¿Qué son los EFOS, EDOS? y sus implicaciones

El tema de los contribuyentes que se encuentran registrados en la lista negra del SAT, es de suma importancia y para ello es conveniente saber qué son los EFOS / EDOS y las implicaciones que estos tienen, para ello comencemos por saber:

¿Qué son los EFOS?
Los EFOS son aquellas Empresas que Facturan Operaciones Simuladas, también conocidas como empresas fantasmas, las cuales lucran con la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) que amparan operaciones, compras o servicios que en realidad nunca se llevaron a cabo, es decir, operaciones inexistentes.
Después de un proceso de presunción y no desvirtualización de hechos, la autoridad declara de forma definitiva a un contribuyente como un EFOS, publicándolo en la lista negra (art. 69-B) dentro de su página de internet y posteriormente, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en consecuencia procederá a la inhabilitación del Certificado de Sello Digital (CSD) del emisor.

¿Qué son los EDOS?
Los contribuyentes al comprar o recibir las facturas o comprobantes fiscales digitales de los EFOS, se convierten en Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS), es decir, en personas físicas o morales que simulan un aumento en sus gastos de operación para pagar menos impuestos.

Implicaciones
A continuación, veremos las implicaciones que tendrá un contribuyente (EDOS), que incurre en la compra o recepción de comprobantes fiscales de un EFOS:

  • No podrá deducir de sus impuestos los comprobantes fiscales del contribuyente detectado como EFOS.
  • El receptor deberá de corregir su situación fiscal, por medio de la presentación de declaraciones complementarias.
  • Realizar el pago de multas y recargos, derivado de la corrección fiscal.

De no desvirtuar su situación como un EDOS, se podrá hacer acreedor, por parte de la autoridad (SAT), de la cancelación de su Certificado de Sello Digital (CSD), por lo que no podrá tener relación comercial con ningún otro contribuyente.

Con base a lo anterior, es de suma importancia el que todos los contribuyentes lleven a cabo la verificación constante de sus clientes y proveedores en las listas negras del SAT, evitando con ello formar parte de un EDOS y las consecuencias que esto implica, ya que estas son actualizadas por la autoridad.

¿Como validar mis proveedores en las listas negras?
Te invitamos a que conozcas el mejor programa para validar si tus clientes o proveedores aparecen registrados como incumplidos o con operaciones inexistentes, dando clic en el siguiente enlace:

Software Lista Negra del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Cómo consultar la lista negra del SAT?

Conoce la forma más rápida y optima de consultar la lista negra del SAT, y lo mejor de todo, de forma gratuita, pero antes te diremos dónde y cómo sería la consulta si la hicieras normalmente directamente en el SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica en su página las listas negras, las cuales están a disposición de los contribuyentes para su consulta, siendo éstas las siguientes:

Incumplidos (art. 69)
Estos listados contiene los datos de los contribuyentes catalogados como incumplidos por contar con adeudos ante la autoridad, donde podrás consultar los diferentes supuestos:

  • Firmes
  • Exigibles
  • No localizados
  • Cancelados
  • Con sentencia condenatoria por delito fiscal
  • Condonación de algún crédito fiscal

Para acceder a estas listas deberás de dar clic en la siguiente liga:

Incumplidos

Se mostrarán los archivos de cada una de las listas disponibles, de los cuales deberás de seleccionarlas dependiendo del supuesto a consultar.

Al seleccionar la lista deseada, se descargará un archivo en formato CSV (Comma Separated Values), el cual tendrás que abrirlo, por ejemplo, con Ms Excel, para poder hacer la consulta, ya sea por el RFC del contribuyente o por su Nombre o Razón Social. Esta acción deberás de realizarla por cada uno de los supuestos a consultar.

Operaciones inexistentes (art. 69-B)
En lo que respecta a la lista negra del SAT, donde se encuentran registrados aquellos contribuyentes con operaciones inexistentes, tendrás para su consulta las listas dando clic a la siguiente liga:

Operaciones Inexistentes

De igual forma, deberás de seleccionar la lista dependiendo de la situación (definitivo, desvirtuado, presunto, sentencia favorable) a consultar.

Donde también, obtendrás como resultado de la descarga un archivo en formato CSV, para posteriormente realizar la consulta de forma directa abriendo el archivo con Excel.

Desventajas de estos dos métodos
A continuación, te mostraremos, cuáles son las desventajas de consultar las listas negras directo en la página del SAT:

  • Anteriormente, existía una consulta en línea, la cual hoy no está disponible.
  • Tendrás que descargar uno a uno los archivos de los supuesto o situación, según corresponda, uno solo de ellos pesa más de 30 megas.
  • Solo podrás hacer la búsqueda de contribuyentes de uno en uno y en cada lista por separado.
  • No podrás hacer la consulta de forma automática.
  • Nunca estas actualizado, ya que deberás descargar los archivos constantemente.
  • No podrás conocer los XML que te ha emitido un contribuyente que este en dichas listas.

Solución: Programa de consulta
Como pudiste observar, el proceso de descarga y consulta que se hace en el SAT, es bastante engorroso y tardado, por lo que en Facturando nos dimos a la tarea de crear un programa, especializado en la consulta de tus proveedores contra las listas negras del SAT, de una forma rápida y sencilla, por lo que podrás instalar el programa en tu computadora y comenzarlo a usar sin costo.

Dentro de la funcionalidad que el programa Lista negra del SAT te ofrece tenemos:

  • Conocer a detalle los comprobantes que te ha emitido un proveedor que se encuentre identificado en las listas negras.
  • Realizar consultas de forma masiva de todos tus proveedores con tan solo importar, desde un archivo de Excel, la relación de RFCs a verificar.
  • Buscar por RFC o por razón social a un contribuyente directamente en las listas negras del SAT.
  • Adicional, podrás validar el RFC de tus clientes, proveedores o empleados y si éstos existen en el SAT.

Al hacer uso de nuestra solución tendrás las siguientes ventajas:

  • Contarás con la versión más actual de las listas negras, ya que el sistema se actualiza periódicamente.
  • Podrás realizar todas las consultas que requieras las veces que quieras, no existe límite en la cantidad de consultas.
  • Podrás instalarlo en todas las computadoras de tu empresa, sin costo adicional.
  • Tendrás acceso a todas las actualizaciones, sin costo alguno, durante el periodo contratado.
  • Podrás usarlos para todas tus empresas, ya que es multi RFCs.
  • El soporte técnico es ilimitado.

Y lo mejor de todo es que este programa es gratis en su versión básica y lo podrás descargar dando clic en el siguiente enlace.

Programa para Lista negra del SAT

Conoce los videos que muestran su funcionalidad:

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT: Cómo defenderse si estas en la lista negra

Te recordamos que en el caso de aparecer registrado en la lista negra del SAT, no desvirtuar los hechos y pasar a ser clasificado como una Empresa que Factura Operaciones simuladas (EFOS) “Definitivo” puede traer como consecuencia, además de las sanciones administrativas de multas y embargos, cumplir prisión de tres a seis años, de acuerdo con el artículo 113-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).


PRODECON
Si tienes algún problema con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y no sabes a quién acudir, podrás apoyarte en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), la cual es un organismo público descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica funcional y de gestión, que se especializa en materia tributaria.

La PRODECON es la encargada de proteger y defender los derechos de los contribuyentes a través de servicios como:

  • Asesoría y consulta – te apoya en la solución de tus problemas fiscales.
  • Defensoría y representación – es tu abogado defensor cuando tienes un adeudo fiscal improcedente y está contigo hasta la conclusión total del asunto.
  • Quejas y reclamaciones – dando seguimiento a los procedimientos contra actos de las autoridades fiscales federales que vulneren sus derechos.
  • Acuerdos conclusivos – actúa como mediador para la conclusión de tu auditoria fiscal.

Todos los servicios son proporcionados de forma gratuita, de manera ágil y sencilla, dirigidos tanto a personas físicas como morales y obligados solidarios.

El contribuyente podrá solicitar los servicios ya sea:

  • Telefónicamente
  • Por correo electrónico
  • De forma presencial

Podrás conocer los criterios del artículo 69_B del CFF dando clic en la siguiente liga:

PRODECON – Criterios art. 69 B – CFF

Consecuencias
Es importante mencionar en que casos el SAT podrá llevar acabo la cancelación de tu Certificado de Sello Digital (CSD).
Dentro del artículo 17-H, fracción X, del Código Fiscal de la Federación (CFF), se enumeran en diversos incisos en qué casos puede quedar sin efectos el Certificado de Sello Digital (CSD) de los contribuyentes; sin embargo, sólo el inciso c), prevé la cancelación del CSD durante el ejercicio de facultades de comprobación.

En ese sentido, la autoridad fiscal (SAT) al ejercer sus facultades debe limitarse a dejar sin efectos el CSD, únicamente cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en dicho inciso, es decir, cuando en el ejercicio de sus facultades de comprobación detecte que el contribuyente no puede ser localizado, éste desaparezca durante el procedimiento, o bien, tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, para ello, el emisor debe haber sido publicado en el listado definitivo a que se refiere el artículo 69-B del CFF.

Si fuiste afectado por la cancelación de tu CSD por parte de la autoridad (SAT) sin saber del porqué de esta, podrás solicitar, por medio de una aclaración en el portal de SAT, en la sección Otros trámites y servicios/Asistencia y orientación electrónica/Presenta tus aclaraciones como contribuyente, los motivos por los cuales se dejo sin efecto tu certificado.

Si después de la aclaración presentada ante la autoridad, se consideran como desvirtuadas las causas por la que se canceló tu CSD, automáticamente deberán de reactivar dicho certificado, por lo que NO se deberá de generar un nuevo Certificado de Sello Digital conforme a la ficha de trámite 108/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Te invitamos a que conozcas y hagas uso de la mejor aplicación para verificar las listas negras del SAT, dando clic en la siguiente liga:

Programa Listas negras del SAT

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Hasta la próxima.

Cómo es el proceso al estar en la lista negra?

Continuando con el tema de los contribuyentes que aparecen en las listas negras del SAT, queremos comentar cual es el proceso que deberá seguirse con la autoridad, al detectar si algún contribuyente se ubica como presunto generador de operaciones inexistentes.

Notificación
El contribuyente deberá de considerar la notificación que le haga la autoridad del oficio individual, a través de su buzón tributario, así como, de la publicación del oficio global que se haga en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), de conformidad con lo establecido en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Escrito del contribuyente
Una vez notificado, tendrás un plazo de quince días contados a partir de la notificación que se haya efectuado, para presentar, mediante un escrito libre, en original y dos copias, manifestando lo que a tu derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideres necesaria para desvirtuar los hechos señalados en el oficio donde se notifica que te ubicas en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, considerando las fichas de trámite 156/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).

Revisión por la autoridad
La autoridad procederá, en un plazo que no excederá de cinco días, a la valoración de las pruebas y defensas que se hayan hecho valer, determinando si es necesario requerir de información adicional o en su caso emitirá la resolución según corresponda.

Sin respuesta del contribuyente
Si el contribuyente no aporta la documentación o información pertinente para desvirtuar los hechos y una vez transcurrido el plazo concedido de quince días, el SAT emitirá la resolución correspondiente.

Publicación de la resolución
Para ambos casos, cuando el contribuyente haya dado o no seguimiento al proceso, la autoridad notificará de su resolución al contribuyente a través del buzón tributario, y procederá a la publicación en su página y en el diario oficial, del nombre, denominación o razón social en el listado de contribuyentes como desvirtuado (si se probó la existencia de las operaciones) o como no desvirtuado (para pasar a ser una EFOS).

Empresas que Deducen Operaciones Simuladas
Si detectas que realizaste operaciones con contribuyentes que se encuentren publicados en los listados definitivos, deberás de proceder a la acreditación, ante la autoridad, de que efectivamente se adquirieron los bienes o se recibieron los servicios contenidos en los comprobantes fiscales correspondientes, para ello contarás con un plazo de treinta días a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Para el caso de no poder acreditar los bienes o servicios recibidos, deberás de proceder, en el mismo plazo (30 días), a corregir tu situación fiscal, presentando la o las declaraciones complementarias según corresponda, en términos del Código Fiscal de la Federación, a través de la ficha de trámite 157/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Contribuyentes incumplidos
De igual forma, deberás de consultar la relación de contribuyentes incumplidos (Artículo 69) para conocer si se reporta algún adeudo fiscal pendiente de pago o si el domicilio está como no localizado para cualquier circunstancia.

Verificación constante
De acuerdo a lo anterior, es de suma importancia, que realices continuamente la verificación, en las listas negras del SAT, de todos los contribuyentes con los que tienes relación comercial, ya que éstas se actualizan constantemente, por lo que los datos publicados pueden variar de una fecha a otra, para ello te recomendamos nuestra aplicación especializada en la consulta de contribuyentes en la lista negra del SAT.

Solución
Con nuestro programa Lista negra del SAT podrás verificar si tus proveedores o clientes se encuentran registrados como un contribuyente incumplidos o con operaciones inexistentes, por lo que te recomendamos a hacer uso de nuestra versión básica la cual no tiene costo es gratis, te invitamos a descargarlo dando clic en el siguiente enlace:

Descarga programa para Lista Negra del SAT

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Hasta la próxima.

SAT: Curiosidades en las listas negras del SAT

Continuando con el análisis de las listas negras del SAT nos encontramos con una serie de curiosidades, que más que nada las llamaríamos inconsistencias, por lo que procederemos a comentar acerca de ellas:

Incumplidos
En esta lista, publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se identificaron 458 Registros Federales de Contribuyentes (RFC) que no son válidos por diversas razones, como son:

  • Tienen menos caracteres, como ejemplo tenemos: PPLMM03AS8
  • Su estructura no cumple con la definida por el SAT, un ejemplo de ello es: PPLMM03AS8

En lo que respecta a los valores del campo monto, en su mayoría son un número entero, detectándose que existen 84 registros con importes con decimales.
Continuando con el campo del monto, el monto con el mayor importe es de $ 9,528,150,657 perteneciente al RFC ICO0612197H1, mientras que el importe con el menor monto corresponde al RFC CADJ301012TH1 con $ 2.
En cuanto a registros duplicados se detectó que estos ascienden a la cantidad de 51,734.

Operaciones inexistentes
Dentro de esta lista, se detectaron 25 RFCs duplicados, mientras que la razón social más grande está compuesta por 230 caracteres.
En cuanto a la inconsistencia encontrada en el campo de fecha, se detectó que algunos valores corresponden a un número, como son:

  • 43643
  • 43684
  • 43392
  • 43412
  • 43385
  • 43403

Adicional, se detectaron dos distintos separadores para los campos de tipo fecha, siendo estos la diagonal (/) y guion medio (-).
Se detecto que algunos campos contienen valores dobles como:

  • Número y fecha de oficio global de sentencia favorable, donde se observan dos números distintos de oficio con su propia fecha:

500-05-2018-14368 de fecha 22 de junio de 2018 // 500-05-2018-29722 de fecha 10 de octubre de 2018.

  • En lo que respecta al campo de Publicación página SAT sentencia favorable, también se observan dos fechas distintas:

22/06/2018 // 10/10/2018

En cuanto a la versión más reciente de esta lista, la correspondiente al pasado 7 de noviembre del 2019, la autoridad (SAT) eliminó dos campos:

  • Número y fecha de oficio global de presunción
  • Número y fecha de oficio global de sentencia favorable

Consultar las listas
Si deseas consultar, de forma rápida y sencilla, si alguno de tus proveedores se encuentra en las listas negras del SAT, puedes descargar, instalar y usar nuestro software, esto sin costo, ya que su versión básica es gratis.

SOFTWARE PARA CONSULTAR LAS LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si deseas conocer las estadísticas en números de estas listas, podrás hacerlo consultando el siguiente artículo:

LISTAS NEGRAS EN NÚMEROS

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Hasta la próxima.

¿Qué es la lista negra del SAT?

En esta ocasión queremos comentar acerca de un tema muy delicado como son las listas negras del SAT, recordemos que en la Reforma Fiscal del año 2014 se facultó a la autoridad para que ésta publicará el nombre o razón social y la clave del RFC de aquellos contribuyentes que contaran con irregularidades en su situación fiscal, las cuales describiremos a continuación, para ello inicialmente nos preguntaremos:

¿Qué son las listas negras del SAT?
Son listados, generados por el SAT, donde se tienen relacionados a aquellos contribuyentes incumplidos en sus obligaciones fiscales y con la presunción de incurrir en la realización de operaciones inexistentes.

¿Cuál es el sustento legal?
A continuación, mencionaremos el fundamento legal para cada una de las listas del SAT:

Contribuyentes incumplidos (Artículo 69)

  • Código Fiscal de la Federación, en su artículo 69, párrafo décimo segundo, fracciones I, II, III, IV, V, y VI.

En este, se comenta que se puede dar a conocer el nombre, denominación o razón social y la clave del RFC de contribuyentes, por lo cual no aplica la reserva de información bajo los siguientes supuestos:

  • Contribuyentes con domicilio fiscal no localizados.
  • Aquellos que cuentan con créditos fiscales firmes.
  • Que tienen créditos exigibles, no pagados o garantizados.
  • A quienes se le hayan cancelado créditos fiscales.
  • Con créditos condonados.
  • Que hayan recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal.

Contribuyentes con operaciones inexistentes – EFOS (Artículo 69-B)
En esta lista se encuentran los contribuyentes (persona física o moral) que hayan emitió comprobantes fiscales, sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material directa o indirectamente para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien que dichos contribuyentes se encuentren no localizados.
A continuación, encontrarás los artículos, reglamentos, etc., en los que se fundamenta la emisión de dicha lista:

  • Código Fiscal de la Federación artículo 69-B.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 69 y 70.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 1.4, último párrafo, inciso a), b), c) y d), regla 1.5 y Anexo 1-A.

Publicación de listas negras en el SAT
Los datos contenidos en estas listas son abiertos para todo público y cualquier persona podrá acceder y conocer a aquellos contribuyentes implicados, por lo anterior, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) las publica en su sitio web, con esto cualquier persona puede ingresar y consultar si alguno de sus proveedores, clientes o hasta empleados se encuentra registrado en dicha lista.
A continuación, encontrarás ligas a cada una de estas:

Software para consultar la lista negra del SAT
Es un programa que hemos desarrollado para que puedes consultar la lista de negra del SAT sin necesidad de entrar a la página del SAT y el cual incluye mejoras importantes:

  • Consulta directa: Podrás realizar la consulta mediante el RFC o nombre del contribuyente directamente en la lista negra del SAT.
  • Búsqueda masiva: Podrás consultar todos tus proveedores, clientes y hasta empleados con tan solo un clic, no importando la cantidad.
  • Reporte de comprobantes emitidos: Con esta opción podrás obtener un reporte de los CFDIs emitidos por alguno de tus proveedores que este registrado en las listas negra.
  • Validar un RFC: Verifica si un RFC es válido y si existe en el SAT.

Si deseas, puedes descargar la versión gratuita de aquí y si requieres más información acerca del mismo, puedes dar clic aquí.

PROGRAMA PARA LA LISTA NEGRA DEL SAT

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Hasta la próxima.

Actualización a los catálogos de nómina

El pasado 5 de diciembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó una actualización a los catálogos utilizados en la emisión de los comprobantes correspondientes a los recibos de nómina que le emites a tus empleados.
A continuación, describiremos los cambios realizados por la autoridad, siendo éstos los siguientes:

Catálogo régimen fiscal
En lo que respecta al catálogo de régimen fiscal, las claves que se adicionaron fueron las siguientes:

Persona moral

  • 628 – Hidrocarburos

Persona física

  • 629 – De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales
  • 630 – Enajenación de acciones en bolsa de valores

Catálogo tipo de deducción
Para el catálogo de tipo de deducción solo se adicionó una clave:

  • 107 – Ajuste al Subsidio Causado

Catálogo tipo de incapacidad
Para este catálogo se creó un nuevo tipo de incapacidad que aplicará para aquellos padres que soliciten licencia por tener hijos diagnosticados con cancer:

  • 04 – Licencia por cuidados médicos de hijos diagnosticados con cáncer.

La intención de este nuevo tipo de incapacidad es la de igualar (homologar) con los tipos de incapacidades que maneja el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Catálogo otro tipo de pago
En este catálogo se adicionaron tres nuevos tipos de pago:

  • 006 – Alimentos en bienes (Servicios de comedor y comida) Art 94 último párrafo LISR
  • 007 – ISR ajustado por subsidio
  • 008 – Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica sólo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)

Para todas estas claves que se adicionaron a los diferentes catálogos la fecha de inicio de vigencia aplica a partir del 1 de enero de 2020, teniendo como fecha límite para su adopción un periodo de gracia de 3 meses posteriores a la vigencia de estas.

Cambios en Facturando
Estos cambios impactan a las diferentes soluciones de Facturando, por lo que se esta trabajando en ello, para poder liberar las nuevas versiones que soporten estos cambios, por lo que les pedimos estar atentos a nuestro Blog que es donde publicamos las liberaciones de nuestras distintas soluciones.
Dentro de las soluciones afectadas tenemos:

De igual forma, hemos consultado con nuestro PAC principal, E-Codex, y nos comenta que se encuentran realizando los cambios correspondientes para estar listo lo antes posible, estos cambios serán aplicados en sus 3 ambientes: Producción, Nómina y testing.

Si deseas obtener el catálogo actualizado que contiene estas nuevas claves te invitamos a dar clic en la siguiente liga:


Catálogo de nómina

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Hasta la próxima.

¿Cómo descargar hasta 33,000 CFDI directo del SAT?

Actualizado al 31/Mayo/2025

En esta ocasión queremos comentar acerca de las consideraciones que debes de tener en cuenta al momento de realizar la descarga masiva de archivos XML del SAT, mediante el uso de nuestra aplicación Descargar CFDI o la librería EDD; soluciones con las que podrás descargar, de forma automática, los archivos XML emitidos o recibidos.

Descarga de hasta 33,000 CFDI
Con nuestras soluciones podrás descargar hasta 33,000 archivos XML de tus CFDI, ya sean emitidos o recibidos, y lo mejor de todo, sin las restricciones impuestas por el SAT:

  • Solo 500 comprobantes al consultar
  • No más de 2,000 a descargar por contribuyente al día

Recomendaciones
Hemos creado una serie de sugerencias que debes tener en cuenta si quieres descargar grandes cantidades de archivos XML.

Descargas previas
  • En el día en que vayas a realizar la descarga de los XML, no haber descargado archivos, ya sea usando nuestro programa o programas de terceros.
  • Si ya lo hiciste, el programa intentará descargar la mayor cantidad de XML, pero es posible que solo descargue una parte de los mismos.
Tipo de conexión a Internet
  • Contar con una conexión de internet estable y con buen ancho de banda de bajada.
  • De preferencia estar conectado por cable, ya que, la conexión por WIFI puede generar inestabilidad en el proceso de la descarga.
  • Recuerda, no es una obligación estar conectado por cable para poder hacer la descarga, esto es solo una recomendación para cuando quieres descargar una gran cantidad de archivos XML.
Horario
  • Si quieres descargar una gran cantidad de archivos XML, el mejor momento de hacerlo es durante la noche o madrugada.
  • Lo anterior, es debido a que a esas horas, es cuando el servidor se encuentra más desocupado.
  • Recuerda, esto es solo una sugerencia, ya que la descarga de los archivos, se puede realizar en cualquier momento del día.

Todas estas recomendaciones son el resultado de una serie de pruebas que hicimos en su momento y que tenían como objetivo descargar la mayor cantidad de archivos XML.

Como anécdota, te podemos compartir, que en una de estas tantas pruebas que hicimos, pudimos descargar 34,500 XML; esta es la cantidad máxima de archivos que pudimos obtener en una sola petición; esto solo lo pudimos alcanzar una sola vez, nunca hemos podido repetirlo; por cierto esto se logró un día entre semana a las 2 am y la conexión era por cable.

¿En mi caso, por qué no puedo descargar esos 33,000 XML?
Es importante aclarar que, aun siguiendo las recomendaciones aquí, no puedas descargar esa cantidad de archivos, y esto se debe a que, dependemos de factores externos que no están bajo nuestro control, como son: Conexión a internet y el servidor del SAT.

Algunos usuarios con los que hemos compartido este artículo y que han seguido las sugerencias aquí comentadas, nos reportan que su capacidad de descarga se ha disparado considerablemente, llegando a descargar 10,000, 15,000 y hasta 25,000 archivos XML en un solo día.

¿Qué puedo hacer si no se descargaron todos mis XML?
Sí por algún motivo, no se pudieron descargar todos los XML; la solución, en este caso, es esperar a que cambie el día y hagas la descarga de los archivos XML que te hicieron falta.

Solo es necesario que cambie de día para continuar, y si te urgen los XML, puedes volver a intentarlo, por ejemplo, a la 1 o 2 de la mañana; a esa hora vas a poder continuar con la descarga.

Si eres usuario del programa Descargar CFDI, no te preocupes, este se encuentra preparado para descargar los XML que te hicieron falta; solo deberás abrirlo y hacer una descarga siguiendo estos dos pasos:

  1. Indicarle el mismo periodo a descargar.
  2. Desactivar la opción “Descargar los XML previamente descargados”.

De esta forma, el programa solo descargará los archivos que no se pudieron descargar en la sesión anterior, esto gracias a que el programa guarda los UUID descargados previamente.

Si eres un programador que hace uso de la librería (DLL) Electronic Document Download, puedes implementar una solución como la que ofrece Descargar CFDI; si lo prefieres, podemos hacer una sesión técnica donde comentamos este tema a detalle.

Para finalizar, queremos invitarte a probar nuestro programa de descarga masiva; recuerda que no solo descarga los XML, también los convierte a Excel y genera varios reportes usando los XML.

Software para la Descarga masiva de XML

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Hasta la próxima.

Problemas al descargar archivos XML del SAT

23/10/2019 09:15:00 hrs

El SAT ha realizados cambios al tratar de autentificarse a su servidor, al momento de realizar la consulta y/o descarga de los archivos XML de sus comprobantes, obteniéndose el mensaje de error:

LOGIN_NOT_LOGIN

No es posible autentificarse en el servidor del SAT, te recomendamos verificar la clave CIEC.

Dichos cambios han hecho que dejen de funcionar algunas de nuestras soluciones de descarga de XML:

Nuestra área de desarrollo se encuentra trabajando en ello para dar una solución lo antes posible, por lo que les pedimos estar atentos a lo que se vaya publicando en este blog.

23/10/2019 17:00:00 hrs

Se realizaron los cambios pertinentes a las soluciones que se vieron afectadas por los cambios realizados por el SAT, por lo que se liberaron las nuevas versiones.

Para el caso de las soluciones Descargar CFDI y Nómina Total, al ejecutar los programas se detectará de forma automática que existe una actualización a los mismos, la cual deberá de permitir que se aplique, una vez actualizados, podrá continuar con su proceso de descarga sin problema alguno.

En lo que respecta a los usuario de la librería de descarga (EDD), deberán de descargar directamente de la página de Facturando el instalador y ejecutarlo, para una vez concluida la instalación, aplicar manualmente la actualización de la misma a sus proyectos.

EDD: Módulo de administración

Como parte de la nueva funcionalidad, fue necesario crea el módulo de administración, donde se podrá tener el control de todos los RFCs que harán uso de la misma:

Alta de un contribuyente
Se podrán dar de alta todos los RFCs que se requieran para hacer uso del proceso de la descarga de archivos directo del SAT.

Esta opción solo la podrán usar aquellos clientes que tengan contratado el timbrado con Facturando.

Actualizar el estatus de un RFC
Si por algún motivo requieres que alguno de los RFCs que tienes dados de alta no puedan consultar y/o descargar, lo podrás desactivar o activar en cualquier momento.

Estado de cuenta de un RFC
Podrás consultar el estado de cuenta de uno o varios contribuyentes ligados a tu empresa, donde se mostrará la siguiente información:

Datos del integrador

  • RFC del integrador.
  • Nombre o Razón social.
  • Status (Activo / Deshabilitado).

Datos del contribuyente

  • RFC del contribuyente.
  • Nombre o Razón social.
  • Status (Activo / Deshabilitado).
  • Método (Diario / Mensual).
  • Vigencia (fecha de vencimiento)

Para saber más acerca de esta nueva generación de la librería te invitamos a dar clic a las siguientes ligas:

Si deseas obtener la nueva versión de la librería correspondientes a los cambios y características anteriormente indicados, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Electronic Document Download

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.