Conoce los cambios en la emisión de CFDI de nómina y pago

El SAT incorporó dos nuevas validaciones que pueden provocar el rechazo de comprobantes durante el timbrado. Estos cambios en CFDI de nómina y pago (REP) buscan asegurar que cada documento incluya el complemento que le corresponde.

La lógica es sencilla: si se genera un CFDI de nómina, debe contener el complemento de Nómina. Del mismo modo, si se emite un CFDI de pago, debe incluir el complemento para recepción de pagos.

Aunque esta relación parece evidente, anteriormente era posible encontrar comprobantes timbrados que indicaban ser de nómina o pago, pero no contenían la información complementaria necesaria. Las nuevas reglas buscan impedir que esa inconsistencia vuelva a presentarse.

¿En qué consisten los cambios?

La matriz de errores del CFDI 4.0 agregó dos validaciones relacionadas con el tipo de comprobante:

  • Los CFDI de tipo N, correspondientes a Nómina, deben incluir el complemento de Nómina.
  • Los CFDI de tipo P, utilizados para documentar la recepción de pagos, deben contener el complemento para recepción de pagos.

Cuando el sistema detecte que falta el complemento correspondiente, el comprobante no debería obtener el timbre fiscal.

Para los usuarios, el cambio significa que podrían aparecer nuevos mensajes de error al emitir recibos de nómina o comprobantes de pago, especialmente cuando el sistema utilizado no esté actualizado o exista un problema en la configuración del documento.

¿Qué ocurre con los CFDI de nómina?

El SAT incorporó el error CFDI140229 para identificar los comprobantes de Nómina que no contienen su complemento.

La regla señala que cuando el tipo de comprobante sea “N”, debe existir el complemento de Nómina. El mensaje será el siguiente:

El valor registrado en el campo TipoDeComprobante es “N” y no existe el Complemento de Nómina.

Este error puede aparecer al intentar timbrar un recibo de nómina cuando el comprobante fue identificado correctamente como tipo N, pero no se agregaron los datos detallados del trabajador y del pago realizado.

El complemento de Nómina contiene información indispensable, como:

  • datos del trabajador;
  • periodo de pago;
  • días pagados;
  • percepciones;
  • deducciones;
  • otros pagos;
  • incapacidades;
  • subsidio al empleo, cuando corresponda.

Sin esta información, el comprobante no puede representar correctamente el pago realizado al trabajador.

¿Cómo se corrige el error CFDI140229?

Cuando aparezca este mensaje, no debe modificarse el tipo de comprobante únicamente para lograr el timbrado.

Lo correcto es revisar:

  • que se haya seleccionado la opción de recibo de nómina;
  • que los datos del trabajador estén completos;
  • que exista un periodo de pago válido;
  • que las percepciones y deducciones estén capturadas;
  • que el sistema esté generando el complemento de Nómina;
  • que el proveedor del programa haya implementado la nueva validación.

En muchas ocasiones, el usuario no tiene acceso directo al archivo XML ni a su estructura interna. Por ello, si los datos están correctamente capturados y el error continúa, será necesario contactar al proveedor del sistema de nómina o al soporte técnico.

¿Qué ocurre con los CFDI de pago?

Para los comprobantes de recepción de pagos se agregó el error CFDI140230.

La regla establece que cuando el tipo de comprobante sea “P”, debe existir el complemento para recepción de pagos. El mensaje asociado será:

El valor registrado en el campo TipoDeComprobante es “P” y no existe el Complemento para recepción de Pagos.

Este comprobante se utiliza principalmente cuando una factura fue emitida con método de pago PPD, es decir, pago en parcialidades o diferido, y posteriormente se recibe uno o varios pagos.

El complemento permite identificar:

  • la fecha en que se recibió el pago;
  • el importe pagado;
  • la moneda utilizada;
  • la forma de pago;
  • las facturas relacionadas;
  • el saldo anterior;
  • el importe pagado a cada factura;
  • el saldo pendiente;
  • los impuestos relacionados con el pago.

Un CFDI tipo P que no contiene estos datos no permite saber qué factura fue pagada ni cuánto saldo queda pendiente.

¿Cómo se corrige el error CFDI140230?

Si aparece este rechazo, debe revisarse que el comprobante incluya por lo menos un pago y que este se encuentre relacionado con las facturas correspondientes.

También conviene verificar:

  • que el documento se esté generando como recibo electrónico de pago;
  • que se haya capturado la fecha del pago;
  • que la forma de pago sea correcta;
  • que el importe recibido coincida con la operación;
  • que se hayan relacionado las facturas pagadas;
  • que los saldos anterior, pagado y pendiente sean congruentes;
  • que el sistema esté actualizado.

No es recomendable cambiar el comprobante a tipo Ingreso para evitar el mensaje. El CFDI debe reflejar la operación que realmente se realizó.

¿Este cambio modifica el formato del CFDI 4.0?

No. Las nuevas reglas no modifican la estructura XSD del CFDI 4.0 ni crean una nueva versión del comprobante.

Esto significa que no estamos ante un CFDI 4.1 ni frente a un nuevo formato que obligue a cambiar la manera habitual de capturar los recibos de nómina o los pagos.

El cambio se encuentra en las validaciones que se aplican durante el proceso de emisión. En otras palabras, el formato general sigue siendo el mismo, pero ahora se revisa expresamente que el complemento coincida con el tipo de comprobante seleccionado.

Para el contador o usuario administrativo, la principal consecuencia será recibir un rechazo cuando el sistema intente timbrar un documento incompleto.

¿Cuál es la consecuencia operativa para las empresas?

La consecuencia directa es que un recibo de nómina o un CFDI de pago podría no timbrarse hasta que se corrija la información.

Esto puede afectar procesos como:

  • entrega de recibos a los trabajadores;
  • cierre y dispersión de nómina;
  • emisión oportuna de recibos electrónicos de pago;
  • aplicación de pagos a clientes;
  • conciliación de cuentas por cobrar;
  • envío de comprobantes al cliente;
  • cierres contables y fiscales.

Por esta razón, las empresas deben confirmar que sus sistemas hayan sido actualizados. También es recomendable llevar a cabo pruebas antes de una emisión masiva de recibos de nómina o complementos de pago.

En el caso de despachos contables, conviene informar a los clientes sobre estos nuevos rechazos para evitar que los interpreten como una falla del SAT, del certificado o de la contraseña.

La modificación corrige una inconsistencia anterior

Estas nuevas reglas pueden parecer innecesarias porque resulta lógico que un CFDI de nómina contenga información de nómina y que un CFDI de pago incluya los datos del pago recibido.

Sin embargo, antes de esta actualización, era posible que un comprobante cumpliera ciertas validaciones técnicas y obtuviera el timbre, aun cuando no incluyera el complemento correspondiente.

En nuestro artículo Inconsistencias detectadas en un recibo de pago (REP), mostramos el caso de un CFDI tipo P que había sido timbrado, pero no contenía el complemento para recepción de pagos.

La incorporación de los errores CFDI140229 y CFDI140230 cierra esa posibilidad para las nuevas emisiones. A partir de la aplicación de estas validaciones, el tipo de comprobante y el complemento deberán coincidir.

¿Qué pasa con los CFDI emitidos anteriormente?

La actualización no significa que todos los CFDI históricos de nómina o pago deban cancelarse, sustituirse o emitirse nuevamente.

Tampoco provoca que los comprobantes anteriores cambien automáticamente de estatus.

No obstante, si se detecta un CFDI tipo N sin complemento de Nómina o uno tipo P sin complemento para recepción de pagos, conviene revisar el caso de manera individual.

Será necesario analizar:

  • qué operación pretendía documentarse;
  • si el comprobante contiene información suficiente;
  • cuándo fue emitido;
  • si fue utilizado para efectos contables o fiscales;
  • si es necesario solicitar una corrección o sustitución.

La decisión debe tomarse con el apoyo del área contable o del asesor fiscal, considerando las circunstancias particulares de cada comprobante.

¿Qué deben hacer contadores y empresas?

Para prevenir rechazos durante el timbrado, recomendamos:

  • mantener actualizado el sistema de facturación o nómina;
  • confirmar con el proveedor que las nuevas reglas ya fueron implementadas;
  • revisar los datos antes de emitir;
  • no cambiar el tipo de comprobante para evadir el error;
  • conservar el mensaje completo del rechazo;
  • verificar que el complemento se haya generado correctamente;
  • realizar pruebas antes de procesar grandes cantidades de documentos.

También puedes utilizar nuestro Validador CFDI 4.0 para revisar los archivos XML y detectar inconsistencias en los comprobantes emitidos o recibidos.

DESCARGAR MATRIZ DE ERRORES

Palabras finales

Las nuevas validaciones no cambian la forma correcta de elaborar los CFDI de nómina y pago. Su objetivo es impedir que se timbre un comprobante que indique ser de tipo N o P, pero no incluya el complemento que le da sentido.

Para las empresas, el principal riesgo es operativo: no poder timbrar a tiempo recibos de nómina o comprobantes de pago por utilizar un sistema desactualizado o por una captura incompleta.

Revisar los datos, mantener actualizado el software y atender correctamente el mensaje de rechazo permitirá corregir el problema sin alterar la naturaleza real de la operación.

Síguenos en YouTube

Los cambios en las validaciones del SAT pueden generar dudas o rechazos inesperados durante la emisión de comprobantes. Para mantenerte informado sobre CFDI, nómina, complementos de pago y otras actualizaciones fiscales, puedes suscribirte al canal de YouTube de Facturando.

Ser PAC en México: requisitos, inversión y obligaciones ante el SAT

Las revocaciones publicadas por el SAT en julio de 2026 dejaron una pregunta importante: ¿qué tan difícil es obtener y conservar esta autorización? Los requisitos para ser PAC en México muestran que no basta con desarrollar un sistema de timbrado. Se necesita una empresa sólida, infraestructura especializada y controles permanentes. En nuestro artículo sobre la revocación de Facturador Electrónico

explicamos el efecto para sus clientes. Ahora veremos lo que una empresa debe acreditar antes y después de convertirse en proveedor autorizado.

¿Qué significa realmente ser PAC?

Un Proveedor de Certificación de CFDI, conocido como PAC, es una persona moral autorizada por el SAT para revisar que los comprobantes cumplan los requisitos fiscales y tecnológicos, asignarles un folio e incorporar el sello digital de la autoridad.

La orientación oficial sobre los Proveedores Autorizados de Certificación también señala que deben enviar al SAT una copia de los CFDI que validan. Su función es crítica: un error puede afectar facturas, nómina, complementos de pago y otras operaciones de miles de contribuyentes.

¿Quién puede solicitar la autorización?

La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 permite que determinadas personas morales soliciten la autorización. También contempla supuestos particulares para asociaciones, cámaras, dependencias y organismos públicos.

Para una empresa que pretende ofrecer certificación al mercado, la revisión alcanza tanto a la sociedad como a las personas relacionadas con su administración. Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Estar localizada en el RFC y contar con opinión positiva de cumplimiento.
  • No ubicarse en los supuestos de los artículos 69-B y 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.
  • No estar sujeta a procesos o sentencias por delitos fiscales.
  • Presentar la documentación corporativa y, cuando corresponda, dictámenes financieros.
  • Cumplir las restricciones aplicables a socios, accionistas, representantes y órganos de dirección.
  • Contar con un capital social suscrito y pagado de al menos 10 millones de pesos, salvo las excepciones previstas.
  • Superar la validación técnica y de infraestructura del SAT.

El proceso, por tanto, no se limita a demostrar que existe un programa capaz de timbrar XML.

¿Los 10 millones de pesos representan toda la inversión?

No. Esa cantidad es el capital social mínimo exigido a ciertos solicitantes y debe conservarse mientras la autorización esté vigente. No representa el costo total de convertirse en PAC.

En la práctica, el proyecto también puede requerir centros de datos, redundancia, telecomunicaciones, seguridad, monitoreo, almacenamiento, personal especializado y soporte. A ello se suma la garantía que debe presentarse para responder por las obligaciones de la autorización.

El SAT no fija en estas disposiciones un presupuesto total único. Los 10 millones deben entenderse como un requisito financiero mínimo, no como el costo completo del proyecto. Esta conclusión se desprende de que, además del capital, la regulación exige garantía, infraestructura, seguridad, personal y niveles permanentes de servicio.

¿Cómo revisa el SAT la capacidad tecnológica?

La solicitud no se resuelve únicamente con documentos. El SAT verifica el centro de datos y las oficinas operativas registradas para comprobar que el interesado dispone de capacidad tecnológica e infraestructura suficiente.

Durante la revisión se levanta un acta con los hechos u omisiones detectados. Si falta información, la autoridad puede emitir un requerimiento y conceder diez días hábiles para corregirla. Cuando el solicitante no responde en tiempo y forma, el trámite se considera no presentado.

Superar esta etapa permite avanzar hacia la autorización, pero no elimina las supervisiones posteriores.

¿Qué obligaciones debe mantener un PAC?

Conseguir el permiso es solo el inicio. La empresa debe conservar de manera permanente sus condiciones fiscales, financieras, operativas y tecnológicas.

Entre sus responsabilidades más importantes están:

  • Mantener el capital social y la garantía aplicable.
  • Permanecer al corriente en sus obligaciones fiscales.
  • Permitir verificaciones del SAT y evaluaciones de confiabilidad del personal.
  • Proteger la confidencialidad y seguridad de los datos.
  • Ofrecer una aplicación gratuita para generar y certificar CFDI.
  • Enviar al SAT los comprobantes al momento de certificarlos.
  • Dar a los emisores una herramienta para consultar sus CFDI.
  • Informar cambios tecnológicos y suspensiones del servicio.
  • Implementar los complementos publicados por la autoridad.
  • Llevar un control diario de los comprobantes certificados.

Estas responsabilidades no son recomendaciones comerciales: forman parte de las obligaciones que el proveedor debe cumplir para continuar operando.

El Anexo 29 de la RMF 2026 agrega niveles mínimos para la aplicación gratuita. Esta debe estar disponible todos los días, las 24 horas, con una disponibilidad de 99.3 %. Las solicitudes de soporte deben atenderse en no más de dos horas y resolverse dentro de ocho. Además, el SAT puede revisar en cualquier momento la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de los sistemas. Obtener la autorización no significa dejar de ser evaluado.

¿La autorización es permanente?

No. La autorización tiene vigencia durante los dos ejercicios fiscales siguientes a aquel en que se notifica el oficio correspondiente. En el último año, el PAC puede solicitar una renovación por otros dos ejercicios.

La renovación tampoco es automática. Debe presentarse en el mes que corresponda según la primera letra del RFC y cumplir la ficha de trámite aplicable. El SAT puede solicitar información adicional.

Esto explica cómo una empresa puede realizar una inversión considerable, superar la evaluación inicial y perder después la autorización. Ser PAC exige mantener el cumplimiento todos los días, no solamente demostrarlo al presentar la solicitud.

¿Qué significa este nivel de exigencia para los clientes?

Para quien contrata timbrado, el precio por folio no debería ser el único criterio. También importan la autorización vigente, la infraestructura, el soporte, la actualización y los planes de continuidad.

La lista de proveedores autorizados por el SAT debe ser el punto de partida antes de contratar. También conviene evitar la dependencia de un solo canal. En ¿Se puede contratar dos o más proveedores de factura CFDI? explicamos por qué un esquema MultiPAC puede apoyar la continuidad.

La propia RMF permite que los contribuyentes utilicen simultáneamente uno o más proveedores de certificación de CFDI. Actualmente, nuestro Servicio de Timbrado opera con dos PAC autorizados. Esto permite disponer de una alternativa técnica y reducir el riesgo de detener la emisión cuando uno de los canales presenta una contingencia.

Para cerrar

Convertirse en PAC requiere mucho más que una plataforma capaz de recibir y sellar XML. Implica solvencia, evaluaciones técnicas, seguridad de la información, disponibilidad constante, soporte y supervisión continua.

La inversión permite participar en el proceso, pero no garantiza conservar la autorización. El verdadero compromiso consiste en mantener durante años los controles que sostienen la confianza en millones de CFDI.

Sigue leyendo sobre los PAC

Los enlaces de esta sección se integrarán cuando estén disponibles y se hayan verificado sus URL definitivas.

Síguenos en YouTube

Para comprender mejor los cambios del SAT, el timbrado y las obligaciones relacionadas con los CFDI, te invitamos a suscribirte al canal de YouTube de Facturando. Publicamos explicaciones prácticas para contadores, administradores y responsables de sistemas.

InvoiceOne: segundo PAC revocado por el SAT en una semana

El SAT actualizó el 10 de julio de 2026 su relación de proveedores revocados. Con esta publicación, el SAT revoca a InvoiceOne, nombre comercial de Sistemas de Emisión Digital, S.A. de C.V., con RFC SED1102088J7 y clave de revocación 0111. Es el segundo caso publicado en solo cuatro días.

¿Qué publicó el SAT sobre InvoiceOne?

La ficha oficial identifica a Sistemas de Emisión Digital, S.A. de C.V. y señala como fecha de publicación el 10 de julio de 2026. Sin embargo, la tabla no informa el incumplimiento concreto que originó la decisión.

La referencia a la regla 2.7.2.12, fracción II, inciso f), corresponde al paso mediante el cual el SAT hace pública la revocación. Por ello, no sería correcto atribuirle al proveedor una causa específica sin contar con la resolución completa.

La revocación no detiene todo el timbrado el mismo día

La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 contempla un periodo de transición de 90 días naturales, contado desde que el oficio de revocación surte efectos. No necesariamente comienza en la fecha en que el registro aparece en el portal.

Durante los primeros 30 días, el proveedor debe continuar certificando CFDI para sus clientes actuales. Al mismo tiempo, tiene prohibido contratar u ofrecer el servicio a clientes nuevos. En la segunda etapa, de 60 días, ya no puede prestar el servicio de certificación.

Por esta razón, la fecha exacta para dejar de timbrar no debe calcularse únicamente a partir del 10 de julio. InvoiceOne debe publicar un “Aviso urgente” e informar a sus clientes cuándo concluye la primera etapa.

¿Qué deben hacer los clientes actuales?

Aunque existe un periodo de transición, esperar hasta el último día representa un riesgo operativo. Una empresa puede detener cobranza, entregas, nómina o complementos de pago si la migración no queda lista a tiempo.

La revisión inmediata debería incluir:

  • Solicitar el aviso oficial y confirmar la fecha límite aplicable.
  • Elegir un proveedor incluido en la lista de proveedores autorizados de certificación.
  • Probar facturas, recibos de nómina, notas de crédito y complementos.
  • Resguardar XML, representaciones impresas, contratos y reportes de consumo.
  • Verificar que el nuevo servicio funcione antes de retirar la conexión anterior.

La propia RMF permite utilizar simultáneamente uno o más proveedores de certificación. Esta posibilidad ayuda a reducir la dependencia de un solo canal.

Dos revocaciones en menos de una semana

El 6 de julio, el SAT también publicó la revocación de Facturador Electrónico. En nuestro artículo SAT revoca a Facturador Electrónico explicamos los datos de ese caso y las revisiones recomendadas. La aparición de InvoiceOne cuatro días después refuerza una lección: el timbrado debe formar parte del plan de continuidad de cualquier empresa. También te recomendamos leer cómo timbrar con varios proveedores al mismo tiempo para conocer las ventajas de una operación MultiPAC. Para empresas o desarrolladores que necesiten migrar, nuestro Servicio de Timbrado ofrece soporte técnico, integración sin anualidad y acompañamiento para restablecer la emisión sin improvisar.

Recomendación final

Los CFDI certificados antes de la revocación no pierden automáticamente su validez. El punto urgente es confirmar el calendario de transición, respaldar la información y probar otro canal antes de que termine la primera etapa.

Actuar desde ahora permite convertir una noticia preocupante en una migración controlada, con menos riesgo para facturación, cobranza y cumplimiento.

Síguenos en YouTube

Para conocer cambios del SAT que pueden afectar el timbrado y la operación de tus CFDI, te invitamos a suscribirte al canal de YouTube de Facturando. Compartimos explicaciones prácticas para contadores, administradores y desarrolladores.

SAT revoca a Facturador Electrónico: ¿Qué deben revisar sus clientes?

Actualización — 10 de agosto de 2026

El SAT realizó un cambio en su página de proveedores de certificación revocados. La entrada correspondiente a Dot Net Desarrollo de Sistemas, S.A. de C.V., nombre comercial Facturador Electrónico, RFC DND070112H92, que había sido publicada el 6 de julio de 2026 con el número de revocación 0109, ya no aparece actualmente en dicha página.

Este artículo fue publicado el 6 de julio de 2026 con base en la información que el SAT mostraba oficialmente en ese momento.

La eliminación del registro de la página de revocados es un cambio relevante; sin embargo, por sí sola no permite determinar el motivo de la modificación ni concluir que exista una nueva resolución o autorización. Seguiremos dando seguimiento a la información oficial que publique el SAT y actualizaremos este artículo si se conocen nuevos elementos.


El 6 de julio de 2026, el SAT publicó la revocación del proveedor Dot Net Desarrollo de Sistemas, S.A. de C.V., conocido comercialmente como “Facturador Electrónico”, con RFC DND070112H92. Para quienes usaban este PAC revocado para emitir CFDI, la prioridad no es esperar una aclaración, sino revisar su operación y asegurar un nuevo canal de timbrado.

En la publicación que aparecía originalmente en la lista de proveedores revocados del SAT se identificaba el RFC DND070112H92, con fecha de publicación 06/07/2026 y número de revocación 0109. Posteriormente, esa entrada fue retirada de la página del SAT. Esto afecta directamente a contribuyentes, despachos y sistemas administrativos que dependían de ese proveedor para certificar facturas, recibos de nómina, complementos de pago u otros CFDI.

¿Qué significa que un PAC sea revocado?

Un Proveedor Autorizado de Certificación es la empresa autorizada por el SAT para validar el XML, asignar el folio fiscal e incorporar el sello digital de la autoridad. La publicación de la revocación no significa que el PAC deje de certificar inmediatamente para sus clientes actuales. La regla 2.7.2.12 de la RMF 2026 establece un periodo de transición de 90 días naturales, contado desde que el oficio de revocación surte efectos. Durante los primeros 30 días debe continuar prestando el servicio a sus clientes actuales, aunque ya no puede contratar nuevos; en los 60 días siguientes ya no puede certificar CFDI.

Esto no significa, por sí solo, que todos los CFDI emitidos antes de la revocación pierdan valor. Lo importante es confirmar que esos comprobantes estén registrados, vigentes y correctamente timbrados. Para ello, el verificador de CFDI del SAT debe formar parte de la revisión interna.

¿Qué deben hacer los contribuyentes afectados?

Si tu empresa, despacho o sistema timbraba con “Facturador Electrónico”, conviene actuar el mismo día. Detener la emisión de CFDI puede generar retrasos en cobranza, entregas, nómina, deducciones para clientes y conciliaciones contables.

La revisión mínima debería incluir:

  • Confirmar si el sistema aún intenta timbrar con DND070112H92.
  • Iniciar inmediatamente la migración hacia otro PAC y concluir las pruebas antes de que termine la primera etapa del periodo de transición.
  • Revisar que los comprobantes recientes aparezcan en el SAT.
  • Descargar y resguardar XML, PDF y acuses relacionados.
  • Documentar el cambio para soporte, auditoría y control interno.

El punto crítico es evitar que ventas, pagos o nómina queden detenidos cuando concluya la primera etapa del periodo de transición y el proveedor ya no pueda certificar CFDI.

¿Cómo evitar que este problema se repita?

La revocación de un PAC recuerda algo importante: el timbrado no debe verse solo como un trámite técnico. Es una parte sensible de la operación fiscal. Si falla, afecta ingresos, cumplimiento y atención al cliente.

Por eso, también te recomendamos leer nuestro artículo sobre Timbrado MultiPac, donde explicamos la importancia de contar con alternativas de certificación y no depender de un solo canal operativo.

En este escenario, nuestro Servicio de Timbrado puede ayudarte a continuar la emisión de CFDI con soporte técnico, sin costo de integración ni anualidad, y con una integración pensada para sistemas administrativos o desarrollos propios. La idea no es cambiar por cambiar, sino recuperar continuidad, control y acompañamiento.

Palabras finales

La revocación de Dot Net Desarrollo de Sistemas debe atenderse como una alerta operativa. Los CFDI ya emitidos deben revisarse, los XML deben respaldarse y el nuevo timbrado debe quedar probado antes de continuar con la emisión diaria.

Si dependías de “Facturador Electrónico”, no conviene esperar a que el problema llegue a cobranza, nómina o atención al cliente. Lo más seguro es validar tus comprobantes recientes y migrar cuanto antes a un proveedor con soporte y continuidad.

Síguenos en YouTube

Para mantenerte al día sobre CFDI, SAT, XML, timbrado y cambios que pueden afectar tu operación fiscal, suscríbete al canal de YouTube de Facturando. Ahí compartimos contenido útil para contadores, administradores y equipos que trabajan todos los días con factura electrónica.

El SAT actualiza el Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos

El Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos tuvo una actualización importante por parte del SAT. A partir de este cambio, éste puede convivir con más complementos dentro del mismo comprobante.

Aunque parece un ajuste técnico, su impacto es muy práctico. Esta actualización puede evitar rechazos al timbrar facturas cuando la operación requiere incluir información adicional, como Comercio Exterior, INE, Impuestos Locales o Leyendas Fiscales.

¿Qué cambió en el Complemento Concepto Hidrocarburos y Petrolíferos?

Antes, este complemento tenía una validación más limitada respecto a los complementos con los que podía coexistir dentro del CFDI.

Con la actualización, ahora puede utilizarse también junto con:

  • Comercio Exterior.
  • INE.
  • Impuestos Locales.
  • Leyendas Fiscales.

Esto no significa que todas las facturas de gasolina, diésel u otros combustibles deban incluir esos complementos. Lo importante es que, cuando la operación realmente lo requiera, el CFDI podrá incluirlos sin ser rechazado únicamente por esa combinación.

¿Por qué debe importarle al contador?

El contador no siempre ve estos cambios directamente en el PDF. Muchas validaciones ocurren en el XML y durante el proceso de timbrado.

Si el sistema de facturación o el PAC no está actualizado, una operación correcta podría detenerse por una validación desactualizada. Esto puede generar retrasos, reprocesos, llamadas al proveedor y dudas sobre el comprobante recibido.

Por eso, la revisión del XML es cada vez más importante. Una factura puede verse bien a simple vista, pero tener detalles técnicos que afecten su emisión, revisión o control fiscal.

Relación con la deducción de gasolina en 2026

Este cambio se conecta con un tema que hemos venido explicando: la deducción de combustibles en 2026.

En nuestro artículo ¿Tu factura de gasolina no tiene este dato? Evita multas, comentamos por qué no basta con pedir factura. El CFDI debe cumplir correctamente con los requisitos fiscales y técnicos para respaldar la deducción.

El punto clave es sencillo: si el comprobante está mal emitido, incompleto o no cumple con las validaciones aplicables, puede generar problemas para quien lo emite y para quien lo recibe.

Cursos recomendados sobre este complemento

También hemos impartido tres cursos donde explicamos con mayor detalle el Complemento Hidrocarburos y Petrolíferos:

Estos materiales ayudan a entender qué debe contener el XML, qué errores pueden presentarse y por qué este complemento no debe revisarse solo desde el PDF.

Automatizar la revisión ayuda a evitar sorpresas

Cuando el SAT actualiza una validación, muchas empresas se enteran hasta que aparece un rechazo de timbrado o hasta que el cliente reporta un problema con su factura.

Por eso es útil contar con herramientas que permitan descargar, organizar y revisar CFDI emitidos y recibidos. Con Descargar CFDI, puedes descargar XML desde el SAT y también obtener documentos relacionados con cancelaciones, como el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación.

Conclusión

La actualización del Complemento Concepto Hidrocarburos y Petrolíferos no debe verse solo como un ajuste para sistemas. También es una señal para contadores y administradores: los CFDI de combustibles requieren una revisión más cuidadosa.

Si emites o revisas facturas de combustibles, asegúrate de que tus herramientas estén actualizadas. Un cambio pequeño puede marcar la diferencia entre un CFDI timbrado correctamente y una operación detenida.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

¿Un CFDI puede llevar más de una forma de pago?

En los últimos días, varios usuarios nos han contactado para preguntarnos, si en la generación de un CFDI es posible especificar más de una forma de pago, por lo que decidimos publicar este artículo dando respuesta a esta duda.

FORMAS DE PAGO
Recordemos que, al momento de generar un CFDI es necesario registrar la clave de la forma de pago de los bienes, la prestación de los servicios, el otorgamiento del uso o goce, o la forma en que se recibe un donativo contenido en el comprobante.

CATÁLOGO FORMAS DE PAGO
Dentro de las claves disponibles para definir la forma de pago en un CFDI tenemos las siguientes:

  • 01 – Efectivo
  • 02 – Cheque nominativo
  • 03 – Transferencia electrónica de fondos
  • 04 – Tarjeta de crédito
  • 05 – Monedero electrónico
  • 06 – Dinero electrónico
  • 08 – Vales de despensa
  • 12 – Dación en pago
  • 13 – Pago por subrogación
  • 14 – Pago por consignación
  • 15 – Condonación
  • 17 – Compensación
  • 23 – Novación
  • 24 – Confusión
  • 25 – Remisión de deuda
  • 26 – Prescripción o caducidad
  • 27 – A satisfacción del acreedor
  • 28 – Tarjeta de débito
  • 29 – Tarjeta de servicios
  • 30 – Aplicación de anticipos
  • 31 – Intermediario pagos
  • 99 – Por definir

Estas claves conforman el catálogo de formas de pago publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su portal.

MÁS DE UNA FORMA DE PAGO
En la práctica, al momento de generar un CFDI, es posible que, en ocasiones, una operación sea pagada usando varias formas de pago, por ejemplo:

  • Con cheque y transferencia
  • Efectivo y tarjeta de crédito
  • O cualquier otra combinación posible

Esto de acuerdo con lo pactado entre el emisor del CFDI (proveedor) y el receptor del mismo (cliente).

Para estos casos, podemos tener en consideración dos situaciones para poder definir la forma de pago, siendo estas las siguientes:

  1. En el caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los contribuyentes deben incluir como clave de forma de pago aquella que corresponda con la que se liquida la mayor cantidad del pago.
  2. Para el caso de que se reciban distintas formas de pago con el mismo importe, el contribuyente debe registrar a su consideración, una de las formas de pago con las que se recibió el pago de la contraprestación.

Cabe aclarar que estos casos aplican cuando en la generación del CFDI se conoce la forma o formas en que se realiza el total del pago, quedando como método de pago el correspondiente a Pago en Una sola Exhibición (PUE).

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

CFDI 4.0 – Factura para público en general

Hoy queremos comentar un cambio que hemos detectado en la generación de un CFDI 4.0 para público en general; como ya es de tu conocimiento, este tipo de comprobante se genera para registrar las operaciones en donde no se cuenta con el RFC del receptor, consistente en poder emitir a los clientes un CFDI con estas operaciones lo que se conocen como “celebradas con el público en general”.

Consideraciones
Dentro de las consideraciones que deberás tomar en cuenta al momento de generar un CFDI 4.0 para público en general tenemos las siguientes:

  • Para el RFC del receptor deberá de indicarse el RFC genérico “XAXX010101000”.
  • En lo que respecta al nombre del receptor puedes usar cualquier nombre excepto “PUBLICO EN GENERAL”.
  • El texto “PUBLICO EN GENERAL” queda restringido para su uso en un CFDI Global 4.0

Alternativas
Como podrás observar, ya no es posible usar como nombre de receptor “PUBLICO EN GENERAL” para que un CFDI 4.0 para público en general; por lo que a continuación, te damos una serie de sugerencias de lo que puedes capturar en dicho campo:

  • Colocar como nombre del receptor, el nombre del cliente que hizo la compra o contratación.
  • Hacer uso del nombre PUBLICO EN GENERAL con alguna variante, aquí te proponemos 2:
    1. Agregar un acento, por ejemplo: PÚBLICO EN GENERAL
    2. Agregar un punto al final, por ejemplo: PUBLICO EN GENERAL.

Para verificar que las propuestas antes comentadas funcionan correctamente, nos dimos a la tarea de generar (timbrar) un CFDI 4.0 para público en general con cada una de ellas y en todos los casos se he generado el CFDI sin problema, por lo que podemos confirmarte que si funcionan.

Es importante aclarar que, para las alternativas aquí propuestas no existe un sustento legal o fiscal de su uso o aplicación, las alternativas que hemos sugerido son tomadas en base a la experiencia que hemos aprendido en el día a día con el proceso de timbrado de un CFDI 4.0

Hasta la próxima.

CFDI 4.0: Conoce todos los cambios

Derivado de los cambios presentados en la reforma fiscal 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está preparando una nueva versión del estándar para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), a continuación, detallaremos los cambios más relevantes al respecto.

Más información
En nuevo estándar requerirá de información adicional que no es requerida en la versión actual, algunos de estos son:

  • Objeto de impuesto, con el cual se prenden definir si el producto o servicio ofrecido es objeto de impuestos.
  • Régimen fiscal del emisor, que como su nombre lo describe, sirve para indicar el régimen en que tributa el receptor del documento.
  • Código postal del domicilio fiscal del emisor.

La autoridad no solo está pidiendo más información, sino que alguno de los datos que antes era opcionales, ahora se convierten en obligatorios, un ejemplo de esto son el nombre o razón social del emisor y del receptor.

Factura global
La emisión de comprobantes que cubran las operaciones a público en general también sufrirá cambios, ya que se deberá incluir información adicional como por ejemplo el periodo que cubre el comprobante.

Nuevas reglas de validación
Todo lo anterior conlleva a que el SAT actualice la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar al momento de llevar a cabo la certificación de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, esto conlleva a que se tengan que actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Como puedes observar los cambios propuestos por la autoridad son varios y algunos tienen implicaciones importantes, por lo que el SAT ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 3.3 al CFDI 4.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que te invitamos a registrarte al curso gratuito que hemos preparado y donde estaremos explicando cando uno de estos temas a profundidad.

Suscribete

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.