El soporte de Windows XP ha finalizado, es hora de cambiar

En esta ocasión queremos compartir contigo que desde el pasado 8 de abril del presente año, el soporte y las actualizaciones de Windows XP por parte de Microsoft ya no están disponibles.

Después de que Microsoft ha proporcionado soporte técnico a Windows XP durante los últimos 12 años, ha dejarlo de hacerlo, esto con el fin de de invertir sus recursos en apoyar tecnologías más recientes para poder seguir proporcionando nuevas experiencias de primera calidad.

Por tal motivo, la asistencia técnica para Windows XP ya no está disponible, incluyendo las actualizaciones automáticas que ayudan a proteger tu PC. Adicional, se dejó de proporcionar Microsoft Security Essentials para su descarga en Windows XP.

Queremos comentar que el continuar usando Windows XP, no significa que tu equipo deje funcionar, pero si podría ser vulnerable a riesgos de seguridad y a posibles virus.

Microsoft recomienda considerar la posibilidad de actualizar tu PC actual, consultando el Asistente para actualización de Windows y el poder determinar si tu PC cumple con los requisitos del sistema para su versión más reciente de Windows.

Si deseas saber más acerca de este tema, te recomendamos visitar la página de Microsoft dando clic a la siguiente liga.

Windows XP

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Electronic Document Library 2014.03.24 (C#): Nueva versión

En esta ocasión queremos compartir contigo la nueva liberación de Electronic Docuemnt Library 2014.03.24 (C#) en la cual se mejoró la siguiente funcionalidad:

Generación de un CFDI
Se mejoró la funcionalidad en la generación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para permitir que el valor del atributo serie pueda ser en minúsculas.

Actualmente, la única forma de generación del CFDI en su atributo serie, solo admitía su valor en mayúsculas.

RFC del certificado
En lo que respecta al RFC del certificado, se mejoró el algoritmo que extrae el RFC de un certificado para que sea compatible con el certificado de la FIEL.

Para un mayor detalle de los cambios, lo invitamos a revisar el historial de cambios.

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento Vales de Despensa

El pasado 5 de marzo de 2014, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó el complemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para integrar la información emitida por un prestador de servicios de monedero electrónico de vales de despensa. Dentro de la información que el complemento solicita tenemos:

  • Versión
  • Tipo de operación
  • Registro Patronal del adquiriente
  • Número de Cuenta del adquiriente
  • Monto Total de vales de despensa otorgados

Desglose de conceptos:

  • Identificador o número de monedero electrónico
  • Fecha de expedición
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a quien se otorgo el monedero electrónico
  • CURP del trabajador
  • Nombre del trabajador
  • Numero de seguridad social del trabajador
  • Importe del depósito efectuado al trabajador en el monedero electrónico

Si deseas conocer toda la definición técnica del mismo, puedes descargar aquí la información o visitar la pagina del SAT.

DESCARGAR

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¿Qué es el Manifiesto de Conformidad y Autorización?

En esta ocasión queremos comentar acerca del tema relacionado al manifiesto de conformidad y autorización que los contribuyentes deberán de firmar al proveedor de certificación de CFDI (PAC); siendo este manifiesto la autorización que el contribuyente da al PAC, para que certifique y envíe sus comprobantes a la autoridad (SAT).

A continuación mencionaremos el sustento legal y las características mínimas que deberá de tener el manifiesto.

Sustento Legal

El sustento legal queda establecido en la regla I.2.7.2.7, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013 en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

I.2.7.2.7. Para los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo párrafo del CFF, los contribuyentes podrán utilizar de manera simultánea uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados por el SAT.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a proporcionar por escrito al proveedor de certificación de CFDI, su manifestación de conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los comprobantes que les haya certificado.

Características Básicas

Atendiendo a lo anterior, y para efecto de cumplir con la obligación del contribuyente, los Proveedores de Certificación de CFDI están desarrollando dentro de su página de internet la facilidad de presentar el formato del manifiesto y el poder llevar a cabo la firma del mismo mediante el uso de la FIEL del contribuyente.
Dentro de los datos que deberá de contener el texto del manifiesto tenemos:

  • Registro Federal del Contribuyente.
  • Nombre o Razón Social del Contribuyente.
  • Razón Social del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  • Número de Autorización del PAC.
  • Manifestar la conformidad y autorización para que el Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), entregue al Sistema de Administración Tributaria (SAT) los comprobantes fiscales que le haya certificado.
  • Mención del sustento legal.
  • Firmado del manifiesto, mediante el uso de la FIEL del contribuyente.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Qué es el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)?

Te recordamos que el tiempo para inscribirte al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se acaba este 31 de marzo del presente año.

A continuación describiremos quienes pueden incorporarse a éste régimen y los beneficios que ofrece, entre ostros aspectos.

¿Qué es el RIF?

Es el nuevo régimen para tributar (pago de impuestos) denominado Régimen de Incorporación Fiscal, expedido dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en sus artículos del 111 al 113, el cual tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2014. Como parte de la Reforma Fiscal 2014.

A quienes aplica el RIF

El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellos:

  • Contribuyentes que pertenecieron al Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repeco)
  • Personas físicas con actividad empresarial, que presten servicios por lo que no se requiera título profesional.
  • Personas físicas que en sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido los 2 millones de pesos.

Beneficios del RIF

Dentro de los beneficios que ofrece el Régimen de Incorporación Fiscal tenemos:

Reducción del Impuestos Sobre la Renta (I.S.R). a pagar, de acuerdo al número de años que se tengan tributando, como se muestra a continuación.

  • Año 1 : 100 %
  • Año 2 : 90 %
  • Año 3 : 80 %
  • Año 4 : 70 %
  • Año 5 : 60 %
  • Año 6 : 50 %
  • Año 7 : 40 %
  • Año 8 : 30 %
  • Año 9 : 20 %
  • Año 10 : 10 %

Una vez transcurridos los diez años a los que se hacen referencia, los contribuyentes pasarán al Régimen de Actividades Empresariales con todas las obligaciones que éste conlleva.

Declaraciones

Al estar inscrito en el Régimen de Incorporación Fiscal estas obligado a presentar:

  • Pago definitivo bimestral del RIF (ISR), a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda el pago.
  • Pago definitivo bimestral de IVA, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al bimestre que corresponda el pago.

De acuerdo a lo último, comentado en las pláticas del SAT, la aplicación para poder presentar las declaraciones del primer y segundo bimestre estará lista a partir del primero de mayo. Sin que esto signifique el no registrar tus movimientos en tiempo.

Aplicación Mis Cuentas

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes la aplicación “Mis Cuentas”, la cual te ayudará a cumplir con tus obligaciones fácilmente, como son:

  • Emitir facturas
  • Registrar tus ingresos y gastos
  • Usar esa información en tus declaraciones

Si recibes facturas impresas con Código de Barras Bidimensional (CBB) o facturas electrónicas CFD (Comprobante Fiscal Digital), las cuales seguirán vigentes hasta el 31 de marzo de 2014, deberás registrarlas. En cuanto a los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) estos no se registran, toda vez que estos se reportan directamente al SAT en el momento de su generación.

Liga de acceso a la aplicación “Mis Cuentas”. El acceso a la aplicación lo podrás hacer mediante tu RFC y Contraseña o mediante la FIEL.

NOTA MUY IMPORTANTE:
Hay que tomar en cuenta que si por algún motivo se lleva a cabo la suspensión de actividades, al activarlas nuevamente, pasará al régimen de actividades empresariales, perdiendo su inscripción al RIF, por lo que se recomienda que en vez de suspender se presenten declaraciones en ceros.

Si tienes alguna duda con respecto al tema publicado, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Generar una factura electrónica con la FIEL

En esta ocasión queremos comentar lo relacionado a la expedición de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) mediante el uso de la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

Recordemos que para la presente reforma fiscal de 2014 el Sistema de administración Tributaria (SAT) otorgó la facilidad en cuanto al uso de la FIEL en la generación del CFDI.

Fundamento legal

El fundamento legal es la regla I.2.2.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 30 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.

Facilidad para que las personas físicas expidan CFDI’s con FIEL
I.2.2.4.

Para los efectos de los artículos 29, fracción II del CFF, para la emisión de CFDI´s las personas físicas en sustitución del certificado de sello digital, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado CFF.
A los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en esta regla, cuando se ubiquen en los supuestos del artículo 17-H, fracción X del CFF, les será restringido el uso del certificado de FIEL para la emisión de CFDI´s.
CFF 17-D, 17-H, 29, RMF I.2.2.2., I.2.2.3.

Aspectos a tener en cuenta

A continuación mostramos las consideraciones que se deberán de tener en cuenta al momento de emitir un Comprobante Fiscal Digital por internet con la FIEL:

  • Solo las personas físicas pueden utilizar la FIEL en lugar del certificado de sello digital para sellar los comprobantes.
  • La generación de CFDI’s con FIEL tiene vigencia a partir del primero de enero de 2014.
  • No se podrá hacer uso del certificado de FIEL para la emisión de CFD’s, si el SAT por algún motivo dejo sin efecto el Certificado de Sello Digital (CSD), en tanto no subsanen las irregularidades que la autoridad haya detectado.

En Facturando siempre estamos atentos a cualquier cambio realizado por la autoridad, es por eso, que todas nuestras soluciones YA están habilitadas para llevar a cabo la expedición de CFDI con FIEL, dando cumplimiento a la facilidad otorgada por el SAT.

NOTA:

El uso de la FIEL para el firmado de los comprobantes es una facilidad otorgada por el SAT a las personas físicas, por lo que a nuestro ver, si el uso específico del Certificado de Sello Digital (CSD) es para llevar a cabo el sellado del comprobante, no tendría caso hacerlo con la FIEL; con el uso del CSD, que para ello fue creado, tendría un mejor control. Sin embargo, sería decisión del contribuyente el uso de la FIEL.

Si tienes alguna duda con respecto de la publicación del presente tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Electronic Document Library 2014.02.22 (C#): Generación de un CFDI con la FIEL

En esta ocasión queremos compartir contigo la nueva liberación de Electronic Docuemnt Library 2014.02.22 (C#) en la cual se implementó la siguiente funcionalidad:

Generación de un CFDI con la FIEL

Atendiendo a la facilidad otorgada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) para la presente reforma fiscal de 2014 en cuanto al uso de la FIEL en la generación del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI), Facturando implementó la funcionalidad que permite generar un CFDI haciendo uso de la FIEL del contribuyente para llevar a cabo el firmado del mismo.

Esta nueva funcionalidad queda condicionada a:

  1. Se podrán generar CFDI’s mediante el uso de la FIEL solo para personas físicas.
  2. La generación del CFDI’s con FIEL tiene vigencia a partir del primero de enero de 2014.

Validación de un CFDI con la FIEL

Se agregó el soporte para la validación de comprobantes que fueron firmados en su generación con la FIEL del contribuyente.

Adicional, dentro de esta misma funcionalidad, se corrigió:

  • El cálculo de la cadena original para que ésta se muestre correctamente.
  • Soporte, en la validación de un CFDI, a todos los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) publicados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Generación y corrección de diversas Adendas

Generación de la Adenda ABA

Se implementó la funcionalidad que permite llevar a cabo la generación de la addenda para ABA seguros.

Modificación a la Addenda MAPFRE

Se llevaron diversas modificaciones a la generación de la adenda para Mapfre, las cuales consisten en:

  • Permitir la asignación del namespace requerido por esta adenda.
  • Cambio al tipo de datos para los atributos de número y año de aprobación, de enteros (integer) a una cadena de caracteres (string).

Modificación a la Adenda AMIS

Se modificó la adenda para AMIS Mapfre para permitir, que en su generación, más de una ocurrencia en el detalle.

Para un mayor detalle de los cambios, lo invitamos a revisar el historial de cambios.

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Prorroga para Nómina Electrónica

Recordemos que en la pasada Reforma Fiscal para 2014 aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, donde se estable la obligación de los contribuyentes para emitir los Recibos de Nómina como un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), esto a partir del 1 de enero de 2014.

Derivado de esta obligación y al corto tiempo para llevar a cabo la integración de la misma, surgieron dudas por parte de los contribuyentes de si el Sistema de Administración Tributaria (SAT) daría una prórroga o no.

Siendo en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 donde se estableció que los contribuyentes que se encuentren imposibilitados para cumplir con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para expedir un CFDI por concepto de pago de salarios o nómina electrónica, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen, una prórroga de tres meses, la cual abarca el periodo del 1 de enero de 2014 al 31 de marzo de 2014, con la consigna de que al 1 de abril de 2014 se haya finalizado la migración al esquema de CFDI o nómina electrónica de cada pago o retención efectuadas, esto como apoyo a los contribuyentes.

Por todo esto, en Facturando te ofrecemos en cada una de nuestras soluciones la facilidad de cumplir en tiempo y forma, con la emisión de tú nómina electrónica, recordándote que el lapso de la prórroga se acaba, por lo que te invitamos a que no lo dejes para el último momento, evitando con ello el incurrir en alguna falta ante las autoridades fiscales.

Recuerda que si tienes dudas acerca de este tema, puedes contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestro sitio web www.facturando.mx y con gusto uno de nuestros asesores te estará apoyando.

Hasta la próxima.

Centros de Contacto y Distribuidores Autorizados del PAC

En esta ocasión queremos compartir contigo la grata sorpresa que nos encontramos al consultar la lista de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) en el portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

Al final de la lista aparece publicada la liga para visualizar y/o descargar el archivo PDF de los Centros de Contacto y Distribución de Proveedores de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

Ver archivo

Dentro de esta lista aparece Facturando para seguridad y confianza de nuestros actuales clientes y posibles prospectos; nos puede encontrar hacia el final de la página número 12 del archivo anteriormente comentado.

¿Qué significa esto?

Que mediante la publicación de esta lista el Sistema de Administración Tributaria (SAT), reconoce a las empresas, negocios e incluso personas, que se dedican formalmente a la distribución y comercialización de los servicios proveídos por los Proveedores Autorizados de Certificación, comúnmente conocidos como PAC’s.

Siendo el contribuyente el más beneficiado al darle certidumbre, en cuanto al servicio de facturación contratado.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Cómo resolver el error de ejecución del SOLCEDI?

Facturando en nuestro compromiso de apoyarte en lo relacionado a Factura Electrónica, en esta ocasión queremos hablarte de cómo resolver el error que se presenta al momento de la ejecución del SOLCEDI v 2. 1. 2.

Recordemos que el SOLCEDI es la aplicación proporcionada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) mediante la cual podrás generar tu requerimiento de generación de tu Firma Electrónica Avanzada (FIEL), llevar a cabo el requerimiento de renovación de FIEL, así como, la solicitud de Certificados de Sello Digital (CSD).

Si aún no lo tienes podrás descargarlo de la siguiente liga:

https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/solcedi/

Comencemos por ejecutar la aplicación SOLCEDI, dando clic al icono:

SOLCEDI Si después de dar clic al icono del SOLCEDI obtienes el siguiente mensaje de error:

Error en el SOLCEDI Esto significa que deberás de configurar Java para poder ejecutarlo sin problema alguno.

Para ello deberás de ir al Panel de Control dentro de la opción de Programas de tu computadora.

Panel de control Dentro de esta venta ubica el icono de Java y da clic sobre él, para abrir el Panel de Control propio de Java, como se muestra a continuación.

Java Seguridad Selecciona la pestaña “Seguridad” y da clic a la opción “Editar lista de sitios…” para que se muestre la ventana de Lista de excepciones de sitios.

Java Excepción

En seguida da clic al botón “Agregar”.

Java Agregar SAT

En esta ventana deberás de:

  1. Capturar la dirección https://portalsat.sat.gob.mx/ dentro del campo de Ubicación.
  2. Una vez capturada la dirección, da clic al botón “Agregar” para que se grabe.
  3. Enseguida da clic al botón “Aceptar” para regresar a la ventana del Panel de Control de Java.

Java seguridad

En ella podrás observar que ya aparece la dirección de internet del SAT para el funcionamiento de la aplicación SOLCEDI.

Adicional, deberás de configurar el nivel de seguridad a la escala de Media, en seguida da clic al botón “Aceptar”, con ello quedará finalizada la configuración requerida por la aplicación SOLCEDI.

Finalmente, bastará con volver a dar clic al icono del SOLCEDI para que este se ejecute sin problema alguno.

SOLCEDI aplicación

Recuerda que con esta aplicación podrás generar tu FIEL, renovarla y si así lo requieres hacer la solicitud de Certificados de Sello Digital (CSD).

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.