SAT: Ventana de mantenimiento

Derivado de la entrada en vigor, este 1ro de noviembre, del nuevo esquema de cancelación, queremos informarte que habrá una ventana de mantenimiento por parte del SAT, por lo que te pedimos lo tomes en cuenta, el cual se dará dentro del siguiente periodo:

Fecha de inicio

  • Día: miércoles 31 de octubre de 2018
  • Horario Ciudad de México: a partir de las 10:00 p.m.

Fecha de termino

  • Día: jueves 1ro de noviembre de 2018
  • Horario Ciudad de México: hasta las 04:30 a.m.

Duración

  • Seis horas y treinta minutos

Durante el tiempo que dure la ventana de mantenimiento, y para no ver afectados tus procesos, se recomienda no hacer uso de los siguientes servicios:

  • Cancelación de CFDI
  • Recepción y cancelación de CFDI de nómina

Sin embargo, el servicio de timbrado solo se verá afectado en el atraso al verse reflejados los comprobantes en el SAT, situación que se regularizará una vez pasada la ventana de mantenimiento.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios a los catálogos de la nómina

Como recordarás, al momento de generar un recibo de nómina electrónico, es necesario hacer uso de una serie de catálogos dados por el SAT, entre estos tenemos:

  • El tipo de régimen
  • Riesgo del puesto
  • El tipo de contrato
  • Etc.

Estos catálogos son definidos y mantenidos por la autoridad y justamente hace algunos días los ha actualizado agregando algunas claves en ellos.

A continuación, encontrarás el detalle de los cambios realizados:

Catálogo de tipo de deducción
En este caso el SAT ha agregado 5 claves:

  • 102 – Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados
  • 103 – Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados
  • 104 – Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos
  • 105 – Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados
  • 106 – Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos

Catálogo de tipos de percepciones
Para este catálogo el SAT ha adicionado 3 claves:

  • 051 – Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades
  • 052 – Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo
  • 053 – Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resoluciones judicial o de un laudo

Catálogo de tipos de régimen
Aquí solamente se ha agregado 1 clave:

  • 13 – Indemnización o Separación

Todos los cambios anteriormente comentados, tienen como fecha de inicio de vigencia el día 15 octubre de 2018.

Es importante mencionar que

La fecha límite para la adopción de las nuevas claves incluidas en las actualizaciones de los catálogos, se dará en un periodo de 3 meses posteriores a la fecha de entrada en vigor de éstas, ver columna fecha de inicio de vigencia de cada catálogo.

Si requieres hacer uso de dichas claves, por favor, ponte en contacto con nosotros para poder proporcionarte la actualización respectiva.

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Validador CFDI: Límite en la descarga de archivos XML del SAT

En esta ocasión, queremos compartir contigo la liberación de la nueva versión 2018.10.03 del Validador CFDI, en la cual se llevaron a cabo las siguientes modificaciones:

Descarga de CFDIs
Derivado de la restricción, en la descarga de los archivos XML que emites o recibes, impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a 2,000 archivos diarios, se realizó la mejora en el programa para controlar esta situación, al detectar e informar al usuario cuando el límite es alcanzado, mediante la adición del siguiente mensaje de error:

Número: 1015
Descripción: No es posible descargar el archivo porque se ha alcanzado el límite (2,000) diario permitido por el SAT.

Con este mensaje tendrás bien identificado cuando ya no es posible realizar la descarga del o los archivos XML consultados.

Generación del PDF
Adicional, se modificó el programa para corregir el error que se presentaba al momento de generar la representación impresa (PDF) del XML descargado, para los siguientes casos:

  • Cuando el XML contiene el complemento Estado de Cuenta de Combustible 1.2
  • Cuando se trate de un recibo de nómina 1.2 que contenga en sus datos el símbolo &

Guardar el XML
De igual forma, se corrigió el error que se presentaba al guardar el archivo XML cuando en el nombre de este contuviera algún símbolo no válido para el sistema operativo, como es el caso de:

  • Mayor que (>)
  • Menor que (<)
  • Signo de interrogación (?)
  • Asterisco (*)
  • Comillas dobles («)

Si deseas conocer a cerca de este cambio, podrás hacerlo consultando el historial de cambios.

Para que tener acceso a los cambios ofrecidos en esta nueva versión del Validador CFDI, deberás de llevar a cabo la actualización del mismo dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Nuevo complemento de hidrocarburos

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página, el nuevo complemento para hidrocarburos, en su versión 1.0, el cual entrará en vigor a partir del 1 de noviembre de 2018; a diferencia de otros complementos, este se encuentra conformado por 2 complementos, los cuales detallaremos a continuación:

Complemento de Gastos del Consorcio derivados de la Ejecución de un Contrato de Exploración o Extracción de Hidrocarburos
Este complemento, permitirá incorporar la información sobre los gastos del consorcio derivados de la ejecución de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos.

Si deseas o requieres conocer toda la parte técnica de dicho complemento, te invitamos a descargar la documentación de este dando clic en el siguiente enlace:

Esquema de Gastos 1.0

Complemento Ingresos atribuibles a los integrantes de un Consorcio derivados de la Contraprestación de un Contrato de Exploración o Extracción de Hidrocarburos
Dentro de este complemento, se podrá incorporar la información sobre los ingresos atribuibles a los integrantes de un consorcio derivados de la contraprestación de un contrato de exploración o extracción de hidrocarburos.

Si deseas conocer a detalle las especificaciones técnicas de este nuevo esquema, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Esquema de Ingresos 1.0

Adicional, podrás descargar los diferentes catálogos que aplican para cada uno de los esquemas, dando clic en el siguiente enlace:

Catálogos del complemento

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Hasta la próxima.

SAT: Cambios a la emisión de un recibo de nómina

Como sabrás, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) continúa haciendo cambios, en esta ocasión, el cambio es a los catálogos usados en la emisión de un recibo de nómina 1.2; estos cambios se encuentran relacionados en la guía de llenado del complemento.

A continuación, se describen los cambios realizados por el SAT:

Catálogo de Percepciones
En lo que respecta al catálogo de percepciones, se adicionan las siguientes claves:

  • 051 – Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a ex-trabajadores derivados de jubilación en parcialidades.
  • 052 – Pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo.
  • 053 – Pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo.

Catálogo de Deducciones
Para el caso del catálogo de deducciones, se adicionan las siguientes claves:

  • 102 – Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a ex-trabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados.
  • 103 – Ajuste a pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados.
  • 104 – Ajuste a pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos.
  • 105 – Ajuste a pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados.
  • 106 – Ajuste a pagos que se realicen a ex-trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos.

La adición de estas claves es la de identificar los ajustes a las claves de tipo percepción 051, 052 y 053.

Catálogo Tipo de Régimen
Para este catálogo solo se adiciona la clave 13 – Indemnización o separación.

Vigencia
Cabe hacer mención que la aplicación obligatoria de estas nuevas claves es a partir del 1ro de enero de 2019, más, sin embargo, su uso opcional será a partir del día siguiente a su publicación en la página del SAT, es decir, a partir del 1ro de septiembre de 2018.

Facturando
Debido a que el SAT no ha actualizado su documentación (archivo de Excel) ni sus schemas (archivo xsd), aún no hemos agregado dichos cambios a nuestras soluciones; una vez que la autoridad publique estos archivos estaremos liberando nuevas versiones de nuestros productos.

PAC
El PAC se encuentra en la misma posición que nosotros, esperando los archivos oficiales para poder dar soporte a estos cambios.

Si deseas obtener el archivo que contiene estos cambios, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Guía Nómina 2018

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Hasta la próxima.

SAT: Cambios al momento de emitir un recibo de pago

En esta ocasión, y en nuestro compromiso de mantenerte informado, queremos comentar acerca de los cambios realizados por el SAT, en cuanto a la emisión de un recibo de pago, los cuales están contenidos en la 3ra Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en su portal el día de ayer, en donde:

Encontramos la actualización a la regla 2.7.1.44, que describe nuevos términos y condiciones para la emisión del complemento de pagos, en donde se indica el momento en que el contribuyente podrá establecer como método de pago PUE (Pago en una sola exhibición), para aquellos pagos realizados en una sola exhibición aunque no se reciba el pago total al momento en que se emite el comprobante.

Dicha regla dice:
Los contribuyentes que no reciban el pago del monto total del CFDI al momento de su expedición, podrán considerarlas pagadas en una sola exhibición para efectos de la facturación, siempre que:

I. Se haya pactado o se estime que el monto total que ampare el comprobante se recibirá a más tardar el día 17 del mes calendario inmediato posterior a aquél en el cual se expidió el CFDI.

II. Señalen en el CFDI como método de pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y cuál será la forma en que se recibirá dicho pago.

III. Se realice efectivamente el pago de la totalidad de la contraprestación a más tardar en el plazo señalado.

Adicional, cuando el pago se efectúe entre el día 1ro y el 17 del siguiente mes en que se expidió el CFDI, el acreditamiento de los impuestos (IVA e IEPS), deberá realizarse, por parte del receptor del CFDI, en el mes en que el impuesto haya sido efectivamente pagado.

Para el caso, en que el pago se realice en una forma distinta indicada a la señalada en el CFDI, lo que procede es la cancelación del CFDI emitido por la operación, para posteriormente emitir uno nuevo señalando o corrigiendo la forma de pago que efectivamente corresponda.

Si fuera el caso, de que la totalidad del pago del CFDI se realice posterior al día 17 del siguiente mes en que se expidió el CFDI por la operación, éste deberá de ser cancelado y se emitirá uno nuevo indicando como forma de pago “99” (por definir) y como método de pago “PPD” (pago en parcialidades o diferido), relacionando el nuevo CFDI con el emitido originalmente como “Sustitución de los CFDI previos”, adicional, deberá de emitirse el CFDI por la recepción del pago o los pagos correspondientes.

Si deseas obtener el archivo de esta modificación a la RMF, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

3ra Resolución de Modificaciones a la RMF para 2018

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Hasta la próxima.

Electronic Document Download: Soporte al límite de 2000 XML al día

Hoy hemos liberado una nueva versión (2018.09.19) de nuestra solución para realizar la descarga de los XML del SAT: Electronic Document Download

Esta liberación es del tipo mantenimiento, esto es, no agregamos nuevas características, sino que hacemos mejoras o correcciones a lo ya liberado

Límite del SAT
Como recordarás, hacer un par de semanas el SAT modifico su sitio para hacer las descargas poniendo un doble captcha, luego elimino esto, pero agregó una restricción al descargar los XML: Solamente se pueden descargar un máximo de 2,000 XML al día; esto es algo que no se puede saltar y que por lo tanto todos nos vemos obligados a trabajar con esta limitante.

Lo que hemos realizado en esta versión es manejar esta situación, cuando la librería detecta que se ha alcanzado dicha limitante, no intenta descargar más archivos, sino que, marca error en los archivos siguientes, con esto evitamos gastar tiempo en tratar de descargar archivos que por restricción del SAT no se van a poder descargar.

Para lo anterior, hemos agregado un nuevo número de error (1015).

Generar el PDF de un XML
Como ya sabes, nuestra solución tiene la capacidad de generar el PDF de los XML mientras se va haciendo la descarga, en este caso hemos realizado dos correcciones:

  • Se corrigió el error que se presentaba al generar el PDF de un CFDI con complemento Estado de cuenta de combustible 1.2
  • Se corrigió el error que se presentaba al generar el PDF de un recibo de nómina 1.2 que tuviera en los datos el símbolo &

Estos son los cambios más relevantes de esta liberación, si deseas conocer el detalle de todo lo realizado, te invitamos a revisar el historial de cambios.

Como siempre, invitamos a todos nuestros clientes a actualizarse a esta nueva versión

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Recibo de pago electrónico y el caracter PIPE

Si eres usuario de alguno de nuestros productos para generar recibos de pagos electrónico (EDL y EDS), te invitamos a leer este artículo con atención que te será de gran utilidad.

Como ya sabes, a partir del 1 de septiembre, es obligatorio generar el recibo de pago cuando recibes el pago de un comprobante previamente generado y aquí te presentamos algo que debes tener en cuenta al momento de crear el recibo.

Si al registrar el pago indicas la forma de pago Transferencia electrónica de fondos (03) y además indicas que el tipo de cadena de pago es SPEI (01), deberías indicar los datos del SPEI:

  • Certificado
  • Cadena de pago
  • Sello de pago

Sabemos que no es sencillo obtener esos 3 datos, pero de eso hablaremos en otra oportunidad y te diremos como te podemos ayudar con este tema.

El problema realmente esta con el campo cadena de pago, ya que éste, contiene caracteres no permitidos dentro del XML, exactamente el caracter PIPE (|); lo que recomienda el SAT es codificarlos en su formato HTML &#124;

Por lo tanto, antes de pasar los datos a cualquier de nuestras soluciones (EDL y EDS) deberás de convertir dicho dato y con esto evitarte cualquier inconveniente.

Sabemos qué algunos PACs está permitiendo timbrando recibos con dicho carácter, y aunque técnicamente es correcto, la realidad es que el SAT en su documentación solicita hacer la codificación de este.

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Problemas en la descarga de XML del SAT

[ACTUALIZACIÓN – 2018.09.05 – 10:05 AM]
El servicio ha sido reestablecido y ya se pueden hacer consultas y descargas sin problema alguno.

[ACTUALIZACIÓN – 2018.09.04 – 07:07 PM]
Ya esta confirmado, el SAT ha bloqueado el acceso al sitio de descargar, si intentas ingresar aparece esta imagen

[ORIGINAL]
Hoy, algunos clientes nos han reportado que tienen problemas al descargar sus XML del SAT, en resumen, este es el problema:

  • Se presenta con los comprobantes emitidos y recibidos
  • Consultas el mes de septiembre y agosto y te dice que no existen comprobantes cuando realmente si existen.
  • Si consultas otro periodo, por ejemplo, el año pasado, si te muestra los comprobantes emitidos.

Con esta información en mano, nos dimos a la tarea de investigar que pasaba, haciendo pruebas detectamos que efectivamente nuestro sistema indica que no existen comprobantes en ese periodo.

Ingresamos a la página del SAT para ver si era un problema de nuestras soluciones o era un tema de la autoridad y nos encontramos que el sitio del SAT, nos dicen lo mismo, que no existen comprobantes en ese periodo de tiempo, cuando realmente sí existe.

Con esto queda confirmado:

  • El problema no está relacionado con nuestras soluciones
  • El SAT está presentando inconsistencias.
  • Por el momento no es posible consultar o descargar los XML de estos periodos

No es la primera vez que esto sucede, ya en otras oportunidades hemos visto este mismo comportamiento y lo único que nos queda es esperar a que el SAT solucione este problema.

Los invitamos estar atentos a este tema, ya que lo estaremos actualizando una vez que se haya solucionado este tema.

Hasta la próxima

Prórroga al proceso de cancelación: Comunicado del SAT

Hoy publicamos un artículo donde hablábamos de la posibilidad de que hubiera un prorroga por parte del SAT para el nuevo proceso de cancelación, en este, comentábamos el por qué creíamos que si iba a haber dicha prorroga.

Pues bien, ya es oficial, el SAT la ha hecho pública, y en esencia que dice lo que ya les habíamos adelantado, se va hasta el 1 de noviembre de 2018.

Es una excelente noticia, ya que son dos meses que tenemos de «colchón» y creemos que es tiempo suficiente para que todos los involucrados nos adecuemos a este nuevo esquema de cancelación.

Puedes leerla aquí:

Comunicado del SAT de la prorroga de cancelación.

Hasta la próxima