e.firma: el SAT cambió una regla, ¿te afecta?

La reforma fiscal incluyó un ajuste relacionado con la e.firma que puede prestarse a confusión. El artículo 17-F del CFF eliminó una referencia a la “verificación de identidad de los usuarios”, pero eso no significa que la e.firma haya dejado de identificar al contribuyente ni que debas cambiar la forma habitual de utilizarla.

¿Qué cambió en la e.firma en el 2026?

Antes de la reforma, el último párrafo del artículo 17-F permitía que los particulares que utilizaran la firma electrónica avanzada solicitaran al SAT la verificación y autenticación de certificados y, además, un servicio de verificación de identidad de los usuarios.

Desde el 1 de enero de 2026, esa última referencia desapareció. El texto vigente conserva el servicio para verificar y autenticar los certificados de e.firma.

El cambio forma parte de la reforma al CFF publicada el 7 de noviembre de 2025.

¿Por qué se eliminó esa referencia?

El cambio tiene un antecedente importante.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había declarado inválida la parte del artículo 17-F que permitía ofrecer a terceros el servicio de verificación de identidad de los usuarios. La decisión surtió efectos desde 2023 y fue publicada en el DOF en 2024.

La Corte consideró que la disposición no delimitaba adecuadamente el acceso de terceros a información personal relacionada con la identidad de los usuarios.

Por ello, la reforma de 2026 no creó desde cero una nueva prohibición: ajustó el texto del CFF a una situación jurídica que ya existía. Puedes consultar el precedente de la SCJN.

¿El SAT dejó de verificar tu identidad?

No. Aquí está la diferencia que conviene tener clara.

El cambio al artículo 17-F se refiere al servicio de verificación de identidad que podían solicitar terceros. No elimina las comprobaciones que realiza el SAT cuando una persona solicita su propia e.firma.

El artículo 17-D permite a la autoridad validar información relacionada con la identidad, domicilio y, en su caso, situación fiscal del solicitante antes de generar el certificado.

Por eso, obtener o renovar una e.firma puede seguir implicando validaciones de identidad y documentación.

Si necesitas repasar qué es, qué archivos utiliza y para qué sirve, en nuestro artículo La e.firma: tu identidad digital ante el SAT explicamos estos conceptos de manera práctica.

¿Cambió la forma cotidiana de utilizarla?

Para la mayoría de los contribuyentes, esta reforma no obliga a hacer nada nuevo.

No necesitas obtener otro certificado por este cambio, sustituir tus archivos .cer y .key ni dejar de utilizar la e.firma en los trámites y servicios que la aceptan.

La e.firma 2026 continúa funcionando como mecanismo de autenticación y firma electrónica.

¿Qué pueden verificar las empresas que usan e.firma?

Este punto sí puede interesar a empresas o desarrolladores que incorporan la e.firma en sus propios sistemas.

La RMF 2026 mantiene el servicio de verificación y autenticación de certificados de e.firma. La regla 2.2.11 y la ficha 166/CFF permiten solicitar acceso al servicio público con el que se comprueba la validez de los certificados digitales.

Puedes revisar este procedimiento en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

La diferencia puede resumirse así:

  • Sí: verificar la validez y autenticidad del certificado de e.firma.
  • No: solicitar el antiguo servicio general de verificación de identidad de los usuarios previsto en el artículo 17-F.

¿Qué debes hacer ante este cambio?

Si utilizas normalmente tu firma electrónica, la respuesta es sencilla: seguir cuidando su vigencia y seguridad.

Protege la llave privada y su contraseña, evita compartirlas y confirma que el certificado esté vigente antes de realizar trámites importantes.

También puedes utilizar la e.firma para autenticarte en herramientas que consultan servicios del SAT. Por ejemplo, Descargar CFDI permite utilizarla para descargar los archivos XML emitidos y recibidos.

Conclusión

El cambio relacionado con la e.firma 2026 es más limitado de lo que podría sugerir la expresión “verificación de identidad”.

La reforma eliminó del artículo 17-F un servicio para terceros que ya había sido invalidado por la SCJN. No eliminó las validaciones que realiza el SAT al tramitar una e.firma ni cambió la forma habitual en que los contribuyentes utilizan sus certificados.

Para la mayoría de las personas y empresas no existe una acción especial que realizar por esta modificación.

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¿Necesitas CURP biométrica para un crédito Infonavit en 2026?

Desde agosto de 2026, la CURP biométrica Infonavit puede utilizarse para acreditar la identidad de una persona trabajadora durante el trámite de crédito, siempre que los datos biométricos asociados puedan validarse correctamente. Pero esto no significa que sea obligatoria: el Instituto continúa aceptando otras identificaciones vigentes, como INE y pasaporte.

La precisión es importante porque la modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación actualiza la documentación de los expedientes de crédito, pero no establece que todos los derechohabientes deban obtener una CURP biométrica para solicitar financiamiento.

¿Qué cambió con la CURP biométrica Infonavit?

El 5 de agosto de 2026 se publicó la modificación a los Anexos 1 y 2 de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los trabajadores derechohabientes del Infonavit. Los cambios entraron en vigor el 6 de agosto de 2026.

La nueva disposición señala que, cuando una persona presente una CURP que tenga asociados sus datos biométricos y la validación resulte exitosa, ese documento será suficiente para identificarla.

En términos prácticos, la CURP biométrica se incorpora como una alternativa de identificación que puede simplificar la integración del expediente.

Entonces, ¿es obligatoria para solicitar un crédito?

No.

La información vigente del Infonavit para comprar vivienda continúa señalando como identificaciones oficiales válidas la credencial para votar del INE, el pasaporte o la CURP biométrica. Además, solicita la CURP tradicional cuando no se presenta la versión biométrica.

Por ello, tener una CURP biométrica Infonavit no es una condición indispensable para solicitar un crédito. Si cuentas con otra identificación admitida y cumples los demás requisitos del producto, esta actualización no te obliga por sí misma a tramitar una CURP biométrica.

¿La CURP biométrica sustituye todos los documentos?

Tampoco.

El cambio se refiere a la identificación de la persona trabajadora. Los expedientes de crédito continúan requiriendo otros documentos según la opción de financiamiento.

Por ejemplo, para comprar vivienda pueden solicitarse acta de nacimiento, Cédula de Identificación Fiscal, avalúo, documentación del inmueble, estado de cuenta del vendedor y constancia del curso de educación financiera, entre otros requisitos.

Por eso no debe interpretarse que presentar la CURP biométrica permita realizar todo el trámite con un solo documento.

¿Qué otros requisitos documentales cambiaron?

La modificación no se limita a la identificación biométrica. También actualiza otros elementos que pueden integrar el expediente. Entre los principales cambios se encuentran:

  • La posibilidad de utilizar, cuando corresponda, el testimonio de la escritura emitido durante la formalización como comprobante de domicilio.
  • Documentación que acredite la participación en acciones de asesoría, capacitación o educación financiera, únicamente para las opciones de financiamiento en las que aplique.
  • Autorización para consultar Sociedades de Información Crediticia mediante firma autógrafa o medios electrónicos.
  • Ajustes para acreditar la propiedad o legítima tenencia de terrenos e inmuebles destinados a construcción, autoproducción, remodelación, mejora o ampliación.
  • Documentación relacionada con la inexistencia de adeudos de predial y, cuando corresponda, derechos por consumo de agua.
  • Precisiones sobre la documentación necesaria para la formalización del crédito.

La lista concreta puede variar según el producto que solicites, por lo que siempre conviene revisar los requisitos vigentes directamente en los canales del Infonavit.

¿Cambió el monto, la tasa o el plazo del crédito?

Esta publicación no tuvo ese objetivo.

La modificación se concentra en los Anexos 1 y 2 de las reglas, relacionados con los documentos que acompañan la solicitud y los necesarios para formalizar el crédito. Por ello, no debe interpretarse como un anuncio general de nuevas tasas, montos máximos o plazos.

Si estás evaluando un financiamiento, las condiciones específicas deben consultarse en Mi Cuenta Infonavit y en la opción de crédito correspondiente.

¿Qué pasa si tu crédito ya estaba en trámite?

Las nuevas disposiciones entraron en vigor el 6 de agosto de 2026, pero existe una regla transitoria para los procesos que ya habían comenzado.

Los créditos que se encontraban en trámite de inscripción o formalización antes de la entrada en vigor pueden continuar utilizando los Anexos 1 y 2 anteriores, según corresponda.

Esto evita que una persona que ya había iniciado el proceso tenga que integrar automáticamente su expediente nuevamente bajo los requisitos modificados.

¿Qué conviene revisar antes de iniciar el trámite?

La CURP biométrica Infonavit es solamente una parte del expediente. Antes de solicitar financiamiento conviene consultar tu precalificación, identificar el producto que necesitas, revisar su lista actual de documentos y confirmar que tus identificaciones estén vigentes.

También es recomendable verificar que nombre, CURP y demás datos personales coincidan entre tu identificación, documentación fiscal y expediente, además de reunir previamente los documentos correspondientes al inmueble.

Esta revisión sencilla puede evitar retrasos por diferencias de información, documentos vencidos o requisitos que únicamente corresponden a determinadas modalidades de crédito.

Ojo con los mensajes que dicen que ya es obligatoria

Cuando aparece un nuevo documento de identidad también pueden circular publicaciones o mensajes que convierten cualquier cambio en una supuesta obligación inmediata para todos.

En este caso, la información oficial vigente del Infonavit no respalda la afirmación de que todos los solicitantes de crédito deban presentar obligatoriamente una CURP biométrica. INE y pasaporte siguen apareciendo entre las identificaciones aceptadas.

Si recibes un mensaje que afirma que perderás tu crédito por no contar con ella, verifica primero la información en los canales oficiales. Tampoco entregues fotografías de documentos, contraseñas o datos personales mediante enlaces recibidos por mensajes, correos o redes sociales.

Conclusión

La CURP biométrica Infonavit representa una nueva alternativa para acreditar la identidad y puede simplificar parte del expediente cuando la validación de los datos biométricos sea exitosa.

Sin embargo, desde agosto de 2026 no es el único documento aceptado ni sustituye todos los requisitos necesarios para obtener financiamiento. INE y pasaporte continúan siendo opciones válidas de identificación, y cada modalidad de crédito conserva su propia documentación.

Antes de iniciar el trámite, lo más conveniente es consultar los requisitos oficiales correspondientes al producto que vas a solicitar y preparar tu expediente con información vigente y consistente.

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La e.firma: Tu identidad digital ante el SAT

La e.Firma, antes conocida como FIEL (Firma Electrónica Avanzada), es una herramienta digital emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que permite a los contribuyentes acreditar su identidad en medios electrónicos.

Se trata de un conjunto de archivos cifrados que tienen la misma validez legal que una firma autógrafa, lo que facilita realizar trámites fiscales y administrativos en línea con total seguridad.

¿En qué consiste la e.firma?
La e.firma es un sistema criptográfico compuesto por dos archivos principales:

  • Un certificado digital (.cer).
  • Y una llave privada (.key).
  • Además, de una contraseña.

Estos elementos trabajan de forma conjunta para garantizar la autenticidad, integridad y no repudio de los documentos firmados electrónicamente.

En otras palabras, permite firmar digitalmente documentos con validez jurídica y proteger la información del contribuyente.

¿A quiénes aplica la e.firma?
La e.firma es obligatoria para personas físicas y morales que realizan actividades económicas registradas ante el SAT.

Se solicita tanto al momento de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como para renovar o actualizar datos.

  • Personas físicas: asalariados, profesionales independientes, arrendadores, emprendedores o cualquier persona que deba presentar declaraciones ante el SAT.
  • Personas morales: empresas, asociaciones, instituciones educativas, organizaciones civiles y sociedades en general.

Características principales

  1. Tiene validez legal equivalente a una firma autógrafa.
  2. Es personal e intransferible.
  3. Permite firmar documentos electrónicos con total seguridad.
  4. Se utiliza mediante un certificado digital emitido por el SAT.
  5. Su vigencia es de cuatro años, tras los cuales debe renovarse.

Características técnicas de la e.firma
La e.firma utiliza tecnología de criptografía asimétrica para garantizar la seguridad e integridad de la información.
A nivel técnico, posee las siguientes particularidades:

  1. Algoritmo de cifrado: utiliza claves RSA de 2048 bits para generar la firma electrónica.
  2. Certificados digitales: están basados en el estándar X.509 v3, ampliamente usado a nivel internacional.
  3. Hash criptográfico: emplea funciones de resumen como SHA-256, que garantizan que el contenido no haya sido alterado.
  4. Cadena de confianza: los certificados son emitidos y validados por la Autoridad Certificadora del SAT, que actúa como entidad raíz de confianza.
  5. Formato de archivo:
  • .key: contiene la clave privada en formato cifrado.
  • .cer: contiene la clave pública y los datos del titular.
  1. Compatibilidad: puede ser utilizada en sistemas Windows, macOS y Linux, mediante herramientas como Certifica o mediante navegadores compatibles.
  2. Seguridad: la clave privada se protege con una contraseña elegida por el usuario y no puede recuperarse si se pierde, lo que refuerza su confidencialidad.
    Estas características técnicas convierten a la e.firma en una de las herramientas de autenticación más seguras disponibles para los contribuyentes mexicanos.

Beneficios de la e.firma
El principal beneficio de la e.firma es la simplificación de trámites. Permitiendo realizar diversas gestiones sin necesidad de acudir físicamente a las oficinas del SAT.

Entre sus ventajas destacan:

  • Presentar declaraciones y obtener devoluciones de impuestos.
  • Firmar contratos y documentos oficiales con plena validez.
  • Tramitar facturas electrónicas y certificados de sello digital.
  • Consultar y modificar información fiscal de forma segura.
  • Acceder a servicios de otras dependencias del gobierno federal y estatal.

¿Dónde se usa la e.firma?
La e.firma se utiliza en múltiples plataformas del SAT y otras instituciones públicas. Por ejemplo, se requiere para:

  • Ingresar al portal del SAT y firmar declaraciones.
  • Tramitar la Constancia de Situación Fiscal.
  • Acceder a portales como el IMSS.
  • Firmar documentos legales, contratos y avisos digitales.

Pasos para obtener la e.firma

  1. Agenda una cita en el portal del SAT (www.sat.gob.mx).
  2. Reúne los requisitos:
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio.
  • Clave RFC.
  • Unidad USB para guardar los archivos.
  1. Acude a la oficina del SAT en la fecha programada. Allí te tomarán tus datos biométricos (huellas, iris y firma).
  2. Descarga e instala el programa Certifica (antes “SOLCEDI”) desde el portal del SAT.
  3. Genera el archivo de requerimiento (.req) y guárdalo en tu USB.
  4. Entrega el archivo en tu cita y recibe tus archivos digitales: .cer y .key.
  5. Guarda tus archivos y contraseña en un lugar seguro, ya que serán tu identidad electrónica oficial.

En conclusión, la e.firma se ha convertido en una herramienta esencial para cualquier contribuyente. No solo facilita los trámites fiscales, sino que brinda seguridad y validez legal a las gestiones digitales, impulsando así la transformación electrónica en México.

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Hasta la próxima.

CURP Biométrica 2025: Requisitos y lo que debes saber

¿En qué consiste la CURP biométrica 2025?

La Clave Única de Registro de Población (CURP) evoluciona en 2025 hacia un modelo más seguro y moderno: la CURP biométrica. Esta nueva versión del documento incorporará datos biométricos como fotografía, huellas dactilares y firma autógrafa digitalizada, con el objetivo de fortalecer la identidad de cada ciudadano y mejorar la eficiencia en los trámites gubernamentales.

Impulsada por el Registro Nacional de Población (RENAPO), esta iniciativa forma parte de una estrategia federal para combatir el robo de identidad y facilitar el acceso a servicios públicos, financieros y de salud.

Características principales de la nueva CURP

  • Foto digitalizada del rostro del ciudadano.
  • Captura de huellas dactilares (ambas manos).
  • Firma autógrafa digital.
  • Código QR con información cifrada para validación rápida.
  • Compatibilidad con sistemas electrónicos gubernamentales.
  • Asignación única e irrepetible, sin posibilidad de duplicados.

Además, la CURP biométrica podrá imprimirse en un nuevo formato digital seguro y estará disponible para consulta en línea, a través de plataformas oficiales del gobierno.

Requisitos para tramitar la CURP biométrica 2025

Para obtener la nueva CURP biométrica será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Acta de nacimiento certificada.
  2. Identificación oficial con fotografía vigente (cédula profesional, pasaporte o INE).
  3. Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses).
  4. Asistencia presencial al módulo del RENAPO o a los módulos móviles que estarán habilitados en todo el país.
  5. Captura de datos biométricos (foto, huellas y firma).
  6. En caso de menores de edad, deberán asistir acompañados por madre, padre o tutor legal con su respectiva identificación.

Beneficios de la CURP biométrica

  • Mayor seguridad en la identificación de personas.
  • Evita el uso indebido de identidades falsas.
  • Facilita trámites en línea y presenciales.
  • Mejora el control de programas sociales y acceso a servicios.
  • Compatible con sistemas bancarios y de salud.
  • Reducción del tiempo en validación de identidad en instituciones públicas y privadas.

Desventajas y preocupaciones

  • Requiere asistencia presencial inicial para la toma de biométricos.
  • Puede haber saturación en los módulos de atención en los primeros meses.
  • Riesgos de inquietudes sobre la privacidad de los datos, aunque se han asegurado altos estándares de protección.
  • Posibles limitaciones tecnológicas en zonas rurales para el acceso a los nuevos sistemas digitales.

Consecuencias de no actualizar tu CURP

Aunque en esta etapa inicial la migración será voluntaria, se prevé que a mediano plazo la CURP biométrica será requisito indispensable para realizar diversos trámites como:

  • Inscripciones escolares.
  • Solicitud de servicios de salud.
  • Trámites fiscales.
  • Registro en programas sociales.
  • Acceso a servicios financieros y bancarios.

Por ello, se recomienda iniciar el trámite tan pronto como esté disponible en tu localidad para evitar contratiempos futuros.

La CURP biométrica 2025 representa un avance significativo en la modernización del sistema de identidad en México. Estar informado y preparado es clave para aprovechar sus beneficios y evitar complicaciones en el futuro.

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Hasta la próxima.