Estado de la propuesta al 19 de septiembre de 2026: el Paquete Económico 2027 propone incorporar a disposiciones de vigencia transitoria de la Ley del ISR diversos estímulos fiscales que hoy existen mediante decretos. Entre ellos están Plan México y distintos esquemas aplicables a Polos de Desarrollo. La iniciativa todavía no está aprobada ni vigente.
La principal novedad no consiste en crear desde cero estos beneficios. Muchos ya operan actualmente. Lo que se propone es trasladarlos a la propia Ley del ISR para darles continuidad entre 2027 y 2030 y conservar sus requisitos, controles y plazos.
Para las empresas que planean invertir en maquinaria, infraestructura, capacitación o innovación, el cambio puede ser relevante porque varios de estos programas permiten acelerar deducciones o aplicar beneficios adicionales bajo condiciones específicas.
Plan México: ¿qué cambiaría realmente en 2027?
El decreto vigente de Plan México, publicado el 21 de enero de 2025, ya permite aplicar una deducción inmediata sobre inversiones en bienes nuevos de activo fijo y una deducción adicional vinculada con capacitación e innovación.
Por eso no sería correcto presentar la reforma 2027 como si apenas fuera a nacer este estímulo.
La propuesta busca incorporar su tratamiento a disposiciones transitorias de la Ley del ISR. En términos prácticos, se preservaría el horizonte temporal del programa y se le daría un sustento legislativo más directo.
El esquema vigente contempla porcentajes diferenciados según el tipo de activo. Para inversiones realizadas entre 2027 y 2030, los porcentajes de deducción inmediata van aproximadamente de 35% a 89%.
Además, existe una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en los gastos de capacitación de trabajadores o de innovación. No se aplica 25% sobre cualquier gasto automáticamente: debe existir el incremento y cumplirse los requisitos del programa.
No todos los activos pueden aplicar la deducción inmediata
La deducción inmediata de Plan México no funciona como una deducción universal del 100%.
El porcentaje depende del activo y de la actividad correspondiente. Además, el decreto vigente excluye determinados bienes, como mobiliario y equipo de oficina, automóviles con motor de combustión interna, equipo de blindaje y ciertos aviones.
También exige que los bienes sean nuevos, es decir, utilizados por primera vez en México, y que permanezcan en uso durante al menos dos años inmediatos siguientes al ejercicio en que se aplique la deducción, salvo las excepciones previstas en el propio decreto.
Esto hace indispensable revisar el activo antes de estimar el beneficio. No basta con saber cuánto costó la inversión.
¿Qué cambia cuando la inversión se realiza dentro de un Polo de Desarrollo?
Los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar son zonas delimitadas donde se busca concentrar inversión productiva, infraestructura y facilidades administrativas.
Para quienes inician operaciones dentro de estos polos y cumplen los requisitos, el decreto vigente de los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar contempla beneficios más amplios que el esquema general de Plan México.
Entre los principales se encuentran:
| Beneficio | Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar |
|---|---|
| Activo fijo nuevo | Deducción inmediata del 100% |
| Capacitación | Deducción adicional del 25% del incremento |
| Innovación | Deducción adicional del 25% del incremento |
| Vigencia general de estos estímulos | Hasta 2030, conforme al decreto |
| Ubicación | Actividades e inversiones vinculadas al polo correspondiente |
La deducción inmediata puede aplicarse sobre bienes nuevos de activo fijo utilizados para las actividades productivas realizadas dentro del polo. Los bienes deben mantenerse en uso durante el periodo mínimo establecido.
Estar dentro de un polo no basta
Los beneficios no se obtienen simplemente porque una empresa abra una oficina o compre un terreno dentro de la zona.
Entre los requisitos vigentes se encuentran estar al corriente en las obligaciones fiscales, contar con opinión positiva de cumplimiento y tener el domicilio fiscal en el polo donde se desarrollan las actividades productivas.
Para determinados estímulos de capacitación e innovación también se requieren elementos adicionales, como convenios de educación dual o proyectos de inversión relacionados con innovación o certificaciones.
La contabilidad debe permitir identificar por separado las inversiones, ingresos, deducciones y gastos asociados con las actividades realizadas dentro del polo.
Por ello, el incentivo puede resultar atractivo, pero requiere control documental desde el inicio de la inversión.
No existe un solo tipo de Polo de Desarrollo
Otro punto que puede generar confusión es hablar de “los polos” como si todos tuvieran exactamente las mismas reglas.
La propuesta para 2027 contempla integrar a la Ley del ISR varios programas que hoy funcionan mediante decretos diferentes:
- Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec
- Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I
- Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar
- Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar
- y los estímulos generales de Plan México.
Los beneficios cambian según el programa.
Por ejemplo, los polos de Progreso I y Mérida I contemplan actualmente un crédito contra ISR durante determinados ejercicios, deducción inmediata del 100% de inversiones nuevas y un estímulo en materia de IVA para operaciones que cumplan las condiciones del decreto.
Los Polos de Economía Circular también contemplan deducción inmediata del 100% de activos nuevos y deducción adicional por capacitación e innovación, pero están vinculados con proyectos específicos de economía circular y requisitos ambientales.
Por eso una empresa debe identificar primero qué programa corresponde a la ubicación y actividad de su proyecto antes de calcular cualquier beneficio.
¿Se pueden combinar los estímulos?
No necesariamente.
Los decretos vigentes contienen reglas que impiden aplicar conjuntamente determinados estímulos cuando recaen sobre la misma inversión o actividad.
Por ejemplo, el decreto de Polos de Desarrollo Económico establece que sus beneficios no pueden aplicarse conjuntamente con los estímulos del decreto de Plan México.
Esto evita que una misma inversión acumule beneficios incompatibles.
En consecuencia, cuando una empresa pudiera ubicarse en más de un supuesto, la comparación debe realizarse antes de aplicar el incentivo: porcentaje de deducción, plazo, requisitos de permanencia, controles administrativos y efecto sobre el flujo de efectivo.
¿En qué se diferencia esto de la repatriación de capitales?
En nuestro artículo Repatriación de capitales 2027: ISR de 7.5% y requisitos explicamos que la iniciativa permite destinar recursos retornados a proyectos de Plan México o inversiones realizadas en Polos de Desarrollo.
Pero son beneficios distintos.
La repatriación regula el tratamiento fiscal de recursos lícitos que regresan del extranjero. Los estímulos analizados aquí regulan la inversión, deducción o actividad productiva realizada bajo cada programa.
Una empresa podría tener que analizar ambos esquemas cuando el origen de los recursos sea una repatriación y el destino sea una inversión elegible. Eso no significa que todos los beneficios puedan acumularse automáticamente.
¿Qué debería revisar una empresa antes de invertir?
Antes de incorporar un estímulo a una proyección financiera conviene revisar, como mínimo:
- Ubicación exacta del proyecto
- Programa o decreto que podría aplicar
- Régimen fiscal del contribuyente
- Tipo de activo que se pretende adquirir
- Fecha de adquisición y de inicio de uso
- Porcentaje de deducción correspondiente
- Permanencia mínima requerida
- Gastos de capacitación o innovación que podrían ser elegibles
- Constancias, proyectos o autorizaciones necesarias
- Opinión positiva de cumplimiento
- Incompatibilidad con otros estímulos.
La deducción inmediata mejora el momento en que puede reconocerse fiscalmente una inversión, pero no sustituye la necesidad de documentarla correctamente.
Plan México: la propuesta busca dar continuidad, no empezar de cero
El punto más importante de esta reforma es entender que Plan México y los distintos Polos ya cuentan con decretos vigentes.
La iniciativa 2027 pretende incorporar esos esquemas a disposiciones temporales de la Ley del ISR para mantener su aplicación durante el periodo previsto y ofrecer mayor certeza jurídica a quienes realizan inversiones de mediano plazo.
Al 19 de septiembre de 2026, la reforma sigue dentro del proceso legislativo. Por ello, todavía no debe asumirse que las disposiciones transitorias serán aprobadas exactamente como fueron presentadas.
En Facturando seguiremos comparando la iniciativa con el texto que finalmente apruebe el Congreso. Cuando existan reglas definitivas, podremos revisar qué estímulos conservaron sus porcentajes, requisitos y plazos.
Esta propuesta forma parte de nuestra segunda serie sobre el Paquete Económico 2027. En Paquete Económico 2027: otros cambios fiscales que debes conocer reunimos este análisis junto con otros ocho cambios fiscales y regulatorios que también podrían aplicarse a partir de 2027.
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