Análisis realizado al complemento Carta Porte v2.0

Continuando con el tema de la nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Facturando se dio a la tarea de analizar esta nueva versión 2.0 contra la versión anterior 1.0, obteniéndose lo siguientes resultados:

Nodos / atributos eliminados
Con respecto a los nodos y/o atributos que se eliminaron fueron 96, los cuales formaban parte de la versión 1.0.

Nuevos atributos
En lo que respecta a la nueva versión 2.0 se adicionaron 41 nuevos atributos, entre ellos tenemos:

  • PaisOrigenDestino
  • AseguraRespCivil
  • PolizaRespCivil
  • AseguraMedAmbiente
  • PolizaMedAmbiente
  • AseguraCarga
  • PolizaCarga
  • TipoDeTrafico
  • TipoFigura
  • RFCFigura
  • NombreFigura
  • NumRegIdTribFigura
  • ResidenciaFiscalFigura
  • ParteTransporte
  • Entre otros …….

Nuevos nodos
Para el caso de los nodos, en esta versión se adicionaron 7:

  • Pedimentos
  • GuiasIdentificacion
  • Autotransporte
  • Seguros
  • TiposFigura
  • PartesTransporte
  • Domicilio

Cambios
Dentro de los cambios detectados a los diferentes atributos, ademas del de la versión de 1.0 a 2.0, tenemos 15 de ellos, pudiendo ser:

  • Cambio en el uso, de opcional a requerido o viceversa
  • Cambio en el tipo, de un catálogo a una cadena de caracteres con mínimo y máximo a considerar
  • Cambio en el patron utilizado

Nuevo namespace
Para la definición del namespce usado en la generación del complemento, éste también se vió modificado, en la versión 1.0 se usaba “cartaporte:”, mientras que para ésta nueva versión 2.0, ahora se debe de usar “cartaporte20:”

Matriz de errores
Con respecto a al archivo de la matriz de errores, podrás ver los cambios realizados a esta dando clic en la siguiente liga:

Matriz de errores

Si deseas obtener la documentación completa de esta nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte, podrás hacerlo dando clic en la siguiente liga:

Complemento Carta Porte v2.0

NOTA:
Cabe mencionar, que, con lo repentino de la publicación de esta nueva versión del complemento, por parte del SAT, las fechas para su uso obligatorio (01 de diciembre 2021) en su periodo de adaptación y para su uso obligatorio final (01 enero 2022), no ha habido cambio alguno, que a nuestro parecer, son muy próximas y deja poco tiempo para que los contribuyentes puedan modificar y aplicar todos los cambios contenidos en la nueva versión 2.0 del complemento.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Carta Porte v2.0 – Matriz de errores

Como sabrás el pasado 26 de octubre del 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal la nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte.

En dicha publicación no existía la publicación de la matriz de errores, la cual, la autoridad publicó hasta el día de ayer, 28 de octubre del 2021.

¿Qué es la matriz de errores?
La matriz de errores es un archivo de Excel, el cual contiene cada una de las validaciones que el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) debe de realizar al momento de la certificación de un comprobante fiscal digital (CFDI), de no cumplir con ellas, el PAC no podrá otorgar la certificación del documento.

¿Cómo está conformada?
La matriz de errores se divide en dos secciones, siendo estas las siguientes:

  1. Errores para CFDI 3.3 con complemento Carta Porte, sección que incluye 11 validaciones (errores) a considerar y que corresponden exclusivamente a la validación del comprobante, los cuales se identifican con código de error que van del CP101 al CP1011.
  2. Errores para el complemento Carta Porte versión 2.0, en esta sección, donde se contemplan las validaciones correspondientes al complemento de Carta Porte para su versión 2.0, esta compuesta por 72 validaciones (errores), las cuales están identificadas con código de error que va del CP112 al CP182 más el código CP999.

Cambios realizados
Cabe mencionar que este archivo de matriz de errores es totalmente nuevo, ya que la autoridad llevo a cabo el reordenamiento de los códigos de error, esto significa, por ejemplo: que el código de error CP182 de la versión 1.0 no corresponde en nada con el código CP182 de esta nueva versión 2.0, por lo que esto traerá varias complicaciones, al momento de aplicar los códigos, desechando los códigos de la versión anterior y considerar solo los nuevos.

Si deseas tener acceso a la nueva matriz de errores, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para descargarla.

Matriz de errores

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT: nuevo aplicativo para solicitud de citas

Con el motivo de mejorar sus servicios de atención gratuita a los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puso a disposición de los contribuyentes, el pasado 6 de septiembre, el nuevo aplicativo denominado CitaSAT.

Con este aplicativo de solicitud de citas, los usuarios podrán reservar, consultar y cancelar citas para los diferentes servicios de todos los Módulos y Administraciones Desconcentradas de la dependencia de una manera segura, eficaz y sin intermediarios.

A continuación, describimos las fases implementadas previas a la liberación del aplicativo, siendo estas las siguientes:

Primera fase
Durante la primera fase de desarrollo se implementó un código de confirmación vía correo electrónico, el cual debe de ser capturado por el contribuyente para evitar o restringir la posibilidad de que “robots” aparten citas masivas.

Siguientes fases
Se contará con nuevas facilidades para atender la demanda de trámites de manera eficiente y ordenada, brindando con ello una atención de alta calidad.

Ejemplo de ello es la Fila Virtual, la cual dará la alternativa de recibir una cita automáticamente en el momento en que exista disponibilidad conforme al turno que se tenga asignado.

La autoridad promete que con este nuevo sistema y las mejoras que se irán haciendo continuamente, se podrá obtener una cita de manera fácil, segura y rápida.

Seguridad
Cabe mencionar que desde que el aplicativo fue liberado ha sido objeto de ataques cibernéticos que intentan replicar el robo masivo de citas que existía anteriormente pero que hasta el momento han fracasado rotundamente debido a la robustez en la seguridad del programa.

Esta intensa red de ataques cibernéticos provocó en su primer día que el sistema funcionará un poco más lento de lo que se tenia previsto pero su equipo ya esta fortaleciendo la tecnología de apoyo para que esto quedé superado a la brevedad.

Para un correcto desempeño, se recomienda utilizar el aplicativo con las últimas versiones de los navegadores Google Chrome, Microsoft Edge, Mozilla Firefox y Safari.

Para conocer el nuevo aplicativo te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Citas SAT

Esperamos que esta información les sea de utilidad, si tienen alguna duda al respecto, puedes contactar directamente al SAT dando clic aquí

Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: prórroga hasta 2022

Derivado de las reuniones con la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los distintos representantes:

  • Del Consejo Coordinador Empresarial (CCE)
  • La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin)
  • Cámara de la Industria de Transformación de Nuevo León (Caintra)
  • La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar)
  • De la Asociación Nacional del Transporte Privado (ANTP)

Dónde se discutieron, los cambios sobre el complemento Carta Porte, y trayendo como resultado, por parte de la autoridad, la decisión de prorrogar la entrada en vigor de los nuevos requisitos a la generación de comprobantes fiscales digitales con complemento Carta Porte hasta el 1 de enero del 2022.

Antes de la prórroga, estos cambios entrarían en vigor el próximo 30 de septiembre de 2021.

Sin embargo, los cambios podrían generar problemas de logística, flexibilidad y seguridad para los transportistas, ya que todos los días surgen situaciones que deben de solucionarse rápidamente, y estas podrían verse afectadas por el complemento.

Con respecto al tema de seguridad, recordemos que el complemento contiene más de 185 datos como son: la ruta, el valor de la mercancía, fracción arancelaria, etc., información que puede hacer que aumenten las extorciones y robos.

Adicional, se pactaron los siguientes puntos:

  • Se publicarán los cambios al CFDI antes del 15 de septiembre.
  • Oficialmente, la prórroga es hasta el 30 de noviembre para después, dar inicio a un periodo de prueba comprendido del 1 al 31 de diciembre. Periodo durante el cual se llevarán a cabo mesas de trabajo para discutir temas jurídicos y de seguridad.
  • La autoridad (SAT) deberá de desarrollar una App para facilitar el trámite a las pequeñas empresas transportistas.

Continuarán las mesas de trabajo en los siguientes días, donde uno de los temas pendientes es la reducción de la información y requisitos para los transportes de una misma ciudad.

Con información del El Universal y Revista Automotores.

https://www.eluniversal.com.mx/cartera/aplaza-sat-hasta-2022-carta-porte-de-transportistas

ww.automotores-rev.com/aplazan-al-1-de-enero-2022-complemento-carta-porte/

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Hasta la próxima.

Cambios al emitir un CFDI con Complemento Carta Porte

Continuando con el tema de la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) con el complemento Carta Porte no olvides que el próximo 30 de septiembre del 2021 se vuelve obligatorio.

Dicho comprobante, deberá de contener toda la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente a los medios por el que se transportan, ya sean por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, la incorporación de la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Cambios
Pero el tema principal de este blog es darte a conocer los cambios detectados que deberás de considerar al momento de llevar a cabo la generación de un CFDI que contenga el complemento Carta Porte.
Dentro de los cambios detectados a la documentación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes en su página, con respecto a este complemento tenemos los siguientes:

Preguntas Frecuentes
Para el caso del archivo que contiene las preguntas y respuestas correspondientes al complemento, se detectó que de la relación publicada en julio contra el mes de agosto son:

Preguntas Generales
Las diferencias para esta sección, no es la cantidad de preguntas que en total son 9, sino en el contenido de ellas, ya que 4 continuan en la lista, aunque su ubicación en la misma si cambio; 1 de ellas se separó convirtiéndose en 2 preguntas; 4 de ellas desaparecieron del listado, mientras que 3 preguntas son nuevas.

Autotransporte Federal
Para esta sección de preguntas y respuestas, la cantidad total se incrementó en una, pasando de 17 a 18, de estas solo 1 conserva su lugar original en ambas listas, 11 siguen apareciendo tanto en una lista como en la otra, aunque no conservan su número en el orden de aparición; 3 de ellas ya no aparecen en la lista de agosto, mientras que en la lista de agosto aparecen 4 nuevas preguntas.
En lo que respecta a las otras secciones, correspondientes al Autotransporte Marítimo, Aéreo y Ferroviario, la cantidad de preguntas totales para casa sección son las mismas, no cambio.

Redacción
En lo que respecta a la redacción de las preguntas, para el listado de agosto, en su mayoría, por no decir que, en casi todas, cambio ligeramente su redacción sin perder el sentido de estas.

Schema
Para el caso de la estructura del XML, el cambio corresponde al atributo Matricula del nodo Transporte Marítimo, siendo el cambio l siguiente:

Antes:
Longitud mínima: 6
Longitud máxima: 7

Actual:
Longitud mínima: 7
Longitud máxima: 30

Este cambio es de suma importancia tomarlo en cuenta al momento generar el XML con el fin de no incurrir con errores de validación contra el schema.

Si deseas obtener las versiones más recientes de la documentación publicada por el SAT para este complemento, puedes dar clic en el siguiente enlace para descargarla.

Documentación Carta Porte

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Hasta la próxima.

Conoce el catálogo de empresas con registro en el REPSE

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con base en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, ha puesto a disposición de los contribuyentes, el catálogo de aquellas empresas que han cumplido con la condición para poder prestar los servicios especializados, consistente en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Dicho catálogo está disponible para su consulta en la página de la Secretaría, por lo que la autoridad recomienda que si se van a contratar servicios especializados es importante verificar que cuenten con el registro en el REPSE.

A continuación, te decimos cómo consultar el catálogo, para ello deberás de dar clic en la siguiente liga:

Catálogo REPSE

Una vez que se esta en la página principal, deberás de dar clic en la opción “CONSULTA EL CATÁLOGO” donde se desplegará la siguiente información:

“En cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación de publicar en un portal de internet el padrón de personas físicas o morales que obtengan el registro para proporcionar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas mediante subcontratación, se pone a disposición de cualquier interesado la versión pública del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Lo anterior con apoyo en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII, 5 y 22, fracción VIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados; 120, segundo párrafo, fracción I de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 117, segundo párrafo, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.”

Podrás acceder al catálogo, dando clic al botón “Consultar” acción que desplegará una relación de empresas con la siguiente información:

  • Razón social
  • Número de registro
  • Botón “Seleccionar”

Al dar clic al botón “Seleccionar” se desplegarán los siguientes datos:

  • Folio
  • Nombre o Razón Social
  • Entidad y Municipio
  • Número y Fecha del aviso de registro
  • Relación de las actividades o servicios ofrecidos

Para mayor comodidad, la aplicación permite realizar búsquedas por medio del nombre o razón social.

Al día de hoy, el catálogo se encuentra integrado por 25,283 registros (empresas).

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Preguntas frecuentes al padrón de servicios especializados

Con respecto a la liberación del Registro en el Padrón de Servicios Especializados publicado por la Secretaría del Trabajo, sabemos que existen dudas en cuanto a su aplicación, por lo que te presentamos las cuatro preguntas más frecuentes para llevar a cabo su aplicación y la respuesta dada sobre las mismas.

¿Quién tiene la obligación de registrase en el Padrón?
Las personas físicas o morales que presten servicios especializados o realicen obras especializadas y que deseen proveer a un tercero (contratante) dichos servicios u obras especializadas y para ello pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Si soy un prestador de servicios especializados u obras especializadas y para dar mis servicios a un tercero no pongo a mis trabajadores a disposición del contratante, ¿Debo registrarme?
No, el registro es exclusivamente para quien ponga trabajadores a disposición de un tercero para la realización de los servicios y las obras especializadas contratadas.

¿En los contratos mercantiles entre empresas donde se venden y compran mercancía deben los vendedores de mercancías o los fabricantes de la misma registrarse?
No, únicamente en la prestación de servicios u obras donde se ponga trabajadores propios al servicio del tercero para la realización de los servicios u obras especializadas.

¿Por qué causas me pueden denegar el registro?
Fundamentalmente por no acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social, porque los documentos cargados a la plataforma no sean legibles, porque las actividades para las que se solicita el registro no correspondan con las establecidas en el objeto social o en la constancia de situación fiscal de la persona física o moral o porque la información proporcionada en la plataforma no sea veraz, entre otros.

Como indicamos al inicio de este artículo, estas son solo las 4 más importantes, pero existen muchas otras, por lo que te invitamos a ver la totalidad de estas, dando clic en el siguiente enlace y a su vez, ya en la página deberás dar clic al botón “Preguntas Frecuentes”:

Preguntas REPSE

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Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: ¿Cómo afecta a las soluciones de Facturando?

Derivado de la publicación del nuevo complemento Carta Porte para el CFDI de traslado, por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), nos dimos a la tarea de llevar a cabo un análisis detallado para determinar cuáles de nuestras soluciones, programas y librerías, se ven afectadas por la implantación de éste, a continuación, encontrarás el listado de las mismas:

Generación de comprobantes

Validación de comprobantes

Descarga de comprobantes

  • Descargar CFDI – Descarga masiva de archivos XML directo del SAT, tanto emitidos como recibidos
  • Electronic Document Download (EDD) – Librería para implementar la descarga masiva de archivos XML emitidos o recibidos, directamente del servidor del SAT.

Listas negras del SAT

  • Listas negras del SAT – Verificación de proveedores y clientes como incumplidos o con operaciones inexistentes (EFOS).

Generación del PDF

  • Electronic Document Printer (EDP) – generación de la representación impresa (pdf) de los comprobantes fiscales emitidos o recibidos, sean facturas, notas de crédito, recibos de pago, recibos de nómina, constancias de retenciones, etc.

Renombrado de archivos XML

  • Electronic Document Rename (EDR) – librería con la que podrás agrupar, ordenar y renombrar los archivos XML de tus comprobantes fiscales sean emitidos o recibidos.

Como podrás observar son muchas las soluciones que se ven afectadas por este complemento, por lo que haremos un cronograma de trabajo y estaremos implementando este cambio en cada una de las soluciones, dando prioridad al proceso de generación y luego al de validación.

Si requieres hacer uso de este complemento, por favor ponte en contacto con nosotros para poder conocer tu caso y darte un tiempo de liberación.

Adicional, te invitamos a leer nuestro blog que habla acerca de las interrogantes que surgen por parte de los contribuyentes que se verán afectados por la implementación de este nuevo complemento, para ello bastará con dar clic en el siguiente enlace:

Preguntas frecuentes complemento Carta Porte

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Preguntas frecuentes al nuevo complemento carta porte para el CFDI

Continuando con el tema de la publicación del complemento carta porte para el CFDI de traslado, publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página, sabemos que existen dudas en cuanto su aplicación, por lo que te presentamos las cuatro preguntas más frecuentes para llevar a cabo su aplicación y la respuesta dada por la autoridad sobre las mismas.

Soy una empresa dedicada al traslado de bienes o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI con el complemento Carta Porte para el traslado de las mercancías o bienes en territorio nacional?
Sí, ya que únicamente mediante el archivo digital de un CFDI con el complemento Carta Porte o su representación impresa, podrás acreditar la tenencia y el traslado de los bienes y mercancías.

¿En qué momento debo emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?
Cuando se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquiera de los distintos medios de transporte ya sea por vía terrestre de carga que circule por carreteras federales, vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

Si los bienes o mercancías se trasladan por distintos medios de transporte, ¿podré registrar la información correspondiente a estos medios en un sólo comprobante con el complemento Carta Porte, o deben ser diferentes comprobantes con el complemento Carta Porte?
Sí, podrás registrar en el mismo comprobante la información de los medios de transporte utilizados para el traslado los bienes o mercancías; ya sea como dueña o dueño de estos, como prestadora o prestador de servicios o agente de transporte.

Si el traslado de la mercancía para una operación internacional hoy se hace con un documento definido para dichas operaciones, con el complemento Carta Porte ¿será necesario emitir dicho documento?
Sí, los documentos que sirven para amparar el traslado de los bienes o mercancías de manera internacional no serán remplazados con el complemento Carta Porte; dicho complemento sirve para conocer la trazabilidad del traslado de las mercancías en territorio nacional.

Como indicamos al inicio de este artículo, estas son solo las 4 más importantes, pero existen muchas otras, te invitamos a descargar el documento liberado por el SAT en donde se detalla cada una de estas, para verlas solo deberás dar clic en el siguiente enlace:

Preguntas Complemento Carta Porte

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Conoces el Visor de deducciones personales que tiene el SAT?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con una herramienta llamada Visor de deducciones personales, la cual podrán utilizar todas las personas físicas para identificar los conceptos susceptibles para ser considerados como deducciones personales en la declaración anual, así como, también poder identificar aquellos conceptos que no han sido ubicados dentro de alguno de los tipos de deducciones personales correspondientes al ejercicio a declarar.

El visor permite consultar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), que se reciben para ver si cumplen con todos los requisitos para la declaración anual.

Podrás hacer uso del visor de deducciones personales, mediante tu contraseña o la e.firma.

Una vez que hayas ingresado, deberás indicar el año a consultar, para inmediatamente obtener un resumen de deducciones personales, donde se muestra la siguiente información:

  • Periodo de la información (ejercicio y fecha de actualización de la información presentada)
  • RFC, CURP y nombre del contribuyente
  • Total de deducciones personales (cantidad e importe)
  • Deducciones personales por su tipo (conceptos e importe)

Este aplicativo te permite conocer los conceptos que han sido identificados con alguno de los siguientes tipos de deducciones:

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Aportaciones voluntarias al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Transportación escolar obligatoria
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro para el retiro
  • Pagos por servicios educativos

También podrás visualizar cada una de las deducciones personales, utilizando los filtros opcionales como:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del emisor
  • Folio Fiscal (UUID)
  • Tipo de deducción
  • Periodo (Fecha de inicio y fin a consultar)

Después de realizar la búsqueda, obtendrás la siguiente información:

  • Fecha de emisión del CFDI
  • RFC del emisor
  • Nombre del emisor
  • Descripción del producto o servicio proporcionado por el emisor
  • Clave de productos o servicio
  • Importe
  • Forma de pago
  • Tipo de deducción
  • Motivo de no clasificación
  • Tipo de aportación o depósito (solo para las aportaciones a tus cuentas de retiro)
  • Folio fiscal

Dentro del visor, hay un apartado llamado Motivo de no Clasificación, en este se encuentran los conceptos que no han sido ubicados dentro de alguno de los tipos de deducción personal, por no cumplir con alguno de los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales. Si es este el caso, el contribuyente debe solicitar al emisor del CFDI la corrección para que pueda incluirse en la declaración anual.

Esta información mostrada en la consulta se puede exportar a un archivo de Excel, también podrás generar la representación impresa del CFDI al que corresponda cada concepto.

Si deseas saber más sobre el visor de deducciones personales, has clic en la siguiente liga:

VISOR DE DEDUCCIONES PERSONALES

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Hasta la próxima.