Utilidad contable vs. resultado fiscal: ¿por qué no coinciden?

Llegas al cierre del ejercicio, revisas la contabilidad y la empresa muestra una utilidad. Después haces el cálculo fiscal y aparece una cifra distinta. ¿Algo está mal? No necesariamente. El resultado fiscal puede ser diferente de la utilidad contable porque cada uno se obtiene con reglas distintas.

Esta diferencia es normal en muchas empresas. Lo importante no es obligar a que ambas cifras coincidan, sino poder explicar de dónde viene cada ajuste.

Primero: no estás comparando exactamente lo mismo

La contabilidad busca mostrar lo que ocurrió en el negocio: cuánto vendió, cuánto gastó, qué debe, qué le deben y cuál fue su resultado durante el periodo.

Para efectos del ISR, en cambio, existen reglas fiscales propias para reconocer ingresos, aplicar deducciones y determinar el impuesto.

Ahí nace buena parte de la diferencia.

Un gasto puede existir perfectamente en la contabilidad y, aun así, no ser deducible para ISR. También puede suceder que una inversión se reconozca contablemente de una forma y fiscalmente se deduzca con una mecánica diferente.

Por eso, el resultado fiscal no se obtiene simplemente copiando la utilidad que aparece en el estado de resultados. Que la utilidad contable sea de $1 millón no significa que el impuesto necesariamente se calculará sobre ese mismo millón.

¿Qué puede hacer que las cifras cambien?

Aunque cada empresa tiene operaciones distintas, algunas diferencias aparecen con mucha frecuencia:

  • Castos registrados en contabilidad que no son deducibles fiscalmente
  • Diferencias entre la depreciación contable y la deducción fiscal de inversiones
  • Ingresos que contable y fiscalmente se reconocen en momentos diferentes
  • Ajuste anual por inflación
  • PTU pagada durante el ejercicio
  • Pérdidas fiscales pendientes de ejercicios anteriores.

Ninguno de estos conceptos significa automáticamente que exista un error. Son partidas que deben revisarse para entender cómo se pasa de la información contable a la fiscal.

En el caso de los gastos, además, tener un CFDI no garantiza por sí solo que una erogación sea deducible. En Facturando ya explicamos este punto en Gastos no deducibles: ¿te aplica el artículo 28 o el 148 de la LISR?.

Un ejemplo sencillo

Supongamos que una empresa termina el año con una utilidad contable de $1,000,000.

Al preparar su revisión fiscal encuentra $80,000 de gastos que no puede deducir. También determina un ajuste anual por inflación acumulable de $20,000 y detecta que la deducción fiscal de sus inversiones es $30,000 mayor que la depreciación registrada en contabilidad.

El ejercicio podría verse así:

ConceptoImporte
Utilidad contable$1,000,000
Más: gastos no deducibles$80,000
Más: ajuste anual por inflación acumulable$20,000
Menos: diferencia en deducción de inversiones$30,000
Importe después de estos ajustes$1,070,000

La empresa sigue siendo la misma y las operaciones no cambiaron. Lo que cambió fue la forma de tratar determinadas partidas para efectos fiscales.

Este ejemplo es únicamente ilustrativo. Todavía podrían existir otros conceptos antes de llegar al cálculo definitivo del ISR.

Resultado fiscal: no es lo mismo que utilidad fiscal

Aquí aparece otra confusión bastante común.

Para las personas morales del Régimen General, el artículo 9 de la LISR establece que primero se determina la utilidad fiscal: a los ingresos acumulables se les restan las deducciones autorizadas y la PTU pagada en el ejercicio.

Después, cuando existen pérdidas fiscales pendientes de ejercicios anteriores que pueden aplicarse, estas se disminuyen de la utilidad fiscal. El importe resultante es el resultado fiscal.

En otras palabras, incluso dentro del cálculo fiscal existen dos conceptos distintos que conviene no mezclar.

¿Y dónde entra la conciliación contable-fiscal?

La conciliación contable-fiscal es justamente el puente entre ambos mundos.

Parte del resultado que muestra la contabilidad y permite identificar qué partidas deben sumarse, restarse o tratarse de manera diferente para llegar a las cifras fiscales.

Y no es solamente un término utilizado por los contadores. El propio SAT incluye dentro de los estados financieros de la Declaración Anual de personas morales del Régimen General una pestaña denominada “Conciliación”. En ella aparecen conceptos como ingresos fiscales no contables, deducciones contables no fiscales y deducciones fiscales no contables.

Puedes consultar la guía oficial del SAT sobre estados financieros y conciliación contable-fiscal.

Visto de forma sencilla, la conciliación responde una pregunta:

“Si mi contabilidad dice una cosa y mi cálculo fiscal dice otra, ¿qué explica la diferencia?”

¿Debemos preocuparnos si no coinciden?

No por el simple hecho de que sean diferentes.

Lo que sí debería llamar la atención es no poder explicar por qué son diferentes.

Si aparece una variación importante, conviene regresar a las operaciones que la originaron y revisar su soporte: CFDI, pólizas, contratos, pagos, inversiones, papeles de trabajo y cualquier documento que ayude a demostrar cómo se registró y cuál fue su tratamiento fiscal.

Una conciliación bien preparada permite detectar errores antes de presentar la declaración, pero también deja documentado por qué una cifra contable terminó teniendo un efecto fiscal distinto.

Lo importante no es que cuadren, sino saber por qué no cuadran

Cuando llega el cierre anual, es fácil pensar que la utilidad contable y el resultado fiscal deberían terminar en el mismo número. En la práctica, no tiene por qué ser así.

La clave está en identificar cada diferencia, comprobar que tenga una explicación y conservar la documentación que la respalda.

Si ambas cifras son distintas pero puedes recorrer el camino de una a otra sin encontrar partidas sin explicar, la conciliación está cumpliendo precisamente su función. Por eso, un resultado fiscal diferente de la utilidad contable no debe verse de inmediato como una señal de error, sino como una cifra que debe poder explicarse.

Para mantenerte al día con temas de ISR, CFDI, declaraciones y cambios fiscales que afectan el trabajo diario de contadores y empresas, puedes seguir el canal de YouTube de Facturando.