En esta ocasión queremos comentar acerca de las consideraciones que debes de tener con los campos de Forma de pago y Método de pago, al momento de generar un CFDI, las cuales describiremos a continuación:
Tipo de comprobante
Es importante tomar en cuenta que cuando se trate de comprobantes que en su tipo estén definidos como Ingreso, Egreso y Nómina, estos deberán de contener los campos de Forma y Método de pago.
Adicional, al existir estos campos, el valor de las claves deberá de existir en su respectivo catálogo (c_FormaPago y c_MetodoPago) según corresponda.
Estos campos deberán de omitirse cuando el tipo de comprobante se haya definido como Traslado o Pago, o si el comprobante contiene el complemento para recepción de pagos.
En conclusión, no se permitirá la certificación, por parte del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), de aquellos comprobantes que siendo del tipo Ingreso, Egreso o Nómina, no tengan o les hagan falta los campos Forma y Método de pago o que, en el caso de existir, éstos no contengan una clave valida de acuerdo con el catálogo que a cada uno le corresponda (c_FormaPago / c_MetodoPago).
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De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que con el fin de proteger los derechos que tienen los contribuyentes receptores de los CFDIs, para deducir y acreditar impuestos, se han detectado una serie de malas prácticas realizadas por los emisores de facturas.
A continuación, se enlistan las prácticas indebidas, en las que incurren los emisores, las cuales deberán de tomarse en cuenta para evitar ser acreedor a una sanción.
Exigir cualquier dato distinto al RFC – El contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su RFC, cualquier dato adicional no es requisito para la emisión.
Obligar a proporcionar un correo electrónico, esto es opcional – El proporcionar el correo es una facilidad a que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla.
Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura – El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura.
Obligar al receptor a generar la factura en un portal – Se debe de entregar la factura en el lugar donde se llevó a cabo la operación y al momento de realizarla.
Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción – Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.
Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
Solicitar obligatoriamente que se indique el uso que se le dará a la factura – Si no es proporcionado por el receptor, deberá de usarse la clave “P01 Por definir”.
Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo – La factura deberá generarse sin importar la forma de pago en que se realice la operación.
No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos – Estos siempre se facturan.
No emitir factura – El SAT no tiene suscrito convenio alguno con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.
Dentro de la lista anterior, las prácticas más comunes, y de acuerdo con nuestro criterio, serían unas de las más graves, son la número 3 y 10, cuando te dicen que si quieres factura es más IVA del precio ofrecido o cuando te dicen aquí no facturamos, respectivamente.
Es muy importante que los contribuyentes tengan en cuenta que, el no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, o expedirlas sin que cumplan con los requisitos señalados por la autoridad, se consideran infracciones que pueden llevar hasta la clausura del establecimiento.
Si detectas alguna de estas prácticas al momento de solicitar tu factura, podrás denunciarlo directamente en el portal del SAT, de igual forma, podrás reporta si no te emitieron la Factura o si se emitió con errores, para ello podrás acceder a la siguiente liga:
Una vez realizados los pasos anteriores, se te enviará por correo un mensaje con el número de folio y su respectiva contraseña, con la cual podrás darle seguimiento a tu solicitud.
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En un artículo anterior comentábamos la situación actual de los Proveedores Autorizados de certificación y hacíamos especial énfasis en aquellos que han sido revocados, en esta ocasión, queremos comentar el caso más reciente y el que más no llamo la atención:
Denominación o razón social: Finkok, S.A. P. I. de C.V.
Nombre comercial: FINKOK
Clave del RFC: FIN1203015JA
Fecha de publicación de la revocación: 12/07/2019
Clave de revocación del SAT: 0049
Lo que sabemos hasta el momento es que, “a partir de la fecha de publicación de su revocación (12/Julio/2019), dicho proveedor deberá de abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes”, en esencia ya no podrá seguir ofreciendo sus servicios a nuevos clientes y sus clientes actuales tienen 90 días para buscar otro proveedor y realizar el cambio.
Consideramos que la importancia de este PAC radicaba en dos aspectos principalmente:
Un bajo costo del timbre
Facilidad en el pago de los timbres consumidos (Post-pago)
Sabemos que es difícil encontrar la misma oferta comercial en alguno de los otros PAC, ya que, sino todos, la gran mayoría, se manejan en prepago, además de que su costo es mucho mayor y en algunos casos llegan a igualar el precio ofrecido con Finkok, pero adquiriendo un alto volumen de timbres, siendo esto último inviable para muchos usuarios.
En Facturando hemos analizado dicha situación y hemos decidido apoyar a estos usuarios, ofreciéndoles una oferta comercial similar a la que tenia FINKOK, además de darles otros beneficios al contratar el servicio de timbrado con nosotros, de tal forma que no se vean afectados por esta situación.
Si deseas más información al respecto, te invitamos a contactarnos a cualquier de nuestros números telefónicos – (+52) 55.53.89.76.55 | (+52) 55.60.01.63.69, haciendo referencia al presente Blog, donde con gusto un asesor te podrá atender.
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El objetivo del presente artículo es darte a conocer la situación actual que guardan los Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) en el SAT, ya que últimamente ha habido cambios importantes alrededor de los mismos que consideramos importante compartir contigo.
Actualmente la plantilla de Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) publicada por el SAT en su página, se compone de 76 empresas.
A continuación, te presentamos los cambios que han sufrido algunos de ellos:
Con autorización no renovada (8), esto quiere decir que han decidido no continuar siendo PAC.
A continuación, queremos compartir una pequeña reflexión sobre este tema:
REVOCADOS
Sin duda alguna, los casos más relevantes son los revocados, ya que esto quiere decir, que, por algún motivo, no estaban haciendo correctamente la certificación, razón por la cual llevó al SAT a aplicar la revocación de estos, por lo que dichos proveedor de certificación deberá de abstenerse de contratar u ofrecer por cualquier medio la certificación de facturas con nuevos clientes.
Algo que llama mucho la atención de este tema, es que dos de ellos sucedieron este mismo año y en las mismas fechas, es una verdadera lástima que el SAT no divulgue los motivos, no a detalle, pero si en forma general, de estas revocaciones, ya que esta información le puede ser de utilidad a otros PACs y a los contribuyentes al momento de contratar el servicio de timbrado.
IMPLICACIONES
Con el paso del tiempo se ha ido reduciendo el número de PACs, a la fecha 16 de ellos han dejado de existir por uno u otro motivo, esto es un 20 % aproximadamente y es algo que no llama la atención, ya que, a menos opciones, se podría concentrar el proceso de timbrado en algunas empresas y que el precio comenzara a subir.
Como comentamos al inicio, son solo reflexiones, esperando a ver qué sucede más adelante.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en su página a dos de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) cuya autorización no fue renovada y estuvo vigente hasta el pasado 31 de diciembre de 2016, por lo tanto, esto quiere decir que dichas empresas no podrán timbrar más facturas a partir de día 1° de enero de 2017.
Es una verdadera lástima que se disminuya el número de empresas disponibles para ofrecer este servicio, ya que, se disminuye la oferta y se concentra el servicio en tan solo algunos jugadores del mercado; recordemos que en el 2016 solamente se certificaron 3 nuevos PACs, siendo uno de ellos el IMSS; esperemos que esto no se vuelva una tendencia.
Algo que llama fuertemente la atención de estas empresas, es que no son nuevas en este tema de la factura electrónica, una de ellas llevaba más de 4 años de ser PAC.
A continuación, podrás conocer las empresas que dejaron de prestar el servicio voluntariamente:
Denominación o razón social: CFDSOFT México, S.A. de C.V.
Nombre comercial: Azurian
Clave del RFC: CME100302B97
Fecha y hora de publicación de la autorización: 2011-11-16 09:00:00
Autorización del SAT: 58351
Denominación o razón social: Real Virtual, S.A. de C.V.
Nombre comercial: Comprobante Digital
Clave del RFC: REA1008099E2
Fecha y hora de publicación de la autorización: 2013-07-10 18:00:00
Autorización del SAT: 11751
En seguida, hablaremos de cómo están actualmente distribuidos los PACs:
Total de PACs – al día de hoy existe un total de 77 proveedores de certificación vigentes
Revocados – en cuanto a los revocados solo existe 1
Para el caso de los que adicionalmente son proveedores de certificación y expedición de CFDI a través del adquiriente de bienes o servicios, tenemos un total de 14.
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Otro de los cambios propuestos por el SAT para el CFDI versión 3.3, además del ya comentado código de barras bidimensional (CBB), es el del nodo timbre fiscal digital, el cual trae algunas mejoras que a continuación comentaremos:
Atributos
A continuación, describimos los cambios realizados al estándar del Timbre Fiscal Digital quedando de la siguiente manera:
Versión – Atributo requerido para la expresión de la versión del estándar del Timbre Fiscal Digital, cambia su valor prefijado a 1.1
UUID – Atributo requerido para expresar los 36 caracteres del folio fiscal (UUID) de la transacción de timbrado.
Fecha de timbrado (FechaTimbrado) – Atributo requerido para expresar la fecha y hora, de la generación del timbre por la certificación digital del SAT. La fecha debe corresponder con la hora de la Zona Centro del Sistema de Horario en México.
Rfc del proveedor que certifica (RfcProvCertif) – Atributo requerido para expresar el RFC del proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales que genera el timbre fiscal digital.
Leyenda – Atributo opcional para registrar información que el SAT comunique a los usuarios del CFDI.
Sello del CFD (SelloCFD) – Atributo requerido para contener el sello digital del comprobante fiscal o del comprobante de retenciones, que se ha timbrado.
Número de certificado del SAT (NoCertificadoSAT) – Atributo requerido para expresar el número de serie del certificado del SAT usado para generar el sello digital del Timbre Fiscal Digital.
Sello del SAT (SelloSAT) – Atributo requerido para contener el sello digital del Timbre Fiscal Digital, al que hacen referencia las reglas de la Resolución Miscelánea vigente.
Cadena original
En lo que respecta a la secuencia de formación parar generar la cadena original del complemento obligatorio timbre fiscal digital del SAT, se deberá de respetar el orden como se expresa a continuación:
Version
UUID
FechaTimbrado
RfcProvCertif
Leyenda
SelloCFD
NoCertificadoSAT
Nota importante: El atributo selloCFD es el sello previo del Comprobante Fiscal Digital por Internet o del comprobante de retenciones, el sello del timbre es guardado dentro del atributo SelloSAT. Esta cadena original es sellada utilizando el algoritmo de digestión SHA-2 256.
Como podrás observar, a diferencia del código de barras donde si hubieron cambios importantes, en el caso del timbre, los cambios son mejoras menores, ya que solo se incluyeron dos atributos nuevos: RFC del PAC y la leyenda, siendo esta última opcional.
Si deseas obtener la actualización a la especificación técnica del timbre fiscal digital, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:
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El pasado 23 de noviembre de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página la resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, actualización que se encuentra conformada con las siguientes resoluciones de modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF):
1ra resolución publicada el 1ro de abril
2da resolución publicada el 6 de mayo
3ra resolución publicada el 14 de julio
4ta resolución publicada el 4 de octubre
Todas estas resoluciones fueron publicadas durante este 2016.
Se presume que esta nueva publicación sea la definitiva.
Si deseas conocer esta publicación, te invitamos a dar clic a la siguiente liga, donde podrás realizar la descarga de la misma:
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El pasado 1ro de junio de 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página a un nuevo Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), del cual te presentamos a continuación sus datos:
Denominación o razón social: Vital Sistemas, S.A. de C.V.
Nombre comercial: Vital Sistemas
Clave del RFC: VSI850514HX4
Fecha y hora de publicación de la autorización: 2016-06-01 12:00:00
Autorización del SAT: 0127
Te recordamos que nuestras soluciones de validación se encuentran al día en cuanto al soporte de los comprobantes fiscales digitales generados por los distintos PACs, incluyendo a este nuevo.
A continuación, hablaremos de cómo están actualmente distribuidos los PACs:
Total de PACs – al día de hoy existe un total de 84 proveedores de certificación
Revocados – en cuanto a los revocados solo existe 1
Para el caso de los que adicionalmente son proveedores de certificación y expedición de CFDI a través del adquiriente de bienes o servicios, tenemos un total de 15
En el presente año solo 2 empresas han obtenido su autorización para ser Proveedores Autorizados de Certificación, siendo estos:
Vital Sistemas
Instituto Mexicano del Seguro Social
Lo cual podría significar que el mercado de la certificación de comprobantes fiscales digitales ya quedo estabilizado, debido a la falta de autorización de más empresas.
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Conoce la nueva funcionalidad que se ha liberado dentro del Validador CFDI en su versión 2016.06.30 la cual describiremos a continuación:
Verificación masiva de CFDIs en el SAT
Hemos desarrollado un nueva herramienta con la cual podrás llevar a cabo la verificación del estado que guarda un CFDI en el SAT, para esto el sistema se conecta directamente a los servidores y extrae toda la información, siendo la fecha de cancelacion, el dato más importante.
Este módulo puede trabajar de dos fomas:
Manual
En este caso el usuario captura los datos requeridos: RFC emisor, RFC receptor y el UUID.
Masiva
En cuanto a la verificación masiva, podrás indicar la lista de los CFDIs a verificar mediante el uso de copiar y pegar, siempre y cuando cumplas con la estructura requerida del orden de los datos de los CFDIs a consultar, siendo esta:
Es muy importante tener en cuenta, que los únicos separadores admitidos como válidos entre los datos proporcionados son:
Tabulador
El carácter Pipe (|)
El punto y coma (;)
La coma (,)
Y espacio en blanco ( )
Una vez que la aplicación tenga esta información, bastará con dar clic al botón “Consultar” para que dé inicio el proceso de verificación. Al termino de éste se mostrará en pantalla la siguiente información como resultado de la respuesta del SAT:
Respuesta del SAT
Los datos que se muestras son los siguientes
Resultado
Estado (Vigente / Cancelado)
Fecha de cancelación (este dato se mostrará cuando el CFDI se encuentre cancelado)
Comprobante
Folio fiscal (UUID)
Fecha de emisión
Fecha de certificación
Total
Efecto (ingreso / egreso / traslado)
Emisor
RFC
Nombre
Receptor
RFC
Nombre
Proveedor autorizado
PAC
Razón social
Nombre comercial
Adicional, podrás obtener el reporte de la verificación correspondiente, dando clic al botón “Reporte del SAT”.
Reporte del SAT
Complementos
Para el caso de la validación de comprobantes fiscales digitales que contengan los complementos de Comercio Exterior e INE, se mejoró la funcionalidad al adicionar dentro del texto de los mensajes de error que se muestran, el número del código de error correspondiente al asignado por el SAT.
Método de Pago
En lo que respecta al método de pago, se modificó la funcionalidad para aceptar como válido el valor “NA”, puedes leer más del tema aquí.
Soporte a nuevo PAC
En esta versión se agregó la funcionalidad que permite soportar la validación de comprobantes que hayan sido timbrados por el Proveedor Autorizado de Certificación:
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
El cual fue publicado en la página del SAT el 15 de enero de 2016, con número de autorización 63344.
Para conocer más de los cambios realizados al validador te invitamos a leer el historial de cambios.
Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Hasta la próxima.
Empecemos por recordar que un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), es aquella persona moral que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para certificar los CFDI o recibos de nómina electrónica generados por los contribuyentes.
De acuerdo al comunicado de prensa 067/2013 de fecha 18 de noviembre de 2013, el SAT ha determinado cambiarles el nombre a los mismos a:
Auxiliares de Comprobación Autorizados (ACA)
Esta designación no representan cambio alguno al proceso actual de la factura electrónica y recibos de nomina electrónicos, al parecer la autoridad ha querido dar claridad a la función que cumplen las empresas que realizan esta actividad.
En la actualidad no ha cambiando la lista de PACs o Auxiliares de Comprobación Autorizados por el SAT con respecto al último publicado el 1 de octubre de 2013, los cuales hasta el día de hoy siguen siendo 71.
En el comunicado anteriormente mencionado, destaca los requisitos para migrar al esquema de factura electrónica CFDI, los cuales son:
Si requieres generar tus documentos fiscales, recuerda que Facturando cuenta con un servicio de facturación integrado por una serie de soluciones que cumple con todos los requisitos dictados por la autoridad (SAT) y que te ayudarán a cumplir con tus obligaciones fiscales, en tiempo y forma, en cuanto a facturación electrónica y emisión de recibos de nómina se refiere.
Por lo que te invitamos a conocer nuestras soluciones:
Facturador CFDI – Te permite emitir facturas electrónicas y recibos de nómina de la forma más rápida y sencilla.
Electronic Document Server (EDS) – Aplicación que integra la factura electrónica y recibos de nómina a tu ERP mediante el uso de archivos de texto.
Electronic Document Library (EDL) – Biblioteca de clases para desarrolladores la cual te permite integrar la generacion de documentos (factura y recibos de nómina) en tu sistema.
Servicio de Timbrado – Si ya generas el archivo XML de tus facturas y recibos de nómina y solo requieres de hacerlas válidas.
Electronic Document Printer (EDP) – Podrás generar, a partir del XML de tu comprobante, la representación impresa (PDF) de tu factura.
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