CFDI 4.0 para personas con RFC y sin actividad económica

De entre los cambios de validación de datos orientados al receptor de un CFDI en su versión 4.0, se exige la validación:

  • Nombre o razón social
  • Domicilio fiscal (código postal)
  • Régimen fiscal

Para el caso del régimen fiscal, recordemos que la validación no corresponde a que el régimen del receptor sea exactamente con el que está registrado con la autoridad, sino que este corresponda no solo a alguna de las claves del catálogo de regímenes vigentes, sino que, además, debe de corresponder con el tipo de persona (física o moral).

Un ejemplo de ello es que en la generación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para un receptor que es persona física, jamás se le podrá generar el CFDI para un régimen 623 – Opcional para Grupos de Sociedades”, ya que cómo se indica en el catálogo de regímenes, este solo aplica para personas morales, y es parte de las validaciones que aplica el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).

Con respecto a las actividades que se indican al momento de llevar a cabo el registro de un Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la autoridad (SAT) permite la posibilidad de registrar “Sin actividad económica”, lo cual tiene como implicación tener el régimen 616 – Sin obligaciones fiscales.

Para estos casos, a un contribuyente que tenga definido este régimen no podrá expedírsele ningún uso de CFDI que no sea distinto a:

  • S01 – Sin efectos fiscales
  • CP01 Pagos

En conclusión, para aquellos contribuyentes que tengan registrado cómo régimen “Sin obligaciones fiscales”, solo se les podrá emitir comprobantes fiscales (facturas) que ampare el total de la operación y bajo el uso “Sin efectos fiscales” o en su caso, un CFDI de pago cuando corresponda.

Hasta la próxima.

Mitos y realidades de la Constancia de Situación Fiscal (CSF)

Conoce todo acerca de cómo obtener la Constancia de Situación Fiscal (CSF) y los mitos y realidades que giran alrededor de este documento.
Para iniciar empecemos por saber:

¿Qué es?
La Constancia de Situación Fiscal es el documento oficial que contiene todos los datos de un contribuyente.

¿Qué datos contiene?
Los datos que la Constancia de Situación fiscal contiene son los siguientes:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • CURP (Persona física)
  • Nombre o razón social
  • Fecha de inicio de operaciones
  • Estatus
  • Domicilio fiscal
  • Actividades económicas
  • Régimen(es) fiscal(es)
  • Obligaciones fiscales
  • Número telefónico de contacto
  • Correo electrónico

¿Por qué se pide la Constancia de Situación Fiscal?
Derivado del nuevo procedimiento de certificación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en su versión 4.0, se requieren para el llenado de los nuevos datos fiscales del receptor, ya sea para la emisión de un recibo de pago de nómina, como de una factura por la adquisición o prestación de un servicio o producto.

Mitos y realidades
Como consecuencia de este nuevo requerimiento, han surgido una serie de mitos y realidades, las cuales comentaremos a continuación:

¿Existe una fecha límite para obtener mi Constancia de Situación Fiscal?
No, la Constancia de Situación Fiscal se puede obtener todo el año, no hay fecha límite.

¿Debo proporcionar mi Constancia de Situación fiscal para que me emitan un CFDI 4.0 por alguna compra realizada?
No es necesario que la proporciones, si conoces tus datos fiscales tal y como aparecen registrados en la Constancia de Situación Fiscal, es suficiente con proporcionarlos:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Nombre completo
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen en el que tributas

¿Pueden retener mi pago de nómina si no entrego la CSF?
Es necesario que las empresas verifiquen la identidad de cada uno de sus trabajadores, corroborando que cuenten con su RFC y sus datos fiscales actualizado.
Bajo este contexto, la constancia es un requisito que el SAT pide a los empleadores, y no a los trabajadores, por lo que no debe ser limitante o pretexto para que los patrones no paguen a los empleados por no entregar este documento.
Es de suma importancia tomar en cuenta que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 106.- La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.

Artículo 107.- Está prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su causa o concepto.

Quedando prohibida la imposición de multas a los trabajadores, por cualquier causa, como es este caso, tratándose de una situación administrativa que le corresponde a la empresa.

¿Qué sucede si tengo mis datos fiscales desactualizados?
Para el caso de que tus datos fiscales estén desactualizados, deberás de sacar cita para acudir de manera presencial a alguna de las oficinas del SAT.

Consecuencias
Dentro de las consecuencias que surgen al no contar con la información tenemos:

  • Que el emisor del comprobante fiscal, no podrá timbrarlo
  • No podrá hacerse deducible de impuestos
  • Al no deducirse, traería como consecuencia el mayor pago de impuestos

Alternativas
Alguna de las alternativas para verificar esta información fiscal es, por ejemplo, el uso del validador de datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
También podrás tramitar la Constancia de Situación Fiscal por medio de:

  • El chat uno a uno – opción “Cédula de Identificación Fiscal”
  • Desde SAT ID – opción “Constancia de Situación Fiscal con CIF”, con identificación vigente, el RFC, correo electrónico personal y número telefónico a 10 posiciones
  • Portal del SAT – por medio del RFC, contraseña o firma electrónica vigente
  • Desde SAT móvil – con tu RFC y contraseña
  • Llamando al 55 62 72 27 28 proporcionando el RFC, un correo electrónico y número telefónico

Lo triste realidad, es que, aun contando con varias alternativas para poderla tramitar, es casi imposible el poder obtenerla, por lo que te verías en la necesidad de hacerlo acudiendo a las oficinas del SAT.
Derivado de esta situación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se vio obligado a ampliar sus horarios de atención en sábados para que se pueda tramitar.
Esta acción contempla la ampliación de los horarios los primeros tres sábados de junio (4, 11 y 18) en un horario de 9 de la mañana a 4 de la tarde.
La autoridad enfatizó que el servicio no requiere de cita y sólo se deberá de presentar una identificación oficial vigente.

Alternativas Facturando
Dentro de las alternativas que Facturando tiene para apoyar a clientes y no usuarios, tenemos:

Archivo de Excel
Consiste en el envío de un correo a contacto@facturando.mx con la siguiente información:

  • Lista de RFCs a validar
  • Opcionalmente: Nombre, código postal y CURP

Como respuesta al correo enviado recibirás un reporte con el resultado del procesamiento de la información enviada.

Web service
El uso del web service que te permitirá implementar la funcionalidad de:

  • Validar si un RFC es válido y existe en el SAT
  • Obtener el nombre del contribuyente, mediante el RFC o la CURP (persona moral o física respectivamente)
  • Validar los datos de un contribuyente (RFC, nombre y código postal)
  • Verificación de un contribuyente en las listas negras del SAT, trátese de incumplidos (Art. 69) o con operaciones inexistentes (art. 69 B)

Si deseas conocer más acerca de este web service te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Web service: Validar RFC

Prórroga CFDI 4.0

Conoce la prórroga que la autoridad (SAT) dio a la generación del CFDI en su versión 4.0, para saber más al respecto te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

SAT: Prórroga al CFDI 4.0

Resumen
En resumen:

  • No es obligatorio contar con la Constancia de Situación Fiscal, si no contar con la información correcta relacionada al RFC.
  • La autoridad (SAT) da a conocer la prórroga a la emisión de factura electrónica en su versión 4.0, para saber al respecto da clic aquí
  • No se puede retener el pago de la nómina por no entregar la Constancia de Situación Fiscal.

Hasta la próxima.

SAT: Validador de RFC, nombre y código postal

En esta ocasión queremos compartir contigo la nueva solución del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con la cual podrás validar:

  • el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • el Nombre o Razón Social
  • y el Código Postal correspondiente al domicilio fiscal

Con ésta, podrás realizar la validación de los datos de dos formas, ya sea individualmente o de forma masiva.

Para el caso de la validación masiva de RFC, nombre y código postal se deberán de enviar los datos dentro de un archivo, el cual deberá de cumplir con las siguientes características:

  • Debe generarse en formato plano (txt) y tipo UTF-8
  • El separador de datos es el pipe “|”
  • Las columnas no deben tener nombre ni título
  • Primera columna para enumerar los registros
  • Segunda columna para los RFCs
  • Tercera columna para el Nombre o Razón Social
  • Cuarta columna para el Código Postal
  • El archivo podrá tener hasta un máximo de 5,000 RFCs

Hemos preparado un manual donde te enseña paso a paso como realizar la validación masiva de estos datos; puedes descargarlo de aquí:

Manual del validador de nombre y CP

Curso

Sabemos que tienes muchas dudas acerca del funcionamiento de este validador, es por esto, que estaremos impartiendo un curso gratuito donde podrás:

  • Conocer a detalle el fruncimiento del validador.
  • Saber las características requeridas para hacer una validación masiva.
  • Podrás conocer todas las inconsistencias que hemos detectado en el mismo.
  • Te daremos una serie de recomendaciones para el uso del mismo.

Al final de la presentación estaremos compartiendo con todos los asistentes el kit de uso del validador, en donde podrás encontrar:

  • El manual de uso
  • Un archivo de ejemplo, donde podrás conocer el layout requerido por el SAT
  • El documento sobre preguntas, errores y sugerencias sobre el uso del validador.

Este curso es de acceso libre y no tiene costo alguno, solo deberás inscribirte aquí:

VER CURSO GRATIS

Hasta la próxima.

SAT – abandono de citas de personas morales

Como sabrás, es difícil agendar de un día para otro una cita presencial en las oficinas del SAT, debido a que pueden agendarse por lo menos en un plazo de una semana, corriendo con suerte, o hasta dentro de un mes.

Bajo este contexto, y con la dificultad que implica agendar una cita en el SAT, la misma autoridad publicó el pasado 24 de marzo de 2022 un comunicado donde manifiesta el resultado de la revisión de cifras enfocadas primordialmente a la atención de renovaciones de firma electrónica (e.firma) de personas morales, obteniéndose un porcentaje de abandono considerable de las mismas.

A continuación, te presentamos el porcentaje de abandono de citas por parte de las personas morales:

  • Generación de firma electrónica (e.firma) de personas morales con un 40%
  • Renovación de firma electrónica (e.firma) de personas morales con el 38%
  • Inscripción de personas morales con 37%
  • Cancelación de personas morales (liquidación y Cese de operaciones) con 43%

En su conjunto, el total de abandono de citas de los servicios anteriormente mencionados corresponden al 51% cifra muy alta.

La recomendación en general es, si tienes agendada una cita para asistir a las oficinas del SAT y por algún motivo te será difícil asistir, lo correcto es cancelarla para que otro contribuyente pueda ocupar ese espacio.

Si deseas obtener el comunicado publicado por el SAT, te invitamos a dar clic en la siguiente liga para su descarga:

Comunicado 017/2022

Adicional, la autoridad (SAT) mencionó tajantemente que no habrá prórroga para presentar la Declaración Anual 2021 correspondiente a las personas morales.

Hasta la próxima.

CFDI 4.0: DLL para generar el PDF del XML

Hoy, hemos liberado una nueva versión de nuestra librería para la generación de la representación impresa del CFDI (PDF): Electronic Document Printer.

A continuación, describiremos, solamente, los cambios más importantes realizados en esta nueva versión (2022.02.02).

PDF del CFDI 4.0
A partir de esta liberación, podrás generar el de un CFDI 4.0; pero no solo esto, también se agregó soporte a:

  • Recibo de pago 2.0
  • Recibo de nómina con un CFDI 4.0

Para esto, hemos agregado dos nuevas plantillas (formatos):

  • Cfdi40.repx: Como su nombre lo indica, se usa para la generación del PDF del CFDI 4.0
  • Nomina12_Cfdi40.repx: Este es usando para el caso del recibo de nómina con el CFDI 4.0

Requerimientos técnicos
Debido a los cambios y mejoras realizadas al producto, nos hemos visto obligado a actualizar la versión del framework requerida, por lo que, a partir de esta versión, es necesario hacer uso de la versión 4.5.2 del Net Framework para que se pueda hacer uso de la librería.

Como siempre, te invitamos a leer el historial de cambios dando clic aquí, este documento contiene todos los cambios realizados.

Si deseas actualizarte a esta nueva versión, puedes descargarla de aquí

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Sabías que al rentar tienes obligaciones ante el SAT?

En México las actividades económicas que realizan las personas, dependiendo de cada una de ellas, estará sujeta a obligaciones a cumplir en diversas legislaciones, pero sin duda, deberá cumplir las obligaciones fiscales que le correspondan.

Quienes otorguen el uso o goce temporal de bienes, es decir, pongan en renta su casa, departamento, bodega o local comercial, están sujetas a las siguientes legislaciones:

  • La ley del ISR (LISR).
  • La ley del IVA (IVA).
  • Código Fiscal de la Federación (CFF).
  • Código Civil Federal y el Código Civil de cada entidad federativa.
  • La Ley de Vivienda.
  • La Ley Hipotecaria Federal.
  • Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Obligaciones fiscales a cumplir al rentar una propiedad
Si bien al ser propietario de un inmueble y rentarlo, adquieres obligaciones fiscales que debes cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estas obligaciones son las que a continuación se indican:

  1. Estar inscrito en el RFC y mantener tus datos actualizados.
  2. Llevar tu contabilidad, de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes.
  3. Expedir factura electrónica CFDI, por los ingresos que te paguen de la renta.
  4. Recuerda que en el caso de controversias en juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se obligue al inquilino al pago de las rentas atrasadas, el dueño de la propiedad deberá comprobar haber expedido los CFDI, ante la autoridad judicial.
  5. Debes presentar declaraciones de pagos provisionales a cuenta del impuesto de ISR y definitivos de IVA, mensuales o en su caso trimestrales, si tus ingresos no rebasan los 26,411.52 pesos.
  6. Presentar la declaración anual del impuesto de ISR en el mes de abril de cada año.
  7. Solicitar comprobantes fiscales con requisitos fiscales que se indican en el CFF.
  8. Calcular y presentar el pago del ISR mensualmente si rentas un local comercial o casa habitación con muebles.
  9. Recuerda que, si tus ingresos totales del ejercicio inmediato anterior, no excedieron de 4 millones de pesos, no estás obligado a presentar la información de operaciones con terceros (DIOT) y de enviar contabilidad electrónica.
  10. Si recibes ingresos en efectivo, piezas de oro, plata con un valor superior a 100,000.00 pesos, deberás presentar la declaración informativa correspondiente.

Recuerda que cumplir con las disposiciones fiscales anteriores, cuando rentas un inmueble es muy importante, ya que te evitas problemas con la autoridad tributaria.

Nota:
Cabe mencionar que partir del 1 enero del 2022, existirá la opción de tributar bajo la figura del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que ofrece a los contribuyentes tasas impositivas de ISR más accesibles y los contribuyentes que se dedican a la renta de inmuebles pueden optar por tributar en el RESICO.

Hasta la próxima.

SAT: Cambios al proceso de cancelación

Para el caso a lo correspondiente al proceso de cancelación de un comprobante fiscal digital (CFDI) también se contemplan cambios al mismo, adicionales a los cambios ya realizados a la regla 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, donde:

  • Se contempló la disminución del monto total que ampara un CFDI hasta $ 1,000.00 para su cancelación sin aceptación del receptor
  • Así como, la disminución del tiempo para poder realizar la cancelación de un CFDI, el cual consiste en que deberá de realizarse la cancelación dentro del día hábil siguiente a su expedición

Ahora los cambios adicionales contemplados por la autoridad fiscal (SAT) para este 2022 son:

  • La modificación al esquema, donde se deberá de justificar la cancelación e incluirse el motivo de cancelación con claves de un nuevo catálogo
  • La inclusión del folio fiscal (UUID) que sustituye al comprobante cancelado
  • Se limita la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido el CFDI
  • Considerar las facturas que se emitan por el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que en próximos días estaremos impartiendo una plática, sin costo alguno, en donde daremos a conocer el detalle de los cambios propuestos por la autoridad y como estos afectan el proceso de generación, timbrado y cancelación del CFDI, si deseas que te avisemos cuando esté listo, te invitamos a registrarte aquí, no olvides llenar todos los datos solicitados.

Temas relacionados

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Hasta la próxima.

SAT – Nueva versión 2.0 del CFDI de retenciones e información de pagos

En lo que respecta a la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDIs) que amparan retenciones e información de pagos, recordemos los complementos asociados a este tipo de comprobantes los cuales son:

  • Arrendamiento en fideicomiso
  • Dividendos
  • Enajenación de acciones
  • Fideicomiso no empresarial
  • Intereses
  • Intereses hipotecarios
  • Operaciones con derivados
  • Pagos a extranjeros
  • Planes de retiro
  • Premios
  • Sector financiero
  • Servicios de plataformas tecnológicas

Más información
Para el estándar de este tipo de comprobantes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dentro de las reformas para el 2022 tiene contemplado el requerir mayor información como son:

  • El Folio fiscal del CFDI relacionado que se esté sustituyendo
  • Código postal del domicilio fiscal del receptor

Nuevas reglas de validación
Con los cambios contemplados por el SAT, se obliga a llevar a cabo la actualización de la matriz de errores, surgiendo nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar dentro del proceso de timbrado de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, razón por la cual se deberán de actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Derivado de la importancia de los cambios propuestos por la autoridad y sus implicaciones, ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 1.0 al CFDI 2.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

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Temas relacionados

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Hasta la próxima.

Nueva versión del CFDI 2.0 para la recepción de pagos

Como ya sabrás, el SAT ha propuesto una serie de cambios para la emisión de los comprobantes digitales, que es lo que se conoce como el CFDI 4.0, pero no conforme con esto, también ha preparado modificación a la emisión de recibos de pago.

Como recordarás, actualmente contamos con la versión 1.0 del complemento de recibos de pago, pues bien, la autoridad esta proponiendo la evolución de este a: Recibos de pago 2.0

Hemos tenido acceso a la propuesta realizada por la autoridad y queremos compartir contigo algunos de los cambios que se avecinan.

Más información
Para esta nueva versión, la autoridad propone que agregamos mayor detalle a la operación, esto significa que cuando generemos un recibo de pago, deberás incluir ciertos datos que actualmente no se maneja, un ejemplo de esto es:

  • Impuestos, deberás indicar los impuestos retenidos o trasladados que se desprenden de los pagos registrados en el documento.
  • Objeto de impuestos, sirve para indicar si el pago es objeto de impuestos o no.

Aunque son mucho más los datos solicitados, hemos tomado estos dos para ejemplificar lo que la autoridad esta solicitando.

Nuevas reglas de validación
Debido a que se agregan nuevos datos, la autoridad actualizará la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán incluir en su proceso de timbrado.

Cambio de versión
El SAT ha decidido que, para este complemento, el cambio pasará de la versión actual que es la 1.0 a la 2.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

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CFDI 4.0: Conoce todos los cambios

Derivado de los cambios presentados en la reforma fiscal 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está preparando una nueva versión del estándar para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), a continuación, detallaremos los cambios más relevantes al respecto.

Más información
En nuevo estándar requerirá de información adicional que no es requerida en la versión actual, algunos de estos son:

  • Objeto de impuesto, con el cual se prenden definir si el producto o servicio ofrecido es objeto de impuestos.
  • Régimen fiscal del emisor, que como su nombre lo describe, sirve para indicar el régimen en que tributa el receptor del documento.
  • Código postal del domicilio fiscal del emisor.

La autoridad no solo está pidiendo más información, sino que alguno de los datos que antes era opcionales, ahora se convierten en obligatorios, un ejemplo de esto son el nombre o razón social del emisor y del receptor.

Factura global
La emisión de comprobantes que cubran las operaciones a público en general también sufrirá cambios, ya que se deberá incluir información adicional como por ejemplo el periodo que cubre el comprobante.

Nuevas reglas de validación
Todo lo anterior conlleva a que el SAT actualice la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar al momento de llevar a cabo la certificación de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, esto conlleva a que se tengan que actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Como puedes observar los cambios propuestos por la autoridad son varios y algunos tienen implicaciones importantes, por lo que el SAT ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 3.3 al CFDI 4.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que te invitamos a registrarte al curso gratuito que hemos preparado y donde estaremos explicando cando uno de estos temas a profundidad.

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Hasta la próxima.