Si apareces como socio o accionista de una empresa a la que ya no perteneces, o con la que nunca has tenido relación, ahora existe un procedimiento específico para solicitar al SAT la corrección de socios y accionistas registrados en el RFC.
La medida se incorporó mediante la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada el 30 de octubre de 2026, con la adición de la regla 2.5.25.
¿Qué cambió con la nueva regla del SAT?
Hasta ahora, las personas morales ya tenían la obligación de informar al SAT las modificaciones de sus socios y accionistas. Sin embargo, cuando una empresa omitía actualizar esos datos, las personas involucradas podían enfrentar dificultades para aclarar su situación.
La nueva disposición permite que las propias personas físicas o morales soliciten al SAT verificar su información cuando aparezcan incorrectamente vinculadas a otra sociedad.
El procedimiento también comprende a asociados y otras personas que formen parte de la estructura orgánica de una persona moral.
¿Quién puede solicitar la corrección de socios y accionistas?
El procedimiento está dirigido a quienes detecten que la información registrada ante el SAT no refleja su verdadera situación societaria.
Por ejemplo:
- Una persona que vendió sus acciones, pero continúa registrada como accionista.
- Un exsocio cuya salida de la empresa no fue actualizada ante el RFC.
- Alguien que aparece relacionado con una sociedad a la que afirma no haber pertenecido.
La aclaración permite solicitar la revisión de esa información, pero no garantiza que el SAT elimine automáticamente el vínculo.
¿Cómo presentar la aclaración ante el SAT?
La regla 2.5.25 establece que la solicitud debe realizarse en el Portal del SAT, mediante un caso de aclaración.
Para iniciar:
- Ingresa al servicio oficial Presenta tu aclaración como contribuyente.
- Accede con tu RFC y Contraseña.
- Selecciona Servicios por Internet → Aclaraciones → Solicitud.
- Elige la etiqueta
PF O PM_NO SOCIO_ACCIONISTA. - Explica la inconsistencia y adjunta los documentos correspondientes.
- Envía la solicitud y conserva el acuse para darle seguimiento.
La disponibilidad de la nueva etiqueta debe confirmarse al ingresar al servicio.
¿Qué documentos se necesitan?
La documentación dependerá de la situación particular. Puede incluir actas de asamblea protocolizadas, documentos corporativos debidamente formalizados o resoluciones judiciales, cuando correspondan.
También debe aportarse la información necesaria para acreditar por qué el registro del RFC está desactualizado.
El SAT puede solicitar pruebas adicionales al interesado o requerir información a fedatarios y autoridades relacionadas.
¿Cuánto tiempo tiene el SAT para responder?
Cuando la autoridad detecte que la sociedad posiblemente omitió actualizar la información, podrá darle 15 días para manifestarse y presentar pruebas.
Si la empresa desvirtúa lo señalado por el solicitante o presenta el aviso correspondiente, la regla establece un plazo máximo de tres meses para comunicar la respuesta a los interesados.
Si la sociedad no cumple ni desvirtúa los hechos, el SAT podrá requerirle la obligación omitida hasta en tres ocasiones. Esto no significa que la solicitud se resuelva automáticamente a favor del interesado.
Conclusión
La nueva regla ofrece una vía para solicitar la corrección de socios y accionistas cuando la información del RFC no coincide con la situación real del contribuyente.
Si detectas una vinculación incorrecta, conviene reunir la documentación, presentar la aclaración y conservar el acuse para dar seguimiento a la respuesta.
Además, estas inconsistencias pueden tener consecuencias en determinados trámites. En Facturando explicamos cuándo el SAT puede negar la inscripción de una empresa al RFC por la situación de sus socios.
Mantente informado sobre las novedades del SAT
Las disposiciones fiscales cambian constantemente y pueden afectar tus trámites y obligaciones. En nuestro canal de YouTube compartimos noticias, explicaciones y recomendaciones prácticas para ayudarte a mantenerte actualizado.
Suscríbete al canal de YouTube de Facturando y conoce las novedades fiscales que pueden ser importantes para ti o tu empresa.