El Paquete Económico 2027 incluye propuestas que podrían modificar de forma importante el ISR, el IVA, el IEPS y distintas reglas de cumplimiento para personas físicas y empresas.
Entre los cambios más relevantes se encuentran la ampliación de RESICO, nuevas limitaciones a deducciones y pérdidas fiscales para determinadas empresas, cambios al momento de deducir anticipos y pagos al extranjero, un límite más estricto para intereses netos y nuevas reglas para comercializadores de gasolina y diésel.
También se propone mantener y modificar diversos estímulos y facilidades: regularización de adeudos fiscales, retorno de capitales con una tasa de ISR de 7.5% y una menor retención anual sobre intereses.
Este artículo funciona como mapa general de nuestra cobertura. Cada tema tendrá su propio análisis con fundamentos, ejemplos y casos prácticos.
Estado del Paquete Económico 2027 al 13 de septiembre de 2026: las medidas analizadas en este artículo corresponden a iniciativas presentadas al Congreso de la Unión. Todavía no están aprobadas ni vigentes y pueden cambiar durante el proceso legislativo.
¿Qué documentos integran el Paquete Económico 2027?
La Secretaría de Hacienda publicó el Paquete Económico 2027 el 8 de septiembre de 2026.
Entre los documentos centrales se encuentran:
- Criterios Generales de Política Económica;
- Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2027;
- Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2027;
- iniciativa de reformas a la Ley del ISR.
La página oficial de Paquete Económico y Presupuesto de la SHCP concentra los documentos del ejercicio 2027.
Para efectos fiscales, dos textos son especialmente importantes: la iniciativa de reforma a la Ley del ISR y la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2027.
Paquete Económico 2027: resumen de los principales cambios fiscales
| Tema | Situación actual | Propuesta 2027 | Principal afectado |
|---|---|---|---|
| RESICO personas físicas | Límite de $3.5 millones | Límite de $5 millones y otros ajustes | Personas físicas |
| RESICO personas morales | Límite de $35 millones y régimen obligatorio bajo los supuestos legales | Límite de $50 millones y régimen opcional | Personas morales |
| Empresas > $50 millones | Sin el nuevo Capítulo X propuesto | Límites a deducciones y pérdidas fiscales | Personas morales |
| Anticipos | Determinados anticipos pueden deducirse al pagarse si cumplen requisitos | Servicios y rentas se deducirían conforme se reciban | Personas morales |
| Pagos al extranjero | Retención por exigibilidad o pago | Se agrega el devengo; deducción hasta el pago | Empresas con operaciones internacionales |
| Intereses netos | Límite de 30% de utilidad fiscal ajustada | Límite de 20% | Empresas financiadas |
| Gasolina y diésel | Comercializadores exentos bajo ciertos supuestos | IEPS por diferencia positiva de litros | Gasolineras y comercializadores |
| Plataformas digitales | Retenciones especiales vigentes en 2026 | Se mantienen y se aclara efecto fiscal de reforma laboral | PF, PM y plataformas |
| Regularización fiscal | Programa vigente en 2026 | Continuaría con cambios en acceso y exclusiones | Contribuyentes con adeudos |
| Retorno de capitales | ISR de 15% en 2026 | ISR de 7.5% | Personas y empresas con recursos en el extranjero |
| Retención sobre intereses | 0.90% anual sobre capital | 0.68% | Ahorradores e inversionistas |
A continuación resumimos cada propuesta.
RESICO 2027 para personas físicas: límite de $5 millones
Uno de los cambios de mayor alcance del Paquete Económico 2027 es la ampliación del límite para tributar como persona física en RESICO.
La iniciativa propone aumentar el límite anual de:
$3.5 millones → $5 millones
También se ampliaría de $900,000 a $1 millón la exención aplicable bajo determinados supuestos al sector primario.
La propuesta además flexibiliza el reingreso al régimen para contribuyentes que hubieran dejado de tributar en RESICO por incumplimientos y posteriormente se pongan al corriente, siempre que cumplan las demás condiciones.
Otro elemento importante está en la iniciativa de Ley de Ingresos: personas físicas y morales de RESICO podrían optar por un esquema de IVA de 7% sobre contraprestaciones efectivamente cobradas, sin acreditamiento del IVA pagado.
Artículo especializado: RESICO 2027 para personas físicas: cambios propuestos, límite de $5 millones e IVA al 7%.
RESICO personas morales: $50 millones y régimen opcional
Para personas morales, la reforma es incluso más estructural.
La iniciativa propone aumentar el límite anual de ingresos de:
$35 millones → $50 millones
Pero el cambio más importante es que el régimen dejaría de plantearse como obligatorio para quienes cumplen los requisitos y pasaría a ser opcional.
También se proponen porcentajes mayores para determinadas deducciones de inversiones y la posibilidad de regresar al régimen después de haber salido por exceder el límite de ingresos, bajo las condiciones previstas.
Esto obligaría a muchas empresas a comparar RESICO contra el régimen general antes de tomar una decisión.
Artículo especializado: RESICO 2027 para personas morales: propuesta de $50 millones, régimen opcional y nuevas deducciones.
Empresas con más de $50 millones: nuevas limitaciones fiscales
Para determinadas personas morales con ingresos acumulables superiores a $50 millones, la iniciativa incorpora un nuevo esquema de control sobre deducciones y pérdidas fiscales.
La propuesta establece límites que pueden provocar que una empresa determine utilidad fiscal aun cuando sus deducciones representen prácticamente todos sus ingresos.
Además, la amortización de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores quedaría limitada en determinados casos al 50% de la utilidad fiscal calculada bajo las nuevas reglas.
No debe confundirse este umbral con la categoría formal de “gran contribuyente”. El análisis depende de los requisitos exactos del nuevo capítulo propuesto.
Artículo especializado: Empresas con más de $50 millones: propuesta 2027 limitaría deducciones y pérdidas fiscales.
Anticipos por servicios y rentas: pagar antes ya no adelantaría toda la deducción
La iniciativa propone cambiar el tratamiento de anticipos relacionados con:
- prestación de servicios;
- uso o goce temporal de bienes.
Actualmente determinados anticipos pueden deducirse en el ejercicio del pago cuando se cumplen los requisitos fiscales.
La propuesta busca que la deducción proceda conforme:
- se preste efectivamente el servicio;
- o transcurra el periodo de uso o goce.
Un contrato anual pagado en diciembre ya no produciría necesariamente una deducción completa en diciembre si el servicio o la renta corresponde al ejercicio siguiente.
Artículo especializado: Deducción de anticipos 2027: pagar servicios y rentas por adelantado ya no bastaría.
Pagos al extranjero: retención antes y deducción después
En operaciones internacionales, el Paquete Económico 2027 propone separar todavía más dos momentos fiscales.
Para la retención a residentes en el extranjero, se agregaría el devengo a la regla actual.
La retención podría detonarse por:
exigibilidad, devengo o pago, lo que ocurra primero.
En cambio, la deducción del gasto quedaría condicionada al ejercicio en que efectivamente se pague la contraprestación y se entere la retención correspondiente.
Esto puede provocar que una empresa tenga que enterar ISR antes de poder deducir el gasto.
Artículo especializado: Pagos al extranjero 2027: deducción al pagar y retención por exigibilidad, devengo o pago.
Intereses netos: el límite bajaría de 30% a 20%
La fracción XXXII del artículo 28 de la Ley del ISR limita la deducción de determinados intereses netos.
Actualmente el cálculo utiliza como referencia:
30% de la utilidad fiscal ajustada
La propuesta para 2027 reduce ese porcentaje a:
20%
No significa que solo pueda deducirse 20% de todos los intereses. El porcentaje se utiliza para determinar el límite fiscal contra el cual se comparan los intereses netos.
La iniciativa no elimina el umbral vigente de $20 millones ni el arrastre de determinados intereses pendientes hasta por 10 ejercicios.
Artículo especializado: Intereses netos 2027: propuesta reduciría de 30% a 20% el límite de deducción.
Gasolina y diésel: IEPS por diferencias de litros
Una de las propuestas más particulares del Paquete Económico 2027 está dirigida a quienes venden gasolina y diésel sin ser fabricantes, productores o importadores.
A partir del 1 de julio de 2027, se propone aplicar IEPS cuando exista una diferencia positiva entre:
litros enajenados durante el mes – litros adquiridos durante el mismo mes
El impuesto se determinaría por tipo de combustible y sin estímulos, disminuciones o acreditamientos.
Los controles volumétricos, CFDI, pedimentos e inventarios serían esenciales para demostrar diferencias legítimas.
Artículo especializado: IEPS combustibles 2027: nuevo pago por diferencias entre litros vendidos y adquiridos.
Plataformas digitales: continuidad en ISR e IVA y aclaración laboral
En plataformas tecnológicas, varias tasas que aparecen en la iniciativa ya se encuentran vigentes durante 2026.
Entre ellas:
- ISR de 2.5% para determinadas operaciones de personas físicas;
- ISR de 2.5% para personas morales con RFC;
- ISR de 20% para determinadas personas morales sin RFC;
- retenciones de 50% o 100% de IVA según el supuesto.
Por tanto, la propuesta es en buena medida de continuidad.
La principal novedad para 2027 es una aclaración fiscal derivada de la reforma laboral: que una persona sea considerada trabajadora subordinada para efectos de la Ley Federal del Trabajo no implicaría automáticamente que sus ingresos de plataforma deban tratarse fiscalmente como salarios.
Artículo especializado: Plataformas digitales 2027: se mantienen retenciones y se aclara el efecto fiscal de la reforma laboral.
Regularización fiscal 2027: multas y recargos hasta 100%
La iniciativa propone mantener el programa de regularización fiscal para personas físicas y morales cuyos ingresos totales de 2025 no excedan de $300 millones.
Dependiendo del supuesto, el beneficio puede alcanzar:
100% de multas, recargos y gastos de ejecución
El impuesto o contribución principal y su actualización no desaparecen.
También se proponen cambios en las exclusiones: determinados contribuyentes que utilizaron programas anteriores podrían volver a acceder, pero quedarían fuera ciertos casos relacionados con delitos fiscales y publicaciones conforme a los artículos 49 Bis, 69-B y 69-B Bis.
Artículo especializado: Regularización fiscal 2027: propuesta mantiene reducción de multas y recargos hasta 100%.
Retorno de capitales: ISR de 7.5%
La iniciativa de Ley de Ingresos propone un nuevo esquema para retornar o ingresar a México recursos lícitos mantenidos en el extranjero.
La tasa preferencial bajaría de:
15% en 2026 → 7.5% en 2027
Los recursos tendrían que haberse mantenido en el extranjero hasta el 8 de septiembre de 2026 y regresar a México a más tardar el 31 de diciembre de 2027.
También tendrían que destinarse a inversiones autorizadas y permanecer vinculados a ellas durante al menos tres años.
Artículo especializado: Repatriación de capitales 2027: propuesta baja el ISR a 7.5% y amplía opciones de inversión.
Retención de intereses: 0.90% bajaría a 0.68%
Para ahorradores e inversionistas también existe una modificación.
La Ley de Ingresos 2026 fija una retención anual de ISR de 0.90% sobre el capital que genera intereses.
La propuesta para 2027 la reduce a:
0.68%
Esta retención no debe confundirse con el impuesto definitivo sobre los rendimientos.
En los supuestos generales de los artículos 54 y 135 de la Ley del ISR funciona como pago provisional y se aplica sobre el capital que da lugar al pago de intereses.
Artículo especializado: Retención de intereses 2027: propuesta baja de 0.90% a 0.68% el ISR sobre el capital.
¿Cuáles son los cambios que podrían tener mayor impacto?
No todos los contribuyentes sentirán el Paquete Económico 2027 de la misma manera.
Para personas físicas, los cambios más visibles pueden ser:
- ampliación de RESICO;
- posible opción de IVA simplificado;
- menor retención sobre intereses;
- retorno de capitales.
Para empresas, el impacto puede ser mayor cuando existen:
- ingresos superiores a $50 millones;
- financiamiento elevado;
- anticipos de servicios o rentas;
- pagos frecuentes al extranjero;
- operaciones a través de plataformas.
Para estaciones de servicio y comercializadores de combustibles, la nueva mecánica de IEPS puede exigir ajustes importantes en conciliaciones y controles volumétricos.
Y para contribuyentes con adeudos, el programa de regularización puede representar una oportunidad relevante si finalmente se aprueba.
Nada de esto está vigente todavía
Este punto debe acompañar toda la cobertura del Paquete Económico 2027.
Una iniciativa puede:
- aprobarse sin cambios;
- modificarse;
- rechazarse parcialmente;
- o eliminar disposiciones completas durante el proceso legislativo.
Por eso no recomendamos modificar operaciones de 2026 únicamente con base en estas propuestas.
La estrategia correcta es conocer desde ahora los cambios que pueden afectar a cada contribuyente y preparar escenarios, pero esperar al texto aprobado antes de tomar decisiones definitivas.
¿Cómo seguiremos esta reforma en Facturando?
Nuestra cobertura tendrá tres etapas.
Primero analizamos las iniciativas, que es la fase actual.
Cuando el Congreso concluya la discusión, publicaremos una segunda cobertura para identificar:
- qué se aprobó;
- qué cambió;
- qué fue eliminado;
- y qué medidas nuevas aparecieron durante el proceso.
Finalmente, después de la publicación oficial, prepararemos los artículos de aplicación práctica con las reglas definitivas para 2027.
Para comparar algunas medidas con el ejercicio actual, también puedes consultar nuestra Guía de Estímulos Fiscales 2026.
Mantente al día con el Paquete Económico 2027
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A medida que publiquemos los análisis especializados, agregaremos aquí los enlaces correspondientes para que puedas consultar cada cambio con ejemplos y fundamentos.
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