EMA y EBA en el Buzón IMSS: ¿qué cambia para los patrones en 2026?

El IMSS acaba de anunciar un cambio que puede facilitarles las cosas a los patrones: la EMA y EBA en el Buzón IMSS contará con información más detallada para consultar las propuestas de pago.

La medida se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2026 y entró en vigor al día siguiente.

Pero ¿qué significa esto en la práctica? ¿Tenemos que hacer algo diferente? Vamos a verlo.

¿Qué cambió con la EMA y EBA en el Buzón IMSS?

Si todavía no tienes claro qué son la EMA y la EBA o cuáles son sus diferencias, te recomendamos leer primero nuestro artículo ¿Qué son la EMA y la EBA del IMSS y cuáles son sus diferencias?, donde lo explicamos de forma sencilla.

Hasta ahora, el IMSS ya proporcionaba propuestas de cuotas mediante diferentes medios electrónicos. Lo nuevo es que también incorporará los formatos EMI-1 y EMI-2 al apartado Mis Documentos del Buzón IMSS.

Estos archivos contienen información que puede ayudar a revisar las cuotas correspondientes a los trabajadores registrados:

  • EMI-1: incluye el detalle mensual relacionado con la EMA.
  • EMI-2: contiene el detalle bimestral relacionado con la EBA, incluidas las aportaciones y amortizaciones del Infonavit que correspondan.

En pocas palabras, la idea es que los patrones tengan más información a la mano, sin depender de otros medios para consultar estos documentos.

El cambio se aprobó mediante el acuerdo ACDO.AS2.HCT.290926/280.P.DIR.

¿Ya puedo descargar estos documentos?

Aquí hay un detalle importante.

Aunque el acuerdo entró en vigor el 9 de octubre de 2026, eso no significa que los nuevos archivos ya estén disponibles para todos los patrones.

De hecho, el propio acuerdo señala que el IMSS deberá realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias para implementar esta facilidad.

Por ahora, no hemos podido confirmar que la descarga de ambos formatos esté habilitada de manera general ni localizar instrucciones oficiales específicas para hacerlo.

Si ya utilizas el Buzón IMSS, puedes revisar el apartado Mis Documentos y estar pendiente de las actualizaciones del Instituto.

¿Tengo que cambiar la forma en que pago mis cuotas?

No. Al menos, el acuerdo no establece ningún cambio en ese sentido.

Los plazos de pago siguen siendo los mismos y el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) no desaparece.

Tampoco se establece una nueva obligación de descargar los formatos EMI-1 y EMI-2 cada mes o bimestre.

Lo que sí conviene recordar es que las propuestas del IMSS son una ayuda, pero el patrón sigue siendo responsable de determinar correctamente sus cuotas.

Por ejemplo, si la propuesta incluye un trabajador que ya fue dado de baja o un salario que no coincide con tus registros, tendrás que revisar la diferencia antes de utilizar esos importes.

Si quieres profundizar en este punto, tenemos una guía sobre cómo conciliar CFDI de nómina, SUA e IDSE.

Entonces, ¿qué tengo que hacer como patrón?

Por el momento, no hay un trámite adicional que realizar por la incorporación de estos formatos.

Lo recomendable es algo bastante sencillo:

  • Verificar que tu Buzón IMSS esté habilitado y tus datos de contacto actualizados.
  • Seguir calculando y pagando tus cuotas como lo haces habitualmente.
  • Cuando aparezcan los nuevos documentos, revisar que coincidan con la información de tus trabajadores.

Eso es todo. La intención del cambio es facilitar la consulta de información, no complicar las obligaciones que ya tienes.

Una facilidad que todavía está en proceso

El acuerdo ya está vigente, pero falta comprobar que la nueva consulta funcione para todos los patrones.

Cuando esté completamente implementada, podrá resultar especialmente útil para quienes administran varios registros patronales y necesitan revisar las propuestas de cada uno.

Mientras tanto, lo mejor es continuar con los procedimientos habituales y consultar la información oficial del IMSS.

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¿Qué son la EMA y la EBA del IMSS y cuáles son sus diferencias?

Si tienes trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), probablemente has escuchado hablar de la EMA y EBA. Ambas son emisiones que prepara el Instituto para facilitar la revisión de las cuotas y aportaciones relacionadas con tus empleados.

Aunque suelen mencionarse juntas, corresponden a periodos y obligaciones diferentes. Conocerlas te ayudará a entender qué estás pagando y qué información debes revisar.

¿Qué es la EMA del IMSS?

La Emisión Mensual Anticipada (EMA) es una propuesta de cédula de determinación que el IMSS elabora mensualmente con la información de los trabajadores registrados ante el Instituto.

Se relaciona con las cuotas obrero-patronales de los seguros de Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, y Guarderías y Prestaciones Sociales.

Por ejemplo, las cuotas correspondientes a enero se pagan, como regla general, a más tardar el 17 de febrero.

¿Qué es la EBA del IMSS?

La Emisión Bimestral Anticipada (EBA) es una propuesta que comprende obligaciones cuyo pago se realiza cada dos meses.

Incluye las cuotas del seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), así como las aportaciones patronales al Infonavit y las amortizaciones de créditos de vivienda que correspondan.

Por ejemplo, las obligaciones del bimestre enero-febrero se pagan, como regla general, a más tardar el 17 de marzo.

¿Cuáles son las diferencias entre EMA y EBA?

La principal diferencia entre EMA y EBA es la periodicidad y los conceptos que comprende cada emisión.

CaracterísticaEMAEBA
NombreEmisión Mensual AnticipadaEmisión Bimestral Anticipada
PeriodicidadMensualBimestral
ConceptosCuotas de los seguros del IMSS distintos de RCVRCV, aportaciones y amortizaciones del Infonavit
EjemploCuotas de eneroCuotas de enero y febrero

Esto significa que una empresa puede tener obligaciones mensuales y bimestrales, aunque ambas se relacionen con los mismos trabajadores.

¿Qué son los formatos EMI-1 y EMI-2?

Los formatos EMI-1 y EMI-2 contienen información detallada de las propuestas que prepara el IMSS:

  • EMI-1: presenta el detalle mensual de los trabajadores y sus movimientos, relacionado con la EMA.
  • EMI-2: presenta el detalle bimestral de los trabajadores y sus movimientos, relacionado con la EBA.

Estos documentos permiten revisar información como los trabajadores considerados, sus salarios registrados y los movimientos afiliatorios reflejados en las emisiones.

Su finalidad es apoyar la revisión de las obligaciones patronales, pero los datos deben comprobarse antes de utilizarlos para realizar un pago.

¿Para qué sirven las emisiones del IMSS?

Las propuestas ayudan a identificar las cuotas y aportaciones correspondientes a cada periodo y a detectar posibles diferencias en la información registrada ante el IMSS.

Sin embargo, recibir una propuesta no significa que todos sus datos sean correctos. El patrón conserva la responsabilidad de determinar y pagar las cuotas que legalmente correspondan.

Para realizar sus cálculos, los empleadores pueden utilizar el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), conforme a las disposiciones aplicables.

Si necesitas revisar diferencias entre salarios, trabajadores o cuotas, también puedes consultar nuestra guía sobre cómo conciliar CFDI de nómina, SUA e IDSE.

En resumen: la EMA comprende obligaciones mensuales y la EBA, obligaciones bimestrales. Conocer ambas facilita revisar las propuestas del IMSS y cumplir correctamente con los pagos de seguridad social.

Continúa aprendiendo sobre tus obligaciones ante el IMSS

Las disposiciones y procedimientos del IMSS pueden cambiar. Para mantenerte informado sobre temas fiscales, contables y de seguridad social, te invitamos a suscribirte a nuestro canal de YouTube, donde compartimos información útil para empresas y contadores.

UMA e IMSS: qué cambia realmente en las cuotas patronales

Cada año cambia el valor de la UMA en IMSS, pero esto no significa que todas las cuotas obrero-patronales aumenten automáticamente en la misma proporción. La UMA se utiliza en determinados límites y cálculos, mientras que otras cuotas dependen principalmente del salario base de cotización y de las características de cada trabajador.

Para evitar diferencias en el pago, el patrón debe identificar dónde interviene la UMA, revisar el salario base de cotización y confirmar que el SUA utilice los datos vigentes.

La UMA 2026: el dato que debe estar correcto antes de calcular

Desde el 1 de febrero de 2026, la Unidad de Medida y Actualización tiene un valor diario de $117.31, mensual de $3,566.22 y anual de $42,794.64, de acuerdo con el INEGI.

Si necesitas revisar el cambio anual y su entrada en vigor, puedes consultar nuestro artículo sobre la actualización del valor de la UMA para 2026.

El punto importante para seguridad social es no confundir conceptos. La UMA es una referencia económica; no sustituye el salario del trabajador ni al salario base de cotización. Este último continúa siendo el elemento central para determinar buena parte de las cuotas obrero-patronales.

¿Dónde interviene la UMA en IMSS?

La UMA en IMSS se utiliza en determinados límites y referencias del cálculo. Por eso, un aumento de la UMA puede modificar algunos importes, mientras que otros dependen principalmente del salario base de cotización, los días cotizados, la prima de riesgo de trabajo y los porcentajes aplicables a cada seguro.

Entre los puntos que deben revisarse están:

  • importes o referencias expresados en UMA;
  • cálculos relacionados con excedentes;
  • límites superiores de cotización;
  • parámetros utilizados por el SUA;
  • sanciones cuya cuantía se determine con esta unidad.

Esto explica por qué no es correcto tomar el incremento anual de la UMA y aplicarlo directamente a todas las cuotas del IMSS.

El límite de 25 UMA puede cambiar el salario con el que se cotiza

Uno de los efectos más claros aparece en trabajadores con remuneraciones elevadas. El IMSS utiliza 25 UMA como límite máximo de cotización en sus herramientas de incorporación y cálculo.

Con la UMA diaria de 2026:

$117.31 × 25 = $2,932.75 diarios.

Por ejemplo, si después de integrar correctamente las prestaciones un trabajador obtiene una remuneración diaria de $3,100, para efectos del límite de cotización no se utilizarían los $3,100 completos, sino el máximo aplicable de $2,932.75.

Este tope no debe confundirse con una regla para reducir salarios. Se trata de un límite utilizado para efectos de seguridad social.

Actualizar la UMA no es lo mismo que actualizar el SUA

Otro error frecuente es considerar que ambas acciones son equivalentes.

El SUA del IMSS permite registrar y validar valores como salario mínimo, UMA y otros parámetros utilizados para determinar cuotas. Al mismo tiempo, el propio sistema recibe nuevas versiones cuando existen adecuaciones funcionales o normativas.

En 2026, el IMSS puso a disposición la versión 3.7.1 del SUA a partir del 2 de marzo. Además, el programa informático autorizado es obligatorio para patrones con cinco o más trabajadores; quienes tienen menos de cinco pueden optar por la alternativa prevista en la regulación.

Por ello, una revisión correcta debe contemplar dos preguntas distintas:

  1. ¿El sistema tiene capturado el valor correcto de la UMA para el periodo?
  2. ¿Se está utilizando la versión vigente del SUA?

Tener actualizado uno de estos elementos no garantiza que el otro también lo esté.

La integración del salario base sigue siendo fundamental

La UMA en IMSS no determina por sí sola cuánto debe pagar una empresa. Antes de aplicar topes o porcentajes, debe verificarse que el salario base de cotización esté correctamente integrado.

Esto cobra especial importancia con prestaciones que pueden recibir tratamientos distintos según su naturaleza y forma de entrega. El IMSS, por ejemplo, ha precisado en su criterio sobre alimentación y habitación que estos conceptos no pueden excluirse del salario base cuando se entregan en efectivo o se depositan en la cuenta de la persona trabajadora bajo esos conceptos.

Una integración incorrecta puede provocar diferencias aunque el valor de la UMA y el SUA estén actualizados.

¿La UMA aumenta automáticamente la aportación al Infonavit?

No. El aumento de la UMA no significa que la aportación ordinaria al Infonavit crezca automáticamente en el mismo porcentaje.

El Infonavit señala para los empleadores que deben manifestar el salario diario integrado y aportar bimestralmente el 5 % de esa cantidad por cada trabajador.

Por tanto, la base principal sigue siendo el salario correspondiente. La UMA puede intervenir en determinados límites o referencias, pero no sustituye el salario diario integrado como base de esa aportación patronal.

Qué conviene revisar en cada cálculo

Para evitar diferencias, el área de nómina, contabilidad o seguridad social debería comprobar al menos:

  • el valor de UMA aplicable al periodo;
  • la versión vigente del SUA;
  • la correcta integración del salario base de cotización;
  • trabajadores que alcancen el límite máximo de cotización;
  • diferencias entre nómina, SUA y movimientos afiliatorios;
  • conceptos o sanciones expresados específicamente en UMA.

La revisión debe centrarse en dónde corresponde utilizar la UMA, no únicamente en sustituir una cifra dentro del sistema.

Una revisión pequeña puede evitar diferencias posteriores

Aplicar correctamente la UMA en IMSS requiere separar tres elementos: la referencia económica vigente, el salario base de cotización y las reglas específicas de cada cuota. Mezclarlos puede generar pagos incorrectos, diferencias por aclarar y correcciones posteriores.

Cuando cambie la UMA, conviene revisar primero los parámetros que realmente dependen de ella y después comprobar que el salario y las prestaciones de cada trabajador estén correctamente registrados.

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¿Puede el IMSS devolverte un pago indebido con una nota de crédito?

Una devolución IMSS no siempre puede resolverse con una nota de crédito elegida unilateralmente por el Instituto. Un criterio jurisdiccional obtenido por PRODECON en 2026 confirmó un límite importante: cuando el pago indebido proviene de créditos fiscales declarados nulos y el contribuyente no aceptó recibir notas de crédito, el IMSS no puede imponer esa modalidad para cumplir la sentencia.

La precisión es clave. El criterio no eliminó las notas de crédito ni estableció que toda devolución deba depositarse en efectivo.

¿Qué ocurrió en el caso que originó el criterio?

El asunto comenzó con créditos fiscales determinados por el IMSS por diferencias relacionadas con cuotas obrero-patronales. El contribuyente los controvirtió y obtuvo una resolución favorable del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que declaró su nulidad y reconoció el derecho a recuperar las cantidades pagadas.

Al cumplir la sentencia, el Instituto puso a disposición del contribuyente notas de crédito. El afectado no aceptó esa forma de restitución y continuó su defensa hasta obtener un amparo.

El resultado dio origen al Criterio Jurisdiccional 5/2026 de PRODECON: el artículo 40-B de la Ley del Seguro Social no autoriza al IMSS a decidir unilateralmente esa modalidad de devolución en un supuesto como el analizado cuando el contribuyente no la aceptó.

¿Qué dice la Ley del Seguro Social sobre las notas de crédito?

El artículo 40-B de la Ley del Seguro Social vigente sí contempla las notas de crédito. La disposición permite utilizarlas para pagar al Instituto cuando hayan sido expedidas para devolver cantidades enteradas sin justificación legal.

El patrón puede aplicarlas durante los cinco años siguientes a su expedición y, en términos generales, solicitar su monetización después de ese plazo si no tiene adeudos con el Instituto.

Por eso, el criterio no significa que las notas de crédito hayan dejado de existir. Lo que se cuestionó fue que el IMSS sustituyera, por decisión propia, la restitución derivada de una sentencia por una nota de crédito no aceptada.

¿Qué cambia en una devolución IMSS cuando existe una sentencia?

Si una empresa pagó un crédito fiscal, después obtuvo una sentencia firme que declaró su nulidad y tiene reconocido el derecho a recuperar esas cantidades, el Criterio 5/2026 resulta especialmente relevante cuando el Instituto pretende entregar notas de crédito sin consentimiento.

En ese escenario conviene revisar qué ordenó exactamente la sentencia, cómo se efectuó el pago original y si el contribuyente aceptó expresamente la nota de crédito.

No basta con saber que existe una devolución IMSS. El origen jurídico de esa devolución puede cambiar el análisis.

¿Y si simplemente pagaste cuotas de más?

Aquí el escenario es diferente.

El artículo 299 de la Ley del Seguro Social dispone que las cuotas enteradas sin justificación legal deben devolverse actualizadas cuando se reclamen dentro del plazo previsto.

El Instituto mantiene además el trámite IMSS-02-085, Modalidad A para solicitar pagos en exceso por cuotas IMSS, actualizaciones, recargos, multas o gastos de ejecución.

El procedimiento oficial establece un plazo máximo de 50 días hábiles cuando la solicitud ya cuenta con la información que sustenta su procedencia. El artículo 131 del Reglamento señala que, cuando la devolución se realice mediante depósito en la cuenta bancaria del patrón, debe efectuarse dentro de 40 días hábiles.

Este procedimiento administrativo ordinario no es el mismo supuesto que dio origen al Criterio Jurisdiccional 5/2026.

¿El criterio permite rechazar cualquier nota de crédito del IMSS?

No de manera automática.

El criterio se refiere expresamente a pagos derivados de créditos fiscales declarados nulos y al cumplimiento de una resolución judicial. No localizamos una disposición oficial que extienda esa misma conclusión a todas las devoluciones administrativas solicitadas directamente al IMSS.

Por eso, ante una devolución IMSS ordinaria, sería incorrecto afirmar que el patrón siempre puede exigir un depósito bancario apoyándose únicamente en el Criterio 5/2026.

Si existe desacuerdo con la modalidad utilizada por el Instituto, debe revisarse el origen de la devolución, la resolución emitida y las circunstancias específicas del caso.

¿Qué conviene revisar antes de aceptar una nota de crédito?

Identifica:

  • si la devolución proviene de una solicitud administrativa o del cumplimiento de una sentencia;
  • qué concepto fue pagado y por qué resultó indebido;
  • qué ordena la resolución que reconoce la devolución;
  • si existe aceptación expresa de las notas de crédito;
  • qué efecto tendría esa modalidad sobre la liquidez de la empresa.

Conserva comprobantes de pago, resoluciones y oficios del IMSS. Esa documentación puede ser decisiva.

Conclusión

El Criterio Jurisdiccional 5/2026 representa una protección relevante para los patrones, pero su utilidad depende del supuesto concreto. No prohíbe las notas de crédito ni convierte todas las devoluciones del IMSS en depósitos bancarios.

Su aportación es más precisa: cuando créditos fiscales pagados fueron posteriormente declarados nulos y una sentencia reconoce la restitución, el Instituto no puede dar por cumplida esa obligación mediante notas de crédito que el contribuyente no aceptó.

Si recibes una resolución sobre una devolución IMSS, revisa primero de dónde nace tu derecho antes de asumir que la modalidad elegida por el Instituto es necesariamente definitiva.

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La nueva Cédula Digital de Salud del IMSS

La nueva Cédula Digital de Salud
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha lanzado la Cédula Digital de Salud, una herramienta moderna que busca simplificar la atención médica y dar a los derechohabientes un control más claro sobre su información de salud.
Esta iniciativa forma parte de la transformación digital del IMSS y representa un paso importante hacia una atención médica más eficiente, accesible y centrada en el paciente.

¿En qué consiste la Cédula Digital de Salud?
La Cédula Digital de Salud es una identificación médica electrónica que contiene los datos esenciales de cada derechohabiente:

  • Historial clínico
  • Incapacidades otorgadas
  • Alergias
  • Diagnósticos
  • Tratamientos
  • Vacunación
  • Medicamentos prescritos
  • Resultados de exámenes de laboratorio
  • Y antecedentes relevantes

Su principal objetivo es permitir que tanto los pacientes como los médicos cuenten con información actualizada y disponible desde cualquier punto del sistema de salud del IMSS.
Esta cédula no sustituye a la credencial tradicional del IMSS, sino que la complementa con información médica verificada y segura, accesible a través de tu celular.

¿A quién aplica?
La Cédula Digital de Salud aplica a todos los derechohabientes del IMSS, tanto trabajadores activos como pensionados y sus beneficiarios mayores de 18 años.
Está pensada para facilitar el acceso a los servicios médicos sin importar la clínica o unidad en la que se atiendan, siendo estas:

  • Unidades de Medicina Familiar (UMF)
  • Hospitales generales de zona o regionales
  • Unidades médicas de alta especialidad (UMAE)*
  • * Del servicio de consulta externa.

Además, su implementación beneficiará directamente al personal médico, que podrá consultar el expediente clínico digital de cada paciente antes de una consulta o procedimiento, optimizando así el diagnóstico y tratamiento.

Principales características

  • Contiene datos personales y médicos actualizados de los últimos 36 meses.
  • Se integra con el expediente clínico electrónico del IMSS.
  • Es accesible mediante dispositivos móviles.
  • Se valida con mecanismos de seguridad digital del Instituto.

Beneficios de la Cédula Digital de Salud
Entre los beneficios más destacados se encuentran:

  1. Acceso rápido y seguro a la información médica personal.
  2. Atención médica más eficiente, al contar con antecedentes clínicos inmediatos.
  3. Prevención y seguimiento médico personalizado, al facilitar el monitoreo de padecimientos crónicos.
  4. Seguridad y confidencialidad, gracias a los estándares digitales del IMSS.

¿Qué información se puede consultar y por qué medios?
Desde la Cédula Digital de Salud se puede consultar:

  • Historial clínico general.
  • Vacunas aplicadas.
  • Medicamentos recetados.
  • Resultados de laboratorio e imagenología.

El acceso se realiza por medio del portal oficial del IMSS (www.imss.gob.mx) y la aplicación IMSS Digital, disponible para dispositivos Android e iOS.

¿Cómo consultar la Cédula Digital de Salud del IMSS?
Consultar la Cédula Digital es un proceso sencillo:

  1. Ingresa al portal del IMSS o abre la aplicación IMSS Digital.
  2. Accede con tu CURP y correo electrónico registrado.
  3. Confirma tu identidad mediante:
  • Un código de verificación enviado por SMS a tu celular
  • Capturar tu credencial del INE vigente
  • Verificar tus datos
  • Tomarte una selfie
  1. Acepta los términos de uso y políticas de privacidad.
  2. Tu Cédula Digital quedará activa y lista para consultarse en línea.

Con esta innovación, el IMSS busca fortalecer el vínculo entre el derechohabiente y su salud, impulsando una atención médica más ágil, moderna y transparente. La Cédula Digital de Salud es un paso firme hacia el futuro de la salud digital en México.

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Hasta la próxima.

Resguardo Seguro de Información de Nómina: Evita Riesgos Legales

El resguardo adecuado de la información de nómina es clave para cumplir obligaciones legales y evitar sanciones. Descubre cómo implementarlo correctamente.
La información de nómina constituye uno de los activos más sensibles de cualquier empresa, no solo por contener datos personales, sino también porque su manejo está regulado estrictamente por diversas autoridades. Por ello, implementar prácticas adecuadas para su resguardo es indispensable para asegurar el cumplimiento normativo y evitar problemas legales.

¿En qué consiste el resguardo de información de nómina?
Consiste en almacenar, proteger y gestionar adecuadamente los datos relacionados con salarios, impuestos, deducciones, prestaciones, y otros detalles personales de empleados. Esto implica mantener la información accesible y segura durante los períodos requeridos por distintas autoridades como el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), entre otras.

¿Cuándo aplica?
El resguardo aplica permanentemente mientras exista una relación laboral, pero también después de terminada esta, dado que la información puede ser requerida por las autoridades fiscales y laborales hasta cinco años posteriores a la terminación del ejercicio fiscal correspondiente.

Características principales del resguardo de información

  • Confidencialidad: Asegura que solo el personal autorizado accede a la información.
  • Integridad: Garantiza que los datos se mantengan inalterados y exactos.
  • Disponibilidad: La información debe estar accesible para auditorías o requerimientos legales.
  • Seguridad: Protección física y digital contra accesos no autorizados.

Criterios de resguardo según diferentes autoridades
El fundamento principal se encuentra en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Seguro Social (LSS), la Ley Federal del Trabajo (LFT), y diversas resoluciones fiscales.
Cumplir estas normativas es obligatorio y protege a las empresas contra multas o sanciones por incumplimiento.
Cada autoridad establece tiempos específicos de conservación.

  • SAT: Establece conservar comprobantes fiscales digitales (CFDI) de nómina, contratos, contabilidad electrónica, por al menos cinco años (CFF Art. 30) o hasta 10 si hay revisión.
  • IMSS: Exige conservar información relacionada con pagos, prestaciones y registros de inscripción durante al menos cinco años (LSS Art. 15).
  • STPS: Demanda mantener información laboral y salarial (contrato laboral, recibos de pago, listas de asistencia), hasta un año después de la terminación del vínculo laboral (LFT Art. 804).

Beneficios del resguardo adecuado

  • Evita multas y sanciones de las autoridades.
  • Facilita auditorías fiscales y laborales.
  • Previene pérdidas económicas por litigios laborales.
  • Mejora la organización interna y gestión documental.

Ventajas

  • Protección contra riesgos legales.
  • Mayor eficiencia administrativa.
  • Incremento en la confianza de empleados y autoridades.

Desventajas

  • Costos iniciales y de mantenimiento en tecnología y seguridad.
  • Necesidad constante de actualización legal y técnica.

Cumplir con las prácticas correctas de resguardo de información de nómina no solo es obligatorio, sino que también fortalece a las empresas en términos de seguridad jurídica y eficiencia operativa. ¡Invierte en resguardar adecuadamente la información y protege tu negocio!

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Hasta la próxima.

CFDI emitido por empresas dadas de baja en el REPSE

¿Qué implicaciones tiene?
En el contexto actual de fiscalización, uno de los temas que ha cobrado relevancia entre los contribuyentes que contratan servicios especializados o ejecución de obras es el uso de CFDI emitidos por empresas dadas de baja en el REPSE. Esta situación puede representar un riesgo fiscal importante, especialmente cuando se desconoce el estatus del proveedor ante este padrón.

¿En qué consiste?
El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) es un requisito obligatorio para las empresas que brindan este tipo de servicios conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo tras la reforma en materia de subcontratación. La finalidad es garantizar que estas empresas cumplan con sus obligaciones fiscales y laborales.

Cuando una empresa está dada de baja del REPSE, ya sea por incumplimiento de obligaciones o por decisión de la STPS, sus comprobantes fiscales (CFDI) pierden validez para efectos de deducción de impuestos y acreditamiento del IVA por parte del contratante.

Características principales

  • El REPSE es un requisito legal para ciertos servicios especializados.
  • Las empresas dadas de baja no pueden emitir CFDI válidos para efectos fiscales.
  • El SAT puede rechazar deducciones y acreditamientos vinculados a estos comprobantes.
  • Los contribuyentes son responsables de verificar la vigencia del registro REPSE de sus proveedores.

Requisitos para deducir correctamente
Para poder deducir los pagos y acreditar el IVA correspondientes a servicios especializados, el contratante debe:

  1. Verificar que el proveedor esté vigente en el REPSE
  2. Contar con el contrato de servicios especializados conforme a la Ley.
  3. Asegurarse de que el CFDI cumpla con los requisitos fiscales y legales.
  4. Tener evidencia del cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social del proveedor.

Beneficios de la verificación

  • Evita sanciones y créditos fiscales por deducciones improcedentes.
  • Fortalece el cumplimiento de las obligaciones patronales.
  • Mejora el control de proveedores y mitiga riesgos ante auditorías del SAT o del IMSS.

Desventajas y consecuencias

  • Si el proveedor fue dado de baja, los CFDI emitidos ya no serán válidos para deducir ISR ni acreditar IVA.
  • El SAT puede requerir el pago de impuestos omitidos, recargos y multas.
  • Puede implicar sanciones adicionales si se considera evasión o simulación de operaciones.

Sustento legal
Este criterio se fundamenta en diversas disposiciones legales, entre ellas:

  • Artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación (CFF): establece que las operaciones con proveedores que no cumplen con sus obligaciones pueden considerarse no deducibles.
  • Artículo 27, fracción V de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR): señala que para ser deducibles, los gastos deben cumplir con requisitos específicos, incluyendo la legalidad del proveedor.
  • Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA: condiciona el acreditamiento del impuesto al cumplimiento de requisitos por parte del proveedor.
  • Artículo 15, de la Ley Federal del Trabajo: que el contratista cuente con el registro correspondiente.

Conclusión:
Es crucial que, como contribuyente, verifiques periódicamente el estatus REPSE de tus proveedores. La emisión o recepción de un CFDI no garantiza automáticamente su validez fiscal si el emisor ha sido dado de baja del padrón. La prevención, la documentación adecuada y el cumplimiento de los requisitos legales son la mejor defensa ante revisiones del SAT.

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Hasta la próxima.

¿El IMSS dio de baja tu registro patronal? Qué hacer para recuperarlo

Si necesitas reactivar tu registro patronal porque el IMSS lo dio de baja, no comiences presentando documentos sin conocer el motivo. Una baja administrativa, una suspensión de actividades y un cambio de domicilio pueden requerir gestiones diferentes. Identificar la causa es el primer paso para solicitar la atención adecuada.

Revisa también la situación de tus trabajadores y las cuotas pendientes: un registro inactivo no significa que las obligaciones patronales hayan quedado resueltas.

¿Por qué puede darse de baja un registro patronal?

Un patrón puede haber suspendido actividades, cambiado de domicilio o enfrentado una actuación administrativa del IMSS. Cada supuesto requiere revisar los antecedentes antes de elegir un trámite.

Por eso, no debe asumirse que una baja es arbitraria ni que tener adeudos produce automáticamente la cancelación del registro. Si desconoces qué ocurrió, solicita al IMSS que precise el estatus y el motivo registrado.

¿Cómo averiguar por qué el IMSS dio de baja tu registro?

Antes de solicitar el restablecimiento, reúne los datos básicos y sigue estas comprobaciones:

  1. Localiza el Número de Registro Patronal (NRP) y comprueba que corresponde al centro de trabajo afectado. Una empresa puede tener más de un registro.
  2. Revisa tus comunicaciones oficiales, incluidos avisos, oficios, acuses y notificaciones recibidas en los medios habilitados por el IMSS.
  3. Identifica los movimientos recientes, como cambio de domicilio, suspensión, modificaciones patronales o avisos de trabajadores.
  4. Solicita orientación a la Subdelegación que controla el registro si la causa no está clara. Puedes encontrarla en el directorio de instalaciones del IMSS.

Solicita el motivo de la baja y el procedimiento correspondiente. Conserva evidencia de la consulta y de tus solicitudes.

¿Cómo reactivar tu registro patronal ante el IMSS?

Si el Instituto confirmó la baja, para reactivar tu registro patronal primero debes aclarar la causa y seguir las indicaciones de la unidad competente:

  1. Consulta con la Subdelegación que administra tu NRP si procede el restablecimiento de ese mismo registro o si necesitas otra gestión.
  2. Solicita la relación de requisitos aplicables a tu caso específico; no utilices automáticamente una lista de documentos elaborada para una baja por otro motivo.
  3. Presenta la solicitud o aclaración por el canal que el IMSS confirme como disponible y conserva el acuse.
  4. Atiende los requerimientos de información adicional y da seguimiento hasta obtener una respuesta o constancia del estatus.
  5. Cuando corresponda, verifica que puedas realizar los movimientos patronales y afiliatorios necesarios.

Estas recomendaciones no constituyen un procedimiento único publicado por el IMSS ni garantizan que se reactive el registro. Evita darlo por recuperado hasta comprobar su situación ante el Instituto.

¿Qué documentos conviene tener preparados?

Los documentos dependen de la causa, el tipo de patrón y el trámite. Puede resultar útil reunir:

  • RFC, razón social o nombre del patrón y Número de Registro Patronal.
  • Identificación de quien realiza la gestión y documentación de representación, cuando aplique.
  • Oficio, aviso o evidencia con la que conociste la baja, si existe.
  • Comprobante y antecedentes del domicilio del centro de trabajo, especialmente si hubo cambios.
  • Acuses de movimientos afiliatorios y documentación de cuotas o pagos, si son relevantes para la aclaración.

No todos son obligatorios. No hay sustento para exigir, con carácter general, un escrito en original y tres copias, fotografías de Google Maps o una carta poder notariada. Confirma los requisitos de tu caso.

¿Y si suspendiste actividades o cambiaste de domicilio?

Aquí es donde suelen confundirse los procedimientos:

¿Ya puedes reactivar el registro mediante Buzón IMSS?

En septiembre de 2026, el IMSS anunció una simplificación de la reactivación patronal, con requisitos más sencillos y un procedimiento homogéneo a través del Buzón IMSS.

Sin embargo, al 21 de octubre de 2026, el catálogo público de servicios del Buzón IMSS no muestra la reactivación como trámite habilitado de forma general. Por ello, no sería correcto indicar que ya puedes concluir este procedimiento en línea únicamente por el anuncio.

Por ahora, si buscas reactivar tu registro patronal, confirma el canal disponible con el Instituto. En Facturando explicamos qué medidas de simplificación del IMSS ya operan y cuáles siguen pendientes.

¿Qué pasa con tus trabajadores y las cuotas pendientes?

Si el registro está inactivo, revisa qué trabajadores aparecen asociados, los periodos afectados y los avisos afiliatorios que se presentaron o quedaron pendientes. También concilia las cuotas determinadas y los pagos efectuados, sin suponer que una baja elimina los adeudos o regulariza automáticamente los movimientos.

No presentes bajas o reingresos de trabajadores solo para intentar corregir el registro: verifica qué movimientos proceden de acuerdo con la relación laboral real. Ante discrepancias, documenta la situación y solicita orientación especializada.

Conclusión

Para reactivar tu registro patronal, primero identifica el motivo de la baja y verifica qué Subdelegación lo administra. Después solicita los requisitos correspondientes a ese supuesto, conserva tus acuses y comprueba el resultado antes de operar como si el registro estuviera activo.

La digitalización anunciada para 2026 puede simplificar estas gestiones, pero no sustituye la verificación del servicio disponible. Para conocer otros procedimientos fiscales y de seguridad social, visita el canal de YouTube de Facturando.

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IMSS lanza su buzón electrónico

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer los lineamientos para la operación del Buzón IMSS, mediante su publicación del pasado 5 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se especifica:

¿A quiénes aplica?

El Buzón IMSS va dirigido a los patrones, para los que constituirá un canal adicional para realizar trámites ante el instituto, ya que estos se podrán seguir gestionando de manera presencial en las 133 Subdelegaciones del IMSS.

Lineamientos

Durante su primera etapa de implementación, los usuarios podrán realizar de manera digital trámites y notificaciones en materia de:

  • Incorporación
  • Recaudación
  • Fiscalización

De igual forma, el instituto, por medio del buzón IMSS, realizará la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales e informará sobre aspectos de interés para los usuarios.

Vigencia

De acuerdo con los lineamientos que entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, los sujetos implicados, según un proceso seguro que les conferirá certeza, deberán de habilitar su Buzón IMSS en un plazo máximo de 180 días, periodo que vence el próximo 1º de febrero de 2025.

Activación

Para tener acceso a la aplicación es necesario realizar la activación de este, para ello se deberá de ingresar a la siguiente liga:

Buzón IMSS

El acceso será mediante la e.firma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigente, donde se indicará:

  • RFC
  • Certificado
  • Llave privada
  • Contraseña de la llave privada

Todos los datos anteriores son obligatorios.

Después se deberán de registrar y validar los medios de contacto, consistentes en indicar por lo menos 1 correo electrónico de 5 posibles como máximo, y 1 número celular.

En seguida, se deberán de firmar los términos y condiciones para el uso del mismo. Dicha firma se realiza con la misma FIEL.

Finalmente, quedará activado tu Buzón IMSS.

Contacto

El instituto (IMSS) habilitó el centro de contacto telefónico, para atender cualquier duda con el entorno antes señalado, siendo este el siguiente:

Teléfono: 800 623 2323
Opción: 5 y, nuevamente 5

El servicio estará disponible en un horario de lunes a viernes de 9 a 18 horas, tiempo del centro de México.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Patrones que podrían estar en un esquema de simulación de personal

La reforma en materia de subcontratación laboral, comúnmente conocida como outsourcing se modificó de forma importante, lo que obligó a muchas empresas que trabajaban bajo este esquema a hacer cambios y modificaciones en su forma de trabajo.

Existe la probabilidad de que las empresas de outsourcing, al ya no poder seguir trabajando con personal subcontratado, han trasladado a sus empleados a otros regímenes como honorarios, asimilados a salarios, actividad empresarial, inclusive al RIF.

Lo que significa que en esta nueva forma de trabajo que han adoptado estas empresas de outsourcing, con todas las reformas, probablemente ahora estén haciendo uso de lo que se conoce como “sustitución patronal».

Pero, ¿Qué es la sustitución patronal?
El artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo indica que:

“El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”.

Es decir, la Ley establece que la sustitución patronal es cuando un patrón le traslada a otro patrón sus trabajadores y a estos últimos se les deben conservar sus derechos laborales.

Sin embargo, las reformas trajeron como resultado, que los patrones, que tenían trabajadores que estaban subcontratados, los migraran del esquema de subcontratación, para que seguirán trabajando, pero ahora bajo otro régimen fiscal sin que les reconocieran sus derechos laborales e inclusive perdieran su trabajo.

Implicaciones de la simulación
Los expertos indican que aquellas empresas que les pidieron a sus empleados que se dieran de alta bajo otro régimen diferente al de sueldos y salarios para seguir trabajando, podrían estar incurriendo en la simulación.

Simular una relación laboral, significa evadir las obligaciones patronales, en materia laboral, de seguridad social y fiscales de un patrón. Estas obligaciones se refieren al pago de sueldos, vacaciones, aguinaldo, utilidades, prestaciones de seguridad social, pago de indemnizaciones, entre otras.

La simulación implica una infracción a las disposiciones laborales, representa un perjuicio económico para el IMSS y el SAT y además podría equipararse al delito de defraudación fiscal.

Por lo que, no sería difícil que estas empresas que antes estaban en el esquema de subcontratación, le “pidieran” a sus trabajadores cambiarse a otro esquema diferente al de sueldos y salarios y así incurrir en esta mala práctica y probablemente los empleados tuvieran que acceder al cambio de régimen para evitar perder su empleo.

Finalmente, los patrones deben evitar caer en la figura de simulación de actos para no hacer válida una relación laboral y no reconocer los derechos ganados de los trabajadores, porque podrán hacerse acreedores a sanciones legales.

Hasta la próxima.