SAT – Simulador para la declaración anual 2024

Conoce el simulador del SAT para la presentación de la Declaración Anual 2024, el cual podrá ser tu mejor aliado para una declaración sin sorpresas.

La temporada de declaraciones anuales ya está aquí, y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes su simulador para la declaración anual 2024. Esta herramienta es clave para anticipar tu situación fiscal antes de la presentación formal.

¿Cómo usar el simulador del SAT?

El simulador es muy sencillo de utilizar. Solo debes ingresar al portal oficial del SAT, acceder con tu RFC y contraseña o e.firma. Ahí podrás encontrar la información precargada por parte de la autoridad fiscal (SAT), incluyendo ingresos, deducciones personales y retenciones de impuestos. El sistema calculará de manera automática si te corresponde un saldo a favor o por pagar, facilitándote la toma de decisiones antes de enviar tu declaración definitiva.

Sustento legal
De acuerdo con los artículos 150 y 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos por salarios, honorarios, arrendamiento u otras actividades deben presentar su declaración anual a más tardar el 30 de abril de cada ejercicio fiscal. Además, el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación de los ciudadanos de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.

El SAT, en cumplimiento de esta normativa, facilita herramientas como el simulador para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma más sencilla y oportuna.

Características principales

Beneficios
El principal beneficio del simulador es la anticipación: te permite revisar y corregir cualquier inconsistencia antes de la presentación oficial. Además, es una herramienta intuitiva y gratuita que reduce errores y mejora la planificación fiscal. También te ayuda a prever si recibirás una devolución y a preparar mejor tu documentación.

Desventajas
Entre las desventajas, destaca que la información precargada puede no estar completa o actualizada, especialmente si tienes operaciones recientes que aún no reportan tus retenedores. Además, este simulador no sustituye la revisión personalizada, por lo que es recomendable consultar con un contador si tu situación fiscal es más compleja.

En resumen, el simulador del SAT para la declaración anual 2024 es un recurso valioso para quienes buscan claridad y tranquilidad antes de cumplir con sus obligaciones fiscales. ¡No dejes de aprovecharlo!

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Cambios a los catálogos de plataformas tecnológicas

En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los catálogos utilizados en la generación de constancias de retenciones con complemento de plataformas tecnológicas, los cuales fueron publicados en el portal de la autoridad.

Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado, encontrándose que el SAT realizó los siguientes cambios:

Tipo de servicio

El cambio realizado al catálogo de tipo de servicio se centra en la actualización de las tasas de retenciones para el ejercicio 2025, siendo el cambio el siguiente:

La versión de este catálogo queda en 7.0 la cual fue publicada el pasado 9 de enero de 2025.

Los contribuyentes que hacen uso del complemento de plataformas tecnológicas deberán de tomar en consideración esta actualización al momento de llevar a cabo el cálculo para el pago de sus impuestos.

Cabe mencionar, que la autoridad solo actualizó el catálogo en su formato de Excel, el cual se encuentra vigente y publicado en la página del SAT.

¿Qué soluciones de Facturando son afectadas por este cambio?

Siempre que la autoridad realiza cambios a cualquiera de sus estándares, en Facturando nos damos a la tarea de verificar como este afecta a cada una de nuestras soluciones, ya sea un programa, librería o web service.

Después de verificar a detalle, hemos encontrado que ninguna de nuestras soluciones se ve afectada por este cambio, ya que la actualización al catálogo solo consistió en el año del ejercicio que paso de 2024 a 2025.

Así que si usas:

No vas a tener ningún problema.

Complemento Plataformas Tecnológicas

Por cierto, si deseas obtener un reporte detallado con todos los datos correspondientes al complemento de plataformas tecnológicas, contamos, dentro de nuestro programa Descargar CFDI, con la opción de descargar y convertir las constancias de retenciones a Excel, en este proceso, podrás indicar que se muestren los datos del complemento.

Catálogo actualizado
Para finalizar, si quieres obtener el catálogo actualizado, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para poder descargarlo:

Descargar catálogo

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Hasta la próxima.

DIOT 2025: No funciona la nueva plataforma

El día 7 de febrero, el Servicio de Administración tributaria (SAT) dio a conocer su nueva plataforma para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Desde entonces, muchos usuarios han estado probando / trabajando con la misma con el objetivo de familiarizarse con la misma y poder cumplir con sus obligaciones.

Durante este tiempo, se han detectado y reportado diversos problemas, como los que comentamos en este artículo; algunos de estos los hemos podido saltar usando diferentes opciones (“trucos”), esto mientras la autoridad logra estabilizar esta nueva plataforma.

La nueva plataforma deja de funcionar

En los últimos días, muchos usuarios (contribuyentes, contadores, desarrolladores de software, etc.) han estado reportando ciertos problemas que les impide presentar la declaración:

No funciona la carga bacth
Al momento de cargar el archivo TXT, la plataforma se queda validándolo y nunca termina; no importa el tiempo que esperes, el proceso nunca finaliza; en este caso, se muestra el siguiente mensaje:

Error al cargar el archivo TXT

No se permite la captura manual
Podrías pensar que la solución en este caso es no cargar el archivo TXT y hacer la declaración de forma manual; el problema es que tampoco es posible, ya no se pueden capturar los datos porque aparece este mensaje:

El SAT desactivó la captura manual

Como puedes observar en las imágenes mostradas, en este momento es imposible usar esta nueva plataforma, pero no todo está perdido; para esto te invitamos a continuar leyendo este artículo.

Prórroga para la DIOT 2025

Debido a que la nueva plataforma ha dejado de funcionar, la autoridad está ofreciendo a todos los contribuyentes un método alternativo para poder presentar su declaración

Si quieres conocer esta alternativa, te invitamos a leer este artículo que hemos preparado y en donde hablamos a detalle sobre la misma; además de que intentamos responder las preguntas más importantes sobre este tema

Información relacionada 

A continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

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Hasta la próxima.

SAT: Visor de deducciones personales

En esta ocasión queremos comentar acerca del visor de deducciones personales que pone a disposición de los contribuyentes el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el cual podrás:

  • Anticipar la revisión de tus facturas de gastos personales
  • Evitar inconsistencias al momento de presentar tu declaración anual

Esta revisión te permitirá verificar que las deducciones sean válidas y correspondan al ejercicio fiscal declarado, las cuales serán precargadas al momento de presentar la declaración anual.

A continuación, te decimos cómo ingresar al visor y ver a detalle la información que podrás encontrar:

Visor de deducciones

Para poder ingresar al visor de deducciones personales del SAT solo bastará con dar clic en el siguiente enlace:

Acceso a visor de deducciones

Podrás ingresar a la aplicación ya sea usando la clave CIEC o por medio de la e.firma, no existe diferencia alguna, la opción seleccionada dependerá de tus gustos.

Una vez que hayas ingresado, podrás indicar el ejercicio de las deducciones personales que deseas consultar.

La aplicación buscará la información correspondiente al ejercicio seleccionado, mostrando un resumen de las deducciones personales localizadas.

Dentro de la información que se muestra en el resumen de deducciones personales tenemos:

  • Ejercicio
  • Fecha de la información actualizada
  • RFC, CURP y nombre del contribuyente
  • Total de deducciones personales (total de facturas relacionadas y el total global de las mismas)
  • Total de gastos factibles de ser deducción personal (total de facturas relacionadas y el total global de las mismas)

Podrás ver el detalle total de las deducciones, donde se muestran los conceptos de las facturas de gastos localizadas; para esto deberás dar en el botón que se encuentra en la parte inferior de la página.

Dentro de los datos que se muestran tenemos los siguientes:

  • Consecutivo
  • Fecha de emisión
  • RFC y nombre del emisor
  • Descripción del concepto
  • Clave del producto o servicio
  • Total
  • Forma de pago
  • Tipo de deducción
  • Motivo de NO clasificación u observaciones
  • Tipo de aportación o depósito
  • Folio fiscal

Adicional, podrás descargar el archivo XML y/o la representación impresa (PDF) de las facturas enlistadas.

Y no solo eso, sino que también, la aplicación cuenta con la opción de poder exportar a un archivo de Excel el detalle de las facturas, lo cual te permitirá llevar a cabo la verificación detallada de la información presentada.

Un aspecto importante de este módulo es que, dentro de las observaciones o motivos que se muestran, podrás identificar aquellas deducciones que no son procedentes para su deducción; creemos que este es la parte más interesante, ya que nos indica el porqué no se incluyó dicha deducción y esto facilita mucho una revisión o una aclaración con la autoridad.

Conclusión

Es de suma importancia, que los contribuyentes realicen y tengan la facilidad de poder identificar aquellas facturas que presentan alguna inconsistencia, para con tiempo poder solicitar al emisor la oportuna corrección de estas.

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Hasta la próxima.

Inconsistencias detectadas en un recibo de pago (REP)

Como es de tu conocimiento, y de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas físicas y morales, están obligadas a generar un recibo electrónico de pago (REP) cuando se reciban pagos en parcialidades o de manera diferida de una factura.

Con base con lo anterior, nos encontramos con un caso muy extraño con un REP y el cual explicaremos a continuación:

Recibo Electrónico de Pago

Uno de nuestros usuarios del programa Descargar CFDI, se puso en contacto con nuestra área de soporte para reportar que, al momento de ejecutar la generación del reporte del listado de pagos, el programa se quedaba bloqueado y no terminaba de generarse dicho reporte.

Por cierto, si quieres ver cómo se genera dicho reporte, puedes ver este video donde explicamos todo acerca del mismo.

Listado de pagos y desglose de impuestos

Se le comentó que para poder verificar y determinar lo que estaría pasando, era necesario replicar el mismo ambiente, por lo que para ello debería de compartirnos los archivos XML involucrados en la generación.

Encontrando el problema

El usuario muy amablemente procedió a compartidos sus archivos XML y con esto, se procedió a la generación del reporte y se pudo detectar cuál de los archivos era el causante de que se quedará bloqueada la generación y por ende no terminará de generarse el reporte.

Se abrió y verificó el archivo XML en cuestión, encontrándose con la sorpresa de qué el comprobante fiscal si correspondía al tipo de comprobante de Pago (P) pero este no contenía el complemento para recepción de pagos.

Nos surgió la duda en cuanto a la originalidad del comprobante fiscal, por lo que se procedió a su verificación en la página del SAT, donde se obtuvo que el comprobante fiscal era válido y aparecía como certificado en los registros del SAT.

¿Se puede generar un recibo de pago sin complemento?

Con esta información nos dimos a la tarea de intentar replicar esta situación, esto es, timbrar un REP sin el complemento, para esto creamos un archivo XML de tipo pago (P) y no le pusimos el complemento pago y lo intentamos timbrar a través de nuestros PAC asociados.

En este los dos PAC no nos permitieron timbrarlo y esta es una gran notifica:

  • Consideramos que es lo correcto, no debería ser posible, ya que no es un proceso lógico, un documento de tipo P debería contener el complemento de pago.
  • Esta prueba muestra una vez más la confiabilidad de los PAC con los que trabajamos.

Conclusión

En base con lo anterior, podemos concluir que no todos los comprobantes fiscales que se encuentran registrados en el servidor del SAT están correctamente generados, ya que en este caso, el CFDI cumplía con los requerimientos de generación correspondientes a la parte técnica, sin embargo, en lo que respecta a la parte lógica no era correcto, ya que un CFDI de tipo pago, se genera para manifestar los pagos realizados a una factura por medio de la incorporación del complemento de pago correspondiente, el cual en este caso, no existe y el CFDI es válido al encontrarse certificado por un PAC.

Palabras finales

Antes que nada, queremos aprovechar la oportunidad para agradecer a todos aquellos usuarios que nos brindan la confianza de compartirnos los XML en este tipo de casos

Con respecto a Descargar CFDI, hicimos los ajustes necesarios para dar soporte a este tipo de casos y le liberamos una nueva versión al usuario; ahora el programa genera el reporte y además muestra una advertencia donde se indica que no fue posible procesar dicho XML.

Aunque un CFDI – XML se encuentre timbrado y exista en el servidor del SAT, no quiere decir que esté correctamente generado, por eso siempre recomendamos el uso de programas como Descargar CFDI.

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Hasta la próxima.

PAC cuya autorización quedo sin efectos este 2025

En esta ocasión queremos compartir contigo los datos del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) cuya autorización quedo sin efecto para este 2025.

A continuación, enlistamos el proveedor (PAC) que no renovó su autorización, esto de acuerdo con la lista publicada por el SAT:

PAC – AMECAFE

  • Denominación o razón social: Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C.
  • Nombre comercial: AMECAFE
  • Clave del RFC: AMC060516LY7
  • Domicilio fiscal: Calle Tenayuca, Núm. 107, Col. Vértiz Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03600
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 19 de enero de 2025
  • Autorización SAT: 0227
  • Sitio en internet: http://www.amecafe.org.mx

Esta información la publicó la autoridad de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., segundo párrafo, para quienes manifestaron optar por dejar sin efectos su autorización, deberán de cumplir con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., apartado C. fracciones I y II de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Donde se especifica que:

“Los proveedores deberán de abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes”.

Cabe mencionar, que este PAC era un Proveedor de Certificación y Generación de CFDI para el Sector Primario (PCGCFDISP).

Es de suma importancia mencionar que cuando un PAC queda sin efecto su autorización, este no podrá timbrar o autorizar los archivos XML (CFDI), por lo que los contribuyentes que se encuentren trabajando (timbrando) con estos proveedores, deberán buscar otro PAC para continuar con su proceso de timbrado.

Por cierto, si estabas timbrando con este PAC y estás buscando una solución, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para poder apoyarte, ya que manejamos diferentes soluciones de timbrado y ofrecemos un servicio Multi PAC, esto significa que puedes timbrar con dos proveedores al mismo tiempo para que nunca dejes de timbrar tus XML.

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Hasta la próxima.

SAT – cambios a los catálogos del CFDI 4.0

En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los catálogos utilizados en la generación del CFDI 4.0, los cuales fueron publicados en el portal de la autoridad.

Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de la información publicada por la autoridad en su sitio, encontrándose con los siguientes cambios:

Tasas o cuotas de impuestos

El cambio realizado para este catálogo se centra en el aumento en la cuota del impuesto correspondiente al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, mejor conocido como IEPS, siendo el cambio el siguiente:

Valor máximo de 66.506200 vigente desde el día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ahora cambia al nuevo valor máximo del 69.525500 vigente a partir del día 1 de enero de 2025.

Dicho cambio tiene como fecha de publicación el 31 de diciembre de 2024, con fecha de inicio de vigencia el 1 de enero de 2025, cambiando la versión del catálogo de la 2.0 a la 3.0

El impacto que tendrá este cambio en particular es en los precios de los productos grabados, como es en el alza a las gasolinas, que a su vez se verá reflejado en el incremento en el costo de la carne, huevos y leche, entre otros.

Números de pedimentos

En lo que respecta al catálogo de números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, el cambio consiste en la adición de 3,728 números para el ejercicio 2025, con fecha de inicio de vigencia a partir del 1 de enero de 2025.

Como siempre, estaremos atentos a todos los cambios publicados por la autoridad y, en caso de que se libere más información, la estaremos publicando en este medio.

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Hasta la próxima.

SAT – PAC que quedó sin efecto su autorización para 2025

En esta ocasión queremos compartir contigo el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que por algún motivo quedo sin efecto su autorización para este 2025.

Es de suma importancia mencionar que cuando un PAC queda sin efecto su autorización, este no podrá timbrar o autorizar los archivos XML (CFDIs), por lo que los contribuyentes que se encuentren trabajando (timbrando) con estos proveedores, deberán buscar otro PAC para continuar con su proceso de timbrado.

A continuación, enlistamos el proveedor (PAC) que no renovó su autorización, esto de acuerdo con la lista publicada por el SAT:

PAC – Vital Sistemas

  • Denominación o razón social: Vital Sistemas, S.A. de C.V.
  • Nombre comercial: Vital Sistemas
  • Clave del RFC: VSI850514HX4
  • Domicilio fiscal: Capitán Mariano Azueta, No. 1516, Col. La Florida, Monterrey, Nuevo León, C.P. 64810
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 31 de diciembre de 2024
  • Autorización SAT: 0127

Esta publicación la realiza la autoridad de conformidad con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., segundo párrafo quienes manifestaron optar por dejar sin efectos su autorización, deberán de cumplir con lo dispuesto en la regla 2.7.2.12., apartado C. fracciones I y II de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Donde se especifica que:

“Los proveedores deberán de abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes”.

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Hasta la próxima.

Novedades del programa Descargar CFDI versión 2024.12.19

Hoy, 19 de diciembre del 2024, hemos liberado una nueva versión del programa Descargar CFDI y, como ya es costumbre, hemos realizado algunos cambios y mejoras.

A continuación, describiremos a detalle los camios más importantes:

Comprobantes PPD sin recibo de pago
Con esta opción podrás saber que recibos de pago no me han emitido tus proveedores y para esto hemos creado un artículo donde hablamos a detalle sobre este tema, te invitamos a leerlo dando clic aquí.

Objeto de impuestos: 06, 07 y 08
Hace algunos días la autoridad (SAT) realizó cambios al CFDI 4.0, estos tienen implicaciones importantes, ya que afectan tanto la emisión como validación de los XML porque están relacionados con el manejo de los impuestos: IVA e ISR.

En este caso hemos agregado soporte a los mismos, esto significa, que el programa puede trabajar con los comprobantes que incluyan cualquiera de estas modificaciones realizadas por la autoridad.

 Por cierto, si quieres conocer a detalle el cambio publicado por el SAT, te invitamos a leer este artículo que hemos preparado sobre el tema.

Importar los RFC desde un archivo de Excel
Al momento de generar un reporte, es posible solicitarlo solo para algunos emisores o receptores, depende del caso; había la necesidad de escribirlos uno a uno y el problema es cuando se tiene un volumen importante de RFC, capturarlos se volvía una tarea lenta y pesada.


En esta nueva versión, hemos agregado un botón donde podrás importar los RFC desde un archivo de Excel (XLS, XLSX, CSV Y TXT); algo fundamental es que el programa es inteligente y busca todos los RFC contenidos en el archivo, por lo que no se requiere que este cumpla con un layout en específico.

Proponer el directorio de los XML
Al momento de generar un reporte, hemos agregado un botón cuyo único objetivo es proponer el directorio donde están los XML, usando para esto los parámetros capturados en la pantalla.


El objetivo de este es ahorrarte trabajo, ya que no será necesario indicarlo manualmente; además, este botón es inteligente y sugiere la mejor opción para tu caso.

Como mencionamos al inicio de este artículo, solo hemos comentado los cambios más importantes, pero no son los únicos, la realidad es que esta es una versión cargada de mejores y esto lo decimos porque en total se hicieron 15 mejoras o cambios, si deseas conocerlas, te invitamos a leer el historial de cambios del programa dando clic aquí.

Si quieres probar esta nueva versión, te invitamos a descargar la última versión del programa e instalarla sobre la que tienes.

Descarga el programa

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¿Cómo saber qué recibos de pago no me han emitido?

Algunos usuarios nos contactaron para que les ayudáramos con el siguiente requerimiento: 

“Queremos saber qué pagos hemos realizado y no se les ha emitido su respectivo recibo de pago (REP)” 

Es importante aclarar que, en este caso, la idea es cómo resolver esta pregunta usando nuestra solución estrella: Descargar CFDI

Cuando nuestro equipo de soporte recibió la solicitud, procedió a verificar el caso y rápidamente se dio cuenta de que el programa no contiene un reporte que directamente dé respuesta a este tema, por lo que levantó una solicitud a desarrollo para qué creará un reporte que mostrará los comprobantes con método de pago PPD que no tuvieran asociado un recibo de pago.  

Analizando el requerimiento a detalle, el equipo de desarrollo descubrió que ya existía un reporte que permitía obtener esta información. 

Análisis y conciliación de recibos de pago
Cómo su nombre lo indica, este reporte permite: 

Además de lo anteriormente comentado, también es posible ver los comprobantes que tienen saldo; con esta información podrás hacer un análisis y saber si no ha sido emitido el respectivo recibo de pago. 

Aunque con esto se da solución a la necesidad expresada por los clientes, el problema es que requiere un poco de trabajo, ya que manualmente debes detectar cuáles comprobantes tienen saldo pendiente. 

Para ayudarlos a este tema y que sea mucho más fácil obtener dicha información, hemos realizado la siguiente mejora. 

¿Cómo saber qué recibos de pago no me han emitido mis proveedores? 
Para poder saber esta información, deberás ejecutar el proceso llamado “Análisis y conciliación de recibos de pago”, una vez que hayas generado este reporte, deberás dar clic derecho en cualquier lugar y seleccionar la siguiente opción “Comprobantes con saldo pendiente” como se muestra a continuación: 

Con esto, el programa filtrará el reporte y solamente mostrará los comprobantes que tengan un saldo mayor a cero. 

Ahora solamente deberás analizar cuáles son los comprobantes a los cuales realmente no les han emitido el recibo electrónico de pago (REP) y con esto poder contactar a tus proveedores para solicitarle el mismo. 

Recomendamos ejecutar este proceso periódicamente; recuerda que para que los REP sean válidos y deducibles, deberán ser emitidos a más tardar el día 5 del siguiente mes. 

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Hasta la próxima.