Librería para descargar los CFDIs del servidor del SAT

Si estas buscando la mejor librería para implementar la descarga automática de los archivos XML de los comprobantes que emites o recibes, directamente de los servidores del SAT, no busques más, te presentamos la librería Electronic Document Download (EDD) en su primera versión 2015.04.06, la cual te permitirá implementar ésta funcionalidad y mucho más:

Funcionalidad
Con EDD podrás integra a tus desarrollos, sin importar el lenguaje de programación que utilices, la funcionalidad que te permite llevar a cabo la descarga de los archivos XML de los comprobantes fiscales digitales (CFDI) que emites o recibes directamente de los servidores del SAT.

Código de barras bidimensional (QR-Code)
La librería te ofrece la posibilidad de descargar el archivo XML de un factura electrónica sí tienes el código de barras bidimensional (QR Code) de la misma, no importando en que formato (PNG, BMP, etc) o tamaño se encuentre el mismo.

Filtrado de archivos
La descarga de archivos podrás realizarla de diferentes formas mediante el envío de diversos parámetros, los cuales te permitirán condicionar la descarga, como son:

  • Emitidos o Recibidos
  • Folio fiscal (UUID)
  • Fecha de emisión (inicial – final)
  • RFC (Emisor o Receptor, dependiendo del tipo de consulta)
  • Estado del comprobante: (Cancelado o Vigente)
  • Tipo de descarga (XML y/o Acuse de cancelación)
  • Tipo de comprobante (Con complemento)

Incluso podrás obtener el acuse de aquellos comprobantes emitidos que se encuentren con estado de cancelados, para el caso de los comprobantes recibidos cancelados solo estará disponible la fecha de cancelación.

Organización de la descarga
En lo que respecta a la descarga de los archivos XML, la podrás ordenar tanto en el nombre del directorio como en el nombre que éstos llevarán, esto mediante el uso y combinación de los siguientes parámetros:

  • Tipo de consulta (emitidos / recibidos)
  • Datos del emisor (RFC / razón social)
  • Datos del receptor (RFC / razón social)
  • Fecha de emisión (año / mes / día)
  • Fecha de certificación (año / mes / día)
  • PAC que certifico
  • Folio fiscal (UUID)
  • Efecto del comprobante (Ingreso, etc.)
  • Estado del comprobante (vigente / cancelado)

Esta funcionalidad es de gran utilidad ya que te permite tener el control total de la descarga de tus facturas electrónicas, de acuerdo al ordenamiento que hayas definido y que más te convenga.

Control de la descarga
Se obtiene una relación detallada de la descarga de comprobantes realizada, la cual podrás exportar a diferentes formatos, dentro de los datos que ésta contiene tenemos:

  • Emisor
  • Razón social del emisor
  • Receptor
  • Razón social del receptor
  • Fecha de emisión
  • Fecha de certificación
  • Total del comprobante
  • Folio fiscal (UUID)
  • Tipo de comprobante (Ingreso / Egreso)
  • PAC que certifica
  • Estado del comprobante (Cancelado / Vigente)

Vigencia de la librería
La librería se libera como una versión Beta para que puedas conocer y probar la funcionalidad que ésta te ofrece;  la puedes usar sin ninguna restricción, la única condición es que la misma tiene como fecha de vencimiento el día 1 de octubre/2015.

Para un mayor detalle de los cambios, lo invitamos a revisar el historial de cambios.

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Cómo resolver el error al enviar la contabilidad electrónica al SAT?

Si al realizar el envío de los archivos correspondientes a la contabilidad electrónica al SAT obtienes el siguiente mensaje de error:

contabilidad_electronica_error

Te decimos como revolver este mensaje de error, para ello deberás de realizar los siguientes pasos:

  1. Con firmar que el envío de los archivos sea mediante el uso del navegador Internet Explorer
  2. Previó al envío, tendrás que eliminar los cookies y archivos temporales de la página de internet, entrando a la opción de herramientas del navegador
  3. Ingresar nuevamente al Buzón Tributario y hacer el envío de los archivos

Con ello quedará resuelto el mensaje de error obtenido, permitiéndote concluir con el proceso y obteniendo los acuses correspondientes al envío realizado.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima

Envío de la contabilidad electrónica al SAT

En esta ocasión hablaremos del envío de la contabilidad electrónica al SAT; en días pasados el SAT habilitó dentro de su aplicación del Buzón Tributario, sistema de comunicación electrónico entre las autoridades fiscales y los contribuyentes (personas físicas y morales), la opción para poder llevar a cabo el envío de los archivos correspondientes a la contabilidad electrónica.

contbilidad_electronica_envio
En dicha aplicación, para realizar el envío de información, se deberá de:

  • Indicar si deseas sellar la información a enviar o no
  • Seleccionar que se trata de un envío mensual
  • Agregar el archivo

Una vez indicado el archivo, se habilitará el botón de “Enviar”, de clic en el y se iniciará el proceso de envío del cual se obtendrá el acuse correspondiente, como se muestra en la siguiente imagen:

contbilidad_electronica_acuse
Dentro del acuse adicional a los datos propios del envío, se muestran:

  • Cadena original del envío
  • Sello digital del envío
  • Sello digital de la información
  • Mensajes correspondientes al envío
  • Código de barras bidimensional

Una vez recibido el acuse, el contribuyente deberá de dar seguimiento a su envío mediante la consulta del folio de acuse de recibido.

contbilidad_electronica_consulta_acuse
Capture el número de folio del acuse de recibido y de clic al botón “Buscar”, si el envío que hizo ya fue validado por el SAT, ahora obtendrá un acuse de aceptación como se muestra en la siguiente imagen:

contbilidad_electronica_aceptacion

Donde el estatus del envío realizado ahora será de Aceptado, además del mensaje “El presente acuse confirma que el documento de XXXXXX XXXX fue aceptado.

Con ello se dará por cumplida la obligación del envío de la contabilidad electrónica.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Continua el descuento del 100% de ISR en el RIF

Si eres de los contribuyentes que perteneces al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) te queremos comentar que el día 11 de marzo de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se amplían los beneficios fiscales a los contribuyentes del RIF.

Recordemos que el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) fue aprobado por el Congreso de la Unión en 2013 con vigencia como parte de la Reforma Hacendaria a partir de 2014, el cual fue diseñado para ser transitorio y al mismo tiempo otorgar certeza, al ofrecer reducciones del impuesto sobre la renta que disminuyen de forma gradual durante 10 años, de tal forma que una vez que el contribuyente haya alcanzado la madurez y estabilidad fiscal, éste pasará al régimen general aplicable a todos los contribuyentes.

Durante el primer año de existencia del RIF se logró llevar el registro de 899 mil contribuyentes, lo cual implicó el aumento del 23.1% con respecto al padrón que existía en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

Razón por la cual y con el fin de continuar impulsando la incorporación de los negocios más pequeños a la formalidad, los descuentos que reciben los contribuyentes que se incorporaron en 2014 al RIF en sus pagos de los impuestos sobre la renta (ISR), al valor agregado (IVA) y especial sobre producción y servicios (IEPS), permanecerá al 100% durante el segundo año de tributación en el RIF, en lugar del 90% contemplado inicialmente. De tal forma que a partir del tercer año de tributación, los descuentos a los contribuyentes corresponderán a los porcentajes establecidos originalmente.

De igual forma, se extiende al 50% de descuento la incorporación a la seguridad social hasta el 2016. A partir de 2017, el descuento bajará a 40% y se irá reduciendo en 10 puntos porcentuales cada vez que el negocio cumpla 2 años de continuidad en el RIF.
Si deseas conocer la publicación del decreto, te invitamos a descargar el documento oficial.

Decreto 11032015

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Consulta las constancias de retenciones y pagos en el SAT

Si tu preocupación es saber si la constancia de retenciones y pagos que generaste o te generaron, se encuentra registrada en el SAT, en esta ocasión y con nuestro compromiso de mantenerte informado, te presentamos las dos formas, la sencilla y la engorrosa, en que podrás llevar a cabo la verificación de los comprobantes fiscales digitales por internet que amparan retenciones e información de pagos.

Consulta y descarga masiva del SAT (sencilla)
Si tu requerimiento es la consulta y/o descarga masiva de las constancias de retenciones, tanto las que emites como las que te emiten, te traemos una excelente noticia, Facturando pone a tu disposición la mejor solución de escritorio Descargar CFDI con la que tendrás disponible la siguiente funcionalidad:

  • Descargar de forma masiva, todos los archivos XML correspondientes a tus constancias de retenciones, sean emitidas o recibidas, esto directo del servidor del SAT.
  • Generar la representación impresa (pdf) de las constancias descargadas.
  • Convertir los datos de los XML de tus constancias de retenciones a Excel. Donde podrás obtener todos los datos contenidos en tus constancias, así como el desglose de los impuestos retenidos (ISR, IVA, IEPS).
  • Consultar las constancias de retenciones que hayas emitido o te hayan emitido.
  • Generar la representación impresa (PDF) de las constancias descargas.

Si deseas saber como funciona todo esto, te invitamos a ver este curso que hemos preparado para ti.

CURSO DE CONSTANCIA DE RETENCIONES

Consulta directa en el SAT (engorrosa)
Para ello podrás hacer uso de la aplicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición de los contribuyentes en la siguiente liga:

https://prodretencionverificacion.clouda.sat.gob.mx/

constancia_retencion_pago_sat

En ella podrás consultar tus constancias proporcionando los siguientes datos:

  • Folio fiscal del comprobante
  • RFC de quien emitió la constancia (emisor)
  • RFC a quién fue emitida la constancia (receptor)
  • Capturar los dígitos del Captcha, de la imagen que se muestra

Una vez capturados estos datos, deberás de dar clic en el botón “Verificar CFDI de Retenciones”.

Si los datos de la consulta no coinciden con los datos de algún comprobante registrado en el SAT se mostrará el siguiente mensaje de error:

constancia_retencion_pago_sat_error

Recuerda tomar en cuenta las 72 horas de haber sido timbrado tu comprobante, ya que esta razón podría ser por la que aún no se encuentre registrado tu comprobante.

En caso contrario, si el comprobante se encuentra registrado en el SAT, se desplegarán los siguientes datos:

constancia_retencion_pago_sat_ok

  • RFC del Emisor
  • Nombre o Razón Social del Emisor
  • RFC del Receptor
  • Nombre o Razón Social del Receptor
  • Folio Fiscal (UUID)
  • Fecha de Expedición
  • Fecha de Certificación SAT
  • PAC que Certificó el comprobante
  • Total del CFDI de Retención
  • Estado que guarda el CFDI de Retención (vigente o cancelado)
  • Y en su caso, la fecha de cancelación del CFDI de Retención

Si lo deseas, podrás imprimir el resultado de la consulta realizada, con tan solo dar clic al botón “Imprimir”.

constancia_retencion_pago_sat_impresion

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Hasta la próxima.

Ya no será posible firmar un CFDI con la FIEL

En nuestro compromiso de mantenerte informando, queremos comunicarte que el día de hoy, 3 de marzo de 2015, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, en donde se modifica la facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con FIEL, quedando de la siguiente manera:

2.2.7. Para los efectos del artículo 29, fracción II del CFF, las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado Código, únicamente para la emisión del CFDI a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio gratuito de generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”.

De acuerdo a lo anterior, aquellas personas físicas que actualmente emiten Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) con FIEL, que no sea mediante el uso directamente de la herramienta del SAT, deberán de tramitar a la brevedad posible su Certificado de Sello Digital (CSD) para ser sustituido y comenzar a generar CFDI’s con éste certificado, toda vez que la modificación a la regla 2.2.7. entrará en vigor (04/Marzo/2015) al día siguiente de su publicación, de tal forma que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) dejarán de timbrar los CFDI’s de las personas físicas emitidos con FIEL.

Si deseas ver la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, la podrás descargar dando clic en la siguiente liga:

1_RMF2015_03032015

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Hasta la próxima.

Prórroga en el envío de la Contabilidad Electrónica

En esta ocasión queremos comentarte que el día de hoy el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha extendido la fecha para llevar a cabo el envío del catálogo de cuentas y la balanza de comprobación a más tardar los días 3 y 7 del mes de abril, tanto para las personas morales como físicas respectivamente.

Adicional a ello, lo que respecta a los archivos de las pólizas y auxiliares de cuenta, éstos deberán generarse con información correspondiente a operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para ser entregadas cuando la autoridad lo requiera, con posterioridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, para personas morales o físicas, respectivamente.

Recuerde que la información de las pólizas solo serán enviadas cuando el SAT requiera de verificar información contable o la procedencia en el caso de devoluciones y compensaciones.

Si deseas ver el comunicado que el SAT emitió con respecto a ésta prórroga, lo podrás descargar dando clic en la siguiente liga:

Comunicado de prensa

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Validador del SAT para la Contabilidad Electrónica

Existen dos formas de poder validar si los archivos de la contabilidad electrónica son correctos.

La primera es mediante el uso de nuestro Validador CFDI, el cual además de validar cada uno de los cinco archivos que integran la contabilidad en medios electrónicos de forma detallada, te permite llevar a cabo la validación de las facturas electrónicas y la descarga masiva de los CFDI’s emitidos y recibidos directamente de la página del SAT.

Si deseas conocer más a detalle el funcionamiento y beneficios que nuestro validador te ofrece te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

http://www.facturando.mx/productos/validador-factura-electronica/

La segunda opción es el validador que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a disposición del contribuyente para validar los archivos de la contabilidad electrónica, la liga para acceder al mismo es la siguiente:

https://ceportalvalidacionprod.clouda.sat.gob.mx/

En ella deberás indicar el archivo XML a validar, donde solo se llevará a cabo la validación de la forma y sintaxis del archivo indicado.

Validador_SAT_Contabilidad_Electronica

Adicional, podrás validar el sellado del SAT del documento, para lo cual deberás indicar los archivos correspondientes a los sellos. Esta validación no procede para la contabilidad, ya que esta no se timbra.

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Nueva versión del Validador CFDI

En esta ocasión queremos compartir contigo la liberación de la nueva versión 2015.02.14 del Validador CFDI, nuestra solución para validar y descargar del SAT comprobantes fiscales digitales, en esta nueva versión se implementó y mejoró la siguiente funcionalidad:

Contabilidad electrónica
Dentro del Validador CFDI se incorporó la funcionalidad para llevar a cabo la validación de los archivos auxiliar de folios y auxiliar de cuentas, correspondientes a la contabilidad electrónica, archivos que se entregan junto con el archivo de las pólizas cuando la autoridad los requiera.

Adicionalmente, se mejoró:

  • La validación a la balanza de comprobación para que sean aceptados importes negativos dentro de los datos correspondientes al debe y haber.
  • Cambio de ERROR a ADVERTENCIA del mensaje que se obtiene al existir una diferencia negativa en el saldo final de alguna cuenta dentro de la balanza de comprobación.

Formato de validación de la contabilidad electrónica
Se modificó el formato de impresión del resultado de la validación de los archivos XML que integran a la contabilidad electrónica para que en el título del mismo, aparezca el nombre del tipo de archivo validado.

Complemento vehículo usado
Se incorporó la funcionalidad para soportar la validación de aquellos Comprobantes Digitales Fiscales a través Internet (CFDI) que contengan el complemento vehículo usado.

Proveedores Autorizados de Certificación
Cumpliendo con nuestra responsabilidad de tener actualizados los distintos catálogos usados en las validaciones que se aplican, en esta ocasión se actualizó el de Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) de acuerdo a los siguientes movimientos:

PAC’s que perdieron su autorización a partir del 01/01/2015 12:00 a.m.:

  1. FacturaSi (Facturasi 2011, S.A. de C.V.)
  2. Fimco Digital (Formas Impresas Computacionales, S.A. de C.V.)
  3. INFORMAP (DESIS INFORMAP, S.A. de C.V.)
  4. LithoPAC (Litho Formas S.A. de C.V.)
  5. SDELECTRONICS (Soto Digital Electronics, S.A. de C.V.)
PAC sin autorización
PAC sin autorización

 

Incorporación del último PAC autorizado:

  • Digibox (Digibox, S.A. de C.V.)

Para un mayor detalle de los cambios, lo invitamos a revisar el historial de cambios.

DESCARGAR EL VALIDADOR CFDI

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios al catálogo de percepciones en recibos de nómina

En nuestro compromiso de mantenerte informado, en esta ocasión hablaremos acerca de los nuevos tipos de percepciones adicionados por el Servicio de Administración Tributaria  (SAT) para la generación de recibos de nómina.

Dentro del catálogo de percepciones se adicionaron las claves:

  • 040 – Ingreso pagado por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades para estatales y paramunicipales con ingresos propios.
  • 041 – Ingreso por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales con ingresos federales.
  • 042 – Ingreso por Entidades federativas, municipios, o demarcaciones territoriales del Distrito Federal, organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales con ingresos propios y federales.

Estas nuevas claves aplican para aquellas entidades federativas, organismos autónomos y entidades para estatales y paramunicipales, que realicen pagos al trabajador o asimilado a salarios ya sean con ingresos propios o federales, o la combinación de estos (mixtos).

Si deseas consultar el catálogo de claves actualizado para la generación de recibos de nómina te invitamos a descargarlo dando clic a la siguiente liga:

Descargar los catálogos de nómina

Si tienes alguna duda con respecto a esta tema, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.