Complemento SPEI Tercero a Tercero

Para quienes quieren saber acerca del complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para el uso de SPEI (Sistema de Pago Electrónico Interbancario) Tercero a Tercero a continuación describiremos los datos que este complemento requiere:

  • Fecha de operación
  • Hora de acreditamiento
  • Clave SPEI del Emisor
  • Sello digital del comprobante de pago
  • Número del certificado usado en el sello
  • Información del CDA

Datos del ordenante de SPEI:

  • Banco emisor
  • Nombre de quien ordena el envío del pago
  • Categoría de la cuenta a la que se efectuará el cargo
  • Cuenta
  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes) o CURP (Calve Única de Registro de Población)

Datos del beneficiario:

  • Banco receptor
  • Nombre del  receptor del pago
  • Categoría de la cuenta a la que se efectuará el abono
  • Cuenta donde son abonados los fondos
  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Descripción del motivo por el que el ordenante hace el pago al beneficiario
  • IVA correspondiente al pago
  • Monto de la operación

Este complemento aplica solo para CFDI (versión 3.2)

Si deseas  conocer toda la definición técnica, estructura y estándar del complemento, así como la secuencia de la cadena original, correspondiente a este complemento, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

DESCARGAR

Actualmente todas nuestras soluciones están preparadas para generar y Validar Comprobantes Fiscales Digitales con este complemento.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento Pago en Especie

Para quienes requieran del uso de expedir el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por la donación en la facilidad fiscal de Pago en Especie a continuación describiremos los datos que este complemento requiere:

  • Versión del complemento
  • Clave de inscripción al Padrón de Instituciones Culturales (PIC)
  • Número de folio de la solicitud de donación
  • Nombre de la pieza de arte
  • Técnica de producción de la pieza de arte
  • Año de producción de la pieza de arte
  • Dimensiones de la pieza de arte

Este complemento aplica solo para CFDI (versión 3.2) teniendo vigencia a partir de 2014.

Si deseas conocer toda la definición técnica, estructura y estándar del complemento, así como la secuencia de la cadena original, correspondiente a este complemento, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

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Actualmente todas nuestras soluciones están preparadas para generar y Validar Comprobantes Fiscales Digitales con este complemento.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Soporte Técnico Remoto

En esta ocasión queremos hablar acerca del soporte técnico que se proporciona a nuestros clientes de forma remota, es decir mediante el enlace de Pc (Facturando) a Pc (Cliente), para tal efecto se ha estandarizado el uso de la herramienta a la aplicación Ammyy Admin, siendo ésta el único medio por el cual se podrá llevar a cabo el soporte técnico remoto.

Ammyy Admin
Ammyy Admin es un software para control remoto, que ofrece un acceso fácil y seguro en tan solo unos segundos, sin importar dónde se encuentre. Esta herramienta no requiere de instalación.

Para tener acceso a éste software, bastará con ir a la sección de herramientas ubicada en la página principal de Facturando.

Herramientas
Herramientas

 

Una vez ubicado en la página, deberás dar clic al botón Descargar, para dar inicio a la descarga del archivo admin.zip, el cual contiene el ejecutable de la aplicación.

Terminada la descarga, tendrás que ubicar en la carpeta de descargas el archivo admin.zip y extraer el contenido del mismo.

Una vez extraído el ejecutable (AA_v3.4.exe), bastará con darle doble clic para inicial la aplicación, mostrándose la siguiente ventana:

Soporte técnico remoto
Soporte técnico remoto

En esta ventana se pueden apreciar dos secciones:

1. Cliente. Wait for sesión – que contiene su número de identificación (ID) y su IP, además de los botones que le permitirán “Detener” o “Comenzar” la conexión en modo de espera, es decir en espera de que un externo se enlace a su Pc, una vez que haya proporcionando su ID, en este caso al asesor de Facturando que así lo solicite.

2. Operador. Create session – dentro de ésta sección encontrarás el campo para capturar el ID al cual te quieras enlazar, si este fuera el caso.

Estando en modo de espera, estarás listo para que uno de nuestros asesores pueda conectarse para proporcionarte el soporte técnico remoto, para ello cuando el asesor se quiera enlazar te aparecerá una ventana pidiendo la autorización para llevar a cabo el enlace.

Conexión
Conexión

Bastará con dar clic al botón Aceptar para permitir el enlace.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

El soporte de Windows XP ha finalizado, es hora de cambiar

En esta ocasión queremos compartir contigo que desde el pasado 8 de abril del presente año, el soporte y las actualizaciones de Windows XP por parte de Microsoft ya no están disponibles.

Después de que Microsoft ha proporcionado soporte técnico a Windows XP durante los últimos 12 años, ha dejarlo de hacerlo, esto con el fin de de invertir sus recursos en apoyar tecnologías más recientes para poder seguir proporcionando nuevas experiencias de primera calidad.

Por tal motivo, la asistencia técnica para Windows XP ya no está disponible, incluyendo las actualizaciones automáticas que ayudan a proteger tu PC. Adicional, se dejó de proporcionar Microsoft Security Essentials para su descarga en Windows XP.

Queremos comentar que el continuar usando Windows XP, no significa que tu equipo deje funcionar, pero si podría ser vulnerable a riesgos de seguridad y a posibles virus.

Microsoft recomienda considerar la posibilidad de actualizar tu PC actual, consultando el Asistente para actualización de Windows y el poder determinar si tu PC cumple con los requisitos del sistema para su versión más reciente de Windows.

Si deseas saber más acerca de este tema, te recomendamos visitar la página de Microsoft dando clic a la siguiente liga.

Windows XP

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento para Notarios Públicos

En Facturando cumpliendo con nuestro compromiso de mantener actualizados a nuestros clientes, queremos compartir la publicación que en días pasados el Sistema de Administración Tributaria (SAT) hizo con respecto al complemento para el manejo de la enajenación de bienes inmuebles en las facturas electrónicas (Notarios Públicos).

Este complemento aplica para CFDI versión 3.2 y tendrá vigencia pasando treinta días a partir de la publicación del mismo en la página del SAT, esto conforme a lo establecido en la regla I.2.7.1.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

A continuación mostramos la información que el complemento requiere:

  • Versión

Descripción del Inmueble:

  • Tipo de inmueble
  • Calle
  • Número exterior
  • Número interior
  • Colonia
  • Localidad
  • Referencia
  • Municipio
  • Estado
  • País
  • Código postal

Detalles de la operación:

  • Número del instrumento notarial
  • Fecha del instrumento
  • Monto de la contraprestación o valor de la operación
  • Subtotal de la contraprestación o valor de la operación
  • IVA de la contraprestación o valor de la operación

Datos del notario:

  • CURP
  • Número de la notaria que realiza la operación
  • Entidad federativa donde se ubica la notaria
  • Plaza a la que se encuentra adscrito el notario

Datos del enajenante:

  • Tipo de enajenante
  • Nombre
  • Apellido paterno
  • Apellido materno
  • RFC
  • CURP
  • Porcentaje (solo para el caso de copropiedad o sociedad conyugal)

Datos del adquiriente:

  • Tipo de adquiriente
  • Nombre
  • Apellido paterno
  • Apellido materno
  • RFC
  • CURP
  • Porcentaje (solo para el caso de copropiedad o sociedad conyugal)

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

DESCARGAR

En Facturando estamos trabajando en la implementación de la funcionalidad que permitirá la emisión de comprobantes con éste complemento, por lo que en breve te estaremos informando de su liberación dentro de cada una de nuestras soluciones.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento para Aerolíneas

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó, el pasado 6 de marzo de 2014, el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para el manejo de los datos de Aerolíneas para pasajeros.

Dentro de la información que el complemento solicita tenemos:

  • Versión del complemento
  • Importe del TUA aplicable al boleto

Resumen de cargos aplicables:

  • Total de cargos aplicados

Desglose de cargos aplicables:

  • Código del cargo según el catálogo de la IATA
  • Importe del cargo

Este complemento aplica para CFDI (versión 3.2)

Si deseas conocer toda la definición técnica, estructura y estándar del complemento, así como la secuencia de la cadena original, correspondiente a este complemento, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

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Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Electronic Document Library 2014.03.24 (C#): Nueva versión

En esta ocasión queremos compartir contigo la nueva liberación de Electronic Docuemnt Library 2014.03.24 (C#) en la cual se mejoró la siguiente funcionalidad:

Generación de un CFDI
Se mejoró la funcionalidad en la generación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para permitir que el valor del atributo serie pueda ser en minúsculas.

Actualmente, la única forma de generación del CFDI en su atributo serie, solo admitía su valor en mayúsculas.

RFC del certificado
En lo que respecta al RFC del certificado, se mejoró el algoritmo que extrae el RFC de un certificado para que sea compatible con el certificado de la FIEL.

Para un mayor detalle de los cambios, lo invitamos a revisar el historial de cambios.

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento Consumo de Combustibles

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 5 de marzo de 2014, el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para integrar la información de consumo de combustibles por monedero electrónico.

Este complemento aplica para CFDI versión 3.2.

A continuación mostramos la información que el complemento requiere:

  • Versión
  • Tipo de operación
  • Número de Cuenta del adquiriente
  • Subtotal
  • Monto Total de consumo de combustibles

Desglose de conceptos:

  • Identificador o número de monedero electrónico
  • Fecha de expedición
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del enajenante
  • Clave de cliente
  • Cantidad
  • Nombre del combustible adquirido
  • Número de folio de la operación
  • Precio unitario del combustible adquirido
  • Importe total del consumo

Desglose de impuesto:

  • Tipo de impuesto
  • Tasa del impuesto
  • Importe o monto del impuesto

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la página del SAT.

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Hasta la próxima.

Complemento Vales de Despensa

El pasado 5 de marzo de 2014, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para integrar la información emitida por un prestador de servicios de monedero electrónico de vales de despensa. Dentro de la información que el complemento solicita tenemos:

  • Versión
  • Tipo de operación
  • Registro Patronal del adquiriente
  • Número de Cuenta del adquiriente
  • Monto Total de vales de despensa otorgados

Desglose de conceptos:

  • Identificador o número de monedero electrónico
  • Fecha de expedición
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a quien se otorgo el monedero electrónico
  • CURP del trabajador
  • Nombre del trabajador
  • Numero de seguridad social del trabajador
  • Importe del depósito efectuado al trabajador en el monedero electrónico

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la pagina del SAT.

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¿Qué es el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)?

Te recordamos que el tiempo para inscribirte al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se acaba este 31 de marzo del presente año.

A continuación describiremos quienes pueden incorporarse a éste régimen y los beneficios que ofrece, entre ostros aspectos.

¿Qué es el RIF?

Es el nuevo régimen para tributar (pago de impuestos) denominado Régimen de Incorporación Fiscal, expedido dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en sus artículos del 111 al 113, el cual tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2014. Como parte de la Reforma Fiscal 2014.

A quienes aplica el RIF

El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellos:

  • Contribuyentes que pertenecieron al Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repeco)
  • Personas físicas con actividad empresarial, que presten servicios por lo que no se requiera título profesional.
  • Personas físicas que en sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido los 2 millones de pesos.

Beneficios del RIF

Dentro de los beneficios que ofrece el Régimen de Incorporación Fiscal tenemos:

Reducción del Impuestos Sobre la Renta (I.S.R). a pagar, de acuerdo al número de años que se tengan tributando, como se muestra a continuación.

  • Año 1 : 100 %
  • Año 2 : 90 %
  • Año 3 : 80 %
  • Año 4 : 70 %
  • Año 5 : 60 %
  • Año 6 : 50 %
  • Año 7 : 40 %
  • Año 8 : 30 %
  • Año 9 : 20 %
  • Año 10 : 10 %

Una vez transcurridos los diez años a los que se hacen referencia, los contribuyentes pasarán al Régimen de Actividades Empresariales con todas las obligaciones que éste conlleva.

Declaraciones

Al estar inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal estas obligado a presentar:

  • Pago definitivo bimestral del RIF (ISR), a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda el pago.
  • Pago definitivo bimestral de IVA, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda el pago.

De acuerdo a lo último, comentado en las pláticas del SAT, la aplicación para poder presentar las declaraciones del primer y segundo bimestre estará lista a partir del primero de mayo. Sin que esto signifique el no registrar tus movimientos en tiempo.

Aplicación Mis Cuentas

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes la aplicación “Mis Cuentas”, la cual te ayudará a cumplir con tus obligaciones fácilmente, como son:

  • Emitir facturas
  • Registrar tus ingresos y gastos
  • Usar esa información en tus declaraciones

Si recibes facturas impresas con Código de Barras Bidimensional (CBB) o facturas electrónicas CFD (Comprobante Fiscal Digital), las cuales seguirán vigentes hasta el 31 de marzo de 2014, deberás registrarlas. En cuanto a los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) estos no se registran, toda vez que estos se reportan directamente al SAT en el momento de su generación.

Liga de acceso a la aplicación “Mis Cuentas”. El acceso a la aplicación lo podrás hacer mediante tu RFC y Contraseña o mediante la FIEL.

NOTA MUY IMPORTANTE:
Hay que tomar en cuenta que si por algún motivo se lleva a cabo la suspensión de actividades, al activarlas nuevamente, pasará al régimen de actividades empresariales, perdiendo su inscripción al RIF, por lo que se recomienda que en vez de suspender se presenten declaraciones en ceros.

Si tienes alguna duda con respecto al tema publicado, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.