Deducibilidad de colegiaturas y transporte escolar

En México, las personas físicas cuentan con el derecho a aplicar deducciones personales en su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Entre las más relevantes destacan los pagos por colegiaturas y, en ciertos casos, por transporte escolar obligatorio.

Estos beneficios fiscales buscan apoyar a las familias en la educación de sus hijos, siempre que se cumpla con la normatividad establecida.

Sustento legal
La deducción de colegiaturas está prevista en el Artículo 151 de la Ley del ISR donde se permite a los contribuyentes deducir pagos realizados por servicios educativos en instituciones privadas con validez oficial.

En cuanto al transporte escolar, también es deducible siempre que el servicio sea obligatorio según el reglamento de la escuela.

¿A quién aplica?
Este beneficio aplica a personas físicas residentes en México que realicen pagos por la educación de familiares, ascendentes o descendentes en línea recta:

  • Hijos
  • El propio contribuyente

Los pagos deben hacerse a instituciones privadas con reconocimiento oficial y estar respaldados por un CFDI válido.

Límites de deducción
Los montos deducibles tienen un tope anual por alumno y dependen del nivel educativo:

  • Preescolar: hasta $14,200.
  • Primaria: hasta $12,900.
  • Secundaria: hasta $19,900.
  • Profesional técnico: hasta $17,100.
  • Bachillerato o equivalente: hasta $24,500.

El transporte escolar no tiene un límite específico en pesos, pero solo puede deducirse cuando el colegio lo exige como condición obligatoria para la inscripción o permanencia del alumno.

Requisitos para deducir

  1. Pago electrónico: tarjeta de débito, crédito, transferencia o cheque nominativo. No se aceptan pagos en efectivo.
  2. Comprobante fiscal (CFDI) a nombre del contribuyente que realiza la deducción.
  3. RFC válido de la institución educativa.
  4. En el caso del transporte escolar, el comprobante debe especificar que es un servicio obligatorio.
  5. Autorización: la institución educativa privada deberá contar con la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo con el padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

Exclusiones
Dentro de los conceptos que no son deducibles tenemos:

  • Inscripción
  • Reinscripción
  • Becas
  • Apoyos económicos (cuotas de mantenimiento)
  • Material educativo
  • Uniformes
  • Exámenes de cualquier índole
  • Entre otros

Asesoría
La autoridad (SAT) pone a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de comunicación para obtener asistencia:

  • MarcaSAT: al teléfono 55 627 22 728 de cualquier parte del país, y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728, dentro de un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles
  • Chat uno a uno: chat.sat.gob.mx
  • OrientaSAT: disponible en el Portal del SAT

Conclusiones
La deducción de colegiaturas y transporte escolar es un beneficio fiscal diseñado para reducir la carga económica de las familias que invierten en la educación de sus hijos. No obstante, su aplicación requiere cuidar los límites, cumplir con los requisitos formales y contar con los comprobantes fiscales correspondientes.

Planear y aprovechar correctamente estas deducciones puede representar un ahorro significativo en el pago del ISR al presentar la declaración anual.

Si deseas obtener el comunicado oficial publicado por la autoridad (SAT) te invitamos a dar clic al siguiente enlace:

SAT Comunicado 047

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Archivos adicionales del CFDI: ¿Qué son y cómo obtenerlos?

En el entorno fiscal de México, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se ha convertido en el estándar para registrar operaciones comerciales y cumplir con las obligaciones fiscales.

Sin embargo, junto al CFDI principal (el archivo XML), existen archivos adicionales que complementan la información fiscal y administrativa del comprobante. Estos archivos son útiles para empresas, contadores y contribuyentes en general, ya que ofrecen mayor trazabilidad y respaldo documental.

¿En qué consiste la descarga de archivos adicionales?
Al momento de emitir o recibir un CFDI, la autoridad (SAT) genera varios elementos asociados. Además del archivo XML que representa el CFDI en sí mismo, se pueden obtener archivos complementarios que ayudan a interpretar, validar o almacenar de forma ordenada los comprobantes.

Estos archivos adicionales podrán descargarse de dos formas:

¿Qué archivos adicionales se pueden descargar?
Dentro de los archivos adicionales alrededor del CFDI (XML) que se pueden descargar, tenemos:

  • PDF del CFDI: Representación impresa del XML, útil para revisión rápida.
  • Detalle del CFDI: Documento que contiene datos del CFDI (Folio fiscal, Fecha y hora, tanto de emisión como de certificación, RFC y Nombre o Razón Social del receptor, Estado y Efecto del comprobante, Moneda y Monto total, Total de impuestos, trasladados y retenidos).
  • Acuse de solicitud de cancelación: Documento que muestra la fecha y hora de solicitud, RFC del emisor, Folio fiscal, Estatus del proceso de cancelación, Motivo de cancelación, en su caso, el CFDI que reemplaza y sello digital del SAT.
  • Acuse de cancelación: Documento oficial del SAT cuando se cancela un CFDI.
  • Documentos relacionados: Documento que contiene el listado de documentos relacionados con el CFDI.

¿En qué casos no se pueden descargar?
Aunque la mayoría de los archivos adicionales están disponibles de forma inmediata, hay situaciones en las que su descarga no es posible:

  • CFDI recibidos con estatus de Cancelado: Para el caso de los CFDI recibidos que tengan estatus como Cancelado, estos no podrán descargarse.
  • Restricciones de acceso: Cuando el emisor o receptor no tienen contraseña o e.firma para ingresar al portal del SAT.

Beneficios de contar con los archivos adicionales

  • Auditoría eficiente: Facilita el cruce de información entre sistemas y autoridades fiscales.
  • Mayor respaldo legal: Tener acuses y complementos puede marcar la diferencia en una revisión del SAT.
  • Visibilidad operativa: El PDF es práctico para verificación interna o con clientes que no manejan XML.
  • Control documental: Agrupar archivos relacionados y mejora la gestión contable y documental.

Ventajas y desventajas
Ventajas:

  • Facilita la revisión de comprobantes sin necesidad de herramientas XML.
  • Refuerza la validez fiscal de la operación.
  • Mejora la organización de la documentación contable.

Desventajas:

  • No todos los sistemas los entregan automáticamente.
  • Puede requerir conocimientos técnicos para manejar ciertos formatos.

Conclusión
La descarga de archivos adicionales del CFDI es una práctica recomendada que fortalece el cumplimiento fiscal y la organización contable. Conocer cuáles son, cómo obtenerlos y en qué casos pueden no estar disponibles es clave para cualquier empresa o profesional de la contabilidad que busque operar con eficiencia y seguridad frente al SAT.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.
Hasta la próxima.

Tutoriales para la APP Factura SAT Móvil

En artículos anteriores hemos hablado acerca de que es y para qué sirve la APP Factura SAT Móvil; hoy queremos compartir contigo una serie de tutoriales con los que podrás aprender cómo usar esta aplicación.

Presentación Factura SAT Móvil
Este video es la presentación que dio el SAT acerca de esta nueva herramienta, donde se resuelven varias dudas y también se muestra el funcionamiento de esta.

Aunque el video es un poco largo, ya que tiene una duración de 42 minutos y 15 segundos, creemos que vale la pena verlo en su totalidad, porque durante el mismo:

  • La autoridad muestra el funcionamiento de cada una de las secciones que componen la aplicación.
  • Se resuelven muchas de las dudas acerca de que se puede o no hacer con la misma.

Si quieres ver el video puedes dar clic en el siguiente enlace:

Ver video

Favoritos
En este caso hablamos de un video mucho más corto que el anterior, ya que su duración es de tan solo 1 minuto y 25 segundos; durante el mismo se muestra como configurar las opciones más utilizadas dentro de cada uno de los catálogos que tiene la aplicación.

Si quieres ver el video puedes dar clic en el siguiente enlace:

Ver video

Plantillas
Al igual que el anterior, este es un video es muy corto, cuya duración es 1 minuto y 32 segundos, durante este tiempo se muestra cómo crear uy manejar las plantillas dentro de la aplicación; recuerda que esta es una de las características más importante de la aplicación, por lo que te recomendamos verlo en su totalidad y ponerlo en práctica.

Si quieres ver el video puedes dar clic en el siguiente enlace:

Ver video

Transferir el certificado de sello
Como recordarás, para poder facturar dentro de esta aplicación, es necesario cargar el certificado de sello digital a la misma, para esto existen 3 formas de hacerlo, cada una con su grado de dificultad, la idea en este caso es que veas las diferentes formas de hacerlo y tomes el que más se adecue a tus requerimientos técnicos.

Temas relacionados
A continuación, te compartimos las ligas a los temas relacionados con la aplicación Factura SAT Móvil y que complementan el conocimiento acerca de la misma.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Inconsistencias del SAT al consultar un CFDI emitido

En esta ocasión queremos compartir contigo una inconsistencia detectada en las páginas del SAT, esto al momento de realizar la consulta de un CFDI que se acababa de emitir, siendo esta la situación:

Generación del CFDI
Se llevó a cabo la generación de una factura la cual se timbró exitosamente.

Verificación del CFDI
Una vez generado el CFDI se procedió a la verificación de este en la página del SAT:

Verificación del CFDI en el SAT

Página donde deberás de capturar:

  • Folio fiscal (UUID)
  • RFC del emisor
  • RFC del receptor
  • Captura del captcha

Una vez capturados los datos y al dar clic en el botón de Verificar, el SAT procederá a la validación correspondiente mediante la búsqueda del CFDI en base a los datos proporcionados.

En este caso, el CFDI fue localizado, desplegándose los siguientes datos:

  • RFC del emisor
  • Nombre o razón social del emisor
  • RFC del receptor
  • Nombre o razón social del receptor
  • Folio fiscal (UUID)
  • Fecha de expedición
  • Fecha de certificación SAT
  • PAC que certificó
  • Total del CFDI
  • Efecto del comprobante
  • Estado del CFDI
  • Estatus de cancelación

Del cual se podrá obtener una impresión de la verificación obtenida.
Hasta aquí todo bien.

Recuperación del CFDI
En seguida, se procedió a consultar este mismo CFDI en la sección de cancelación y recuperación de facturas de la página del SAT:

Cancela y recupera tu factura

Donde de igual manera para autentificarse deberás capturar:

  • RFC
  • Contraseña (clave CIEC)
  • Captcha

Una vez dentro, se realizó la consulta del CFDI en cuestión por medio de su folio fiscal (UUID) con la sorpresa de que no fue localizado, obteniéndose la siguiente respuesta:

“No existen registros que cumplan con los criterios de búsqueda ingresados, intentar nuevamente.”

Para descartar, se procedió a realizar la consulta por medio del rango de fechas lo cual arrojo el desplegado de los CFDIs excepto el que se acababa de generar.

Conclusión
Con base en lo anterior y con los datos obtenidos, creemos que el SAT maneja base de datos independientes:

  • Una para reportar la existencia del CFDI, esta se usa cuando se realizó la verificación de CFDI.
  • Otra para cuando se requiere localizar el XML para poder descargarlo.

Derivado a esta inconsistencia por parte del SAT, podría darse el caso, que alguna de nuestras soluciones de descarga no descargue un XML, esto debido a que aún no existe en la segunda base de datos y por lo tanto el SAT no reporte dicho XML, es necesario recordar que nuestras soluciones dependen 100% de la respuesta del SAT.

Hasta la próxima.

CFDI 4.0: DLL para generar el PDF del XML

Hoy, hemos liberado una nueva versión de nuestra librería para la generación de la representación impresa del CFDI (PDF): Electronic Document Printer.

A continuación, describiremos, solamente, los cambios más importantes realizados en esta nueva versión (2022.02.02).

PDF del CFDI 4.0
A partir de esta liberación, podrás generar el de un CFDI 4.0; pero no solo esto, también se agregó soporte a:

  • Recibo de pago 2.0
  • Recibo de nómina con un CFDI 4.0

Para esto, hemos agregado dos nuevas plantillas (formatos):

  • Cfdi40.repx: Como su nombre lo indica, se usa para la generación del PDF del CFDI 4.0
  • Nomina12_Cfdi40.repx: Este es usando para el caso del recibo de nómina con el CFDI 4.0

Requerimientos técnicos
Debido a los cambios y mejoras realizadas al producto, nos hemos visto obligado a actualizar la versión del framework requerida, por lo que, a partir de esta versión, es necesario hacer uso de la versión 4.5.2 del Net Framework para que se pueda hacer uso de la librería.

Como siempre, te invitamos a leer el historial de cambios dando clic aquí, este documento contiene todos los cambios realizados.

Si deseas actualizarte a esta nueva versión, puedes descargarla de aquí

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios a las preguntas frecuentes del complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó este 26 de noviembre de 2021, la séptima versión de preguntas frecuentes del tema de Complemento Carta Porte para el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Modificaciones a las preguntas frecuentes del Complemento Carta Porte

Cabe mencionar que el SAT modificó, en el caso de la pregunta 3, el plazo de entrada en vigor al 01 de enero del 2022.

También se modificó el término que se refiere a: “carreteras federales” por “tramos de jurisdicción federal», en las preguntas 11 y 14 respectivamente, como se reproduce a continuación:

Sección general

Pregunta 3.
Si contrato los servicios de transporte para trasladar bienes y/o mercancías y el CFDI (factura) que me expide el transportista no contiene el complemento Carta Porte, ¿puedo hacer deducible el servicio de transporte contratado?

Respuesta:
A partir del 1 de enero de 2022 no podrán deducirse los servicios de transporte de bienes y/o mercancías con un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, por no cumplir con los requisitos de las deducciones fiscales. Lo anterior no resulta aplicable a los servicios realizados por transportistas que se ubiquen en el supuesto a que se refiere la regla 2.7.1.52., primer párrafo de la RMF vigente.

Pregunta 11.
Presto el servicio de traslado de bienes y/o mercancías y la ruta que seguiré solo es de tránsito local, ¿estoy obligado a emitir el CFDI (factura) de ingreso con complemento Carta Porte?

Respuesta:
No, los transportistas que presten servicios de traslado de bienes y/o mercancías y tengan plena seguridad que no transitarán por tramos de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI (factura) de ingreso sin complemento Carta Porte, en el que registren la clave de producto y servicio, contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

Sección de autotransporte

Pregunta 14.
Si me dedico al traslado de bienes y/o mercancías de manera local, es decir, no tránsito por tramos de jurisdicción federal, ¿debo emitir el CFDI (factura) con complemento Carta Porte?

Respuesta:
No, los contribuyentes que presten el servicio de autotransporte de carga general y especializada, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, que contenga los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, en el que registre la clave de producto y servicio definida en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, que al efecto publique el SAT en su Portal.

Si deseas conocer todas las preguntas frecuentes con respecto a este complemento Carta Porte en su versión 2.0, te invitamos a dar clic a la siguiente liga:

Preguntas frecuentes Carta Porte v2.0

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Problemas con el servidor del SAT: No retorna registros

PROBLEMA SOLUCIONADO (11:25 PM)
En este momento el servidor del SAT se encuentra respondiendo correctamente, por lo que damos por cerrado este tema.

Detección del problema 9 p.m.
Hoy 29 de abrir hemos intentado realizar una descarga de comprobantes XML del servidor del SAT usando el programa Descargar CFDI y nos ha retornado que no existen CFDIs en el periodo consultado, esto es algo extraño, ya que estamos seguros de que si existen en dicho periodo.

Hemos realizado la misma prueba ingresando directamente al servidor del SAT con diferentes navegadores (Firefox, Google Chrome, Brave, Microsft Edge y Opera) y hemos obtenido la misma respuesta: “No existen registros que cumplan con los criterios de búsqueda ingresados, intentar nuevamente”.

Con esto se confirma que el servidor del SAT está fallando y por lo tanto no es posible realizar descargas ni consultas en este momento; algo curioso es que esto solo afecta la parte del CFDIs, ya que si es posible descargar y consultar las constancias de retenciones.

Los productos que se ven afectados por este tema:

  • Descargar CFDI
  • Nómina Total
  • Validador CFDI
  • Electronic Document Download

Nosotros continuaremos haciendo pruebas y una vez que el problema haya sido solucionado por parte del SAT, estaremos actualizando este blog.

Cómo usar el programa para consultar las listas negras del SAT

Actualmente es de suma importancia que las empresas verifiquen que sus proveedores o prospectos no aparezcan registrados en las listas negras del SAT, ya sea como contribuyentes con operaciones inexistentes (EFOS), de acuerdo con lo indicado por la autoridad en su artículo 69-B, o como incumplido (artículo 69), ya que al realizar esta validación, podrían evitarse serios problemas, como pueden ser:

  • La corrección de sus deducciones aplicadas en el cálculo de los impuestos
  • El pago de multas y recargos, siendo estos lo más leve
  • La cancelación de sus certificados para la generación de facturas
  • Y en el peor de los casos hasta cárcel

La validación de tus proveedores la puedes realizar descargando los listados del SAT, esta opción es viable cuando menos de 10 proveedores, pero es poco practica y desgastante cuando el volumen de proveedores a verificar es considerable, además de las desventajas al hacerlo de esta forma:

  • Solo podrás hacer la búsqueda de contribuyentes de uno en uno
  • No obtienes reporte de RFCs localizados

Para evitar estas desventajas Facturando pone a tu disposición la mejor solución para consultar en las listas negras del SAT, de la forma más rápida, sencilla y confiable, ofreciéndote tres formas distintas de hacerlo, según lo requieras:

Uno a uno
En este modo de consulta podrás indicar el RFC o razón social de tu proveedor, el sistema de forma automática buscará en las dos listas, incumplidos y operaciones inexistentes, y en caso de estar te mostrará toda la información al respecto.

Es importante mencionar que el programa soporta búsquedas parciales, esto quiere decir que no es necesario capturar todo el RFC o razón social, solo deberás capturar dos o más letras y el sistema localizará todos los contribuyentes que contengan esas letras.

Este tipo de búsqueda es de utilidad cuando quieres realizar una consulta rápida.

A continuación, encontrarás un video donde se muestra cómo funciona este tipo de consulta:

Consulta uno a uno de las listas negras del SAT

Consulta Masiva
Con esta podrás consultar todos tus proveedores, con tan solo un clic, para esto solo es necesario que tengas la información de estos en un archivo de Excel (Texto, CVS, XLS, XLSX, etc.)

En este caso no importa la cantidad de proveedores, pueden ser 5,000 o 1,000,000 el sistema realizará la verificación de cada uno y al final te mostrará cual de ellos se encuentra en las listas.

A continuación, te dejamos un video para que puedas ver cómo funciona:

Consulta masiva de proveedores en las listas negras

CFDI emitidos por EFOS
Esta es la consulta más importante del sistema, ya que no solo te informa si tu proveedor es un EFOS, sino que también te dice:

  • Que comprobantes te ha emitido
  • Los datos de estos CFDIs, como son: Total, impuestos, etc.
  • Estado del comprobante: Vigente o Cancelado

Este es el verdadero poder de la solución que ofrecemos, ya que no solo puedes saber quién es EFOS, sino que también puede saber que te han emitido cada uno de ellos y el estatus de los comprobantes.

Si quieres ver como funciona esta consulta da clic aquí:

Comprobantes emitidos por un EFOS

Actualizaciones
Como ya sabrás la autoridad actualiza continuamente estas listas, pero no debes preocuparte por eso, ya que el sistema se actualiza automáticamente para que siempre tengas la última información.

Como punto final queremos invitarte a descargar y usar la versión gratuita del sistema dando clic en el siguiente enlace:

Software para consultar las Listas negras del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT – ¿Cómo denunciar facturas falsas?

Continuando con el tema relacionado con aquellos contribuyentes detectados en las listas negras del SAT, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de todos los contribuyentes una nueva herramienta en la que se podrá denunciar a empresas y contribuyentes que incurran en la emisión de facturas falsas.

Por lo que para poder realizar el registro de la queja o denuncia deberás de considerar lo siguiente:

Datos del contacto
Deberás de proporcionar tu correo electrónico o tu número telefónico, así como, datos de contacto, para obtener más información con respecto a la queja o denuncia presentada, con ello la autoridad podrá estar en contacto con el denunciante.

Datos del denunciado
En lo que respecta a los datos del denunciado, persona o empresa, nombre(s), paterno, materno y RFC.

Descripción de los hechos
Es necesario detallar la operación del contribuyente que se esté denunciando, como es ¿cómo? sucedieron los hechos, indicar la fecha en que éstos sucedieron (¿cuándo?) y en qué lugar ¿dónde?, detallando cada una de estas situaciones.

Enviar documentación
La documentación que tengas en tu poder, podrás enviarla a través de la cuenta de correo denuncias@sat.gob.mx, poniendo en el asunto el número de Folio de tu queja o denuncia presentada, teniendo con un plazo de hasta cinco días hábiles para el envío a partir del registro de la denuncia.

En caso de no adjuntar la documentación, dentro del plazo estipulado para el envío de la misma, la autoridad no dará tramite a la información proporcionada, por lo que se deberá de presentar nuevamente la denuncia.

Toda la información proporcionada por el denunciante, a través de esta nueva herramienta, tendrá el carácter de confidencial, conforme a lo previsto en el artículo 113, fracción I, y de ser aplicables, las fracciones II y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente, así como del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación vigente.

La autoridad recomienda, para el correcto funcionamiento de la herramienta, utilizar las siguientes versiones de los diferentes navegadores o en sus versiones superiores:

  • Firefox v66
  • Google Chrome v73
  • Internet explorer v11 o
  • Internet explorer Edge v42

¿Como detectar una factura falsa?
Una de las formas de detectar si la factura que recibiste es falsa, es verificando si fue emitida por una empresa que está registrada en las listas negras del SAT como EFOS, para este caso ponemos a tu disposición nuestra solución Lista Negra del SAT – EFOS, con este programa podrás:

  • Verificar si alguno de tus proveedores se encuentra en las listas negras del SAT.
  • Obtener un reporte con las facturas (CFDI) que te ha emitido cada EFOS

Todo esto lo puedes hacer con tan solo un clic y lo mejor de todo es que este programa es gratis, por lo que te invitamos a descargarlo y usarlos.

PROGRAMA LISTA NEGRA DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestro sitio web facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT: Cómo defenderse si estas en la lista negra

Te recordamos que en el caso de aparecer registrado en la lista negra del SAT, no desvirtuar los hechos y pasar a ser clasificado como una Empresa que Factura Operaciones simuladas (EFOS) “Definitivo” puede traer como consecuencia, además de las sanciones administrativas de multas y embargos, cumplir prisión de tres a seis años, de acuerdo con el artículo 113-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).


PRODECON
Si tienes algún problema con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y no sabes a quién acudir, podrás apoyarte en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), la cual es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica funcional y de gestión, que se especializa en materia tributaria.

La PRODECON es la encargada de proteger y defender los derechos de los contribuyentes a través de servicios como:

  • Asesoría y consulta – te apoya en la solución de tus problemas fiscales.
  • Defensoría y representación – es tu abogado defensor cuando tienes un adeudo fiscal improcedente y está contigo hasta la conclusión total del asunto.
  • Quejas y reclamaciones – dando seguimiento a los procedimientos contra actos de las autoridades fiscales federales que vulneren sus derechos.
  • Acuerdos conclusivos – actúa como mediador para la conclusión de tu auditoria fiscal.

Todos los servicios son proporcionados de forma gratuita, de manera ágil y sencilla, dirigidos tanto a personas físicas como morales y obligados solidarios.

El contribuyente podrá solicitar los servicios ya sea:

  • Telefónicamente
  • Por correo electrónico
  • De forma presencial

Podrás conocer los criterios del artículo 69_B del CFF dando clic en la siguiente liga:

PRODECON – Criterios art. 69 B – CFF

Consecuencias
Es importante mencionar en que casos el SAT podrá llevar acabo la cancelación de tu Certificado de Sello Digital (CSD).
Dentro del artículo 17-H, fracción X, del Código Fiscal de la Federación (CFF), se enumeran en diversos incisos en qué casos puede quedar sin efectos el Certificado de Sello Digital (CSD) de los contribuyentes; sin embargo, sólo el inciso c), prevé la cancelación del CSD durante el ejercicio de facultades de comprobación.

En ese sentido, la autoridad fiscal (SAT) al ejercer sus facultades debe limitarse a dejar sin efectos el CSD, únicamente cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en dicho inciso, es decir, cuando en el ejercicio de sus facultades de comprobación detecte que el contribuyente no puede ser localizado, éste desaparezca durante el procedimiento, o bien, tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, para ello, el emisor debe haber sido publicado en el listado definitivo a que se refiere el artículo 69-B del CFF.

Si fuiste afectado por la cancelación de tu CSD por parte de la autoridad (SAT) sin saber del porqué de esta, podrás solicitar, por medio de una aclaración en el portal de SAT, en la sección Otros trámites y servicios/Asistencia y orientación electrónica/Presenta tus aclaraciones como contribuyente, los motivos por los cuales se dejo sin efecto tu certificado.

Si después de la aclaración presentada ante la autoridad, se consideran como desvirtuadas las causas por la que se canceló tu CSD, automáticamente deberán de reactivar dicho certificado, por lo que NO se deberá de generar un nuevo Certificado de Sello Digital conforme a la ficha de trámite 108/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Te invitamos a que conozcas y hagas uso de la mejor aplicación para verificar las listas negras del SAT, dando clic en la siguiente liga:

Programa Listas negras del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.