Estado de la propuesta al 19 de septiembre de 2026: el Paquete Económico 2027 propone cambiar el estímulo aplicable a quienes comercializan libros, periódicos y revistas. La medida todavía no está aprobada ni vigente y puede modificarse durante el proceso legislativo.
El cambio de IVA para librerías es más importante de lo que parece. Hoy, muchas librerías y distribuidores realizan ventas exentas de IVA. Esto evita trasladar impuesto al cliente, pero también limita el acreditamiento del IVA pagado en gastos e inversiones relacionados con esas actividades.
La propuesta busca sustituir el estímulo actual de ISR por un esquema de IVA a tasa 0% para contribuyentes cuya venta de libros, periódicos y revistas represente al menos 90% de sus ingresos. El beneficio práctico estaría en poder acreditar el IVA vinculado con la actividad.
IVA para librerías: ¿qué cambia frente a 2026?
La Ley del IVA vigente distingue dos tratamientos.
Quienes editan sus propios libros, periódicos y revistas pueden aplicar actualmente la tasa de 0% conforme al artículo 2-A. En cambio, la enajenación de esos bienes por otros contribuyentes se encuentra, en términos generales, exenta conforme al artículo 9, fracción III.
Para una librería que compra libros a editoriales y después los revende, la diferencia entre exención y tasa 0% es relevante aunque el comprador no pague IVA adicional en ninguno de los dos casos.
Durante 2026 existe además un estímulo distinto en la Ley de Ingresos. Las personas físicas y morales residentes en México pueden aplicar una deducción adicional de ISR equivalente al 8% del costo de los libros, periódicos y revistas adquiridos cuando cumplen los requisitos.
Entre ellos están que los ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no excedan de $6 millones y que al menos 90% de sus ingresos provengan de la venta de esos bienes. El SAT mantiene reglas específicas para la aplicación de este estímulo durante 2026.
La propuesta para 2027 cambiaría ese apoyo:
| Concepto | 2026 | Propuesta 2027 |
|---|---|---|
| Beneficio | Deducción adicional para ISR | IVA a tasa 0% |
| Importe | 8% del costo de los bienes adquiridos | 0% en la enajenación |
| Límite de ingresos | Hasta $6 millones | Se eliminaría el límite de $6 millones |
| Ventas elegibles | Al menos 90% de los ingresos | Al menos 90% de los ingresos |
| IVA de gastos e inversiones | Limitado por tratarse de actividad exenta | Podría acreditarse conforme a las reglas generales |
La iniciativa propone sustituir la deducción adicional del 8% por la tasa 0% de IVA y eliminar el límite de $6 millones que existe en el estímulo actual.
Tasa 0% y exención no significan lo mismo
Este es el punto central del nuevo IVA para librerías.
Cuando una actividad está exenta, no se cobra IVA al cliente, pero el impuesto pagado en gastos e inversiones vinculados exclusivamente con esa actividad no genera el mismo derecho de acreditamiento que una actividad gravada.
Con la tasa 0%, el cliente tampoco paga IVA adicional porque el impuesto calculado es cero. Sin embargo, la operación sí produce los efectos legales de una actividad gravada para efectos del IVA. La propia Ley del IVA establece que los actos sujetos a tasa 0% producen los mismos efectos legales que aquellos por los que se paga el impuesto.
Por ello, la propuesta permitiría acreditar el impuesto pagado en conceptos estrictamente indispensables para la actividad, siempre que se cumplan los demás requisitos legales. Dependiendo del negocio, pueden existir gastos como renta, servicios profesionales, software, publicidad, mantenimiento o inversiones en mobiliario y equipo.
Esto no significa que cualquier IVA pagado se vuelva automáticamente acreditable. Cada erogación deberá cumplir las reglas generales del impuesto.
Un ejemplo sencillo muestra la diferencia
Supongamos una librería que durante un mes vende únicamente libros y tiene los siguientes gastos:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Renta y servicios antes de IVA | $80,000 |
| IVA trasladado por proveedores | $12,800 |
Bajo el tratamiento exento, ese IVA relacionado con la actividad no genera el mismo derecho de acreditamiento.
Si el IVA para librerías a tasa 0% se aprueba y el contribuyente cumple los requisitos, los $12,800 podrían formar parte de su IVA acreditable conforme a las disposiciones generales.
La diferencia no estaría en cobrar más al comprador. Estaría en el tratamiento del impuesto pagado por la propia librería.
¿Quién podría aplicar el estímulo?
La propuesta se dirige a contribuyentes dedicados principalmente a vender libros, periódicos y revistas.
El requisito central sería que los ingresos provenientes de esas ventas representen al menos 90% de los ingresos totales del ejercicio inmediato anterior.
Por ejemplo:
| Ingresos del ejercicio anterior | Importe |
|---|---|
| Libros, periódicos y revistas | $920,000 |
| Otros ingresos | $80,000 |
| Total | $1,000,000 |
| Porcentaje elegible | 92% |
En este caso se cumpliría el requisito.
Si las ventas elegibles fueran $850,000 y los demás ingresos $150,000, el porcentaje sería 85% y no se cumpliría la condición propuesta.
La iniciativa también contempla una regla específica para contribuyentes que inicien actividades durante 2027. Su aplicación deberá revisarse contra el texto finalmente aprobado y las reglas que, en su caso, emita el SAT.
El tope de $6 millones desaparecería
Otro cambio relevante del IVA para librerías es la eliminación del límite de ingresos utilizado en el estímulo actual.
Durante 2026, la deducción adicional de ISR del 8% solo puede aplicarse cuando los ingresos totales del ejercicio inmediato anterior no exceden de $6 millones.
La iniciativa mantendría el requisito de que al menos 90% de los ingresos provengan de libros, periódicos y revistas, pero ya no limitaría el beneficio a contribuyentes por debajo de $6 millones.
Por tanto, librerías y distribuidores de mayor tamaño también podrían analizar el estímulo si cumplen las demás condiciones.
¿Bajaría el precio de los libros?
No necesariamente.
Actualmente, la venta exenta realizada por una librería tampoco genera IVA trasladado al consumidor. Con la tasa 0%, el impuesto calculado sobre la venta seguiría siendo cero.
El beneficio se produciría principalmente dentro de la operación del negocio al permitir el acreditamiento del IVA de gastos e inversiones relacionados.
Eso podría mejorar costos, márgenes o flujo de efectivo, pero la propuesta no establece una reducción obligatoria del precio al público.
La Secretaría de Cultura presentó la medida como un apoyo a las librerías y calculó un beneficio fiscal para el sector de entre $200 y $250 millones anuales. Esa cifra es una estimación sectorial de la dependencia, no un ahorro garantizado para cada establecimiento.
¿Qué pasaría con la deducción adicional de ISR del 8%?
La iniciativa propone sustituirla.
No se trataría de mantener la deducción adicional del 8% y agregar al mismo tiempo la tasa 0% de IVA para el mismo supuesto.
El beneficio cambiaría de impuesto y de mecánica: dejaría de ser una deducción adicional para ISR y pasaría a ser un estímulo de IVA para librerías que permitiría tratar las ventas como operaciones a tasa 0%.
Esta diferencia también explica la eliminación propuesta del límite de $6 millones.
¿Qué deberían revisar librerías y distribuidores?
Por ahora no hay motivo para cambiar la facturación de 2026.
Sí puede ser útil identificar:
- Porcentaje de ingresos provenientes de libros, periódicos y revistas
- Ventas de otros productos dentro del establecimiento
- IVA pagado en rentas, servicios e inversiones
- Gastos compartidos entre distintas actividades
- Inversiones programadas para 2027
- Controles contables para separar operaciones
- Posibles saldos a favor de IVA.
Esta información permitiría estimar el efecto económico si la iniciativa finalmente se aprueba.
IVA para librerías: el cambio todavía es una propuesta
Al 19 de septiembre de 2026, el Paquete Económico 2027 publicado por Hacienda continúa dentro del proceso legislativo. La propuesta puede modificarse antes de convertirse en Ley de Ingresos.
Este análisis forma parte de nuestra segunda serie sobre el Paquete Económico 2027. En Paquete Económico 2027: otros cambios fiscales que debes conocer reunimos esta propuesta junto con otros ocho cambios fiscales y regulatorios que también podrían aplicarse a partir de 2027.
Si se aprueba el nuevo IVA para librerías, habrá que revisar el texto definitivo, las reglas administrativas y la forma concreta de determinar la proporción de ingresos y el IVA acreditable.
En Facturando seguiremos el proceso legislativo y compararemos la iniciativa con el resultado final. También publicamos explicaciones sobre IVA, ISR, CFDI y otros cambios fiscales en nuestro canal de YouTube.