CFDI Data – Mejoras a la consulta del RFC y CURP

En esta nueva versión de CFDIData 2021.03.20 te presentamos las mejoras realizadas a la librería con la cual podrás realizar la consulta y validación de un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Clave Única de Registro de Población (CURP), ya sea de tus empleados y clientes, las cuales describimos a continuación:

CURP
Con respecto a la consulta de la CURP, la modificación se centró en la reducción en el tiempo de respuesta quedando de 9 segundos a 1 segundo.

Razón social
En cuanto a la obtención del nombre o razón social, trátese de una persona física o moral, se liberó el método Razon social, consulta que se realiza haciendo uso del RFC del contribuyente.

Adicional, tratándose de una persona moral, podrás obtener el RFC y CURP del representante legal.

Para conocer a cerca de estos y otros cambios, te invitamos a consultar el historial de cambios.

Es de suma importancia que lleves a cabo la actualización de la librería para poder tener acceso a las mejoras realizadas, por lo que te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR CFDI Data

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Está mi proveedor en las listas negras del SAT?

Una de las mayores inquietudes que tienen las empresas y las personas físicas, es el no saber si tienen una relación comercial con un contribuyente identificado como incumplido o con operaciones inexistentes (EFOS), es decir, que este se encuentre registrado en las listas negras del SAT.

Para explicar esta situación y la solución que existe para ello, lo primero es saber en qué consisten las listas negras del SAT.

Listas negras del SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica en su sitio web los listados de aquellos contribuyentes identificados como:

EFOS
Son aquellos contribuyentes que llevan a cabo la emisión de comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados.

A los contribuyentes que se encuentre bajo esa situación se determinará la inexistencia de las operaciones amparadas en los comprobantes que hayan emitido.

A estos contribuyentes se les denomina o son conocidos como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).

Incumplidos
Los contribuyentes incumplidos son aquellos que por algún motivo tienen adeudos pendientes con la autoridad (SAT).

Consulta de listas
Para poder llevar a cabo la consultar de tus proveedores en las listas negras del SAT, lo primero que debes de hacer es realizar la descarga de los diferentes archivos que la integran directamente de la página del SAT:

  • 4 archivos para operaciones inexistentes.
  • Para incumplidos son 13 archivos.

Una vez descargados los diferentes listados, deberás de realizar la consulta para cada uno de los RFCs de tus proveedores en cada uno de los listados, esto sería práctico para alguien que tenga una cantidad pequeña de proveedores, tal vez 10, pero si manejas más proveedores se vuelve poco práctico y es algo que va a consumir mucho tiempo.

Consulta masiva de las listas negras del SAT
La solución más fácil y rápida de llevar a cabo la consulta de tus proveedores contra las listas negras del SAT es haciendo uso del programa desarrollado por Facturando, el cual se especializa en la verificación, de forma masiva, ya sea mediante el uso de los RFCs o por medio de los archivos XML que te hayan emitido, de los contribuyentes a consultar.

La verificación se realiza de forma automática en todos los listados publicados por el SAT, mostrando como resultado un reporte detallado de datos, de aquellos contribuyentes identificados como incumplidos o con operaciones inexistentes.

Todos los reportes emitidos por el programa podrán ser exportados a un archivo de Excel, con el fin de que el usuario le pueda dar seguimiento a la información contenida en los mismos.

Además, podrás validar el RFC de empleados, clientes y proveedores, y si estos se encuentran registrados en la base de datos del SAT.

Con el programa podrás verificar todas las empresas que desees, ya que es multi RFCs.

¿Y los comprobantes (XML)?
Con esta solución, no solo conocerás si tu proveedor se encuentra en dichas listas, sino que además podrás saber que comprobantes te he emitido y obtendrás los datos de estos como son:

  • El total, los impuestos retenidos y trasladados, etc.
  • Si estos se encuentras vigentes o cancelados
  • La fecha de cancelación.

Si quieres automatizar la consulta masiva de tus proveedores en las listas negras del SAT, te invitamos a descargar y usar la versión gratuita del sistema de aquí:

Programa Lista negra del SAT

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Hasta la próxima.

Mejoras a la descarga de los XML del SAT

Descargar CFDI es el programa especializado en la descarga y administración de los archivos XML de los comprobantes que emites o recibes, con este puedes descargas de forma masiva hasta 33,000 XML al día por RFC; en nuestro compromiso de ir mejorando su funcionalidad hemos realizado las siguientes mejoras en esta nueva versión (2021.02.18):

Descarga masiva
En lo que respecta a la descarga masiva de los archivos XML, se mejoró el proceso de descarga y consulta para que el sistema muestre un mensaje cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) haya realizado cambios a sus servidores.

Conversión de XML a Excel
Para el caso del reporte que convierte la información de todos los datos contenidos en los archivos XML a Excel, se realizaron las siguientes mejoras:

Se adicionaron dos columnas al reporte:

  • La primera es la correspondiente a la ubicación del archivo XML, es decir del directorio donde físicamente existe, donde podrás abrir la ubicación del archivo con solo dar doble clic sobre la ruta que se muestra.
  • La segunda corresponde al nombre del archivo XML leído, donde de igual forma podrás dar doble clic sobre el nombre de este para que se muestre en pantalla para su consulta, esto por medio del visor de archivos XML y PDF con el que cuenta el sistema.

Dentro de este reporte, adicional se modificó el orden en que se muestran las columnas correspondientes al impuesto IEPS con tasa al 25%, para que estas quedaran igual a como se muestran las demás columnas de los impuestos.

Desglose de conceptos
En lo que corresponde al reporte de desglose de conceptos, de igual forma se adicionaron las dos columnas para indicar la ubicación del archivo XML y el poder visualizar el XML o la representación impresa (PDF).

A continuación, encontrarás la liga para que puedas descargar y usar la última versión del sistema:

Descargar versión gratuita

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Hasta la próxima.

EDV – Mejoras al servicio de validación

En esta ocasión, queremos compartir contigo la liberación de la nueva versión 2021.01.12 de nuestra DLL para la validación de comprobantes fiscales (CFDI): Electronic Document Validator (EDV).

Hemos realizado cambios importantes, por lo que, te invitamos a conocer los mismos y actualizarte a la brevedad posible.

Estado de cuenta
Este era la característica más solicitada por todos nuestros usuarios, y es que a partir de esta versión es posible obtener, mediante el uso de una nueva clase, el estado de cuenta de una empresa que esté realizando la validación de sus comprobantes fiscales, esto por medio de su RFC; la respuesta de esta consulta incluye los siguientes datos:

  • Total, de validaciones adquiridas
  • Validaciones consumidas
  • Validaciones disponibles

Con ello podrás tener el control de las validaciones realizadas, y sobre todo saber con anticipación la cantidad de validaciones disponibles, para evitar en un momento dado caer en la suspensión del servicio de validación por falta de créditos disponibles.

Hemos agregado un ejemplo en donde se muestra cómo hacer uso de esta nueva clase.

Certificados del PAC
Adicional, se agregó soporte a los nuevos certificados de los siguientes Proveedores Autorizados de Certificación (PACs):

  • Edicomunicaciones México, S.A. de C.V. con número de certificado 00001000000505600468
  • Solución Factible® para el número de certificado 00001000000505619865

Soporte a los nuevos catálogos
Como recordarás, la semana pasada, exactamente el día 5 de enero de 2021, la autoridad hizo una modificación a los catálogos disponibles para la generación del CFDI; en este caso agregó nuevas claves de productos.

Lo que hemos hecho en este caso, es dar soporte a este cambio realizado por la autoridad (SAT).

Actualización
Debido a los cambios realizados en esta nueva versión, es necesario que todos los usuarios del producto actualicen sus soluciones para que hagan uso de esta versión, es prioritario llevar a cabo este proceso, ya que contarán con tan solo 1 semana para realizarlo, transcurrido este tiempo, no se podrá hacer uso de cualquier versión anterior.

A continuación, encontrarás la liga en donde podrás descarga la nueva versión.

DESCARGAR ACTUALIZACIÓN

Como punto final y como ya es costumbre, queremos invitarlos a leer el historial de cambios para que conozcas todas las modificaciones y mejoras realizadas en esta liberación.

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Hasta la próxima.

Conoce los cambios a la generación del CFDI para 2021

Continuando con los cambios a la reforma fiscal para 2021 aprobada recientemente y que fue publicada el pasado día 8 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), queremos comentar lo correspondiente acerca del cambio a la fracción V del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) el cual tendrá afectación en la generación del CFDI y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021, para ello comencemos por recordar que nos dice este artículo:

Artículo 29

“Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.”

Articulo 29-A

Adicional, a los requisitos que se establecen a los comprobantes a que se refiere el artículo 29 de este Código, se deberán de reunir una serie de requisitos de entre ellos se encuentra lo indicado en la fracción V que en las disposiciones para 2020 dice:

V.- La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen.

El cambio aprobado a la fracción V para las disposiciones de 2021 es el siguiente:

V.– La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen, estos datos se asentarán en los comprobantes fiscales digitales por internet usando los catálogos incluidos en las especificaciones tecnológicas a que se refiere la fracción VI del artículo 29 de este Código.

Esto significaría y de cuerdo a nuestra interpretación, que en la descripción del producto y/o servicio, uso o goce temporal de bienes, se deben de asentar de acuerdo con los catálogos que publique el SAT en su página, si un CFDI se emite en 2021 y no contiene la descripción detallada del servicio, no debería de haber problema con su deducción, más sin en cambio, el caso contrario sería, si no se utiliza la clave correcta, la autoridad podría determinar que el CFDI no corresponde en el campo de descripción con las claves del catálogo, pudiendo rechazar la deducción y acreditamiento por no cumplir con los requisitos de forma del CFDI.

En este sentido, la recomendación sería verificar las claves de productos y/o servicios que tengan definidas en sus sistemas de facturación y adaptarlas a los cambios propuestos para el 2021.

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Hasta la próxima.

Electronic Document Library: Certificados de prueba del SAT

Hoy hemos liberado una nueva versión (2020.11.04) de nuestra DLL para generar facturas electrónicas: Electronic Document Library.

Esta es una liberación de mantenimiento, esto significa que no trae cambios importantes, sino mejoras menores y corrección a errores reportados por los usuarios.

A continuación, encontrarás algunos de los cambios más importantes:

Plataformas tecnológicas
A partir de esta versión podrás generar comprobantes fiscales con este complemento, de igual forma podrás leer este tipo de archivos XML y extraer la información contenida en el mismo.

Certificados de prueba
Como te habrás dado cuenta, hace algunos días vencieron los certificados de prueba del SAT que usábamos en todos nuestros ejemplos, por lo que hemos liberado esta versión, para dar soporte a nuevos certificados, en este caso hemos agregado dos:

  • Para el PAC ECODEX hemos usado este FUNK671228PH6
  • Para PAX Facturación se hace uso de este IIA040805DZ4

Además, hemos actualizado todos los ejemplos para hacer uso de estos dos certificados.

Nuevas adendas
Hemos aprovechado la oportunidad para agregar soporte a dos nuevas adendas que nos han solicitado los clientes:

  • BBVA
  • GOMSA

Otros cambios
Estos son otros cambios que hemos realizado:

  • Se mejoró la forma en que se lee el archivo de las autoridades certificadoras.
  • Al generar una constancia de retenciones, se mejoró la forma en que se valida contra los schemas del SAT.

Correcciones
En esta liberación hemos realizado una sola corrección y es el error que se presentaba al leer un CFDI que tenga en los atributos de tipo Date la letra z.

Como comentamos al inicio de este blog, solo hemos nombrado los cambios más importantes, si deseas conocer todo lo que hemos realizado, te invitamos a leer el historial de cambios.

DESCARGAR ACTUALIZACION

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Hasta la próxima.

La negativa de los diputados para quitar el impuesto sexista

México no debe seguir manteniendo una política tributaria en la cual no se tiene una perspectiva de género, en donde se ignore la desigualdad económica hacia las mujeres con elementos discriminatorios a partir de las diferencias biológicas.

La menstruación es un proceso biológico por el cual atraviesa prácticamente la mitad de la población, hay variaciones, excepciones también, pero para la mayoría es parte de nuestras vidas, en promedio una mujer menstrua 2535 días de su vida.

La adquisición de productos para la gestión menstrual es simplemente, una necesidad y no un lujo, siendo uso exclusivo de las mujeres (las toallas, pantis protectores, toallas de tela, tampones y copas menstruales), son bienes insustituibles de primera necesidad, si bien en la manera que están gravados, se sugeriría lo contrario, ¿Por qué considerarlo fiscalmente como un lujo algo que es una necesidad?

Se trata de un impuesto que afecta en exclusiva a un grupo de personas, porque pensemos ¿quién absorbe en realidad ese 16 por ciento aplicado a dichos productos?, esto quiere decir que es un impuesto sexista.

La diputada Martha Tagle, del partido Movimiento Ciudadano (MC), presento una iniciativa para que estos productos de gestión menstrual se han considerados en una tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo estos artículos de primera necesidad como las medicinas y los alimentos, y que fueran distribuidos gratuitamente en escuelas y en poblaciones de escasos recursos.

El comentario de la diputada Wendy Briseño fue que no se puede pagar un impuesto por menstruar, se han discutido ajustes fiscales sobre bienes que afectan la economía personal, como las medicinas o alimentos, que diferencia habría en los productos de gestión menstrual.

Fundar, Oxfam México y el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México (COPRED), indican que el IVA es un impuesto al consumo y no hace una diferencia entre los ingresos de los consumidores que adquieren bienes y servicios, con los consumidores de menores ingresos, por lo cual no es un trato justo.

Dicha iniciativa fue rechazada porque crearía una rotura fiscal de hasta 3 mil millones de pesos, lo que ocasionaría una crisis sanitaria en donde los recursos escasearían, Fundar argumenta que el cobro del IVA a los productos de gestión menstrual es un Impuesto Sexista.

La tasa 0 fue rechazada en la Cámara de Diputados ahora sigue la lucha en el Senado, pero incluso ahí se puede perder la propuesta de dicha iniciativa.

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Hasta la próxima.

Crédito ConstruYo de INFONAVIT te presta hasta $528 mil

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), cuenta con un nuevo plan de financiamiento llamado ConstruYo, el cual ofrece más de medio millón de pesos para construcción de vivienda, este nuevo crédito se activó a partir del 31 de agosto del 2020.

La finalidad de este nuevo programa es apoyar a los trabajadores que se encuentren cotizando al INFONAVIT, para que con este crédito puedan construir en un terreno propio o ampliar la vivienda en donde viven, el jueves 22 de octubre del 2020 el titular del instituto Carlos Martínez Velázquez anunció un primer paquete de 10 mil créditos del programa ConstruYo.

Este crédito cuenta con tres modalidades:

1- Reparaciones Menores: este consta de un crédito de hasta 73 mil pesos, para el cual se pueden elegir plazos de 24, 30, 36 o 42 meses, este incluye modificaciones como cambiar el piso de tu vivienda, pintura, impermeabilización, previa a la temporada de lluvias, entre otras. El instituto depositará los recursos en una cuenta con base al avance de las reparaciones, también, el INFONAVIT asignará a un verificador que validará que las mejoras en la vivienda se hayan hecho en el tiempo establecido.
2- Ampliar o construir, pero con una asesoría técnica: este consta de un crédito de hasta 528 mil pesos, del cual solo se pueden elegir plazos de 12 y 24 meses, para este caso, es necesario que la persona que contrates deberá ser un asesor técnico registrado en el INFONAVIT, este asesor te ayudará a garantizar la seguridad y calidad de los trabajos. El instituto te depositará el dinero en tu cuenta para que tú le realices los pagos al albañil.
3- Ampliar o construir, pero con el apoyo de una constructora: en este caso los montos y plazos son iguales al punto dos, para este caso, la constructora que elijas deberá de estar registrada ante el INFONAVIT, siendo ésta la que recibirá el dinero para la construcción de un inmueble nuevo o la aplicación a uno ya existente, el instituto te solicitará firmar un contrato en el que darás tu autorización para que se realice la transferencia.

Puntos importantes sobre el crédito ConstruYo:

  • Este crédito lo podrán solicitar todos los derechohabientes sin importar sus ingresos, el tope del préstamo será de hasta 528,000 pesos (el cual se podrá utilizar para construir por su cuenta en cualquier tipo de propiedad como: ejidal, comunal, privada o derivada de un programa gubernamental.
  • No importa si la propiedad no está a nombre del derechohabiente, solamente se tiene que comprobar una posesión segura.
  • Debes ser derechohabiente del INFONAVIT con relación laboral vigente, por lo menos con ocho meses de antigüedad en la empresa donde laboras.
  • No tener un crédito INFONAVIT vigente.
  • La edad del trabajador, más el plazo de amortización del crédito seleccionado no podrá ser mayor a los 70 años.

Los trámites para solicitar el crédito son:

1- Precalifícate
2- Haz el curso saber + para decidir mejor
3- Solicita tu crédito
4- Elige a un notario público
5- Obtén la constancia de crédito

Este crédito ya está disponible en siete estados de la República Mexicana que son:

  • Baja california
  • Chiapas
  • Jalisco
  • Nayarit
  • Oaxaca
  • Yucatán
  • Zona Metropolitana del valle de México

Si deseas saber más sobre este crédito ConstruYo de INFONAVIT da clic a la siguiente liga:

CRÉDITO CONSTRUYO

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Gastos de tu pareja que puedes deducir sin estar casados SAT

Como sabes, las personas físicas deben cumplir cada año con su declaración anual ante la autoridad fiscal, la cual contiene tu información sobre tus ingresos, deducciones personales, pagos provisionales y retenciones realizadas en ese periodo a declarar.

Ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT), te autoriza a ti como contribuyente a deducir gastos de tu pareja o concubina, aunque no estén casados en tu declaración anual, como gastos personales siempre y cuando cubran los requisitos que la autoridad solicita para poder aplicarlos.

En cuanto a las deducciones personales se refieren a los gastos que un contribuyente tiene derecho a disminuir de sus ingresos acumulados durante el año y presentarlos en su declaración anual, en la cual se pueden considerar los gastos realizados por su pareja, cuando se solicite la factura electrónica y el pago se realice por medios electrónicos.

El SAT menciona que aparte de los gastos realizados por su cónyuge, también se pueden considerar los gastos que realicen tu padre, madre, abuelos, hijos y nietos, solicitando la factura con tus datos fiscales correspondientes, no importa que ellos hayan realizado la compra pero que realicen el pago con medios electrónicos.

Sin embargo, se tiene que tomar en cuenta que para considerar estos gastos y después deducirlos tienes que verificar qué gastos si son deducibles.

Los gastos personales que se pueden considerar para deducción en la declaración anual de las personas físicas son:

  • Honorarios médicos
  • Dentales
  • Nutrición
  • Psicología
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales
  • Honorarios a enfermeras
  • Prótesis
  • Análisis clínicos
  • Lentes ópticos
  • Aparatos de rehabilitación
  • Primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes proporcionados por las instituciones públicas de seguridad social
  • Colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente considerando el límite anual de deducción (no son deducibles las inscripciones ni reinscripciones)
  • Gastos funerarios (este es el único gasto que se puede realizar ya sea por medios electrónicos o en efectivo, solo se tiene que contar con la factura electrónica)

Otros gastos que se pueden considerar son créditos hipotecarios, pago de intereses devengados (no importa si son créditos bancarios, de INFONAVIT o de FOVISSSTE).

Si deseas saber cuáles más son tus deducciones personales que puedes considerar, consulta la siguiente liga:

DEDUCCIONES PERSONALES

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E.D.D.: Nueva versión para la descarga de constancias

Hoy, 22 de octubre de 2020, hemos liberado una nueva versión (2020.10.22) de nuestra DLL para la descarga masiva de comprobantes del SAT: Electronic Document Download (EDD).

Esta liberación, a diferencia de las liberaciones realizadas anteriormente, es especial, ya que trae una de las características más solicitas por nuestros usuarios.

A continuación, encontrarás la descripción de los cambios más importantes.

Descarga de constancia de retenciones
En esta ocasión, se modificó la DLL para ofrecer soporte a la consulta y descarga de las constancias de retenciones e información de pagos.

El funcionamiento de esta característica es muy similar a la descargar de los comprobantes, de igual forma, solo deberás indicar el RFC, la clave CIEC y el periodo a descargar, con esto la librería se conectará al servidor del SAT, buscará los XML de las constancias y llevará a cabo la descarga.

Algo importante a resaltar en este caso, es que algunas veces la librería retorna un error 500 o 503, esto no es un error propio de la DLL, sino es un tema del servidor del SAT y también se llega presenta cuando un usuario intenta consultar sus constancias usando su navegador favorito (Google Chrome, FireFox, Microsoft Edge, etc.).

Si llegas a tener este error, solo será cuestión de esperar 1 minuto y volverlo a intentar.

BeforeDownload
Algunos usuarios nos han pedido agregar a la DLL la posibilidad de definir que comprobantes de los que se encontraron en la consulta, se desean descargar o no, esto lo hemos agregado haciendo uso de un evento.

EL evento en cuestión se llama BeforeDownload y se dispara justo antes de que la DLL inicie la descarga de los XML, con este podrás indicar que no quieres que se descargue dicho XML.

Un uso práctico de esto es cuando tienes que descargar 1 año y este tiene una gran cantidad de comprobantes, por ejemplo 100,000, debido a la limitante que tiene la librería de 33,000 XML al día, lo podrás partir para realizarlo en 3 días, por lo que, cada día le pides a la librería descargar el año completo y con el evento controlas que UUID se va a descargar o no, con esto puedes evitar descargar los XML que ya se habían descargado con anterioridad.

Otras mejoras menores
También hemos realizado las siguientes mejoras:

  • Algunas veces el SAT retorna un comprobante (XML) vacío y esto hacia creer a la librería que se había alcanzado el límite del SAT y no se podían descargar más comprobantes.
  • Hemos mejorado la forma en que se valida la licencia de la librería.

Correcciones
En esta ocasión hemos corregido un error que se presentaba al momento de descargar un comprobante vigente que tuviera fecha de cancelación, la DLL se confundía y no lo descargaba.

Esto son los cambios más importantes, pero no lo s únicos, por lo que te invitamos a revisar el historial de cambios y conocer todas las modificaciones realizadas.

DESCARGAR ACTUALIZACION

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.