Cancelación de CFDI fuera de plazo: lo que realmente cambia tras el criterio de la SCJN

La cancelación de CFDI fuera de plazo volvió a llamar la atención de contadores, fiscalistas y administradores en México. En días recientes, distintos medios comentaron un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación relacionado con los plazos para cancelar facturas electrónicas.

El tema no es menor. Muchas empresas emiten CFDI todos los días, pero no siempre detectan errores de inmediato. También pueden existir cancelaciones de operaciones, cambios contractuales, devoluciones, descuentos o ajustes comerciales que se conocen tiempo después.

Por eso, el criterio de la Corte debe analizarse con cuidado. No significa que cualquier factura pueda cancelarse sin control, pero sí abre una discusión importante sobre el derecho del contribuyente a corregir su situación fiscal cuando existe una causa real y documentada.

¿Qué analizó la SCJN?

La Suprema Corte revisó el amparo en revisión 397/2025, relacionado con el artículo 22, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación 2025 y la regla 2.7.1.46 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025.

En términos generales, el asunto cuestionó si era constitucional establecer un plazo rígido para cancelar CFDI. La Corte analizó si esa limitación resultaba compatible con la seguridad jurídica y con la posibilidad de autocorrección fiscal del contribuyente.

Puedes consultar la resolución publicada por la Corte aquí:
Amparo en revisión 397/2025 de la SCJN.

El proyecto identifica que la controversia gira alrededor del plazo para cancelar comprobantes fiscales digitales por Internet y del impacto que ese límite puede tener en operaciones reales que no siempre se corrigen dentro de fechas estrictas.

¿Por qué este criterio es importante?

En la práctica, una factura puede requerir cancelación por muchas razones. Puede haber un error en los datos del receptor, un cambio en la operación, una factura emitida de forma duplicada o una sustitución mal relacionada.

También puede ocurrir que la empresa detecte el problema hasta que realiza una conciliación contable, revisa sus XML, prepara una declaración o atiende una aclaración con su cliente.

Aquí está el punto clave: la realidad operativa de una empresa no siempre coincide con los plazos fiscales rígidos. Ese fue uno de los temas relevantes que colocó la Corte sobre la mesa.

Sin embargo, esto no debe leerse como una autorización para cancelar CFDI sin justificación. La cancelación sigue siendo un acto con efectos fiscales y debe tener soporte suficiente.

Lo que no debe interpretarse de forma equivocada

El mayor riesgo para los contribuyentes es tomar esta noticia como una regla general y automática.

La cancelación de CFDI fuera de plazo no debe verse como una salida para corregir cualquier operación sin evidencia. Si la autoridad revisa el caso, el contribuyente debe poder explicar qué ocurrió, por qué se canceló el comprobante y qué documentos respaldan esa decisión.

Cancelar no es borrar una operación. Cancelar es dejar evidencia de que una operación cambió, se corrigió o dejó de tener efectos en los términos originalmente facturados.

Por eso, antes de cancelar, conviene revisar el impacto en ingresos, deducciones, IVA, pagos provisionales, declaraciones anuales y conciliaciones contables.

¿Qué dice el marco fiscal sobre la cancelación?

El Código Fiscal de la Federación contempla reglas para la cancelación de CFDI. Entre otros aspectos, establece que los comprobantes podrán cancelarse dentro del plazo previsto y que, cuando sea necesario, debe existir aceptación del receptor.

Además, cuando se cancelan CFDI de ingresos, el contribuyente debe justificar y soportar documentalmente el motivo de la cancelación. Esto es fundamental, porque la autoridad puede revisar si la cancelación corresponde a una operación real o si se usó para modificar indebidamente efectos fiscales.

Por esa razón, aunque el criterio de la SCJN es relevante, la mejor práctica sigue siendo documentar cada cancelación como si pudiera ser revisada posteriormente.

¿Qué debe verificar el contador antes de cancelar un CFDI?

Antes de cancelar una factura, el área contable debería confirmar varios puntos:

  • Si la operación realmente se canceló o solo requiere sustitución.
  • Si el CFDI tiene comprobantes relacionados.
  • Si se requiere aceptación del receptor.
  • Si existe contrato, correo, nota de crédito, devolución o evidencia del error.
  • Si la cancelación afecta declaraciones ya presentadas.
  • Si se cuenta con el acuse correcto de solicitud o de cancelación.

Este último punto suele generar confusión. El acuse de solicitud de cancelación no significa necesariamente que el CFDI ya quedó cancelado. Solo acredita que el proceso fue iniciado.

En cambio, el acuse de cancelación confirma que el comprobante fue efectivamente cancelado. Esta diferencia es importante para conservar evidencia adecuada. Puedes revisar más sobre este tema en el artículo: ¿Qué es el acuse de solicitud de cancelación CFDI y qué implica?.

También es recomendable consultar la explicación sobre la diferencia entre acuse de solicitud y acuse de cancelación, ya que ambos documentos cumplen funciones distintas dentro del proceso.

El control documental será más importante

El criterio de la Corte no elimina la necesidad de control. Al contrario, vuelve fundamental contar con procesos internos claros para administrar CFDI emitidos, recibidos, cancelados y sustituidos.

Una empresa que cancela facturas sin expediente puede tener problemas al momento de explicar diferencias entre ingresos facturados, ingresos acumulados, IVA trasladado, pagos recibidos o saldos pendientes.

Por eso la tecnología puede ayudar a reducir riesgos. Con Descargar CFDI, el contador puede descargar los XML desde el SAT y, además, obtener documentos clave como el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación.

Esto permite conservar evidencia en una sola carpeta de trabajo, revisar el historial de los comprobantes y tener mayor trazabilidad en caso de auditoría, revisión interna o aclaración con clientes y proveedores.

Para empresas que manejan altos volúmenes de comprobantes, una solución como Electronic Document Download puede ayudar a automatizar la descarga y consulta de CFDI. Esto ahorra tiempo y reduce errores en procesos repetitivos.

¿Qué cambia para las empresas?

El criterio de la SCJN fortalece la idea de que el contribuyente debe tener una posibilidad real de corregir su situación fiscal. En operaciones complejas, esto es especialmente importante, porque los errores no siempre se detectan dentro del plazo ordinario.

Pero el cambio no debe entenderse como una puerta abierta para cancelar sin orden. La cancelación debe tener causa, soporte documental y congruencia contable-fiscal.

Para las empresas, el aprendizaje es claro: cada CFDI cancelado debe formar parte de un expediente. Ese expediente debería incluir el motivo, los documentos de soporte, los acuses correspondientes y, cuando aplique, la relación con el CFDI que sustituye al comprobante cancelado.

Conclusión

La cancelación de CFDI fuera de plazo debe analizarse con prudencia. El criterio de la SCJN reconoce que los plazos rígidos pueden chocar con la realidad de las operaciones comerciales y con el derecho de autocorrección fiscal.

Aun así, cancelar un CFDI sigue siendo una decisión delicada. No basta con hacerlo desde el portal del SAT o desde un sistema administrativo. Es necesario conservar evidencia y revisar el impacto fiscal.

La mejor práctica para contadores y administradores es actuar con orden: revisar el caso, justificar el motivo, descargar los XML, conservar los acuses y documentar cada paso. En materia de CFDI, corregir es importante; comprobar por qué se corrigió es indispensable.

Descargar CFDI: Nuevos formas de descargar XML

Hoy hemos liberado una versión de nuestro producto estrella Descargar CFDI y hemos realizado mejores importantes, por lo que te invitamos a leer hasta el final este artículo.

A continuación, describiremos los cambios más relevantes:

Consultar los CFDI cancelados en un periodo

Este es un nuevo módulo que fue desarrollado con el objetivo de resolver la pregunta:

“Quiero conocer los comprobantes (UUID) que fueron cancelados en un periodo, no importando cuando fueron emitidos”

Hemos creado un artículo especial adicional donde hablamos a detalle de este, sus características, funcionamiento, etc.; por lo que te invitamos dar clic aquí para que puedas conocer cómo sacar el máximo provecho al mismo.

Descargar los XML usando el UUID

Algunos de nuestros usuarios nos contactaron para saber cómo podían descargar sus XML usando los UUID respectivos; de inicio, el programa no soportaba dicha funcionalidad y lo que hicimos fue crear un módulo dentro del programa para que cualquier usuario pueda realizar esta tarea.

Para conocer todo al respecto de este, te invitamos a dar clic aquí.

Filtrar por la fecha de pago

Como recordarás, el programa contiene dos reportes para extraer la información de los recibos de pago:

Analizando el funcionamiento de estos, detectamos que, al momento de generarlos, siempre se filtraban por la fecha de emisión de los CFDI y nunca por la fecha de pago.

Lo que hicimos fue agregar dicha opción, de esta forma, tú como usuario, podrás indicar cómo quisieres que se filtren: Por la fecha de pago o por la fecha del documento.

Una vez implementado este cambio, nos dimos cuenta de que, este es un cambio importante, ya que ahora no importa cuándo fue emitido el recibo de pago, si no cuándo fue realizado el pago.

Para comprender mejor la importancia del cambio realizado, vamos a hacer un ejemplo:

  • Fecha de emisión del CFDI: 20 de marzo del 2024
  • Fecha en que fue realizado el pago: 10 de febrero del 2024

Si genero el reporte de enero (01/01/2024 – 31/01/2024) usando la fecha de emisión, este recibo de pago no se muestra en el reporte, pero si lo hago filtrando por la fecha del pago, este CFDI sí aparece; cómo puedes observar, cambia la información que se muestra en pantalla.

DIOT

Para finalizar, queremos comentar una corrección que se hizo en el módulo para generar la DIOT y este tiene que ver con los recibos de pago que mezclan varias monedas; en esos casos, el recibo de pago no se estaba convirtiendo a pesos mexicanos.

A partir de esta versión, todos los recibos de pago se convierten a pesos, no importando en qué moneda fueron generados.

En este caso recomendamos a todos nuestros usuarios generar sus DIOT y verificar que este cambio no los haya afectado.

Palabras finales

Como comentamos al inicio de este artículo, solo hemos querido comentar los cambios más importantes; si deseas conocer todos los cambios realizados, te invitamos a leer el historial de cambios dando clic aquí

Como siempre, invitamos a todos nuestros usuarios a descargar y actualizarse a esta nueva versión dando clic:

Descargar el instalador del programa

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Consultar los CFDI cancelados en un periodo

Algunos usuarios del programa Descargar CFDI nos contactaron porque querían saber si el programa podría generar un reporte en donde se pudieran ver los comprobantes que fueron cancelados en un periodo, no importando cuando fueron emitidos; su pregunta exacta era:

“Queremos saber que UUID fueron cancelados el mes pasado sin importar cuándo fueron emitidos, pudieron ser emitidos en el año pasado, el mes pasado, etc.”

Ellos requerían generar este reporte al inicio de cada mes y lo usarían para su control administrativo.

Este reporte nos llamó nuestra atención porque ya habíamos recibido solicitudes similares en otras ocasiones, además de que tenía un potencial importa, ya que podría ser de utilidad para el resto de nuestros usuarios.

Módulo para la consulta de los cancelados en un periodo
Con este requerimiento en mente, nos dimos a la tarea de investigar cómo desarrollar un módulo que permitiera generar un reporte con la información solicitada.

Su desarrollo fue todo un reto, ya que:

  • Esto no es algo que exista directamente en el servidor del SAT
  • Se requeriría que toda la información viniera directamente del SAT, que es donde se encuentra cuáles comprobantes están marcados como cancelados
  • Se dedicaron bastantes recursos para encontrar una solución al mismo

Hoy nos complace en anunciar que la nueva versión del programa (2024.11.21) cuenta con dicho módulo y que para su funcionamiento solo se requiere:

  • RFC y clave CIEC
  • El rango de fechas (inicial – final) en que fueron cancelados los UUID
  • El tipo de comprobante: Emitido / Recibido
  • El efecto del comprobante: Ingreso, egreso, pago, nómina o traslado

Con esta información, el programa puede conectarse al servidor del SAT y obtener los comprobantes que fueron cancelados en el periodo indicado, no importando cuando fueron emitidos.

El tiempo depende de la cantidad de UUID que tenga registrada en el SAT, pero en las pruebas que realizamos, el tiempo que tomaba este proceso era menos de 30 segundos.

Al finalizar la consulta, se muestra el resultado en pantalla y, como ya es costumbre, esta información puede ser exportada a un archivo de Excel.

Palabras finales
Para finalizar, nos gustaría comentar que este ha sido un caso de éxito por varios motivos:

  • Hemos podido dar solución a un requerimiento de los clientes
  • Se ofrece a todos los usuarios una nueva característica única en el mercado

Y recuerda, si tienes alguna necesidad y el programa no la puede resolver, te invitamos a poner en contacto con nosotros, que con gusto la analizaremos y buscaremos la mejor forma de ofrecerte una solución.

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¿Qué significa un CFDI no cancelable?

Recordemos que el nuevo proceso de cancelación entró en vigor en enero del 2022, donde se establece que, al momento de realizar la cancelación de los Comprobantes Digitales a través de Internet (CFDI) se debe de indicar el “motivo” de la cancelación.

Bajo este nuevo proceso, se ha detectado que, al momento de intentar realizar una cancelación, se puede obtener el error de que el documento no puede ser cancelado, y esto es derivado de que el estatus de cancelación del CFDI es “No cancelable”.

¿Pero en qué caso un CFDI es No cancelable?

De acuerdo con la autoridad (SAT), cuando se detecta, al momento de verificar el estatus del comprobante, que esté se encuentra como “No cancelable”, significa que el comprobante tiene al menos un documento relacionado vigente.

¿Cómo saber?

Existen tres formas de saber qué documentos relacionados tiene un comprobante fiscal con estatus “No cancelable”:

Manual

Esta forma es a través del ingreso al portal del SAT, siendo esta la forma más lenta y tediosa, ya que deberás de hacerlo comprobante por comprobante (uno por uno).

La forma de poder verificar la relación que lo convierte en No cancelable es realizando la consulta del comprobante en cuestión, ya sea por el UUID o por un rango de fecha.

Una vez ubicado el comprobante, se deberá de ir a la columna de Estatus de cancelación para dar clic en No cancelable, como se muestra en la siguiente imagen:

Al dar clic, se descargará en PDF el acuse de documentos relacionados, documento donde el contribuyente podrá dar seguimiento a la(s) factura(s) que se tienen relacionadas.

Por medio de Descargar CFDI

Esta forma es por medio del uso de nuestro programa Descargar CFDI con el que podrás saber de forma automática los documentos relacionados, la cual no tiene límite.

Para saber los pasos a seguir para esta forma de consulta, deberás de contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestra página de Facturando y con gusto te apoyaremos.

Por medio de una librería (DLL)

Si en tu caso eres desarrollador de software, podrás hacerlo de forma automática por medio de nuestra librería Electronic Document Download (EDD), con esta podrá crear un robot, que automáticamente verifique los comprobantes con esta característica y poder conocer el motivo.

¿Cuándo se presenta esta situación?

Como ejemplos de esta situación tenemos:

  • Cuando se requiere cancelar una factura que esté relacionada con una nota de crédito.
  • Cuando se requiera cancelar la factura de una operación realizada en parcialidades (PPD) que tenga un Recibo Electrónico de Pago (REP) generado.

La sugerencia es que, una vez cancelado el documento relacionado, se verifique que la factura a cancelar haya cambiado de estatus a “Cancelable con aceptación” o “Cancelable sin aceptación” según corresponda y proceder a su cancelación.

¿Qué dice la autoridad al respecto?

Con respecto a este tema, la COPARMEX solicitó a la autoridad (SAT) el que se pudiera tener una columna o espacio, en donde se especifique por qué la factura es no cancelable, a lo cual contestó que los CFDIs pueden contener el estatus de “No cancelables” cuando cuenten con al menos con un documento relacionado vigente.

Por lo que el SAT considera, y estando de acuerdo con ella, es innecesario incluir una columna adicional que muestre dicha información.

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Hasta la próxima.

Las notas de crédito no deben ser usadas para cancelar facturas

Si eres de aquellos contribuyentes que emite notas de crédito para llevar a cabo la cancelación de una factura, te comunicamos que esta es una mala práctica contra el SAT.

Esta práctica puede deberse por desconocimiento en la emisión de este tipo de comprobantes fiscales, por lo que empecemos por saber:

¿Qué es un CFDI de egreso?

Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de egresos, conocidos comúnmente como notas de crédito, es el comprobante que ampara devoluciones, descuentos y bonificaciones.

¿Para qué sirve un CFDI de egreso?

  • Disminuir los ingresos que fueron registrados en facturas previamente emitidas.
  • Para corregir un importe registrado en una factura que ya fue emitida.

¿Para qué no sirve un CFDI de egreso?

La emisión de este tipo de comprobantes no debe utilizarse para la cancelación de otros CFDI, pese a que es una práctica común entre algunos contribuyentes.

Marco jurídico

De acuerdo con:

  • Artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)
  • Artículo 103 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

Los contribuyentes podrán efectuar deducciones que provengan de devoluciones que se reciban, los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.

  • Artículo 29 de Código Fiscal de la Federación (CFF)

Para las devoluciones, descuentos y bonificaciones, se deberán de expedir comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Condiciones para su emisión

Dentro de las condiciones que deberán de cumplirse para la emisión de los CFDI de egresos tenemos que:

  • Previamente, debe de existir un CFDI de ingreso o un CFDI de egreso
  • Descuentos aplicables a un concepto registrado en una factura de ingresos

Ejemplo:

Se emite un CFDI del tipo Egreso por el descuento, devolución o bonificación que aplique a un comprobante de tipo Ingreso, por un valor menor al importe de la operación del comprobante de ingreso.

Información del CFDI de Ingreso

Se tiene un CFDI de Ingreso (factura) con los siguientes datos:

  • Importe: $ 200.00
  • Forma de pago: 03 – Transferencia electrónica de fondos

Información del CFDI de Egreso

Se va a realizar un descuento, devolución o bonificación por $50.00 que en este caso es un valor menor al importe registrado en la factura de ingreso.

  • Tipo de comprobante: e – Egreso
  • Tipo de relación: 01 – Nota de crédito de los documentos relacionados
  • UUID: 4FB3921E-376D-3735-8021-CDC8PDD29CPF
  • Forma de pago: 03 – Transferencia electrónica de fondos
  • Método de pago: PUE – Pago en una sola exhibición
  • Clave del producto o servicio: 84111506
  • Clave de unidad: ACT

Resumen

En resumen, podrías decir que un comprobante de egreso (nota de crédito):

  • Se usa para registrar las devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Nunca debe ser usada para la cancelación de un CFDI de ingreso, para esto existen otros mecanismos.

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Hasta la próxima.

Cancelación de facturas usando el motivo “01”

Como recordarás, a partir del 1º de enero del 2022, entro en vigor el nuevo método o forma de cancelación y su principal cambio es que, ahora es necesario indicar el motivo de la cancelación, para esto, la autoridad dio el siguiente catálogo:

  • 01 – Comprobante emitido con errores con relación
  • 02 – Comprobante emitido con errores sin relación
  • 03 – No se llevó a cabo la operación
  • 04 – Operación nominativa relacionada en la factura global

De estos cuatro, el primero (motivo 01) es el que ha presentado mayores problemas para su uso, como lo documentamos en su momento, no era posible hacer uso de éste y esto fue la recomendación que dio la autoridad:

Se podrá utilizar la clave 02 para realizar la cancelación de los CFDI relacionados incluyendo el que sustituye al CFDI a cancelar, esto con la finalidad de que no se genere un estatus de “No cancelable”

En esencia, el motivo 01 no estaba funcionando y por lo tanto deberías usar el motivo 02, aunque esto se saliera de los lineamientos que dio el SAT cuando liberó el nuevo método de cancelación.

Cuando la autoridad dio esta recomendación, nosotros documentamos el caso e hicimos algunas pruebas al respecto para verificar que efectivamente la cancelación con motivo 01 no estaba funcionando y que la solución era usar el motivo 02.

Para lo anterior, seguimos todos los pasos comentados por el SAT e intentamos cancelar un CFDI usando el motivo 01 y efectivamente no fue posible, por lo que procedimos a cancelarlo con motivo 02 y en este caso si funciono, desde entonces hemos estado usando esta forma de trabajar cuando requerimos cancelar un comprobante que va a ser sustituido con otro.

Solución
Hace algunos días retomamos este caso y quisimos verificar si existía algún cambio al respecto, por lo que procedimos a realizar la siguiente prueba:

  1. Generamos un CFDI
  2. Luego generamos un segundo CFDI que sustituía al primero usando el motivo de sustitución “04 sustitución de los CFDI previos”.
  3. Cancelamos el primer CFDI usando el motivo 01 y usando como folio relacionado el UUID del segundo CFDI.

Para nuestra sorpresa, el procedimiento funciono sin problema alguno, por lo que el primer CFDI quedo como cancelado, para verificar esto, consultamos en la página del SAT el estatus de este y efectivamente aparecía como cancelado.

Para corroborar que no fuera una casualidad hicimos este proceso varias veces, en diferentes días y con diferente tipo de comprobantes y en todos los casos el proceso de cancelación con motivo 01 funciono correctamente y a la primera vez.

Con todo lo anterior podemos confirmar que ya está funcionando y que puedes usar el motivo de cancelación 01 cuando lo requieras.

Hasta la próxima.

Cancelación de facturas: Cambios a las preguntas frecuentes

Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó el documento de preguntas frecuentes relacionadas con el nuevo proceso de cancelación de facturas.

Documento en el cual, la autoridad responde ciertas dudas de los contribuyentes, acerca de las condiciones para tener en cuenta en la cancelación de CFDIs a partir de este 2022.

Este documento, titulado “Preguntas frecuentes y escenarios de cancelación conforme a la Reforma Fiscal 2022” el cual fue publicado el pasado mes de mayo del presente año.

Dentro del cambio al documento se adicionó la nueva pregunta número 3, la cual consiste en:

¿Qué debo hacer si uso el motivo de cancelación “01” Comprobantes emitidos con errores con relación y el comprobante no se cancela o presenta error?

RESPUESTA. – Se podrá utilizar la clave 02 para realizar la cancelación de los CFDI relacionados incluyendo el que sustituye al CFDI a cancelar, esto con la finalidad de que no se genere un estatus de “No cancelable”.

En los casos en los que subsista la operación, se deberá emitir un nuevo comprobante con la información correcta y la clave de tipo relación 04 sustitución de CFDI previos relacionando el folio fiscal del comprobante que se sustituye (Ver ejemplo 2 del escenario 1 “comprobante emitido con errores con relación”).

Si quieres obtener la actualización de este documento, solo deberás de dar clic en la siguiente liga:

Preguntas frecuentes Mayo 2022

Adicionalmente y cómo recordarás, el SAT lanzó una prórroga a la cancelación de CFDIs de ejercicios anteriores, si deseas saber más al respecto de este tema, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Prórroga a la cancelación

Hasta la próxima.

SAT: Problema al cancelar un CFDI con clave 01

En esta ocasión queremos compartir contigo otra de las inconsistencias detectada en el SAT, esto referente a la cancelación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), siendo esta la situación:

Al intentar cancelar una factura indicando como clave de motivo de cancelación 01 y se obtenga un error por parte del SAT, se podrá utilizar la clave 02 para tal fin.

Esto quedo evidenciado, dentro del video “Mitos y realidades de la Factura electrónica 4.0” del canal oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT) del pasado 15 de marzo.

Video donde se instruye a los contribuyentes que se encuentren en esa situación, a utilizar la clave 02 en lugar de la 01.

A continuación, te compartimos de dicha situación y cómo solucionarlo, esto de acuerdo con lo indicado por la autoridad.

Si deseas ver el video, en el minuto 32 con 18 segundos podrás encontrar lo relacionado a este tema, por lo que te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Mitos y realidades de la factura electrónica 4.0

Hasta la próxima.

RESICO – Cancelación de un CFDI Global

Como sabrás, ha habido cambios al proceso de cancelación de los comprobantes fiscales digitales por internet, uno de estos cambios es el relacionado con aquellos comprobantes fiscales globales que emite un contribuyente que se encuentre tributando bajo el “Régimen Simplificado de Confianza”, mejor conocido como “RESICO”, para comprender acerca de este tema empecemos por saber:

¿Qué es un CFDI Global?
Un CFDI Global es aquel comprobante fiscal que ampara las operaciones realizadas con el público en general.

¿Qué operaciones contempla?
Este comprobante contendrá todas aquellas operaciones de adquisición de bienes, servicios o uso o goce temporal de bienes de los cuales no se solicitó la emisión del comprobante fiscal por internet correspondiente.

¿Lo puedo cancelar en cualquier momento?
No, de acuerdo con la ley, este tipo de comprobantes, sólo podrán ser cancelados en el mismo mes en que fueron emitidos (Art. 113-G, fracción V de la LISR).

De acuerdo con lo descrito con anterioridad, nos hemos encontrado con casos en que cuando un contribuyente realizó el pago de un bien o servicio, pero, por algún motivo no lo reportó con el proveedor para la emisión de la factura correspondiente, el proveedor al no identificar el pago, y conforme a la ley, procedió a integrar esta operación en el CFDI Global del mes.

Pasado el mes, el contribuyente se acuerda y le pide a su proveedor que le genere la factura del pago que realizó el mes pasado, a lo cual el proveedor le indica que ya no es posible generarle la factura debido a que, al no haber notificado el pago, éste se integro a la factura global del mes y como ésta corresponde al mes anterior, y de acuerdo a la ley, la factura global solo podrá cancelarse dentro del mes en que se emitió, razón por la cual, no podrá generarse factura alguna con respecto a alguna operación contenida en la misma.

Podrás obtener el documento emitido por la autoridad (SAT) con respecto a este tema, el cual lo podrás encontrar en la página 148 y se encuentra marcado en color amarillo, para ello solo bastará con dar clic en la siguiente liga:

LISR_12112021

Hasta la próxima.

SAT: Cambios al proceso de cancelación

Para el caso a lo correspondiente al proceso de cancelación de un comprobante fiscal digital (CFDI) también se contemplan cambios al mismo, adicionales a los cambios ya realizados a la regla 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, donde:

  • Se contempló la disminución del monto total que ampara un CFDI hasta $ 1,000.00 para su cancelación sin aceptación del receptor
  • Así como, la disminución del tiempo para poder realizar la cancelación de un CFDI, el cual consiste en que deberá de realizarse la cancelación dentro del día hábil siguiente a su expedición

Ahora los cambios adicionales contemplados por la autoridad fiscal (SAT) para este 2022 son:

  • La modificación al esquema, donde se deberá de justificar la cancelación e incluirse el motivo de cancelación con claves de un nuevo catálogo
  • La inclusión del folio fiscal (UUID) que sustituye al comprobante cancelado
  • Se limita la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido el CFDI
  • Considerar las facturas que se emitan por el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que en próximos días estaremos impartiendo una plática, sin costo alguno, en donde daremos a conocer el detalle de los cambios propuestos por la autoridad y como estos afectan el proceso de generación, timbrado y cancelación del CFDI, si deseas que te avisemos cuando esté listo, te invitamos a registrarte aquí, no olvides llenar todos los datos solicitados.

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.