Ley Federal de Derechos 2027: principales cuotas y cambios propuestos

Estado de la propuesta al 21 de septiembre de 2026: la reforma a la Ley Federal de Derechos forma parte del Paquete Económico 2027 y todavía no está aprobada ni vigente. La iniciativa propone modificar cuotas y reglas aplicables a servicios gubernamentales y al uso o aprovechamiento de determinados bienes de la Nación.

A diferencia de otros cambios fiscales de esta serie, aquí no existe una sola medida que afecte a todos los contribuyentes. Los ajustes están distribuidos entre sectores como migración, servicios financieros, sanidad, agua, ferrocarriles, navegación aérea y telecomunicaciones.

Por eso una empresa debe identificar primero si utiliza alguno de esos servicios o bienes públicos. Para algunos contribuyentes la reforma puede no tener efecto directo; para otros, determinadas cuotas podrían representar un incremento relevante en sus costos durante 2027.

Ley Federal de Derechos: ¿qué son estos pagos?

Los derechos no son lo mismo que el ISR, el IVA o el IEPS.

El Código Fiscal de la Federación los clasifica como contribuciones relacionadas, entre otros supuestos, con el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación o con servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público.

Por ejemplo, pueden existir derechos por ciertos trámites migratorios, supervisión financiera, uso de aguas nacionales, aprovechamiento del espacio aéreo o uso de determinadas frecuencias del espectro radioeléctrico.

La propuesta para 2027 busca, según su exposición legislativa, acercar diversas cuotas al costo de los servicios prestados por las dependencias y actualizar el régimen aplicable al uso de bienes nacionales.

¿Cuáles son los principales cambios propuestos para 2027?

La reforma abarca numerosos artículos, pero los cambios más relevantes pueden agruparse así:

SectorCambio destacado propuesto
MigraciónIncremento de determinadas cuotas, incluido 35% para visitante sin permiso para actividades remuneradas
CNBVAumento de 16% en determinadas cuotas de inspección y vigilancia para emisoras
AFORENueva mecánica para determinar ciertos derechos y piso temporal de pago
SanidadHomologación de cuotas de certificados fitosanitarios, zoosanitarios y de sanidad acuícola
Aguas nacionalesEliminación y ajuste de diversos derechos y facultades de fiscalización
FerrocarrilesModificaciones por uso o aprovechamiento de vías férreas
Espacio aéreoIncremento propuesto de 10% en las cuotas del artículo 289
Espectro radioeléctricoAlgunas cuotas permanecerían durante 2027 en niveles de 2026

No todos los derechos aumentan de la misma forma. En algunos casos se modifican porcentajes; en otros cambia la mecánica de cálculo, se eliminan conceptos o incluso se propone mantener temporalmente cuotas sin actualización.

Derechos migratorios: aumento para determinados visitantes

Uno de los cambios con mayor visibilidad se encuentra en los servicios migratorios.

La iniciativa propone incrementar en 35% la cuota correspondiente a la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.

También se modificaría la distribución de los recursos obtenidos por este concepto:

  • 26% para el Instituto Nacional de Migración;
  • 50% para la Secretaría de la Defensa Nacional;
  • 24% para la Tesorería de la Federación.

La parte destinada al INM se utilizaría, entre otros fines, para infraestructura tecnológica relacionada con seguridad fronteriza y control migratorio.

Aquí conviene separar dos conceptos.

Pagar un derecho migratorio no determina por sí mismo la residencia fiscal de una persona. Una persona puede contar con determinada condición migratoria y tener una situación fiscal distinta.

Si asesoras a extranjeros que viven o trabajan en México, en nuestro artículo sobre residencia fiscal de extranjeros en México explicamos esta diferencia y los elementos que deben revisarse ante el SAT. Extranjeros en México: residencia fiscal ante el SAT

Ley Federal de Derechos: cambios para emisoras y AFORE

La reforma también alcanza al sector financiero.

Para determinados servicios de inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores se propone un incremento de 16% en cuotas aplicables a personas morales emisoras de valores.

En el caso de las Administradoras de Fondos para el Retiro y entidades públicas que realizan funciones semejantes, la iniciativa modifica la forma de calcular determinados derechos.

Además, se propone una medida transitoria para 2027, 2028 y 2029: el monto total de ciertos derechos no podría ser inferior al efectivamente pagado durante el ejercicio inmediato anterior.

Esto evita analizar la reforma únicamente como un aumento porcentual. En las AFORE, el efecto dependerá de la nueva mecánica y del importe pagado previamente.

Certificados sanitarios tendrían una cuota homologada

Otro grupo de cambios afecta servicios relacionados con sanidad.

La propuesta busca homologar las cuotas correspondientes a la expedición de certificados:

  • Fitosanitarios
  • Zoosanitarios
  • de sanidad acuícola.

La justificación parte de que estos servicios utilizan recursos técnicos, humanos y tecnológicos similares, por lo que se pretende simplificar la estructura de cuotas.

Esto puede ser relevante para productores, importadores, exportadores y empresas vinculadas con productos agrícolas, ganaderos, pesqueros o acuícolas.

No significa que desaparezcan los requisitos sanitarios de cada operación. El ajuste se refiere al derecho pagado por determinados servicios y certificados.

Aguas nacionales: no todos los cambios significan aumentos

La Ley Federal de Derechos también incluye varias modificaciones relacionadas con el agua.

Entre ellas se propone eliminar ciertas cuotas vinculadas con la transmisión de títulos y permisos, en congruencia con los cambios que se están realizando al régimen jurídico aplicable a las aguas nacionales.

También se plantean ajustes en facultades de fiscalización y en la determinación de derechos relacionados con la extracción de materiales de cauces, vasos y zonas de corrientes.

Por tanto, sería incorrecto resumir esta parte de la reforma diciendo que simplemente “subirán los derechos por agua”.

Hay conceptos que desaparecen, otros que cambian y otros que continúan sujetos a su propia mecánica.

Para industrias con concesiones, aprovechamiento de aguas nacionales o extracción de materiales, será necesario revisar el artículo específico que corresponda una vez que exista un texto aprobado.

Ferrocarriles: cambios para el aprovechamiento de vías

La iniciativa también modifica los derechos vinculados con el uso, goce o aprovechamiento de bienes sujetos a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

Uno de los ajustes se dirige especialmente a participantes que han utilizado el bien público durante periodos superiores a 15 años.

Este cambio es claramente sectorial. No afecta a cualquier empresa que utilice transporte ferroviario para mover mercancías, sino a quienes se ubiquen en los supuestos de uso o aprovechamiento de los bienes públicos regulados por las disposiciones modificadas.

Esta distinción evita trasladar indebidamente una cuota del concesionario o usuario del bien público al cliente final como si fuera una obligación directa de cualquier empresa que contrata transporte ferroviario.

Espacio aéreo: cuotas aumentarían 10%

En materia aeronáutica aparece uno de los incrementos más fáciles de identificar.

La iniciativa propone aumentar en 10% las cuotas previstas en el artículo 289 de la Ley Federal de Derechos relacionadas con el uso, goce o aprovechamiento del espacio aéreo mexicano.

El objetivo planteado es fortalecer la viabilidad operativa y financiera del sistema de navegación aérea.

Actualmente, Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano publica cada ejercicio las cuotas actualizadas aplicables, por lo que los operadores deben trabajar con las cantidades vigentes del año correspondiente.

Si la reforma se aprueba, las empresas del sector deberán incorporar el incremento a sus proyecciones de costos para 2027.

Espectro radioeléctrico: algunas cuotas no subirían en 2027

Telecomunicaciones presenta una situación distinta.

Para determinadas bandas de frecuencias, la iniciativa propone que durante 2027 las cuotas de los artículos 244-A y 244-H no se actualicen conforme al mecanismo general de actualización.

En consecuencia, los concesionarios correspondientes pagarían durante 2027 los importes vigentes en 2026.

Es un buen ejemplo de por qué no puede afirmarse que la reforma consiste simplemente en aumentar todos los derechos federales.

En un mismo proyecto existen incrementos, nuevas mecánicas, homologaciones, eliminaciones y cuotas que permanecerían congeladas temporalmente.

¿Qué deberían revisar las empresas?

La reforma modifica decenas de artículos, pero una empresa no necesita estudiar todos si no utiliza los servicios o bienes correspondientes.

Un primer diagnóstico puede partir de estas preguntas:

  • ¿la empresa realiza trámites migratorios para personal extranjero?
  • ¿es una emisora supervisada por la CNBV?
  • ¿opera como AFORE o entidad financiera alcanzada por las nuevas reglas?
  • ¿requiere certificados fitosanitarios, zoosanitarios o de sanidad acuícola?
  • ¿utiliza aguas nacionales o bienes relacionados?
  • ¿tiene derechos o concesiones ferroviarias?
  • ¿opera aeronaves sujetas a derechos por espacio aéreo?
  • ¿utiliza espectro radioeléctrico concesionado?

Después debe identificarse el artículo aplicable y comparar la cuota 2026 contra la que finalmente sea aprobada para 2027.

Esto es especialmente importante cuando el derecho forma parte del costo recurrente de una operación. Un aumento aparentemente pequeño puede convertirse en un monto considerable cuando existen cientos o miles de trámites, certificados u operaciones durante el año.

No conviene actualizar presupuestos con todas las cifras todavía

Al 21 de septiembre de 2026, la iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos continúa pendiente en la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Por ello, los porcentajes y mecánicas analizados deben utilizarse para preparar escenarios, no como cuotas definitivas de 2027.

Cuando termine el proceso legislativo será necesario revisar dos cosas:

  • Qué modificaciones fueron aprobadas
  • y las cantidades actualizadas que efectivamente deban pagarse durante 2027.

La propia Ley Federal de Derechos contiene mecanismos de actualización de cantidades, por lo que no siempre basta con aplicar manualmente un porcentaje a la cuota utilizada durante el ejercicio anterior.

Ley Federal de Derechos: un cambio sectorial, no un aumento general de impuestos

La principal conclusión de esta reforma es que su impacto depende mucho más de la actividad del contribuyente que otras modificaciones del Paquete Económico.

No se crea con ella una nueva tasa general de ISR, IVA o IEPS. Lo que cambia es el costo o la mecánica de determinados servicios públicos y del uso o aprovechamiento de bienes de la Nación.

Para empresas que no se ubiquen en estos supuestos, el efecto puede ser prácticamente nulo.

Para sectores regulados, aerolíneas, concesionarios, instituciones financieras, empresas que realizan trámites sanitarios o negocios con personal extranjero, algunos cambios sí deberían incorporarse a la planeación de 2027 una vez que exista el texto definitivo.

En Facturando seguiremos el proceso legislativo y compararemos las cuotas finalmente aprobadas contra la iniciativa para identificar los cambios que realmente entren en vigor.

Este análisis forma parte de nuestra segunda serie sobre el Paquete Económico 2027. En Paquete Económico 2027: otros cambios fiscales que debes conocer reunimos esta propuesta junto con otros ocho cambios fiscales y regulatorios que también podrían aplicarse a partir de 2027.

También publicamos explicaciones sobre impuestos, CFDI, SAT y reformas fiscales en nuestro canal de YouTube de Facturando.