RFC a cuenta de terceros: lo que debes saber

En el mundo contable y fiscal, el uso del RFC a cuenta de terceros es una figura poco conocida, pero sumamente útil para ciertos contribuyentes que gestionan operaciones por cuenta de otras personas físicas o morales.

Esta modalidad permite que un contribuyente emita facturas y realice operaciones fiscales utilizando el RFC de otro, siempre con consentimiento y bajo ciertas condiciones.

¿En qué consiste?
El RFC a cuenta de terceros permite que una persona (intermediario o gestor) actúe en nombre de otra en actos fiscales, tales como la emisión de facturas o la recepción de pagos. En otras palabras, se autoriza que un contribuyente utilice el RFC de un tercero para documentar operaciones que realiza en su representación.

Esta figura es especialmente común en sectores como:

  • Inmobiliario
  • Agencias de viajes
  • Comisionistas
  • Cooperativas
  • Administradores de inmuebles

Características principales
Dentro de las características principales tenemos las siguientes:

  • Solo puede utilizarse con autorización expresa del tercero
  • El uso del RFC se limita a operaciones que realmente corresponden al titular de este
  • Se debe identificar claramente en el CFDI que se actúa por cuenta de un tercero
  • El receptor de la factura también debe estar plenamente identificado
  • Las operaciones deben estar debidamente soportadas con contratos o convenios entre las partes

¿A quiénes aplica?
Este esquema aplica a contribuyentes que:

  • Actúan como intermediarios, comisionistas o gestores
  • Administran recursos o propiedades de otros
  • Venden productos o servicios a nombre de un tercero
  • Participan en consorcios o asociaciones que requieren centralizar operaciones

Beneficios

  • Facilita la operación de negocios que requieren representación de terceros
  • Brinda mayor control y transparencia en la facturación
  • Permite cumplir con obligaciones fiscales de manera ordenada y verificable
  • Evita la creación innecesaria de estructuras fiscales adicionales

Desventajas

  • El uso indebido puede generar sanciones fiscales importantes
  • Requiere de una relación contractual clara y documentada
  • La confusión en la representación puede dar pie a errores contables
  • No todos los sistemas contables permiten manejar adecuadamente esta modalidad

Sustento legal del SAT
El uso del RFC a cuenta de terceros está previsto y regulado por el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) en cuanto a la emisión y requisitos del CFDI y por la Guía de llenado del CFDI publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En particular, se establece que los comprobantes deben indicar de forma clara y precisa que se actúa a nombre de un tercero, detallando la información del representado en los campos correspondientes del CFDI mediante el uso del Complemento por Cuenta de Terceros.

El RFC a cuenta de terceros es una herramienta poderosa cuando se usa correctamente. Es clave contar con asesoría contable adecuada y mantener una documentación impecable para evitar riesgos fiscales. ¿Tu negocio actúa por cuenta de alguien más? Evalúa esta opción con tu contador.

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Hasta la próxima.

SAT lanza programa clave contra lavado de dinero

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado un paso firme en el fortalecimiento de la integridad financiera del país al presentar un nuevo programa de capacitación especializada en prevención del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Este esfuerzo está dirigido principalmente a sujetos obligados conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), buscando reforzar su conocimiento normativo y operativo para mitigar riesgos asociados con actividades vulnerables.

¿En qué consiste el programa del SAT?
Se trata de una iniciativa de formación continua ofrecida por el SAT a través de cursos. El programa incluye módulos sobre detección de operaciones sospechosas, mecanismos de reporte a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), identificación de clientes, y criterios de riesgo. Está dirigido a contadores, abogados, notarios, fedatarios públicos y demás profesionales que realizan actividades vulnerables conforme al artículo 17 de la LFPIORPI.

Acciones que deben tomarse
Aquellos sujetos, quienes estén obligados, deberán darse de alta y registrarse en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD). Asimismo, deben implementar políticas internas de prevención, identificar adecuadamente a sus clientes, y reportar cualquier operación inusual o sospechosa. También se recomienda designar un oficial de cumplimiento y mantener registros detallados de las operaciones durante al menos cinco años. Estar capacitado no solo es una buena práctica, sino un requerimiento legal que puede marcar la diferencia en una auditoría.

Sustento legal del programa
Este programa se sustenta en la LFPIORPI, publicada en 2012, y sus disposiciones reglamentarias. También se relaciona con el Código Fiscal de la Federación y los lineamientos emitidos por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Además, se alinea con estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera (GAFI), del cual México es miembro. La participación en capacitaciones como esta puede servir como atenuante en caso de procedimientos administrativos o sanciones.

Beneficios de la capacitación especializada

  1. Mayor conocimiento y seguridad jurídica para el cumplimiento de obligaciones.
  2. Reducción de riesgos de sanciones y auditorías del SAT o UIF.
  3. Profesionalización del personal y mejora de procesos internos.
  4. Mejora en la reputación empresarial y confianza de clientes.
  5. Preparación ante posibles reformas o ajustes en materia antilavado.

Consecuencias de no capacitarse ni actuar
La omisión en la capacitación y en la implementación de controles puede acarrear consecuencias graves: desde multas hasta la clausura temporal de operaciones. A esto se suma el riesgo de daño reputacional, investigaciones por parte de la UIF o incluso responsabilidades penales en caso de colusión o negligencia grave.

Conclusión
El nuevo programa del SAT no es solo una oportunidad para aprender, sino una herramienta estratégica para blindar las operaciones ante riesgos financieros y legales. Capacitarse hoy es prevenir sanciones mañana. Si eres sujeto obligado, no dejes pasar esta responsabilidad.

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Hasta la próxima.

¿Qué hacer si el SAT rechaza tu saldo a favor?

Cada año, miles de contribuyentes presentan su declaración anual esperando una devolución automática por tener saldo a favor. Sin embargo, en algunos casos el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede rechazar dicha devolución por inconsistencias, omisiones o errores detectados en la información proporcionada. Cuando esto ocurre, aún tienes opciones para recuperar tu dinero, y una de ellas es presentar una solicitud de devolución manual.

¿En qué consiste la solicitud manual?
La solicitud manual de devolución es un trámite que permite al contribuyente volver a solicitar el saldo a favor rechazado. Se realiza directamente desde el portal del SAT, y consiste en presentar de forma detallada y sustentada la información fiscal que justifica el derecho a esa devolución, acompañada de los documentos requeridos.

Este procedimiento sustituye al proceso automático cuando este ha sido denegado, y requiere mayor atención en el llenado y justificación de los datos, pues estará sujeto a un proceso de revisión más exhaustivo por parte del SAT.

Acciones que debes tomar para presentar la solicitud

  • Ingresar al portal del SAT sat.gob.mx sección “Trámites y servicios”, “Declaraciones”, “Devoluciones y compensaciones” y “Solicita tu devolución”.
  • Acceder con tu RFC y contraseña o e.firma.
  • Llena el formulario correspondiente seleccionando el tipo de impuesto (por lo general ISR) y el ejercicio fiscal.
  • Adjunta los documentos necesarios:
  • – Declaración anual presentada.
  • Comprobantes de ingresos (CFDI).
  • – Constancias de retenciones.
  • – Estado de cuenta bancario no mayor a dos meses (para validar la CLABE).
  • – Cualquier otro documento que respalde el monto a devolver.
  • Firma y envía la solicitud.
  • Guarda el acuse de recibo que proporciona el sistema.

Sustento legal
El fundamento jurídico de este trámite se encuentra en el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece el derecho de los contribuyentes a obtener la devolución de saldos a favor, siempre y cuando se acredite su procedencia.

Asimismo, el Artículo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente detalla los procedimientos electrónicos y formatos aplicables para este tipo de solicitudes, así como los plazos que tiene la autoridad para responder.

Beneficios

  • Permite recuperar montos legítimos que fueron rechazados injustamente.
  • Fortalece el cumplimiento fiscal y la transparencia de los contribuyentes.
  • Ofrece una vía formal y estructurada para presentar aclaraciones y argumentos.

Desventajas

  • El proceso es más largo que el automático: puede demorar hasta 40 días hábiles.
  • Requiere mayor documentación y preparación técnica.
  • Existe el riesgo de que el SAT solicite información adicional o incluso rechace nuevamente la solicitud.

Consecuencias de no atender un rechazo
Ignorar un rechazo de saldo a favor puede implicar la pérdida definitiva del derecho a devolución, especialmente si el plazo para solicitarla manualmente vence. Además, puede derivar en revisiones fiscales futuras si el SAT detecta patrones de errores recurrentes o falta de aclaraciones por parte del contribuyente.

Conclusión
Enfrentar un rechazo del SAT no significa renunciar a tu devolución. Si tienes saldo a favor legítimo, la solicitud manual es tu mejor recurso para recuperar lo que te corresponde. Infórmate, reúne tu documentación y actúa a tiempo.

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Hasta la próxima.

Descargar CFDI: Complementos del CFDI en Excel

Después de un arduo trabajo y cientos de horas en desarrollo y pruebas, nuestro equipo de desarrollo ha liberado una nueva versión de nuestro programa Descargar CFDI, en la que se han agregado nuevas característica, se han realizado algunas mejoras y una que otra corrección.

A continuación, encontrarás una descripción detallada de los dos cambios más importantes realizados en una nueva versión.

Complementos del CFDI a Excel

Esta era una de las características que nos habían solicitado varios usuarios, y es la posibilidad de extraer la información de los complementos y convertirlas a Excel.

Para esto, hemos creado un reporte especial donde podrás procesar cada uno de los complementos de CFDI y extraer toda su información.

Si deseas conocer todo acerca de este nuevo reporte te invitamos a leer este articulo

Complementos del CFDI a Excel

Conceptos y totales en los reportes

Hemos modificado 4 de los reportes más importantes del programa:

  • Convertir a Excel
  • Desglose de impuestos
  • Complementos del CFDI
  • DIOT 2024

En los que, ahora, se muestra a detalle cada uno de los conceptos del CFDI; esto con la finalidad de que puedas revisar que se compró o vendió en el CFD.

Adicionalmente se muestran los totales del documento.

Hemo preparado un artículo donde hablamos a detalle de este tema, da clic aquí para conocer todo al respecto.

Otros cambios

Como mencionamos al inicio, esta actualización no solo incluye los cambios más destacados, sino un total de 4 mejoras importantes que optimizan el rendimiento, la funcionalidad y la experiencia de uso del programa. Si deseas conocer todos los cambios realizados, te invitamos a consultarlo haciendo clic aquí.

¿Quieres aprovechar al máximo todas las novedades? Descarga la nueva versión del programa e instálala directamente sobre la que ya tienes para conservar tu configuración actual. Es un proceso rápido y seguro.

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Descargar CFDI – Mostrar los conceptos y totales del CFDI

Hemos incorporado, dentro de algunos de los reportes del programa Descargar CFDI, la forma de poder visualizar los conceptos y totales contenidos en los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) ya sean emitidos o recibidos.

Reportes afectados

Dentro de los reportes en los que se incluirán el mostrar los conceptos y totales del CFDI tenemos los siguientes:

Detalle de los conceptos

Es importante mencionar, que dentro de los datos correspondientes al detalle de los conceptos se muestran los siguientes:

  • Consecutivo
  • Cantidad
  • Clave de la unidad del SAT
  • Unidad
  • Descripción de la unidad
  • Clave del producto
  • Descripción del concepto
  • Identificación del concepto
  • Precio unitario
  • Importe
  • Descuento
  • Objeto de impuestos
  • Predial
  • Pedimentos
  • Complemento

Adicional, se mostrarán los siguientes datos:

  • Total de los conceptos mostrados
  • Serie y folio
  • UUID (folio fiscal)

Totales del comprobante

En cuanto a los datos correspondientes a los totales del CFDI se muestran los siguientes:

  • Subtotal
  • Descuento
  • Impuestos trasladados
  • Impuestos retenidos
  • Total

Estos datos, tanto los del detalle de los conceptos como los de los totales del CFDI se muestran en la parte inferior del reporte como se puede observar en la siguiente imagen:

Cabe mencionar que el que se muestren o no estos datos podrá hacerse mediante la selección de la opción “Mostrar los conceptos del comprobante”, la cual se encuentra ubicada en la pestaña de configuración al momento de indicar los parámetros al generar el reporte, como se muestra en la siguiente imagen:

Aún cuando se active el que se muestren los datos y totales del comprobante dentro del reporte, el usuario tendrá una segunda opción que le permitirá ocultarlos y/o volverlos a mostrar, como se muestra en la siguiente imagen:

Sabemos que esta nueva funcionalidad será de gran utilidad para los usuarios, al mostrar el detalle de los conceptos y totales del comprobante, ya sea de forma permanente o en su caso el poderlos ocultar o volver a mostrar de acuerdo con las necesidades de cada usuario.

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Hasta la próxima.

Convierte a Excel los complementos de tus CFDI

En esta ocasión te traemos una excelente noticia, hemos incorporado al programa Descargar CFDI uno de los módulos más solicitado por algunos los usuarios: Complementos del CFDI; y es que mediante este se podrá extraer la información de estos y convertirla a Excel.

En este caso, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea, de analizar y determinar que complementos serían los que se estarían desarrollando, quedando de la siguiente manera:

Complementos desarrollados

Dentro de los complementos analizados y que finalmente fueron contemplados para ser implementados tenemos los siguientes:

  • Aerolíneas
  • Carta porte
  • Certificado de destrucción
  • Compra venta de divisas
  • Consumo de combustibles
  • Donatarias
  • Estado de cuenta bancario
  • Estado de cuenta de combustibles
  • Impuestos locales
  • INE
  • Leyendas fiscales
  • Obras de arte plásticas y antigüedades
  • Pago en especie
  • Persona física integrante de coordinado
  • Prestador de servicios de generación CFDI sistema productivo
  • Registro fiscal
  • Renovación y sustitución de vehículos
  • Servicio parcial de construcción
  • SPEI tercero
  • Turista pasajero extranjero
  • Vales de despensa
  • Vehículo usado

Complementos no incluidos

A continuación, encontrarás el listado de los complementos que no fueron desarrollados en esta versión:

  • Acreditamiento IEPS
  • Comercio exterior
  • Emisión por cuenta de terceros
  • Hidrocarburos
  • Instituciones educativas
  • Notario público
  • Venta de vehículos

Es importante mencionar que los anteriores no fueron incluidos por temas de tiempo, pero que se tiene planeado irlos agregando poco a poco en futuras versiones; por cierto, si requieres hacer uso de alguno de estos, puedes ponerte en contacto con nosotros y con gusto podemos agregarlo lo antes posible.

Nueva opción

Para efecto de poder implementar la obtención de información de los complementos desarrollados, se incorporó dentro del menú principal del programa una opción llamada “Complementos del CFDI” la cual se encuentra ubicada dentro de la sección de “Reportes del CFDI” como se muestra en la siguiente imagen:

Al dar clic en la opción, se desplegará la relación de los complementos que podrás elegir para la generación del reporte correspondiente.

Cabe mencionar que dentro de entre la lista completa de selección se encuentran tanto aquellos complementos desarrollados como los no desarrollados.

Características

La nueva opción para la generación del reporte de alguno de los complementos considera el mismo estándar o característica que se aplica para la definición de los parámetros y configuración de este, esto significa que deberás de indicar:

  • RFC de la empresa
  • Tipo de comprobante (Emitido / Recibido)
  • Efecto del comprobante (Ingreso / Egreso / Traslado) según corresponda con el complemento seleccionado
  • Fecha inicial
  • Fecha final
  • RFC (Cliente o Proveedor) dependerá del tipo de comprobante seleccionado
  • Directorio de ubicación de los XML
  • Mostrar los datos de los CFDI en cada fila (estará disponible dependiendo del complemento seleccionado)
  • Mostrar los conceptos (se mostrarán los conceptos con sus datos en la parte inferior y los totales del comprobante)

De igual forma, este reporte podrá ser exportado a Excel.

Carta Porte
Quisimos hacer una mención especial a este complemento, ya que tiene características especiales que queremos comentar:

  • Complejidad: Consideramos que es el complemento más complejo que ha publicado el SAT, contiene muchos campos nodos y atributos.
  • Cubre muchas áreas: Este complemento maneja mucha información y muchos datos son opcionales, lo que hace que el proceso de extraer toda la información y mostrar la pantalla sea bastante complejo.
  • Versiones: Hasta el momento el SAT ha liberado 4 versiones de este complemento y en algunos casos ha realizado cambios importantes.

Debido a lo anterior, al momento de ofrecer una solución para este complemento, nos enfrentamos a un gran reto que nos obligó a tomar algunas decisiones:

  1. Solo se va a extraer parte de la información contenida en el complemento, lo relacionado al nodo ubicación y mercancía.
  2. Solamente ofreceremos compatibilidad a la versión 3.1 del complemento.

Como punto final de este apartado, nos gustaría comentar, que si requieres algo de la Carta Porte que no esté contemplado en esta versión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para poder apoyarte.

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Hasta la próxima.

SAT devuelve casi 30 mil mdp: ¿Eres uno de los beneficiados?

En el marco de la Declaración Anual 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha devuelto casi 30 mil millones de pesos a personas físicas que obtuvieron un saldo a favor en su declaración. Esta cifra récord refleja una mayor eficiencia en los procesos fiscales y un creciente interés de los contribuyentes por ejercer su derecho a recuperar impuestos.
De acuerdo con la autoridad (SAT), hubo un incremento del 8 por ciento en la presentación de declaraciones de personas físicas con respecto al mismo periodo del año anterior.

¿En qué consiste la devolución?
Cuando un contribuyente declara más deducciones o retenciones que el impuesto que debía pagar, genera un saldo a favor. Este puede ser devuelto por el SAT, siempre que se cumplan ciertos requisitos y no existan observaciones o inconsistencias en la información presentada. La devolución puede ser automática si se presenta la declaración correctamente y dentro del plazo.

Características principales del proceso

  • Automatización: La mayoría de las devoluciones se procesan sin necesidad de trámites adicionales.
  • Plazo promedio: El SAT suele emitir la devolución en menos de 10 días hábiles si no detecta inconsistencias.
  • Plazo para la devolución: Ésta deberá efectuarse dentro del plazo de cuarenta días siguientes.
  • Medio de pago: El monto se transfiere directamente a la cuenta CLABE registrada por el contribuyente.
  • Fiscalización preventiva: El SAT valida datos bancarios, facturas y deducciones antes de autorizar el reembolso.

Beneficios para el contribuyente

Recuperación de recursos: Permite acceder a dinero que de otro modo quedaría en manos del fisco.
Incentivo a la formalidad: Fomenta la cultura de solicitar facturas y deducir gastos.
Apoyo a la economía personal: Representa un alivio económico significativo, especialmente para asalariados o profesionistas.

Posibles desventajas

  • Rechazo de la devolución: Por errores en la información bancaria o inconsistencias en los comprobantes fiscales.
  • Proceso más lento: Si el contribuyente presenta la declaración con errores o fuera de plazo, la devolución puede tardar semanas o requerir aclaraciones.
  • Auditorías posteriores: El SAT puede revisar más a fondo las deducciones reclamadas, lo que podría derivar en requerimientos.

Sustento legal
El procedimiento de devolución está respaldado principalmente en los siguientes artículos:

  • Artículo 2 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente: Reconoce el derecho a obtener devoluciones de impuestos pagados indebidamente o en exceso.
  • Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF): Establece los requisitos, plazos y procedimiento para la solicitud de devolución.
  • Regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025: Regula las devoluciones automáticas para personas físicas que presenten su declaración anual mediante el portal del SAT.

Consecuencias y panorama general
La devolución masiva de impuestos es una señal positiva tanto para la economía como para la confianza ciudadana en las instituciones fiscales. No solo evidencia una gestión más eficiente por parte del SAT, sino que también fortalece la cultura contributiva. No obstante, es esencial que los contribuyentes presenten su declaración de forma correcta, consulten a un contador en caso de dudas y mantengan su documentación fiscal en orden.

Conclusión
La devolución de casi 30 mil millones de pesos por parte del SAT a los contribuyentes con saldo a favor marca un hito importante en la administración tributaria mexicana. Si aún no has presentado tu declaración o no estás seguro de tener saldo a favor, este es el momento ideal para revisar tu situación fiscal y aprovechar los beneficios que la ley ofrece.
¿Te gustaría que el SAT también te devolviera dinero el próximo año? Mantente al día, deduce correctamente y declara a tiempo.

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Récord de declaraciones: SAT recibe más de 9 millones

SAT recibe más de 9 millones de declaraciones de personas físicas en 2025
La temporada de declaraciones anuales para personas físicas cerrará con cifras históricas. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que más de 9 millones de contribuyentes han presentado su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Este dato marca un nuevo récord y refleja el creciente interés por cumplir con las obligaciones fiscales, así como la consolidación de herramientas digitales que facilitan este proceso.
Hasta el pasado 28 de abril se habían presentado 9 millones 400 mil 973 declaraciones de personas físicas, de las cuales, 502 mil 951más que el mismo periodo del año anterior, representando estas un incremento del 6%.

¿En qué consiste la declaración anual?
La declaración anual es una obligación que tienen las personas físicas ante el SAT para informar sus ingresos, deducciones personales y el cálculo del impuesto correspondiente.
No olvides que el periodo de presentación es del 1 al 30 de abril, siendo hoy el último día.

Beneficios para el contribuyente

  • Posibilidad de obtener saldo a favor.
  • Evita multas por omisión o errores.
  • Facilita la comprobación de ingresos ante instituciones financieras o para créditos.
  • Fortalece la cultura contributiva.

Devoluciones
Dentro de las facultades que tiene la autoridad (SAT) están la de llevar a cabo la revisión de la información contenida en las declaraciones presentadas, por lo que, de resultar con saldo a favor, el tiempo promedio, según la autoridad, para llevar a cabo la devolución es en promedio de 8 días hábiles, menor al que se establece en el Código Fiscal de la Federación (CFF), que es de 40 días posteriores a la solicitud.

Un paso hacia la modernización fiscal
Este nuevo récord de declaraciones no solo implica un mayor cumplimiento, sino que también es muestra del avance en digitalización del SAT. Las herramientas tecnológicas han simplificado el proceso y han incentivado a más personas a presentar su declaración, algunas incluso por voluntad propia, aunque no estén obligadas, para acceder a devoluciones.

El reto ahora será mantener esta tendencia creciente de cumplimiento, seguir perfeccionando los sistemas digitales y fomentar aún más la educación fiscal en México.

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CFDI emitido por empresas dadas de baja en el REPSE

¿Qué implicaciones tiene?
En el contexto actual de fiscalización, uno de los temas que ha cobrado relevancia entre los contribuyentes que contratan servicios especializados o ejecución de obras es el uso de CFDI emitidos por empresas dadas de baja en el REPSE. Esta situación puede representar un riesgo fiscal importante, especialmente cuando se desconoce el estatus del proveedor ante este padrón.

¿En qué consiste?
El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es un requisito obligatorio para las empresas que brindan este tipo de servicios conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo tras la reforma en materia de subcontratación. La finalidad es garantizar que estas empresas cumplan con sus obligaciones fiscales y laborales.

Cuando una empresa está dada de baja del REPSE, ya sea por incumplimiento de obligaciones o por decisión de la STPS, sus comprobantes fiscales (CFDI) pierden validez para efectos de deducción de impuestos y acreditamiento del IVA por parte del contratante.

Características principales

  • El REPSE es un requisito legal para ciertos servicios especializados.
  • Las empresas dadas de baja no pueden emitir CFDI válidos para efectos fiscales.
  • El SAT puede rechazar deducciones y acreditamientos vinculados a estos comprobantes.
  • Los contribuyentes son responsables de verificar la vigencia del registro REPSE de sus proveedores.

Requisitos para deducir correctamente
Para poder deducir los pagos y acreditar el IVA correspondientes a servicios especializados, el contratante debe:

  1. Verificar que el proveedor esté vigente en el REPSE
  2. Contar con el contrato de servicios especializados conforme a la Ley.
  3. Asegurarse de que el CFDI cumpla con los requisitos fiscales y legales.
  4. Tener evidencia del cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social del proveedor.

Beneficios de la verificación

  • Evita sanciones y créditos fiscales por deducciones improcedentes.
  • Fortalece el cumplimiento de las obligaciones patronales.
  • Mejora el control de proveedores y mitiga riesgos ante auditorías del SAT o del IMSS.

Desventajas y consecuencias

  • Si el proveedor fue dado de baja, los CFDI emitidos ya no serán válidos para deducir ISR ni acreditar IVA.
  • El SAT puede requerir el pago de impuestos omitidos, recargos y multas.
  • Puede implicar sanciones adicionales si se considera evasión o simulación de operaciones.

Sustento legal
Este criterio se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas:

  • Artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación (CFF): establece que las operaciones con proveedores que no cumplen con sus obligaciones pueden considerarse no deducibles.
  • Artículo 27, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR): señala que para ser deducibles, los gastos deben cumplir con requisitos específicos, incluyendo la legalidad del proveedor.
  • Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA: condiciona el acreditamiento del impuesto al cumplimiento de requisitos por parte del proveedor.
  • Artículo 15, de la Ley Federal del Trabajo: que el contratista cuente con el registro correspondiente.

Conclusión:
Es crucial que, como contribuyente, verifiques periódicamente el estatus REPSE de tus proveedores. La emisión o recepción de un CFDI no garantiza automáticamente su validez fiscal si el emisor ha sido dado de baja del padrón. La prevención, la documentación adecuada y el cumplimiento de los requisitos legales son la mejor defensa ante revisiones del SAT.

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SAT pone lupa a las tandas: lo que debes saber

SAT pone lupa a las tandas: lo que debes saber

En México, las tandas han sido una forma popular de ahorro colectivo, utilizada por miles de personas como una alternativa al sistema financiero tradicional. Sin embargo, recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comenzado a observar con mayor detenimiento esta práctica, especialmente cuando los montos involucrados son altos o se perciben movimientos bancarios recurrentes. ¿Significa esto que participar en una tanda puede causarte problemas fiscales? Aquí te lo explicamos.

¿En qué consiste una tanda?
Una tanda es una forma de ahorro informal en la que un grupo de personas aporta una cantidad fija de dinero periódicamente (por ejemplo, semanal o mensual) y cada integrante recibe el monto total reunido en un turno preestablecido. Es común entre amigos, familiares o compañeros de trabajo, y se basa en la confianza mutua sin necesidad de contratos formales o intervención de instituciones financieras.

Características principales

  • Participación grupal: involucra a varias personas con un compromiso de pago periódico.
  • Turnos rotativos: cada miembro recibe el total del dinero en un periodo distinto.
  • Sin intereses: no se pagan ni se generan intereses como en los créditos bancarios.
  • Ahorro voluntario: generalmente no tiene regulación formal ni supervisión financiera.
  • Uso común: se utiliza para enfrentar gastos grandes como inscripciones escolares, deudas o emergencias.

Requisitos para formar parte
No existen requisitos formales, pero sí acuerdos previos entre los participantes, como:

  • Compromiso de pago puntual.
  • Selección del orden de turnos.
  • Definición clara de la aportación y la periodicidad.
  • Confianza entre los integrantes.

Beneficios

  • Acceso rápido a dinero: sin necesidad de créditos o historial bancario.
  • Disciplina de ahorro: fomenta el hábito de apartar una cantidad periódicamente.
  • Sin intereses ni comisiones: todo lo que aportas se devuelve en tu turno.
  • Solidaridad comunitaria: fortalece los lazos entre los participantes.

Límites del monto
Aunque no hay un tope legal para los montos en una tanda, el SAT puede intervenir si detecta depósitos frecuentes y elevados en cuentas bancarias que no coincidan con el perfil fiscal del contribuyente. En general, se recomienda evitar que los movimientos superen los $15,000 mensuales sin justificación documental, ya que esto puede activar alertas automáticas en el sistema bancario o fiscal.

Desventajas

  • Falta de respaldo legal: en caso de incumplimiento, no hay forma legal sencilla de recuperar el dinero.
  • Riesgo de fraude: si alguien se retira sin pagar, el grupo queda afectado.
  • No genera rendimientos: a diferencia de instrumentos financieros formales.
  • Vulnerabilidad ante el SAT: si no se declara, puede considerarse ingreso no reportado.

Consecuencias fiscales
El SAT ha reiterado que todos los ingresos deben declararse, incluyendo aquellos obtenidos por medios informales como las tandas. Si se identifican depósitos bancarios que no están respaldados por comprobantes fiscales o no están debidamente declarados, el contribuyente puede ser sujeto de auditoría, multas e incluso recargos por omisión de ingresos.

Sustento legal
La vigilancia se basa en el Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, que faculta al SAT para verificar que los depósitos y movimientos financieros coincidan con los ingresos reportados por los contribuyentes. Además, los bancos están obligados a reportar operaciones inusuales, conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

Conclusión
Aunque las tandas siguen siendo una práctica común y culturalmente aceptada, es importante conocer sus implicaciones fiscales. Si participas en una, lleva un control adecuado y considera declarar los ingresos obtenidos, especialmente si el monto es elevado. Ser transparente con el SAT puede evitarte futuros dolores de cabeza.

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