El futuro de la modalidad 40 genera preguntas comprensibles entre quienes están planeando su retiro. El IMSS aprobó nuevas medidas temporales que comenzaron a aplicarse el 22 de octubre de 2026, pero todavía no existe una reforma normativa definitiva. ¿Ayudarán estas reglas a ordenar el sistema o limitarán opciones de quienes quieren mejorar su pensión? La respuesta no es igual para todos.
En Facturando creemos que vale la pena revisar ambos lados con calma y con datos. Una cosa es lo que establece el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación y otra lo que podemos concluir sobre sus posibles efectos. Aquí diferenciamos los hechos de nuestra valoración.
Primero, ¿qué debemos tener claro?
El acuerdo fija, para nuevas incorporaciones y los casos que regula, un salario relacionado con el último registrado al causar baja, con un incremento de hasta una UMA diaria adicional. También dispone que los nuevos aseguramientos comiencen en la fecha de solicitud.
Quienes ya estaban inscritos al entrar en vigor conservan sus condiciones hasta terminar el periodo contratado. Además, se reconocen sus semanas y salarios efectivamente cotizados y pagados.
El IMSS realizará un estudio para conocer el impacto financiero de la Modalidad 40. Con los resultados, preparará una propuesta para modificar sus reglas, pero esa propuesta todavía tendrá que revisarse y aprobarse. Mientras tanto, las medidas temporales publicadas en octubre de 2026 ya están vigentes.
Lo positivo: más claridad en los registros y protección para inscritos
Hay un objetivo razonable en pedir registros verificables y procesos más claros. El acuerdo ordena desarrollar mecanismos digitales que permitan seguir el historial de cada inscripción y revisar los casos especiales. Si funcionan bien, podrían facilitar aclaraciones y reducir diferencias entre trámites.
Sin embargo, la digitalización es una instrucción de implementación, no un beneficio ya demostrado. Para evaluarla habrá que saber si los sistemas funcionan, si las personas pueden obtener sus comprobantes y qué sucede cuando aparece un error.
También hay una certeza relevante para quienes ya cotizaban: el acuerdo protege las condiciones de su periodo vigente y reconoce lo efectivamente pagado. Ese punto merece destacarse, aunque no asegura las mismas reglas en un contrato posterior.
Finalmente, analizar cuánto cuesta y cómo funciona el esquema puede aportar información útil para el futuro de la modalidad 40. El beneficio de ese estudio dependerá de que sus resultados sean claros y permitan entender las decisiones siguientes.
Lo preocupante: menos opciones para quienes todavía no se inscriben
La principal inquietud está en el nuevo límite salarial. Pensemos en alguien que dejó de trabajar con un salario relativamente bajo y había planeado pagar aportaciones sobre una base mucho mayor. Con las medidas temporales, esa estrategia podría dejar de ser posible en una nueva inscripción.
En ciertos casos de personas que pueden pensionarse bajo la Ley de 1973, el promedio salarial de las últimas 250 semanas influye en la pensión. Por eso, limitar la elección de salario puede cambiar una proyección. No significa que todas las pensiones bajarán ni que todos los asegurados perderán beneficios.
Otro punto sensible es el inicios del aseguramiento desde la fecha de solicitud. Una persona puede necesitar aclarar periodos anteriores, y no todos los supuestos de reingreso o pagos pendientes son idénticos. Una explicación oficial detallada ayudaría a evitar interpretaciones demasiado generales.
Estos efectos muestran que el futuro de la modalidad 40 no puede medirse únicamente por los cambios administrativos: también importa cómo repercuten en cada trayectoria laboral.
La duda jurídica: ¿puede un acuerdo limitar lo que dice la ley?
Aquí conviene ser especialmente cuidadosos. El artículo 218 de la Ley del Seguro Social permite continuar con el último salario registrado o uno superior, dentro de los límites legales. Los artículos 65 y 66 del reglamento también contemplan un salario superior y, bajo determinadas condiciones, una fecha de protección anterior a la solicitud.
El acuerdo temporal establece restricciones más estrechas para los supuestos que regula. Esa diferencia entre disposiciones existe y merece una explicación jurídica de la autoridad. Pero no basta para afirmar que todo el acuerdo es ilegal, que ya fue suspendido o que cada persona puede ignorarlo.
Tampoco sería prudente prometer que una inconformidad tendrá éxito. Cada situación requiere revisar la norma aplicable, los documentos de aseguramiento y, cuando sea necesario, buscar asesoría jurídica especializada. Esa certeza legal también será decisiva para el futuro de la modalidad 40.
Para consultar las disposiciones, están disponibles la Ley del Seguro Social vigente y el reglamento de afiliación en su versión oficial.
¿Qué falta aclarar sobre el futuro de la modalidad 40?
En nuestra lectura, hay cuatro preguntas que valdría la pena responder públicamente:
- ¿Qué muestran los números? El acuerdo ordena un estudio financiero, pero no presenta sus resultados. Sin ellos, no podemos cuantificar el ahorro o el impacto pensionario de estas restricciones.
- ¿Cómo se tratarán los casos especiales? Es importante explicar con ejemplos qué ocurre con reingresos, pagos anteriores y trámites que estaban en curso.
- ¿Cómo funcionará el proceso digital? Deben existir instrucciones claras, comprobantes y una vía para resolver errores sin dejar desprotegidas a las personas.
- ¿Qué reglas se propondrán después? La futura modificación todavía requiere elaboración y revisión; no hay que presentarla como aprobada.
¿Qué recomendamos a quienes están planeando su retiro?
Antes de tomar una decisión, revisa tu último salario registrado, semanas reconocidas, fecha de baja y régimen pensionario. Si ya estás inscrito, conserva el documento que acredite las condiciones y el periodo contratado. No canceles ni solicites un reingreso solo por lo que se comenta en redes sociales.
Si necesitas una explicación básica, comienza por nuestro artículo sobre qué es la Modalidad 40, sus requisitos y beneficios. La planeación debe basarse en tu historial real, no en promesas de una pensión asegurada.
Especial: Modalidad 40 del IMSS
- Qué es, quién puede inscribirse y qué beneficios ofrece — Primera entrega.
- Qué cambió desde octubre de 2026 y a quién afecta — Segunda entrega.
- Lo positivo, lo preocupante y las dudas pendientes
Nuestra reflexión final
El futuro de la modalidad 40 plantea dos necesidades que deben atenderse al mismo tiempo: contar con un sistema confiable y dar certeza a quienes han dedicado años a cotizar. Mejorar el control puede ser útil, pero también es necesario explicar con claridad por qué se limitan determinadas opciones y qué sucederá con los casos particulares.
No hay una conclusión responsable que sirva para todas las personas. El efecto depende de cuándo se incorporaron, de su salario anterior y de las reglas de pensión que les correspondan. Mientras se conocen los resultados del estudio y se define una propuesta normativa, lo más sensato es informarse, conservar documentos y evitar decisiones precipitadas.
Seguiremos atentos a las aclaraciones del IMSS. También puedes acompañarnos en nuestro canal de YouTube, donde compartimos información útil sobre temas fiscales, laborales y de seguridad social.