está pendiente de aceptación o si la petición fue rechazada.

La recomendación es sencilla: no des por cancelada una factura hasta verificar su estado y conserva los documentos que respalden el proceso.

Para conocer más recomendaciones sobre facturación electrónica, puedes suscribirte a nuestro canal de YouTube.

Temas relacionados

¿Acuse de la solicitud vs acuse de la cancelación?

¿Cuál es la diferencia entre el acuse de la solicitud de cancelación y el acuse de la cancelación?
En el mundo fiscal mexicano, la cancelación de facturas electrónicas (CFDI) es un procedimiento que debe cumplir con requisitos específicos establecidos por el SAT.

Parte esencial de este proceso son los documentos conocidos como acuse de solicitud de cancelación y acuse de cancelación, cuya diferencia, aunque sutil, tiene implicaciones importantes para el cumplimiento y control contable de los contribuyentes.

¿En qué consisten?
El acuse de la solicitud de cancelación es un comprobante emitido por el SAT que confirma que se ha solicitado la cancelación de un CFDI. Es decir, indica que el emisor ha iniciado formalmente el proceso, ya sea porque el receptor debe aprobar la cancelación o que sea una cancelación directa, esto es, sin aceptación.

Por su parte, el acuse de la cancelación es el documento que acredita que el CFDI ha sido efectivamente cancelado en los registros del SAT. Este puede generarse de manera inmediata (si el receptor no requiere aprobación) o posterior a la aceptación expresa del receptor.

Características principales
Aunque los dos archivos están en formato PDF y de inicio parecen lo mismo, la realidad es que cada uno tiene sus propias características que lo diferente.

Acuse de la solicitud de cancelación:

  • Se genera al enviar la petición de cancelación.
  • Es temporal: no confirma que el CFDI ya esté cancelado.
  • Aplica en facturas que requieren aprobación del receptor o cuando el proceso aún está en trámite.

Acuse de la cancelación:

  • Se genera una vez que el CFDI ha sido efectivamente cancelado.
  • Tiene valor como comprobante final.
  • Es necesario conservarlo como soporte documental ante auditorías.

Diferencias clave

CaracterísticaAcuse de la solicitudAcuse de la cancelación
¿Cuándo se emite?Al solicitar la cancelaciónAl confirmarse la cancelación
¿Es definitivo?NoSí
¿Requiere respuesta del receptor?Puede que síYa se ha recibido (si aplica)
¿Tiene efectos legales finales?NoSí
¿Debe conservarse para efectos fiscales?Sí, pero como evidencia de trámiteSí, como evidencia de cancelación

Beneficios de identificar correctamente cada acuse

  • Evita errores contables al asumir una factura como cancelada cuando aún no lo está.
  • Permite un mejor control fiscal, especialmente en auditorías o revisiones electrónicas.
  • Facilita la gestión interna del CFDI, sobre todo al validar el estatus de cancelación de manera precisa.

Ventajas

  • Mejora la trazabilidad del proceso de cancelación.
  • Disminuye riesgos de sanciones por errores en la presentación de información.
  • Permite automatizar procesos contables, diferenciando claramente el estatus de cada CFDI.

Desventajas

  • Requiere seguimiento adicional cuando se trata de cancelaciones que necesitan aceptación del receptor.
  • Si se confunde uno con otro, puede haber errores de interpretación, lo que impacta en la contabilidad o el cumplimiento fiscal.
  • En algunos casos, puede haber demoras si no se obtiene respuesta del receptor en tiempo y forma o el rechazo de este.

Estos documentos se encuentran dentro de los archivos adicionales (liga a blog) que se pueden descargar y que forman parte adicional de un CFDI.

¿Cómo saber si un CFDI está cancelado?
Existen diferentes formas para saber si un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) se encuentra cancelado o está en proceso de:

Si deseas saber acerca de este y otros archivos adicionales al CFDI, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Archivos adicionales del CFDI

Conclusión
Entender la diferencia entre el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación es fundamental para llevar un control fiscal efectivo y evitar errores que podrían derivarse en observaciones por parte del SAT. Contar con ambos documentos, en su momento adecuado, fortalece la evidencia documental ante cualquier revisión fiscal y asegura que los procesos de cancelación estén correctamente aplicados y respaldados.

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Hasta la próxima.

Archivos adicionales del CFDI: ¿Qué son y cómo obtenerlos?

En el entorno fiscal de México, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se ha convertido en el estándar para registrar operaciones comerciales y cumplir con las obligaciones fiscales.

Sin embargo, junto al CFDI principal (el archivo XML), existen archivos adicionales que complementan la información fiscal y administrativa del comprobante. Estos archivos son útiles para empresas, contadores y contribuyentes en general, ya que ofrecen mayor trazabilidad y respaldo documental.

¿En qué consiste la descarga de archivos adicionales?
Al momento de emitir o recibir un CFDI, la autoridad (SAT) genera varios elementos asociados. Además del archivo XML que representa el CFDI en sí mismo, se pueden obtener archivos complementarios que ayudan a interpretar, validar o almacenar de forma ordenada los comprobantes.

Estos archivos adicionales podrán descargarse de dos formas:

¿Qué archivos adicionales se pueden descargar?
Dentro de los archivos adicionales alrededor del CFDI (XML) que se pueden descargar, tenemos:

  • PDF del CFDI: Representación impresa del XML, útil para revisión rápida.
  • Detalle del CFDI: Documento que contiene datos del CFDI (Folio fiscal, Fecha y hora, tanto de emisión como de certificación, RFC y Nombre o Razón Social del receptor, Estado y Efecto del comprobante, Moneda y Monto total, Total de impuestos, trasladados y retenidos).
  • Acuse de solicitud de cancelación: Documento que muestra la fecha y hora de solicitud, RFC del emisor, Folio fiscal, Estatus del proceso de cancelación, Motivo de cancelación, en su caso, el CFDI que reemplaza y sello digital del SAT.
  • Acuse de cancelación: Documento oficial del SAT cuando se cancela un CFDI.
  • Documentos relacionados: Documento que contiene el listado de documentos relacionados con el CFDI.

¿En qué casos no se pueden descargar?
Aunque la mayoría de los archivos adicionales están disponibles de forma inmediata, hay situaciones en las que su descarga no es posible:

  • CFDI recibidos con estatus de Cancelado: Para el caso de los CFDI recibidos que tengan estatus como Cancelado, estos no podrán descargarse.
  • Restricciones de acceso: Cuando el emisor o receptor no tienen contraseña o e.firma para ingresar al portal del SAT.

Beneficios de contar con los archivos adicionales

  • Auditoría eficiente: Facilita el cruce de información entre sistemas y autoridades fiscales.
  • Mayor respaldo legal: Tener acuses y complementos puede marcar la diferencia en una revisión del SAT.
  • Visibilidad operativa: El PDF es práctico para verificación interna o con clientes que no manejan XML.
  • Control documental: Agrupar archivos relacionados y mejora la gestión contable y documental.

Ventajas y desventajas
Ventajas:

  • Facilita la revisión de comprobantes sin necesidad de herramientas XML.
  • Refuerza la validez fiscal de la operación.
  • Mejora la organización de la documentación contable.

Desventajas:

  • No todos los sistemas los entregan automáticamente.
  • Puede requerir conocimientos técnicos para manejar ciertos formatos.

Conclusión
La descarga de archivos adicionales del CFDI es una práctica recomendada que fortalece el cumplimiento fiscal y la organización contable. Conocer cuáles son, cómo obtenerlos y en qué casos pueden no estar disponibles es clave para cualquier empresa o profesional de la contabilidad que busque operar con eficiencia y seguridad frente al SAT.

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RFC a cuenta de terceros: lo que debes saber

En el mundo contable y fiscal, el uso del RFC a cuenta de terceros es una figura poco conocida, pero sumamente útil para ciertos contribuyentes que gestionan operaciones por cuenta de otras personas físicas o morales.

Esta modalidad permite que un contribuyente emita facturas y realice operaciones fiscales utilizando el RFC de otro, siempre con consentimiento y bajo ciertas condiciones.

¿En qué consiste?
El RFC a cuenta de terceros permite que una persona (intermediario o gestor) actúe en nombre de otra en actos fiscales, tales como la emisión de facturas o la recepción de pagos. En otras palabras, se autoriza que un contribuyente utilice el RFC de un tercero para documentar operaciones que realiza en su representación.

Esta figura es especialmente común en sectores como:

  • Inmobiliario
  • Agencias de viajes
  • Comisionistas
  • Cooperativas
  • Administradores de inmuebles

Características principales
Dentro de las características principales tenemos las siguientes:

  • Solo puede utilizarse con autorización expresa del tercero
  • El uso del RFC se limita a operaciones que realmente corresponden al titular de este
  • Se debe identificar claramente en el CFDI que se actúa por cuenta de un tercero
  • El receptor de la factura también debe estar plenamente identificado
  • Las operaciones deben estar debidamente soportadas con contratos o convenios entre las partes

¿A quiénes aplica?
Este esquema aplica a contribuyentes que:

  • Actúan como intermediarios, comisionistas o gestores
  • Administran recursos o propiedades de otros
  • Venden productos o servicios a nombre de un tercero
  • Participan en consorcios o asociaciones que requieren centralizar operaciones

Beneficios

  • Facilita la operación de negocios que requieren representación de terceros
  • Brinda mayor control y transparencia en la facturación
  • Permite cumplir con obligaciones fiscales de manera ordenada y verificable
  • Evita la creación innecesaria de estructuras fiscales adicionales

Desventajas

  • El uso indebido puede generar sanciones fiscales importantes
  • Requiere de una relación contractual clara y documentada
  • La confusión en la representación puede dar pie a errores contables
  • No todos los sistemas contables permiten manejar adecuadamente esta modalidad

Sustento legal del SAT
El uso del RFC a cuenta de terceros está previsto y regulado por el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) en cuanto a la emisión y requisitos del CFDI y por la Guía de llenado del CFDI publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En particular, se establece que los comprobantes deben indicar de forma clara y precisa que se actúa a nombre de un tercero, detallando la información del representado en los campos correspondientes del CFDI mediante el uso del Complemento por Cuenta de Terceros.

El RFC a cuenta de terceros es una herramienta poderosa cuando se usa correctamente. Es clave contar con asesoría contable adecuada y mantener una documentación impecable para evitar riesgos fiscales. ¿Tu negocio actúa por cuenta de alguien más? Evalúa esta opción con tu contador.

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SAT lanza programa clave contra lavado de dinero

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado un paso firme en el fortalecimiento de la integridad financiera del país al presentar un nuevo programa de capacitación especializada en prevención del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Este esfuerzo está dirigido principalmente a sujetos obligados conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), buscando reforzar su conocimiento normativo y operativo para mitigar riesgos asociados con actividades vulnerables.

¿En qué consiste el programa del SAT?
Se trata de una iniciativa de formación continua ofrecida por el SAT a través de cursos. El programa incluye módulos sobre detección de operaciones sospechosas, mecanismos de reporte a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), identificación de clientes, y criterios de riesgo. Está dirigido a contadores, abogados, notarios, fedatarios públicos y demás profesionales que realizan actividades vulnerables conforme al artículo 17 de la LFPIORPI.

Acciones que deben tomarse
Aquellos sujetos, quienes estén obligados, deberán darse de alta y registrarse en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD). Asimismo, deben implementar políticas internas de prevención, identificar adecuadamente a sus clientes, y reportar cualquier operación inusual o sospechosa. También se recomienda designar un oficial de cumplimiento y mantener registros detallados de las operaciones durante al menos cinco años. Estar capacitado no solo es una buena práctica, sino un requerimiento legal que puede marcar la diferencia en una auditoría.

Sustento legal del programa
Este programa se sustenta en la LFPIORPI, publicada en 2012, y sus disposiciones reglamentarias. También se relaciona con el Código Fiscal de la Federación y los lineamientos emitidos por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Además, se alinea con estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera (GAFI), del cual México es miembro. La participación en capacitaciones como esta puede servir como atenuante en caso de procedimientos administrativos o sanciones.

Beneficios de la capacitación especializada

  1. Mayor conocimiento y seguridad jurídica para el cumplimiento de obligaciones.
  2. Reducción de riesgos de sanciones y auditorías del SAT o UIF.
  3. Profesionalización del personal y mejora de procesos internos.
  4. Mejora en la reputación empresarial y confianza de clientes.
  5. Preparación ante posibles reformas o ajustes en materia antilavado.

Consecuencias de no capacitarse ni actuar
La omisión en la capacitación y en la implementación de controles puede acarrear consecuencias graves: desde multas hasta la clausura temporal de operaciones. A esto se suma el riesgo de daño reputacional, investigaciones por parte de la UIF o incluso responsabilidades penales en caso de colusión o negligencia grave.

Conclusión
El nuevo programa del SAT no es solo una oportunidad para aprender, sino una herramienta estratégica para blindar las operaciones ante riesgos financieros y legales. Capacitarse hoy es prevenir sanciones mañana. Si eres sujeto obligado, no dejes pasar esta responsabilidad.

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