CFDI 4.0: Conoce todos los cambios

Derivado de los cambios presentados en la reforma fiscal 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está preparando una nueva versión del estándar para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), a continuación, detallaremos los cambios más relevantes al respecto.

Más información
En nuevo estándar requerirá de información adicional que no es requerida en la versión actual, algunos de estos son:

  • Objeto de impuesto, con el cual se prenden definir si el producto o servicio ofrecido es objeto de impuestos.
  • Régimen fiscal del emisor, que como su nombre lo describe, sirve para indicar el régimen en que tributa el receptor del documento.
  • Código postal del domicilio fiscal del emisor.

La autoridad no solo está pidiendo más información, sino que alguno de los datos que antes era opcionales, ahora se convierten en obligatorios, un ejemplo de esto son el nombre o razón social del emisor y del receptor.

Factura global
La emisión de comprobantes que cubran las operaciones a público en general también sufrirá cambios, ya que se deberá incluir información adicional como por ejemplo el periodo que cubre el comprobante.

Nuevas reglas de validación
Todo lo anterior conlleva a que el SAT actualice la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar al momento de llevar a cabo la certificación de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, esto conlleva a que se tengan que actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Como puedes observar los cambios propuestos por la autoridad son varios y algunos tienen implicaciones importantes, por lo que el SAT ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 3.3 al CFDI 4.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

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SAT: Cambios en la cancelación de un CFDI

Derivado de la publicación de la Cuarta Versión Anticipada a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1 y 1-A, se contempla un cambio importante al proceso de cancelación de un CFDI, el cual consiste en lo siguiente:

Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Los cambios realizados a la regla 2.7.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, son:

  • Se disminuye el monto total que ampara un CFDI de hasta $ 1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) para poder realizar su cancelación sin aceptación del receptor.
  • De igual forma, en cuanto al tiempo para poder realizar la cancelación, éste se disminuye y deberá de realizarse dentro del día hábil siguiente a su expedición.

Esto significa, que si el emisor de una factura quiere realizar la cancelación de una factura sin aceptación del receptor, no deberá de rebasar el monto de $ 1,000.00 pesos, de lo contrario tendrá que ser aprobada por el receptor, quien podrá rechazar o aceptar dicha solicitud como más le convenga.

¿Cuándo entran en vigor los cambios?
Dichos cambios entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Cancelación actual
Cabe mencionar, que la cancelación actual de un CFDI sin aceptación del receptor puede realizarse siempre y cuando no se exceda de $ 5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) y se tiene un plazo de tres días siguientes a su expedición para llevar a cabo su cancelación.

Si deseas conocer el documento en el cual se especifican los cambios anteriormente descritos, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

3ª RMRMF 2021, 4ª versión anticipada

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