Donación de inventarios deteriorados: ¿por qué el CFDI debe llevar $0.01?

Cuando una empresa realiza una donación de inventarios deteriorados, puede surgir una duda: ¿qué importe debe registrar la donataria en el CFDI si las mercancías ya perdieron su valor? Para un supuesto fiscal específico, el SAT señala que el comprobante debe indicar $0.01 (un centavo). Pero eso no significa que todas las donaciones en especie se facturen así.

La diferencia importa porque una cosa es documentar la entrega de los bienes y otra, muy distinta, determinar la deducción fiscal del inventario. Confundirlas puede provocar errores en el CFDI o intentar deducir dos veces la misma mercancía.

¿Cuándo pueden donarse las mercancías que perdieron valor?

El artículo 27, fracción XX, de la Ley del ISR contempla la deducción de mercancías, materias primas y productos que hayan perdido valor por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente. La deducción debe efectuarse en el ejercicio correspondiente y cumplir los requisitos reglamentarios.

Si se trata de determinados bienes básicos para la subsistencia humana —alimentos, vestido, vivienda o salud—, la ley exige ofrecerlos en donación a instituciones autorizadas con fines asistenciales antes de destruirlos, cuando resulte aplicable este procedimiento.

No basta con entregar las mercancías informalmente. El SAT cuenta con un sistema de avisos de donación y destrucción, y los requisitos varían según los bienes y el supuesto de que se trate. También deben respetarse las restricciones sanitarias y demás disposiciones aplicables.

¿Cómo se emite el CFDI por inventarios deteriorados?

La donataria autorizada que recibe los bienes es quien expide el comprobante correspondiente. En su material oficial de emisión de CFDI para donatarias de 2026, el SAT confirma expresamente que los donativos de mercancía que perdió valor deben documentarse indicando la cantidad, la descripción y un valor de $0.01.

Es un importe simbólico para este supuesto, no una regla general para cualquier donativo en especie ni una forma de establecer el valor comercial de la mercancía.

En la emisión también deben revisarse los requisitos del CFDI 4.0. Para los donativos en especie, la orientación del SAT contempla:

  • CFDI de tipo ingreso, emitido por la donataria.
  • Método de pago PUE y forma de pago 12 (Dación en pago).
  • Descripción y cantidad reales de los bienes, con las claves del catálogo que correspondan.
  • Complemento para donatarias y el tratamiento fiscal que corresponda al comprobante.

Como el tratamiento de los inventarios deteriorados es particular, conviene revisar los datos del comprobante antes de timbrarlo, especialmente cuando se incluyen distintas clases de mercancía.

¿La empresa puede deducir los bienes y también el donativo?

No. Si la empresa deduce las mercancías de sus inventarios conforme al artículo 27, fracción XX, de la Ley del ISR, no puede volver a deducir el valor de esos mismos bienes como donativo.

El SAT lo advierte en el criterio 41/ISR/PI del Anexo 3 de la RMF 2026, que considera indebida esa doble deducción. Además, el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación exige indicar en el CFDI que el donativo no es deducible cuando se trata de bienes previamente deducidos para el ISR.

Por ello, el centavo registrado en el CFDI no determina cuánto puede deducirse del inventario. La deducción depende de los requisitos fiscales que correspondan a la pérdida de valor, no del importe simbólico del recibo de donación.

¿Qué conviene revisar antes de cerrar la operación?

Para una donación de inventarios deteriorados bien documentada, el contador debería verificar que la donataria cuente con autorización vigente, que se haya seguido el procedimiento de aviso aplicable y que exista evidencia de la entrega de los bienes.

También es recomendable conciliar las cantidades entregadas con las bajas de inventario y conservar el CFDI, los acuses y los soportes de la operación. En nuestro artículo sobre control documental de las donatarias explicamos por qué mantener congruencia entre comprobantes y registros contables facilita el cumplimiento.

La regla práctica es sencilla: el CFDI respalda la donación; la deducción del inventario se justifica por separado. Revisar ambos aspectos evita que una entrega con fines sociales termine generando una contingencia fiscal.

Para conocer más sobre facturación electrónica y obligaciones ante el SAT, puedes consultar el canal de YouTube de Facturando.

Donatarias: no presentar esta declaración puede poner en riesgo tu autorización ante el SAT

Las donatarias autorizadas tienen una obligación que no debe tomarse a la ligera: presentar en mayo la declaración informativa donde transparentan el uso de su patrimonio y el destino de los donativos recibidos.

El SAT recordó que, para la información correspondiente al ejercicio 2025, la fecha límite es el 31 de mayo de 2026. Aunque puede parecer un trámite más, su incumplimiento puede generar problemas fiscales, sanciones y cuestionamientos sobre la continuidad de la autorización para recibir donativos deducibles.

¿Por qué esta obligación importa más de lo que parece?

Una donataria no solo administra recursos. También administra confianza.

Cada donativo recibido implica una responsabilidad frente al SAT, frente a los donantes y frente a las personas beneficiadas. Por eso, la declaración no debe verse como una simple captura de datos en el portal de la autoridad.

El punto delicado está en que la información presentada debe ser congruente con los CFDI, los registros contables, los estados de cuenta y la documentación interna de la organización.

Cuando esos datos no coinciden, el problema ya no es solo presentar tarde, sino demostrar que los recursos fueron usados correctamente.

¿Quiénes deben presentar esta información?

De acuerdo con el SAT, esta obligación aplica a las organizaciones autorizadas para recibir donativos deducibles. Esto incluye, entre otras, asociaciones civiles, sociedades civiles, instituciones de asistencia o beneficencia privada y fideicomisos autorizados.

La declaración permite hacer pública información relacionada con la autorización, el patrimonio y el uso o destino de los donativos recibidos. El trámite oficial puede consultarse directamente en el portal del SAT: Presenta la obligación de Transparencia de las Donatarias Autorizadas.

El error común: dejar todo para el último momento

En la práctica, muchas organizaciones esperan hasta los últimos días para revisar la información. Ahí empiezan los problemas.

Faltan XML, no se ubican algunos comprobantes, hay donativos en especie mal documentados, existen pagos sin soporte suficiente o la contabilidad no cuenta la misma historia que los reportes internos.

Ese desorden puede convertir una obligación anual en una revisión complicada.

Por eso, antes de presentar la declaración, conviene revisar:

  • CFDI emitidos por donativos.
  • CFDI recibidos por gastos de operación.
  • Estados de cuenta.
  • Reportes de aplicación de recursos.
  • Donativos en efectivo y en especie.
  • Documentación que soporte el destino de los recursos.

El contador necesita evidencia, no solo datos

Para cumplir bien, no basta con saber cuánto recibió la organización. También debe existir soporte claro de cómo se usaron los recursos.

Aquí es donde el trabajo del contador se vuelve clave. Su tarea no es únicamente enviar la declaración, sino ayudar a que la información tenga respaldo documental suficiente.

Herramientas como Descargar CFDI pueden ayudar a reducir tiempos, ya que permiten descargar XML desde el SAT y también obtener documentos relacionados con cancelaciones, como el acuse de solicitud de cancelación y el acuse de cancelación.

Si la organización emite comprobantes por donativos, también es importante contar con un sistema que facilite la emisión correcta y el control de los CFDI. En ese caso, Facturador CFDI puede apoyar en la generación de comprobantes y en la reducción de errores operativos.

La transparencia también protege a la organización

Cumplir con esta declaración no solo evita problemas con la autoridad. También ayuda a conservar la confianza de quienes aportan recursos a la causa.

Una donataria que tiene sus CFDI ordenados, sus reportes claros y sus comprobantes completos puede responder mejor ante revisiones, aclaraciones o solicitudes de información.

También puede apoyarse en contenido relacionado, como cómo descargar todos tus XML del SAT fácilmente, para mejorar su control documental antes de presentar obligaciones fiscales.

Anticiparse es la mejor defensa

La obligación de mayo no debería atenderse como una emergencia. Lo ideal es preparar el expediente durante todo el año.

Para las donatarias autorizadas, la transparencia no empieza cuando se abre el portal del SAT. Empieza cuando cada CFDI, cada donativo y cada gasto quedan correctamente documentados.

La mejor recomendación para contadores y administradores es clara: no esperen al último día para reconstruir todo el ejercicio fiscal. Revisar a tiempo puede evitar errores, aclaraciones innecesarias y riesgos para la autorización de la organización.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima. 

El SAT orienta a donatarias sobre la prevención de lavado de dinero

Implementar estrategias eficaces de prevención de lavado de dinero es una prioridad para las organizaciones civiles. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició un programa de orientación para donatarias y organizaciones sin fines de lucro. Esta iniciativa busca fortalecer el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la procedencia de recursos.

Programa de orientación para actividades vulnerables

La autoridad fiscal puso en marcha sesiones de capacitación para personas físicas y morales que realizan actividades clasificadas como vulnerables. El programa aborda cada una de las 17 actividades contempladas en la ley mexicana. De esta forma, los sectores económicos reciben información específica para facilitar el cumplimiento de los requisitos normativos actuales.

Primera sesión dirigida a donatarias

La fase inicial del programa se enfocó en asociaciones que reciben donativos. El SAT destacó que estas organizaciones son sujetos obligados cuando las donaciones superan el equivalente a 1,605 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La sesión, realizada en la Ciudad de México y transmitida por YouTube, contó con la presencia de 250 representantes. Durante el evento, se resolvieron dudas sobre la identificación de donantes y la importancia de mantener registros transparentes para evitar riesgos legales.

Importancia del cumplimiento y transparencia

Las organizaciones que operan con donativos deben aplicar medidas estrictas de registro y, en su caso, presentar avisos ante las autoridades. El cumplimiento adecuado asegura la transparencia operativa y protege a la institución de posibles sanciones administrativas derivadas de una supervisión deficiente.

El enfoque preventivo del SAT busca que los contribuyentes comprendan sus responsabilidades y apliquen controles internos adecuados. Este acompañamiento institucional refleja un esfuerzo por alinear las prácticas nacionales con los estándares internacionales de combate a la delincuencia financiera.


Conclusión

Para las donatarias autorizadas, mantenerse informadas sobre estas disposiciones es la clave para garantizar la continuidad de sus operaciones. El programa de orientación del SAT representa una oportunidad valiosa para resolver dudas técnicas y fortalecer la integridad del sector no lucrativo en México.


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