Home office por lluvias: lo que las empresas deben preparar desde ahora

El home office por lluvias volvió a la conversación laboral en México porque el Congreso de la Ciudad de México aprobó una iniciativa, presentada por la diputada Leonor Gómez Otegui, para reformar la Ley Federal del Trabajo. La clave está en no adelantarse: todavía no es una obligación vigente, pero sí es una señal para revisar políticas internas.

Es importante mencionar que no aplica en todo el país, pero si avanza en el Congreso de la Unión y se publica en el DOF, podría tener alcance nacional.

¿Qué propone la iniciativa?

La propuesta plantea que, ante lluvias intensas u otros fenómenos naturales, pueda acordarse una modificación temporal de las condiciones de trabajo. Esto dependería de la naturaleza del puesto, la posibilidad real de trabajar a distancia y los acuerdos internos de cada empresa.

También busca reforzar la desconexión digital. Es decir, que el trabajador no esté obligado a atender llamadas, mensajes o correos fuera de su jornada, salvo casos de emergencia justificada.

¿Por qué importa para contadores y administradores?

Cuando una empresa manda a su personal a trabajar desde casa sin reglas claras, aparecen dudas prácticas: cómo registrar asistencia, cómo documentar la jornada, qué pasa con retardos, horas extra, descansos, herramientas de trabajo y comunicación fuera de horario.

El riesgo no está solo en permitir el home office. El problema aparece cuando no existe evidencia de cómo se autorizó, por cuánto tiempo, bajo qué condiciones y quién supervisó el cumplimiento de la jornada.

Lo que ya existe en materia de teletrabajo

México ya regula el teletrabajo en la Ley Federal del Trabajo. La regla general aplica cuando más del 40 % del tiempo laboral se realiza en el domicilio de la persona trabajadora o en otro lugar elegido por ella.

Además, la NOM-037-STPS-2023 establece condiciones de seguridad y salud para el teletrabajo. Por eso, si el trabajo remoto deja de ser ocasional y se vuelve recurrente, la empresa debe revisar con mayor detalle sus obligaciones.

¿Qué conviene preparar desde ahora?

Aunque la reforma no esté vigente, las empresas pueden avanzar con medidas preventivas:

  • Definir qué puestos pueden trabajar desde casa.
  • Crear criterios para activar home office por contingencia.
  • Documentar autorizaciones por escrito.
  • Establecer horarios, canales de comunicación y reglas de desconexión.
  • Revisar incidencias, permisos y horas extra.
  • Conservar evidencia laboral y fiscal relacionada con pagos y recibos.

Para el área contable, esta última parte es importante. Los recibos de nómina, contratos, CFDI y demás documentos deben estar ordenados.

Tecnología sí, pero con control

El home office puede ahorrar tiempo y reducir riesgos de traslado, pero necesita orden. Si la empresa emite comprobantes, paga nómina o administra documentos fiscales, conviene apoyarse en herramientas que reduzcan errores y faciliten la trazabilidad.

También puede usarse Facturador CFDI, una herramienta gratuita para emitir comprobantes con mayor control, organizar catálogos y reducir errores de captura en procesos administrativos.

Conclusión fiscal

El home office por lluvias aún no debe tratarse como una obligación federal vigente. Sin embargo, la iniciativa muestra hacia dónde puede avanzar la regulación laboral: más flexibilidad, más documentación y mayor respeto a la jornada.

Para empresas, contadores y administradores, la mejor respuesta es preventiva: revisar políticas internas, conservar evidencia y mantener ordenados los CFDI, recibos de nómina y documentos laborales antes de que el tema se convierta en una obligación formal.

Síguenos en YouTube

Para mantenerte actualizado sobre temas fiscales, SAT, CFDI, declaraciones, XML, complementos y herramientas para contadores, te invitamos a seguir el Canal de YouTube de Facturando.

Reforma a la jornada laboral 2023

Derivado de los rumores a los cambios a la reforma a la jornada laboral para este 2023 que se pretende en México, muchos de los trabajadores tienen la inquietud y duda acerca de si desaparecerá su hora de comida.

Esta propuesta ha dado pie a una gran cantidad de dudas entre todas las personas que están contratadas por una empresa, ya que, de aprobarse un nuevo horario de trabajo, ¿podría desaparecer el tiempo que es dedicado por los trabajadores para ingerir sus alimentos?

Jornada laboral
De acuerdo con Ley Federal del Trabajo (LFT) la jornada laboral es;

“Que la jornada de trabajo es el tiempo durante el cual la persona trabajadora se encuentra a disposición del patrón para prestar su trabajo.”

De igual forma, dicha ley, en su artículo 60, tiene definidos tres tipos de jornadas, que dependerán del tiempo que abarca cada una de ellas, las cuales se desglosan a continuación:

Tipo de jornadaPeriodo de tiempo que abarcaDuración máxima de la jornada
DiurnaEl comprendido entre las seis y veinte horasOcho horas
NocturnaEl comprendido entre las veinte y las seis horasSiete horas
MixtaComprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, ya que, si comprende tres y media o más horas, se determinará como jornada nocturnaSiete horas y media

Además, la citada ley (LFT) menciona que cuando la persona trabajadora no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.

Propuesta
Dentro de los lineamientos que se contemplan a la reforma a la jornada laboral para el 2023 se tiene:

Un nuevo horario de trabajo que contempla 40 horas a la semana, es decir, una reducción de por los menos una hora a la jornada laboral que se tiene actualmente en el país, que es de 48 horas semanales.

Cabe recordar, que se trata de un proyecto de ley, que aún no ha sido aprobado, el cual ha provocado opiniones divididas debido a los efectos que pudiera traer esta legislación principalmente al bolsillo de los trabajadores.

Hora de comida
Con respecto al horario de comida, podemos deducir, que el planteamiento es la reducción de las horas laborales, no la eliminación de la hora de comida, ya que sería incongruente el que los trabajadores, durante la jornada laboral, no tuvieran tiempo para ingerir sus alimentos, lo cual a nuestro ver, traería baja productividad y hasta enojo de estos.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.